EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona, para que se presenten dentro de los quince (15) días siguientes a la desfijación de este edicto. CLASE: VERBAL -DECLARACIÓN DE PERTENENCIA PRESCRIPCIÓN-ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE JORGE ELIÉCER LÓPEZ MARTÍNEZ. DEMANDADO: HEREDEROS INDETERMINADOS DE AMELIA MEJÍA DE OSPINA Y/O ROSA AMELIA MEJÍA VÁSQUEZ Y PERSONAS INDETERMINADAS. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. PERSONAS EMPLAZADAS: PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: Bien inmueble ubicado en la ciudad de Manizales, identificado con las nomenclaturas urbanas: Calle 27 A # 10-63, de forma principal y con calle 28 # 10-82, de forma secundaria; el lote cuenta con un área de terreno de 351 metros cuadrados y área construida de 236 metros cuadrados (tiene dos construcciones que mejoran el lote de terreno), cuyos linderos según certificado del Agustín Codazzi son: ### NORTE: Predio No. 01-03-0263-0011-000 en 28.35 Mts LOPEA ARIAS MARÍA LIBIA MÉNDEZ TOBÓN LUA ADIELA Calle 27 A en 1.00 mts.; ORIENTE: Calle 28 en 12.05 Mts.; SUR: Carrera 11 en 12.25 mts., 01-03-0263-0013-000 en MORALES JARAMILLO BENJAMÍN, GABRIELA, MARÍA LIBIA, CARMEN TULIA, ALARCÓN LEONOR, MUNICIPIO DE MANIZALES; OCCIDENTE: Calle 27 A en 9.60 Mts.###. PERSONAS INDETERMINADAS: Se fija este EDICTO por el término de VEINTE (20) DÍAS en lugar visible de la Secretaría del Juzgado. Copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación en la siguiente forma: Con relación a PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho en el bien, se hará por DOS (2) VECES, con intervalos no menores de CINCO (5) DÍAS calendario, entre una y otra, dentro del mismo término, esto es, de VEINTE (20) DÍAS en el Diario "La Patria" que es de amplia circulación en esta ciudad y por medio de una radiodifusora local en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m., esta última. Se advierte a los emplazados que transcurridos QUINCE (15) DÍAS, a partir de la expiración del término de fijación de este EDICTO se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, a quienes se les designará curador Ad-Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten con posterioridad tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy, 20 de marzo de 2014 siendo las: OCHO DE LA MAÑANA (8 A.M.). BEATRIZ ELENA MISAS MARIÑO. SECRETARIA.
4-IV-A77294
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE AGUADAS CALDAS EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso VERBAL - DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO - PREDIO URBANO, donde es demandante JOSÉ URIEL FRANCO LONDOÑO contra PERSONAS INDETERMINADAS, sobre el siguiente bien inmueble: PREDIO URBANO, denominado CASA DE HABITACIÓN, ubicado en la CARRERA 3ª NRO. 8-25 en el Municipio de Aguadas, identificado ####POR EL NORTE CON PREDIO DE LINDELIA GALEANO; POR EL ORIENTE O FONDO CON PROPIEDAD DE MARIELA OSORIO DE LÓPEZ, POR EL SUR EN LINDERO CON CARLOS GARCÉS Y MARÍA ALICIA GALLEGO; POR EL OCCIDENTE CON LA CARRERA 3ª###. Identificado con la CÉDULA CATASTRAL Nro. 01-00004500-180000. SIN FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA. Se fija este edicto en la secretaría de este despacho por el término de veinte (20) días y al interesado se le entregarán copias del mismo para su publicación por dos (2) veces en el diario LA PATRIA y en la RADIODIFUSORA LOCAL, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario dentro del mismo término entre las 7 a.m. y las 10 p.m. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de las personas indeterminadas a las que se les designará un curador ad lítem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. MARZO 20 de 2014. FIJADO EN SU FECHA A LAS 8 a.m. MARCO TULIO MEJÍA GARCÍA. SECRETARIO.
