EMPLAZAMIENTOS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
MARQUETALIA CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MARQUETALIA, CDS EMPLAZA A Los, Herederos de José Macario OSPINA VALENCIA señores: José Rodrigo, Indolfo, José Leoncio y Rodrigo OSPINA OSPINA y PERSONAS INDETERMINADAS, para que dentro de los 15 días siguientes a la desfijación de esta publicación, comparezcan ante este Despacho a notificarse de la admisión de Demanda proferida mediante Auto Interlocutorio Civil No. 040 adiado marzo 14 de 2014, dentro del proceso Verbal Especial Ley 1561/12. TITULACIÓN DE LA POSESIÓN MATERIAL SOBRE INMUEBLE URBANO DE PEQUEÑA ENTIDAD ECONÓMICA, adelantado mediante Autorizado Judicial por los señores Luis Alberto LÓPEZ MURILLO y Roselia ARIAS PINEDA, alegando prescripción adquisitiva de dominio, en contra de Herederos de José Macario OSPINA VALENCIA señores: José Rodrigo, Indolfo, José Leoncio y Rodrigo OSPINA OSPINA y PERSONA INDETERMINADAS. El llamamiento se hace a quienes se crean con derecho al bien inmueble, para que concurran al proceso, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento; especificándose que se trata del siguiente bien inmueble: Un solar con casa de habitación con sus respectivas ampliaciones y reformas, situado dentro del área urbana del Municipio de Marquetalia, en la carrera 2ª Nro. 4-200, según certificado catastral del IGAC K 244885, distinguido con la ficha catastral Nro. 01000006002100, alinderado solar y casa así: ### Por el frente en extensión de diez metros con doce centímetros (10.12) más o menos con la calle pública; por el fondo con solar de Emiliano AGUDELO, por el otro costado con solar y casa de Luisa GÓMEZ de acuerdo al certificado catastral No. 00271703, expedido por el Instituto Geográfico Agustín "Codazzi" por lindero son así: ### NORTE: Predio No. 01-00-0006-0094-000 en 18.40 metros BUITRAGO DUQUE Ariel y otros, 01-00-0006-0022-00 en 8.00 metros QUINTERO Alirio de Jesús y otro; ORIENTE: Carrera 2 en 9.70 metros, 01-00-0006-0020-00 en 2.70 metros BEDOYA FRANCO Jesús Antonio, 01-00-0006-0019-000, en 2.40 metros AGUIRRE DE RIVERA Ana Eva, SUR 01-00-0006-0020 en 15 metros BEDOYA FRANCO Jesús Antonio, 01-00-0006-0019-00 en 5.10 metros AGUIRRE DE RIVERA Ana Eva, 01-00-0006-0018-00 en 3.90 metros, RIVERA RINCÓN Reinaldo, 01-00-0006-0058-00, en 23.30 metros RAMÍREZ ORTIZ JOSÉ HORACIO. OCCIDENTE 01-00-0006-0024-00 en 3.80 metros OSORIO MARÍN María Estella, 01-00-0006-0122-00 en 10.70 metros OSPINA OCAMPO José Isail, 01-00-0006-0030-000 en 3.70 metros MURILLO BLANDÓN Gloria Janet###. Se advierte a los emplazados que si no comparecen, se les designará curador ad - Lítem, con quien se surtirá la notificación y se continuará con el proceso hasta su terminación. Se publica el presente EDICTO para ser divulgado en dos (2) ocasiones con intervalo de cinco (5) días, dentro del plazo de veinte (20) días, en un diario o semanario de amplia circulación nacional y radiodifusora, hoy veintidós (22) de abril de dos mil catorce (2014); entendiéndose surtido el emplazamiento transcurridos 15 días después de la desfijación del Edicto. OLMEDO CARDONA ARANGO. Secretario.
