EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ANSERMA, CALDAS, EMPLAZA: PROCESO: VERBAL DE PERTENENCIA. CLASE DE PRESCRIPCIÓN: ORDINARIA DE DOMINIO. RADICACIÓN: 2014-00037. DEMANDANTE: LUZ MARÍA BETANCUR. DEMANDADO: FRANCISCO LUIS RAMÍREZ HOLGUÍN Y PERSONAS INDETERMINADAS. EMPLAZADOS: Las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre inmueble materia de demanda para que los hagan valer. IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: MATRÍCULA INMOBILIARIA Nro. 103-22252. UBICACIÓN: El predio rural denominado “La TULIA” desgajado de otro de mayor extensión denominado “La Marina” situado en el paraje el “Madroño” jurisdicción del municipio de Belalcázar Caldas. LINDEROS: El predio de mayor extensión conocido el Madroño 1º , Lote” Ubicado en la vereda el Madroño, comprensión del municipio de Belalcázar, Caldas, con todas las anexidades y dependencias, mejorado con cultivos de café, plátano y rastrojeras, mismo que se distingue mediante matrícula inmobiliaria No. 103-22252 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma, Caldas, cuyos linderos generales son: Por el pie y un costado con propiedad del señor Marcos A. Toro, por el otro costado con propiedad del señor Luis Ángel Toro y por la cabecera con el camino público que de la vereda el Madroño va a Belalcázar. El predio de menor extensión se trata de un terreno rural, denominado hoy “LA TULIA” desgajado de otro de mayor extensión denominado LA MARINA, situado en la facción del madroño, jurisdicción rural de Belalcázar, Caldas, constante de CUATRO HECTAREAS (4-000 Has) y cuyos linderos son los siguientes: ### POR EL SUR con predio del señor ÁLVARO RIVERA TORO, POR EL OCCIDENTE con camino que conduce a la vereda La Palma, POR EL NORTE con predio del señor ÁLVARO RIVERA TORO Y POR EL ORIENTE, con predio del mismo señor ÁLVARO RIVERA TORO. TÉRMINO DE EMPLAZAMIENTO: Quince días hábiles, siguientes a la expiración del término del emplazamiento, sin que comparezcan las emplazadas a hacer valer sus derechos, se entenderá surtido el mismo, y se les designará un curador ad litem, quien ejercerá el cargo hasta terminar el proceso. NOTA: Para los fines legales, se fija el presente edicto en la Secretaría del Juzgado, por un término de 20 días, y el mismo deberá ser publicado en el diario La Patria, por dos ocasiones dentro de ese término, con intervalos no menores de cinco días calendario, y en una emisora local, por igual número de veces y con idénticos intervalos, en horario comprendido entre las 07:00 y las 22:00 horas. Fecha Fijación: Abril 07 de 2014. Hora: 8:00 A.M. Fecha Desfijación: Mayo 12 de 2014 Hora: 6:00 P.M. ÁNGELA IVONNE GONZÁLEZ LONDOÑO. Secretaria. (Hay firma).
30-IV-C79755
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES-CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir, PARA QUE SE PRESENTEN A HACERLOS VALER A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE QUEDE SURTIDO EL EMPLAZAMIENTO, en el proceso que seguidamente se relaciona: CLASE: PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. DEMANDANTES: JOSÉ ALBEIRO QUINTERO ARROYAVE. DEMANDADOS: PERSONAS INDETERMINADAS. INMUEBLE CUYA PRESCRIPCIÓN SE PRETENDE: Lote de terreno de terreno con un área de 24 metros cuadrados, localizado en la esquina de la calle 68 y la carrera 40, contiguo al inmueble de propiedad del demandante que se encuentra ubicado en la ciudad de Manizales en la calle 68 número 39-75, comprendido dentro de los siguientes linderos: ### Por el norte con rampa de acceso al segundo piso de la vivienda de José Albeiro Quintero Arroyave en 2.28 metros; por el oriente en 10.32 metros con propiedad de José Albeiro Quintero Arroyave; por el sur en 5.65 metros con la carrera 40 y por el occidente en 10.68 metros con muro en concreto ciclópeo que limita la zona verde del sector propiedad del municipio de Manizales###. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento se entenderá surtido respecto de los emplazados, a quienes se les designará un curador ad-lítem, quien ejercerá el cargo hasta el fin del proceso. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6º del artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días hábiles, hoy VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE (2014), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.), y se publicará por dos (2) veces con intervalos no menores de cinco (5) días calendario entre una y otra publicación dentro del mismo término, en el DIARIO LA PATRIA, y por medio de una radiodifusora del lugar, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. BEATRIZ ELENA LONDOÑO CARDONA. SECRETARIA.