4-IV-H62803
EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE CHINCHINÁ, CALDAS, EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO AL EJERCICIO DE LA GUARDA DE HÉCTOR HENAO GIRALDO PARA QUE LO HAGAN VALER DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA "INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL" PROMOVIDO A TRAVÉS DE APODERADA JUDICIAL POR MARTHA LUCÍA HENAO VÉLEZ, ADMITIDA POR AUTO DEL 24 DE FEBRERO DE 2014. PARA LOS FINES INDICADOS EN EL ARTÍCULO 446 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, SE FIJA EL PRESENTE EDICTO POR EL TÉRMINO DE 10 DÍAS EN LUGAR VISIBLE DE LA SECRETARÍA DEL JUZGADO Y COPIA DEL MISMO SE LE ENTREGARÁ AL INTERESADO PARA SU PUBLICACIÓN POR UNA VEZ EN EL PERIÓDICO LA PATRIA DE MANIZALES QUE ES DE AMPLIA CIRCULACIÓN EN ESTE MUNICIPIO. FIJADO: HORA: OCHO (8:00) A.M. DESFIJADO: HORA: 6:00 P.M. LUCY MARCELA RIASCOS GARCÍA. SECRETARIA.
4-IV-I4050
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la SUCESIÓN INTESTADA MENOR CUANTÍA del causante ERASMO VILLADA VALENCIA, quien se identificaba con cédula 1.214.683, a fin de que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos: CLASE: SUCESIÓN INTESTADA MENOR CUANTÍA 170014003002-2014-00094-00. SOLICITANTES: JULIÁN VILLADA CASTAÑEDA. NICOLASA MARÍA VILLADA ARIAS. LUZ STELLA VILLADA DE ZAPATA. JHON JAIRO VILLADA ARIAS. DORA ELENA VILLADA ARIAS. CAUSANTE: ERASMO VILLADA VALENCIA. APODERADO: DR. JOSÉ FERNANDO CHAVARRIAGA MONTOYA T.P. 32586. FECHA FALLECIMIENTO: 14 DE OCTUBRE DE 1978. FECHA AUTO APERTURA: 18 DE MARZO DE 2014. LUGAR DE FALLECIMIENTO: MANIZALES. ÚLTIMO DOMICILIO: MANIZALES. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 28 MARZ. 2014. HORA 8 A.M. De conformidad con el artículo 589 del C. P. Civil, se fija el presente edicto en un lugar visible de la Secretaría del despacho por el término de diez (10) días y sendas copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación por una sola vez en el diario LA PATRIA de amplia circulación en esta ciudad y en una radiodifusora local, VOZ DE LOS ANDES ART. 318 CPC modificado ley 794 de 2003. WALTER MALDONADO OSPINA. SECRETARIO.
4-IV-A77354
EDICTO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA DORADA, CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de sucesión intestada de la SANDRA MILENA GARCÍA TORRES, fallecida el día 19 de abril de 2013 en Cartagena, Bolívar, quien tuvo su último domicilio en el municipio de La Dorada, Caldas; radicado en el Juzgado bajo el número 17380-40-89-004-2014-00036-00, y declarado abierto mediante auto de fecha 26 de febrero de 2014. Para los efectos previstos en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO en un lugar visible de la Secretaría del juzgado por el término de diez (10) días, y se entregarán sendas copias a los interesados para las publicaciones de Ley en una radiodifusora local y en un diario de amplia circulación del lugar, así, La Patria o La República. Se fija el presente edicto 7 - Marzo 2014 8:00 A.M. Se desfija esdicto -----. ÁNGELA MARÍA TAMAYO JARAMILLO. SECRETARIA.
4-IV-H62844
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Sucesión Intestada del causante PEDRO ANTONIO RUIZ ROJAS quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.098.247 y quien falleciera en La Merced Caldas, el día 12 de Agosto de 1946 cuyo asiento principal era el Municipio de La Merced Caldas, donde dejara los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 12 del 02 de Abril de 2014, se ordena publica el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy Tres (03) días del mes de Abril del año dos mil Catorce (2014) a las 8.00 A.M. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
4-IV-A77373
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE HERVEO TOLIMA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, el trámite Notarial de liquidación de herencia del causante JOAQUÍN EMILIO MONTOYA MURILLO Fallecido de paso por Manizales el (20) de Enero de (2013), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 2.307.348 expedida en Fresno, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Herveo, aceptado el trámite Notarial mediante Acta No. 07 de Marzo (29) de (2014). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se fija en lugar visible de la Notaría a mi cargo por el mismo término de 10 días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988. Se fija este Edicto hoy (29) del mes de Marzo de (2014), siendo las 8:00 A.M. Óscar Augusto Aristizábal Buriticá. Notario Único.