9-V-A77549
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Sucesión Doble e Intestada de los causantes NÉSTOR FIDEL ARBOLEDA OROZCO Y CLARA ROSA PINEDA quienes se identificaban con la cédula de ciudadanía números 1.391.635 y 25.092.298 y quienes fallecieran en Salamina y Manizales Caldas, los días 02 de Marzo de 2005 y 09 de Abril de 2014 cuyo asiento principal era el Municipio de Salamina Caldas, donde dejaran los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 14 del 02 de Mayo de 2014, se ordena publica el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy Tres (03) días del mes de Mayo del año dos mil Catorce (2014) a las 8.00 A.M. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
8-V-A77604
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS CITA Y EMPLAZA: A todos los parientes del señor JOHN FERNANDO BEDOYA ORJUELA que deban ser oídos, tanto por línea materna como paterna, que se crean con derecho al ejercicio de la guarda de éste, así mismo como de las personas que se crean con idéntico derecho; dentro del proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA -Interdicción por Discapacidad Mental Absoluta- adelantado en este Despacho Judicial por la señora LUZ MILA ORJUELA ORTIZ quien actúa por intermedio de Apoderada Judicial, a fin de que los hagan valer de conformidad con los artículos 446 y 659 C.P.C. El presente edicto emplazatorio permanecerá fijado en la Secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días y copia del mismo será publicado por una sola vez en un diario de amplia circulación en esta ciudad, esto es La Patria, de conformidad a los artículos 446 del C. de P. C y 61 del C.C. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: ABRIL VEINTICUATRO (24) DE DOS MIL CATORCE (2014) 8:00 A.M. CLEMENCIA DEL PILAR ALZATE RAMÍREZ. SECRETARIA. FECHA Y HORA DESFIJACIÓN: MAYO OCHO (8) DE DOS MIL CATORCE (2014) 6:00 P.M. CLEMENCIA DEL PILAR ALZATE RAMÍREZ. SECRETARIA.
8-V-A77597
EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS AVISA: Que en auto del día 5 de marzo de 2014, proferido dentro del proceso que se cita a continuación, se DECRETÓ LA INTERDICCIÓN PROVISORIA DE PERSONA CON DISCAPACIDAD MENTAL del señor JUAN SEBASTIÁN MONTOYA FRANCO y se le designó como CURADORA PROVISORIA a la señora MARIELA FRANCO HENAO. PROCESO: INTERDICCIÓN JUDICIAL DE PERSONA CON DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA. RADICADO: 17001311000120140006300. SOLICITANTE: MARIELA FRANCO HENAO. PRESUNTO INTERDICTO: JUAN SEBASTIÁN MONTOYA FRANCO. Para los efectos previstos en el numeral 8º del Artículo 42 de la ley 1306 de 2009, se expide el presente AVISO y se entrega a la interesada para su publicación en el Diario El Espectador o La República, que son de amplia circulación nacional. Manizales, 9 de abril de 2014. JUSTO PASTOR GÓMEZ GIRALDO. SECRETARIO.
8-V-H63063
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada del causante ARTURO VERGARA SÁNCHEZ, con cédula de ciudadanía número 10.262.912 expedida en Manizales, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día veintiuno (21) de diciembre de dos mil trece (2013), siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número treinta y seis (036) del día seis (06) de mayo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy seis (06) de mayo el año dos mil catorce (2014), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO
MANIZALES (CALDAS). (Hay firma y sello).
8-V-A77607
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Doble e Intestada de los causantes JAVIER o LUIS JAVIER BUSTAMANTE SÁNCHEZ y EDELMIRA o MARÍA EDELMIRA MARÍN DE BUSTAMANTE, con cédulas de ciudadanía números 2.670.590 expedida en Tuluá y 24.642.516 expedida en Filadelfia, quienes fallecieron en la ciudad de Pereira, los días ocho (08) de julio de dos mil once (2011) y veintitrés (23) de enero de dos mil catorce (2014), siendo éste su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número treinta y siete (037) del día seis (06) de mayo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy seis (06) de mayo el año dos mil catorce (2014), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS) (Hay firma y sello).
8-V-A77608
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión del causante JOSÉ RAÚL ARANZAZU, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 4.315.648 DE MANIZALES CALDAS, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.157 del día 07 DE MAYO DE 2014 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 08 de MAYO de 2014.- Manizales, 07 DE MAYO de 2014. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO TITULAR. (Hay firma y sello).