30-IV-H62988
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS CALDAS, EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso sucesorio simple e intestado del causante LUIS FERNANDO SALAZAR SALAZAR, fallecido en el municipio de Chinchiná (Caldas), el día 12 de enero del año en curso, pero que fuera vecino de Aguadas Caldas, en donde dejó sus bienes, para que procedan a hacerlos valer dentro del término de ley. Dicho proceso sucesorio se declara iniciado en esta oficina judicial, por medio de proveído calendado el día 09-de Abril de 2014. De conformidad con lo establecido en el artículo 589 del Estatuto Procedimental Civil, se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado, por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregarán a la interesada para los fines de las publicaciones en el diario La Patria y en la emisora local. Aguadas Caldas, Abril 24 de 2014. LUIS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ. SECRETARIO. FIJADO EN SU FECHA, A LAS 08:00 A.M. EL SECRETARIO, LUIS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ. SECRETARIO.
30-IV-A77531
EDICTO
EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A todas las personas indeterminadas que se crean con derechos sobre el siguiente bien inmueble: Un solar con casa de habitación ubicado en Manizales en la carrera 15 número 16-54/58 según el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y carrera 15 No. 16-54 según certificado de tradición del inmueble. El inmueble consta de 5.20 metros de frente por 16.00 metros de centro y que linda: ###POR EL FRENTE CON CALLE PÚBLICA POR UN COSTADO CON PROPIEDAD DE ISAÍAS HENAO POR OTRO COSTADO CON PROPIEDAD DE LEONIDAS CUERVO Y POR EL CENTRO CON PROPIEDAD DE LUIS MONTOYA. (SEGÚN CERTIFICADO DE TRADICIÓN)### Y SEGÚN CERTIFICADO DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI ASÍ: ### NORTE: CON LA CARRRERA 15, EN 5.30 METROS, POR EL ORIENTE CON PREDIO DE JULIÁN GARCÍA PÉREZ EN 13.40 MTS Y MARÍA TERESA GUTIÉRREZ DUQUE EN 4.40 MTS; POR EL SUR, CON PREDIO DE PROPIEDAD DE CECILIA PARRA DE QUINTERO, EN 5.40 MTS Y POR EL OCCIDENTE CON PREDIO DE CLAUDIA LILIA BETANCOURT MEDINA Y CLÍMACO ALBERTO HOYOS BETANCUR. (ÁREA 95 MTS2, ÁREA CONSTRUIDA 45 M2)###. Este predio que se pretende usucapir se encuentra identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 100-39418 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales identificado y ficha catastral No. 17001-01-04-0052-0008-000. Para que los hagan valer dentro del proceso VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO promovido por HÉCTOR DELGADO CUERVO Y MARIO GONZÁLEZ en contra de los HEREDEROS INDETERMINADOS DE LAS SEÑORAS PAULINA GRISALES SERNA Y MARINA GRISALES SERNA y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Se les previene, que se les designará Curador Ad-Lítem si no comparecen en oportunidad. Para los fines legales indicados en el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente Edicto Emplazatorio en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días y copias del mismo se suministran a la parte interesada para su publicación reglamentaria. Fijación: ABRIL 10 DE 2014. HORA: 8 A.M. Desfijación. HORA 6 P.M. CAROLINA JARAMILLO VILLEGAS. Secretaria.
30-IV-A77532
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MANZANARES, CALDAS, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO, en el periódico, EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA DE LA CAUSANTE ALICIA MARÍN DE RÍOS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número veinticuatro millones setecientos veintidós mil ciento cincuenta y ocho (24.722.158) de Manzanares, Caldas cuyo domicilio y su asiento principal de sus negocios fue este municipio de Manzanares, Caldas, fallecida el día siete (07) del mes de octubre de mil novecientos ochenta y uno (1981) en el municipio de Manzanares, Caldas. Aceptado el trámite, se ordena la publicación de este EDICTO en el periódico LA PATRIA, y en la emisora LOCAL, cumpliendo con el artículo 3º del decreto 902, de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy veinticuatro (24) de abril de dos mil catorce (2014), siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). WAGNER ZULUAGA PINEDA. NOTARIO ÚNICO.
