EMPLAZAMIENTOS
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO - CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el inmueble objeto del proceso materia de prescripción que más adelante se identificará, con el fin que comparezcan a hacerlos valer a más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, dentro del proceso verbal de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, instaurado por GILDARDO TABORDA HENAO, contra PERSONAS INDETERMINADAS. DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: "Un lote de terreno mejorado con casa de habitación, ubicada en la calle 6 No. 3-27, con un área de 129 metros cuadrados y área construida de 73 metros cuadrados, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Predio No. 01-00-0112-0030-000 en 3.30 metros con DOLORES SERNA PÉREZ. Predio No. 01-00-0112-0029-000 en 3.65 metros con NORMA VARGAS SERNA. ORIENTE: Predio No. 01-00-0112-0007-000 en 18.50 metros con VIVIANA MONTOYA CATAÑO, JULIÁN MONTOYA CATAÑO Y SHANNY GIULIANA USHIMA CATAÑO. SUR: Calle 6 en 7.00 metros. OCCIDENTE: Predio No. 01-00-0112-0009-000 en 18.42 metros con OMAR MORALES ZAPATA, OTROS y SUSANA ZAPATA DE MORALES. TRADICIÓN: Este predio posee ficha catastral No. 01-00-0112-0008-000 de la formación catastral urbana del Municipio de Riosucio (Caldas). TÉRMINO DE FIJACIÓN: Veinte días. FORMA: Fijado en lugar visible de la secretaría del juzgado, hoy miércoles catorce (14) de mayo de dos mil catorce (2014) a las ocho de la mañana. PUBLICACIÓN: Por dos veces con intervalos no menores de cinco días calendario dentro del mismo término, en el diario La Patria de Manizales y en la emisora local, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. ADVERTENCIA: Transcurridos quince días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de las PERSONAS INDETERMINADAS, a quienes se les designará un Curador Ad Lítem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Las personas que concurran al proceso en virtud del emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los quince días siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten posteriormente, tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Lo anterior de conformidad con el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil. El Secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
22-V-H63155
EDICTO
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARANZAZU CALDAS EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el bien inmueble pretendido, esto es, Un bien inmueble ubicado en el área rural de este municipio - paraje la Honda denominado "Las Delicias" con una extensión aproximada de 215 m2 comprendido entre los siguientes linderos: ### De un mojón de piedra que está al pie de un barranco lindero con Pedro Muñoz y la Escuela la Honda, siguiendo por un barranco lindero con solar de la escuela, hasta una cañadita lindero con sucesión de Francisco Ruiz, siguiendo por la cañadita hasta un mojón de piedra que está en un barranco, lindero con propiedad de Manuel Restrepo y Eduardo Giraldo Ocampo, hasta otro mojón de piedra volteando dos o tres varas o sea un metro con setenta centímetros o dos metros con cuarenta centímetros lindero con Eduardo Giraldo, siguiendo por el filo abajo hasta el barranco lindero con Suso Molina, por el barranco de travesía al primer lindero### a fin de que comparezcan ante el Juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda especial de DECLARATIVA DE PERTENENCIA - ASUNTO AGRARIO- (Por Prescripción Adquisitiva de Dominio), radicada al Nro. 2014-00038-00, instaurada por la señora, ANDREA OSPINA VARGAS, promovido con base en las normas pertinentes del C.P.C., Decreto 2303/89 y Ley 1564/12. Para efectos del emplazamiento y publicación el presente edicto se publicará por un término de veinte (20) días en la cartelera del Despacho y se publicará por dos (2) veces con intervalos no menores de cinco (5) días calendario dentro del mismo término, en un diario de amplia circulación en la localidad como lo es el Diario La Patria (Numeral 7 del artículo 407 del C. de P. Civil, Modificado D.E. 2282/89. Art. 1º Num. 210). Este emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días a partir de la expiración de la publicación del presente edicto, y en caso de que los citados no comparezcan, se le designará un Curador Ad Lítem, con quien se surtirá la referida notificación y se continuará el trámite del proceso. Copias de las páginas del diario en donde se hubieran publicado los listados, serán allegadas al proceso por la parte interesada. Se fija el presente edicto, hoy seis (6) de Mayo de dos mil catorce (2014). Hora 8 A.M. ROGELIO GÓMEZ GRAJALES. SECRETARIO.