8-V-A77609
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de los causantes cónyuges HERNÁN HERRERA VALENCIA Y LUCY LOAIZA DE HERRERA, quienes se identificaran en vida con las cédulas de ciudadanía número 4.321.064 y 24.312.299 de Manizales Caldas, respectivamente, quienes tuvieran como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.154 del día 07 DE MAYO DE 2014 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 08 de MAYO de 2014.- Manizales, 07 DE MAYO de 2014. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO TITULAR. (Hay firma y sello).
8-V-A77610
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral doble e intestada de los causantes MARÍA ERNESTINA GONZÁLEZ SALAZAR (DE AGUDELO), poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 24.302.473 y LUIS ALFONSO AGUDELO, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 4.314.480, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) (s) en Manizales, los DÍAS 29 DE OCTUBRE DE 1981 Y 6 DE NOVIEMBRE DE 1979, RESPECTIVAMENTE. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 43 DEL 07 DE MAYO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaría, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES
(Hay firma y sello).
5-V-A77611
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante JOSÉ ARTURO LÓPEZ SANTA, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 4.328.725, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en la ciudad de Manizales, el 04 DE SEPTIEMBRE DE 1994. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 44 DEL 07 DE MAYO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaría, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
(Hay firma y sello)
8-V-A77612
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante TERESA DE JESÚS CASTRO CARDONA, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 24.287.509, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en la ciudad de Manizales, el 23 DE NOVIEMBRE DE 2013. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 45 DEL 07 DE MAYO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaría, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
8-V-A77613
REMATES
Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Segundo Civil del Circuito de Descongestión Manizales - Caldas
República de Colombia
CARTEL DE REMATE
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTIÓN DE MANIZALES, CALDAS, ANUNCIA: Que dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo la diligencia de remate del bien embargado, secuestrado y avaluado: PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO. DEMANDANTE: TITULARIZADORA COLOMBIANA S.A. DEMANDADO: JORGE HUMBERTO CASTAÑEDA. RADICADO: 17001310300120110011600. FECHA DE REMATE: MAYO 23 DE 2014. HORA: 9:00 A.M. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO TOTAL BIEN: $114.520.000.oo. SECUESTRE: PETER DARÍO CARVAJAL LÓPEZ CEL.: 3147975038. DESCRIPCIÓN DE BIEN INMUEBLE OBJETO DE REMATE: SE TRATA DE UN LOTE TERRENO CON CASA HABITACIÓN, DISTINGUIDO COMO LOTE No. 36 CASA LOTE No. 35-45 DE LA MANZANA C, UBICADO EN LA CALLE 4B No. 35-45, BARRIO ASTURIAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS. MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 100-73155. FICHA CATASTRAL No. 01-04-374-006-000. NOTA 1: SE INFORMA A LOS INTERESADOS EN PARTICULAR EN LA SUBASTA, QUE LA CONSIGNACIÓN PARA HACER POSTURA SE PROCURARÁ HACERLA EN EFECTIVO CON EL FIN DE ALLEGAR EL TÍTULO EL DÍA DE LA DILIGENCIA, QUIEN PRETENDA CONSIGNAR EN CHEQUE, DEBE HACERLO CON ANTELACIÓN A LA DILIGENCIA DE REMATE CON EL FIN DE QUE EL TÍTULO SEA REMITIDO A TIEMPO POR EL BANCO AGRARIO. NOTA 2: LLEGADO EL DÍA Y LA HORA DE LA SUBASTA, LOS INTERESADOS DEBERÁN PRESENTAR EN SOBRE CERRADO SUS OFERTAS, PARA ADQUIRIR EN ESTE CASO, EL BIEN OBJETO DE REMATE, Y EL DEPÓSITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 526 DEL C.P.C. (LA CONSIGNACIÓN PARA HACER POSTURA). LOS DATOS PARA REALIZAR LA CONSIGNACIÓN SON LOS SIGUIENTES: CÓDIGO DEL JUZGADO: 170013103001; RADICACIÓN PROCESO: 17001310300120110011600. La Secretaria, MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA.
8-V-A77601
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