4-IV-H62848
EDICTO
EL (LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de(el)(la)(los) causante(s) JAIME ANTONIO REYES UCHIMA, quien(es) se identificaba(n) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 4.544.870 expedida(s) en Riosucio, siendo la ciudad de Palestina su último domicilio y siendo la ciudad de Manizales el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día jueves, 03 de Abril de 2014, mediante ACTA NÚMERO CIENTO ONCE (111). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día jueves, 03 de Abril de 2014 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A) JORGE MANRIQUE ANDRADE, NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
4-IV-A77374
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada de la causante AURA ELENA RAMÍREZ MURILLO, C.C. No. 24.864.318, quien tuvo su último domicilio en la ciudad de Manizales, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 006 del dos (02) de Abril de dos mil catorce (2014). Se ordenaron las publicaciones de ley. Para constancia firmo en Manizales, a lo dos (02) días del mes de Abril de dos mil catorce (2014). JAIRO VILLEGAS ARANGO, NOTARIO QUINTO DE MANIZALES. (Hay firma y sello). FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: Abril 03 de 2014 Hora 8:00 a.m.. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: Abril 15 de 2014 Hora 6:30 p.m.
4-IV-A77375
REMATES
JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL
RISARALDA - CALDAS
TERCER PISO ALCALDÍA MUNICIPAL TELEFAX 8557196
j01prmpalrisara@cendoj.ramajudicial.gov.co
1761408900120120006200
AVISO DE REMATE
25 DE MARZO DE 2014. El Secretario del Juzgado Único Promiscuo Municipal de Risaralda, Caldas, AVISA: Que se ha señalado el día QUINCE (15) DE MAYO DE DOS MIL CATORCE A PARTIR DE LAS NUEVE Y TREINTA (09:30) HORAS, para llevar a cabo diligencia de remate del bien que más adelante se relaciona, embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso ejecutivo con acción mixta, instaurado por el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. en contra del señor LUIS ALBERTO ECHEVERRI ECHEVERRI CC 15505900 Rda. Cds. Se trata de un predio rural, con identificación al Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 103-10319, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma Caldas y Ficha Catastral No. 000200010091000, cuyos linderos obran en la Escritura Pública No. 248, del 24 de julio de 2008, de la Notaría Única de Risaralda, cuya cabida es de diecinueve hectáreas, avaluado en la suma de $68.500.000.oo, denominado "Guaimaral L1", ubicado en el paraje de Quiebra de Varillas-Surrumbí o La Piel Roja, Jurisdicción del municipio de Risaralda, Caldas, mejorado con cultivos de café, plátano y pastos. Por tratarse de la PRIMERA LICITACIÓN, será postura admisible la que cubra el 70% y postor hábil el que previamente consigne el 40% del avalúo total. SECUESTRE: JOSÉ ÁLVARO VELÁSQUEZ AGUDELO, quien puede localizarse en el Tel.: 3137704016. La Licitación comenzará a la hora indicada y una hora después se abrirán los sobres entregados y se leerán en voz alta las ofertas que reúnan los requisitos indicados en el Art. 34 de la Ley 1395 de 2010. Para los efectos el Art. 525 del C.P.C., este aviso se publicará por una sola vez -con antelación no inferior a diez días- en uno de los periódicos de más amplia circulación en la región y en una radiodifusora local. CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. SECRETARIO.
4-IV-A77360
JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL
RISARALDA - CALDAS
TERCER PISO ALCALDÍA MUNICIPAL TELEFAX 8557196
j01prmpalrisara@cendoj.ramajudicial.gov.co
1761408900120130002300
AVISO DE REMATE
21 DE MARZO DE 2014. El Secretario del Juzgado Único Promiscuo Municipal de Risaralda, Caldas, AVISA: Que se ha señalado el día MIÉRCOLES SIETE (07) DE MAYO DE DOS MIL CATORCE A PARTIR DE LAS QUINCE Y TREINTA (15:30) HORAS, para llevar a cabo diligencia de remate del bien que más adelante se relaciona, embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso ejecutivo hipotecario, instaurado por el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. en contra de la señora GLORIA CECILIA CANO CORRALES CC 25080113 Rda. Cds. Se trata de un predio rural, con identificación al Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 103-3717, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma Caldas y Ficha Catastral No. 000100110039000, cuyos linderos obran en la Escritura Pública No. 200, del 11 de julio de 2008, de la Notaría Única de Risaralda, cuya cabida es de tres hectáreas, avaluado en la suma de $53.000.000.oo, denominado "Los Chapineros", ubicado en el paraje de Surrumbí, Jurisdicción del municipio de Risaralda, Caldas, mejorado con cultivos de café y plátano; agua, helda, beneficiadero y carretera. Por tratarse de la PRIMERA LICITACIÓN, será postura admisible la que cubra el 70% y postor hábil el que previamente consigne el 40% del avalúo total. SECUESTRE: JOSÉ ÁLVARO VELÁSQUEZ AGUDELO, quien puede localizarse en el Tel.: 3137704016. La Licitación comenzará a la hora indicada y una hora después se abrirán los sobres entregados y se leerán en voz alta las ofertas que reúnan los requisitos indicados en el Art. 34 de la Ley 1395 de 2010. Para los efectos el Art. 525 del C.P.C., este aviso se publicará por una sola vez -con antelación no inferior a diez días- en uno de los periódicos de más amplia circulación en la región y en una radiodifusora local. CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. SECRETARIO.