30-IV-A77540
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MANZANARES, CALDAS, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO, en el periódico, EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESIÓN NOTARIAL DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES OCTAVIO CIRO MONTOYA y ROSA ELENA PÉREZ DE CIRO, quienes se identificaban con las cédulas de ciudadanía números un millón trescientos un mil novecientos veintidós (1.301.922) de Manzanares, Caldas y veinticuatro millones setecientos treinta y cinco mil doscientos sesenta y nueve (24.735.269) de Manzanares, Caldas, cuyo domicilio y su asiento principal de sus negocios fue este municipio de Manzanares, Caldas, fallecidos en su orden el dos (02) de agosto de dos mil cinco (2005) en Soacha, Cundinamarca y el seis (06) de julio de dos mil tres (2003), en Bogotá D.C. Aceptado el trámite, se ordena la publicación de este EDICTO en el periódico LA PATRIA, y en la emisora LOCAL, cumpliendo con el artículo 3º del decreto 902, de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy dieciséis (16) de abril del dos mil catorce (2014), siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). WAGNER ZULUAGA PINEDA. NOTARIO ÚNICO.
30-IV-A77541
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE AGUADAS, CALDAS, EMPLAZA: A todos los acreedores de la SOCIEDAD CONYUGAL, conformada por los señores GLORIA MARÍA MONTOYA NARANJO y ÓSCAR JHON VARGAS ÁLVAREZ, para que hagan valer sus créditos dentro de la LIQUIDACIÓN de la misma sociedad que se tramita en esta dependencia judicial, a continuación del proceso de DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL. De conformidad con los artículo 625 y 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija este edicto en lugar visible de la secretaría de este despacho, por el término de diez (10) días y sendas copias se entregarán a los interesados para su publicación en el diario LA PATRIA, de amplia circulación en esta localidad y ser leído en la RADIODIFUSORA LOCAL por una sola vez entre las 7 a.m. y las 10 p.m. AGUADAS, ABRIL 21 DE 2014. FIJADO EN SU FECHA MARCO TULIO MEJÍA GARCÍA. SECRETARIO.
30-IV-H62990
EDICTO
El Suscrito Notario del Círculo de La Dorada, Caldas, EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL de la Sucesión Intestada del causante JORGE IVÁN LÓPEZ MONTOYA, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 10.162.483, fallecido el día 27 de Diciembre de 2012 en la ciudad de Medellín, Antioquia, para que comparezcan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. El trámite de liquidación fue aceptado en esta Notaría mediante ACTA NÚMERO 018 del veinticuatro (24) de Abril del año Dos Mil Catorce (2014). Se ordena la publicación de este Edicto en un diario de amplia circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija en un lugar visible de la Notaría a las 8:00 A.M. del día veinticinco (25) de Abril del año Dos Mil Catorce (2014). EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO ÚNICO.
30-IV-H62987
RUT. 5.925.365-1
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE HERVEO TOLIMA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, el trámite Notarial de liquidación de herencia del causante ….... LAUREANO FRISNEDA GÓMEZ Fallecido de paso por Palocabildo Tolima el (23) de Febrero de (1995), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 5.863.090 expedida en Palocabildo, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Herveo, aceptado el trámite Notarial mediante Acta No. 09 de Abril (23) de (2014). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se fija en lugar visible de la Notaría a mi cargo por el mismo término de 10 días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988. Se fija este Edicto hoy (23) del mes de Abril de (2014), siendo las 2:00 P.M. Óscar Augusto Aristizábal Buriticá. Notario Único.
30-IV-H62993
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ANSERMA CALDAS CITA Y EMPLAZA Al señor JEFFREY CARVAJAL GALLEGO identificado c.c. Nro. 1.088.295.744, nacido el 9 de enero de 1992 en Anserma Caldas, hijo de JOSÉ NADIN CARVAJAL Y GLORIA INÉS GALLEGO, quien es requerido por la Fiscalía Primera Seccional de Anserma Caldas, para formularle imputación por el delito de FABRICACIÓN, TRÁFICO Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO O MUNICIONES, en el caso radicado bajo el Nro. 170426106851201380180. El edicto se fija en lugar visible de la Secretaría del despacho por 5 días hábiles. Su no comparecencia durante este término le acarreará la declaratoria de persona ausente (Art. 127 Ley 906 de 2004). Anserma Caldas, Abril 23 del 2014. ROBERTO BAENA GÓMEZ. Secretario.
20-IV-H62995
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ANSERMA CALDAS CITA Y EMPLAZA Al señor JOSÉ GILBERTO VILLEGAS TREJOS identificado c.c. Nro. 4.342.371, nacido el 18 de septiembre de 1944 en Anserma Caldas, hijo de LAURA ROSA Y JUAN DE DIOS, quien es requerido por la Fiscalía Primera Seccional de Anserma Caldas, para formularle imputación por el delito de FABRICACIÓN, TRÁFICO Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO O MUNICIONES, en el caso radicado bajo el Nro. 170426106851200980287. El edicto se fija en lugar visible de la Secretaría del despacho por 5 días hábiles. Su no comparecencia durante este término le acarreará la declaratoria de persona ausente (Art. 127 Ley 906 de 2004). Anserma Caldas, Abril 23 del 2014. ROBERTO BAENA GÓMEZ. Secretario.