22-V-A77656
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO ANSERMA CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión intestada e ilíquida del causante señor LUIS ALFONSO ARTEAGA QUINTERO, quien se identificaba con la c de c. 7.504.896 expedida en Anserma, fallecido en el municipio de Viterbo, departamento de Caldas, el día diecisiete (17) de Septiembre de dos mil once (2011). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy veinte (20) de Mayo del año dos mil catorce (2014), en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
22-V-H63158
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO ANSERMA CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión intestada e ilíquida del causante señor EFRAÍN DE JESÚS URIBE ALZATE, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.227.723 expedida en Anserma, fallecido en el municipio de Mistrató, departamento del Risaralda, el día diecisiete (17) de Abril de dos mil catorce (2014). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy veinte (20) de Mayo del año dos mil catorce (2014), en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
22-V-H63159
EDICTO
EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los parientes de la menor ANNIE MICHELLE RUIZ MARTÍNEZ y demás personas que se consideren con derecho de a ejercer la guardas (Art. 446 C.P. Civil) dentro del proceso de PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD que se adelanta en este Despacho Judicial, promovido a través de apoderado por la señora DORIS ELOÍSA MARTÍNEZ GÓMEZ, a fin de que la hagan valer. El presente edicto permanecerá en la secretaría del Despacho por el término de cinco (5) días y copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publicación en el Diario La Patria de Manizales, por una sola vez. Manizales, MAYO 5 de 2014. Hora: 8:00 a.m. Radicado: 2014-00186. LESLIE VIVIAN CARDONA GÓMEZ. SECRETARIA.
22-V-H63160
EDICTO
LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SUPÍA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de la Herencia del causante ANÍBAL MARTÍNEZ PULGARÍN, fallecido el día 10 de diciembre del año 2005 en la ciudad de Manizales, Caldas, habiendo tenido su último domicilio y asiento principal de sus negocios en Supía Caldas, identificado con la cédula de ciudadanía Número No. 3.434.006. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 08 de mayo 14 de 2014, se ordena la publicación del presente Edicto en el periódico en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 15 de mayo de 2014 a las 8.00 A.M. LA NOTARIA JULIALBA GONZÁLEZ DE C.
22-V-A77726
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante AURORA HURTADO DE PAVA, con cédula de ciudadanía número 24.356.487 expedida en Aguadas, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día cuatro (04) de noviembre de dos mil trece (2013) siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número cuarenta y cuatro (044) del día veintiuno (21) de mayo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy veintiuno (21) de mayo del año dos mil catorce (2014), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).
22-V-A77725
REMATES
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS (CDS) ANUNCIA Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo el remate del bien embargado, secuestrado y avaluado: Proceso Ejecutivo hipotecario de mínima cuantía. Demandante: Luz Marina Ortiz Ortiz. Demandado: Néstor Peláez Castaño. Fecha y Hora: 10 de junio de 2014. Hora: 02:30 P.M. Avalúo del bien: SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL PESOS ($7.413.000.oo). Postura admisible: La que cubra el 70% del avalúo. Postor hábil: Quien consigne el 40% del avalúo. Duración de la licitación: Una hora. Folio de matrícula inmobiliaria No. 102-12238 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Aguadas. Descripción: Se trata de un predio rural, situado en la Vereda Pito del Municipio de aguadas, denominado "EL ROSAL", inmueble que forma parte del que se identifica con la ficha catastral 00-01-0009-0710-000, de una cabida aproximada, de acuerdo al título y modo que más adelante se indicará, de dos mil trescientos metros cuadrados (0-2300), con casa de habitación construida parte en material y otra parte en bahareques, cubierta toda con tejas de eternit, de dos (2) plantas, con servicios de agua y luz eléctrica; con cultivos de café; con todas las mejoras, anexidades, usos, costumbres y servidumbres que legalmente le correspondan y comprendido por los siguientes linderos generales, sea cual fuere su cabida: ###Partiendo de una mata de plátano que se encuentra en un barranco a orillas de la carretera que de Aguadas conduce al Corregimiento de Arma, y que está en el lindero con propiedad del señor Fabián Ríos Osorio; luego sigue hacia arriba hasta encontrar un estacón que se clavó junto a una mata de plátano, en una distancia de diez y siete metros (17.00); de aquí, se sigue en línea recta a un arbolito de naranjo, en una extensión de doce metros con ochenta centímetros (12.80); luego se desvía un poco a la derecha y en línea recta se sigue a un estacón que se clavó al frente de un palo de uvito al borde del camellón del camino de los indios, de aquí, se gira a la derecha y hacia abajo por todo el camellón hasta encontrar un estacón clavado a orilla de carretera que conduce a la finca de propiedad de los herederos del señor Tulio Giraldo; de aquí, se sigue hacia abajo y por la orilla de la carretera hasta un barranco junto a una puerta de hierro, lindero con la carretera que de Aguadas conduce al Corregimiento de Arma; y aquí, se sigue carretera arriba hasta la mata de plátano punto de partida###. (Linderos tomados de la escritura pública No. 081 de febrero 12 de 2009). * Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, el cual deberá contener además el depósito previsto en el artículo 526 del CPC. Para los efectos del artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, publíquese el presente aviso por una sola vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate en el diario La Patria, y en la emisora de este Municipio. ADRIANA LORENA OSEJO RUALES. SECRETARIA.
22-V-H63162
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