4-IV-A77361
JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL
RISARALDA - CALDAS
TERCER PISO ALCALDÍA MUNICIPAL TELEFAX 8557196
j01prmpalrisara@cendoj.ramajudicial.gov.co
17614089001201130002300
AVISO DE REMATE
25 de Marzo de 2014. El Secretario del Juzgado Único Promiscuo Municipal de Risaralda, Caldas, AVISA: Que se ha señalado el día MIÉRCOLES (07) DE MAYO DE DOS MIL CATORCE A PARTIR DE LAS NUEVE Y TREINTA (09:30) HORAS, para llevar a cabo diligencia de remate del bien que más adelante se relaciona, embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso ejecutivo hipotecario, instaurado por el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. en contra de la señora MARÍA DEL SOCORRO MARTÍNEZ GIRALDO CC 25080100 Rda. Cds. Se trata de un predio rural, con identificación al Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 103-6176, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma Caldas y Ficha Catastral No. 0001000300020021000, cuyos linderos obran en la Escritura Pública No. 263, del 09 de septiembre de 2006, de la Notaría Única de Risaralda, cuya cabida es de diecinueve hectáreas, avaluado en la suma de $80.000.000.oo, denominado "La Divisa", ubicado en el paraje de Alto Arauca, Jurisdicción del municipio de Risaralda, Caldas, mejorado con cultivos de café, plátano y pastos. Por tratarse de la PRIMERA LICITACIÓN, será postura admisible la que cubra el 70% y postor hábil el que previamente consigne el 40% del avalúo total. SECUESTRE: JOSÉ ÁLVARO VELÁSQUEZ AGUDELO, quien puede localizarse en el Tel.: 3137704016. La Licitación comenzará a la hora indicada y una hora después se abrirán los sobres entregados y se leerán en voz alta las ofertas que reúnan los requisitos indicados en el Art. 34 de la Ley 1395 de 2010. Para los efectos el Art. 525 del C.P.C., este aviso se publicará por una sola vez -con antelación no inferior a diez días- en uno de los periódicos de más amplia circulación en la región y en una radiodifusora local. CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. SECRETARIO.
4-IV-A77362
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS (CDS). ANUNCIA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo el remate del bien embargado, secuestrado y avaluado: Proceso: Ejecutivo Hipotecario de mínima cuantía. Demandante: Luz Marina Ortiz Ortiz. Demandado: Néstor Peláez Castaño. Fecha y Hora: 29 de abril de 2014. Hora: 02.30 P.M. Avalúo del bien: SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL PESOS ($7.413.000.oo). Postura admisible: La que cubra el 70% del avalúo. Postor hábil: Quien consigne el 40% del avalúo. Duración de la licitación: Una hora. Folio de matrícula inmobiliria No. 102-12238 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Aguadas. Descripción: Se trata de un predio rural, situado en la Vereda Pito del Municipio de Aguadas, denominado "EL ROSAL", inmueble que forma parte del que se identifica con la ficha catastral 00-01-0009-0710-000, de una cabida aproximada, de acuerdo al título y modo que más adelante se indicará, de dos mil trescientos metros cuadrados (0-2300), con casa de habitación construida parte en material y otra parte en bahareques, cubierta toda con tejas de eternit, de dos (2) plantas, con servicios de agua y luz eléctrica; con cultivos de café, con todas las mejoras, anexidades, usos, costumbres y servidumbres que legalmente le correspondan y comprendido por los siguientes linderos generales, sea cual fuere su cabida.