20-IV-H62994
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS, POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA A todos los acreedores de la Sociedad Conyugal en liquidación y formada por los señores ARACELLY HENAO ARISTIZÁBAL Y LUIS EDUARDO MEJÍA TABARES, a fin de que se hagan valer sus créditos dentro del proceso de LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL seguido a continuación del proceso de Cesación de Efectos Civiles de Matrimonio Católico -Divorcio de Consuno- que entre las mismas partes se tramitó en este Despacho Judicial. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 625 numeral 3º en armonía con el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente Edicto Emplazatorio por el término legal de diez (10) días hábiles, en un lugar visible de la Secretaría del despacho (cartelera) y se reservarán copias del mismo para su publicación, por una sola vez en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciudad, hoy veinticuatro (24) de Abril del año dos mil catorce (2014), a las ocho de la mañana. CLEMENCIA DEL PILAR ALZATE RAMÍREZ. Secretaria. (Hay firma y sello).
30-IV-A77548
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión del causante HONORIO CARVAJAL MOLINA, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 1.300.957 DE MANZANARES CALDAS, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.089 del día 29 DE ABRIL DE 2014 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaria por el término de diez (10) días a partir del 30 de ABRIL de 2014.- Manizales, 29 DE ABRIL de 2014. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO TITULAR. (Hay firma y sello).
30-IV-A77552
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial liquidación sucesoral doble e intestada de los causantes NEFTALI o NEPTALI REYES LARGO y BLANCA OLIVA o OLIVA GIRALDO DE REYES, poseedores de las cédulas de ciudadanía números 1.377.500 y 24.267.213 respectivamente, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecidos en el Municipio de MANIZALES - CALDAS, los días 8 de Septiembre de 2013 y 9 de Octubre de 2013, respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 41 DEL 28 DE ABRIL DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE.
NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
30-IV-A77553
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante BERNARDO ALZATE LÓPEZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 2´014.944, cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Manizales - Caldas, el 25 DE OCTUBRE DE 2010, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 40 del 22 de abril de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTITRÉS (23) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
30-IV-A77554
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada de la causante NUBIA MONTOYA DE CUBILLOS, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24´299.995, cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en Manizales - Caldas, el 20 DE SEPTIEMBRE DE 2008, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 33 del 10 de abril de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy ONCE (11) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
(Hay firma y sello)
30-IV-A77555
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia testada de la causante ESTHER JULIA GIRALDO GÓMEZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24´250.433, cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en Manizales - Caldas, el 09 DE MARZO DE 2014, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 39 del 22 de abril de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTITRÉS (23) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
30-IV-A77556
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE NEIRA – CALDAS POR EL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el Diario LA PATRIA, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral intestada e ilíquida del causante señor RAMÓN EMILIO GIRALDO JIMÉNEZ, quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía número 667.174, fallecido en Medellín el 03 de Octubre de 2013, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 667.134, vecinos que fue de esta ciudad, asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número 012 de fecha 12 de Abril de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico LA PATRIA, en la emisora JUVENTUD STEREO, del Municipio de Neira y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. Se fija el presente edicto hoy QUINCE (15) de ABRIL de dos mil catorce (2014), siendo las 08:00 horas de la mañana. EL NOTARIO, MARIO RESTREPO HOYOS. (Hay firma).
30-IV-A77557
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE NEIRA – CALDAS POR EL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el Diario LA PATRIA, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral intestada e ilíquida de los causantes señores LUIS EDUARDO PULGARÍN RINCÓN, fallecido en Manizales el 20 de Marzo de 2012, identificado con Cédula de Ciudadanía número 1.323.123 expedida en Neira y ANA LY DUQUE BEDOYA, fallecida en Manizales, el 10 de Octubre de 1998, identificada con la Cédula de Ciudadanía número 24.819.851 expedida en Neira, vecinos que fueron de esta ciudad, asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número 011 de fecha 12 de Abril de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico LA PATRIA, en la emisora JUVENTUD STEREO, del Municipio de Neira y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. Se fija el presente edicto hoy QUINCE (15) de ABRIL de dos mil catorce (2014), siendo las 08:00 horas de la mañana. EL NOTARIO, MARIO RESTREPO HOYOS. (Hay firma).
30-IV-A77558
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