### Partiendo de una mata de plátano que se encuentra en un barranco a orillas de la carretera que de Aguadas conduce al Corregimiento de Arma, y que está en el lindero con propiedad del señor Fabián Ríos Osorio; luego sigue hacia arriba hasta encontrar un estacón que se clavó junto a una mata de plátano, en una distancia de diez y siete metros (17.00); de aquí se sigue líinea recta a un arbolito de naranjo, en una extensión de doce metros con ochenta centímetros (12.80); luego se desvía un poco a la derecha y en línea recta se sigue a un estacón que se clavó al frente de un palo de uvito al borde del camellón del camino de los indios, de aquí, se gira a la derecha y hacia abajo por todo el camellón hasta encontrar un estacón clavado a orilla de carretera que conduce a la finca de propiedad de los herederos del señor Tulio Giraldo; de aquí, se sigue hacia abajo y por la orilla de la carretera hasta un barranco junto a una puerta de hierro, lindero con la carretera que de Aguadas conduce al corregimiento de Arma; y aquí, se sigue carretera arriba hasta la mata de plátano punto de partida###. Linderos tomados de la escritura pública No 081 de febrero 12 del 2009. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, el cual deberá contener además el depósito previsto en el artículo 526 del CPC. Para los efectos del artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, publíquese el presente aviso por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate en el diario "La Patria" y en la emisora de este Municipio. ADRIANA LORENA OSEJO RUALES. SECRETARIA.
4-IV-H62846
OTROS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
El Suscrito Secretario del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Manizales Caldas AVISA Que mediante Sentencia No. 22 de fecha Tres (3) de Febrero de dos mil catorce (2014) se dispuso: "Primero: Decretar por discapacidad mental absoluta, la Interdicción Judicial de la señora MARÍA ROMELIA LONDOÑO QUINTERO persona mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con la C.C. 24.322.155 privándola en consecuencia de la administración de sus bienes.//Segundo: Nombrar a la señora ANA BELÉN LONDOÑO QUINTERO mayor y vecina de Manizales, identificada con la C.C. 24.287.543 como CURADORA LEGÍTIMA PRINCIPAL DEFINITIVA y Nombrar a la seora BEATRIZ ELENA NOREÑA LONDOÑO mayor y vecina de Manizales, identificada con la C.C. 30.302.832 como CURADORA LEGÍTIMA SUPLENTE DEFINITIVA de la señora MARÍA ROMELIA LONDOÑO QUINTERO; a quienes se les posesionará para que puedan ejercer el cargo, haciéndoles saber que este se extiende tanto a la persona como a los bienes de la discapacitada. Igualmente se les advertirá de los deberes y responsabilidades que asume de conformidad con la Ley 1306 de 2009, artículos 6 último inciso, 52, 88, 91 a 94, 103, 104 y 107 y demás normas concordantes.//Tercero: Abstenerse de ordenar la confección del inventario y avalúo de los bienes de la discapacitada, por lo dicho en la parte considerativa.//Cuarto: Oficiar a la Notaría Primera de Manizales Caldas, para que proceda a hacer las anotaciones respectivas en el registro civil de la señora MARÍA ROMELIA LONDOÑO QUINTERO.///Quinto: Publicar la presente decisión por aviso en un diario de amplia circulación nacional, esto es, el diario La Patria o en La República de Bogotá, como dispone el numeral 8º del artículo 42 de la Ley 1306 de junio 5 de 2009.//Sexto: NOTIFICAR en forma personal esta decisión a la Procuradora Judicial en Asuntos de Familia y a la Defensora de Familia para lo de sus cargos. //Séptimo: OFICIAR a la Secretaría de Salud de la ciudad, con el fin de que inscriba el presente fallo en el libro de AVECINDAMIENTO, para lo cual se informará la dirección del discapacitado.//Octavo: REVISAR la interdicción decretada en los términos indicados en el artículo 29 de la Ley 1306 de 2009. //NOTIFÍQUESE// GUILLERMO LEÓN AGUILAR GONZÁLEZ//.Juez". El presente AVISO se insertará una vez por lo menos en un diario de amplia circulación nacional, esto es, el diario La Patria o en La República de Bogotá, como dispone el numeral 8º del artículo 42 de la Ley 1306 de junio 5 de 2009. Gerardo Alonso Toro Marín. Secretario. INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL RAD. 2013-00509.
4-IV-A77353
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015