EMPLAZAMIENTOS
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLCO SECCIONAL MANIZALES
JUZGADO 1º MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE MANIZALES
EMPLAZAMIENTO
Artículo 29 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, en concordancia con el Artículo 108 del Código General del Proceso.
Como quiera que no se ha logrado la comparecencia a este Despacho de FERRETERÍA EL DIAMANTE MANIZALES S.A.S., de conformidad con lo establecido por el artículo 29 del C.P.L. y de la S.S. modificado por el artículo 16 de la Ley 712 de 2001 en concordancia con lo previsto en el artículo 108 del Código General del Proceso aplicable en materia laboral como lo dispone el Artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se ordena la inclusión del nombre de los emplazados en el listado que se publicará por una sola vez en uno de los medios de comunicación como los son: El Espectador, El Tiempo o La República edición dominical, o en una de las emisoras Caracol o R.C.N., radio de cobertura nacional, cualquier día de la semana entre las seis de la mañana (6:00 a.m.), y las once de la noche (11:00 p.m.), lo cual certificará el Director de la emisora, dentro del Proceso que a continuación se relaciona. Así mismo debe tener en cuenta la parte interesada, lo ordenado en el parágrafo segundo del Artículo 108 del Código General del Proceso, que establece que "(...) La publicación debe comprender la permanencia del contenido del emplazamiento en la página web del respectivo medio de comunicación, durante el término del emplazamiento". Para ello debe aportar la certificación del respectivo medio de comunicación, que indique la permanencia del contenido del emplazamiento en la página web durante el término de emplazamiento.
RADICACIÓN: 17-001-41-05-001-2019-00294-00. PROCESO: ORDINARIO LABORAL DE ÚNICA INSTANCIA. DEMANDANTE: DAVID ALEJANDRO GONZÁLEZ MARTÍNEZ. DEMANDADOS: 1 FERRETERÍA EL DIAMANTE MANIZALES S.A.S. EMPLAZADO: FERRETERÍA EL DIAMANTE MANIZALES S.A.S. FECHA AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO: JULIO 19 DE 2019. Este emplazamiento se entenderá surtido pasados QUINCE (15) DÍAS después de la publicación de la información en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Se advierte al emplazado que conforme a lo establecido por el Art. 29 del C. Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se le ha designado curador ad-Lítem con quien surtirá el trámite normal del proceso, hasta que comparezca al mismo. Manizales, julio (26) de dos mil diecinueve (2019). MÓNICA VIVIANA GIL SÁNCHEZ. Secretaria.
25-VIII-19-A88266
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Rama Judicial del Poder Público
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
Anserma - Caldas
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ANSERMA, CALDAS, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN EL ARTÍCULO 108 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO. EMPLAZA A los herederos indeterminados de JAMES PINEDA USMA, para que comparezcan a este Juzgado, a notificarse del proceso que a continuación se menciona: Proceso: Declaratoria y existencia de unión marital de hecho. Demandante: María Nancy Velásquez López. Apoderado (a): Dr. (a) Paula Andrea Rincón Bedoya (Ampobre). Demandado(a): J. Pineda Velásquez (Menor). Herederos indeterminados de JAMES PINEDA USMA. Radicación. Nro. 17-042-31-84-001-2019-0093-00 - (960). Clase auto: Mediante el cual se admite demanda, se ordena notificar menor a través de Curador Ad-lítem y emplazar herederos indeterminados. De fecha: Junio 26 de 2019. El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro y de no presentarse la (s) persona (s) emplazada (s), a quien (es) se le (s) previene que de no comparecer en el término indicado, se procederá a la designación de curador ad lítem, si a ello hubiere lugar, con quien se continuará el trámite del proceso. Se expide para su publicación, por una vez en el diario La República o La Patria que se editan en la ciudad de Bogotá y Manizales, Caldas, en el día Domingo. Anserma, Caldas, Julio 4 de 2019. JULIÁN GONZÁLEZ HOYOS. Secretario.
25-VIII-19-H72597
Proceso: Verbal de declaración de Pertenencia
Demandante: Luis Alfonso Castaño Ospina
Demandados: Harold Antonio Arismendi y Otros.
Rad.: 2019-00117
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ANSERMA CALDAS CITA Y EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el inmueble rural ubicado en la vereda Cauya de Anserma, Caldas, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 103-8391 de la oficina de Instrumentos Públicos de Anserma, Caldas, y código catastral No. 170420000000000020715000, que consta de un área de 3 hectáreas 8.400 m2, cuyos linderos aparecen en la escritura No. 436 de la Notaría Única de Anserma, Caldas de fecha 16 de junio de 1992, objeto del proceso VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO promovido por el señor LUIS ALFONSO CASTAÑO OSPINA C.C. 4.344.779 en contra de los señores HAROLD ANTONIO ARISMENDI GIRALDO C.C. 94.415.614, LUZ DERLY ARISMENDI GIRALDO C.C. 38.461.165, ANA MILENA ARISMENDI GIRALDO C.C. 66.988.187, ÓSCAR DE JESÚS ARISMENDI CASTAÑEDA, ASCENETH GÓMEZ DE CARDONA, ANA DE JESÚS ARISMENDI CASTAÑEDA y PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el inmueble solicitado, trámite admitido por auto del cuatro (4) de julio de dos mil diecinueve (2019), radicado bajo el No. 2019-00117. Se entregarán copias a la parte interesada para su publicación por una vez en un medio escrito de amplia circulación local "La Patria o La República" en un día domingo y por una radiodifusora local cualquier día de la semana entre las seis de la mañana (6 a.m.) y las once de la noche (11:00 p.m.). Julio 4 de 2019. ROBERTO BAENA GÓMEZ. SECRETARIO.
25-VIII-19-H72599
EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR EUGENIO MUÑOZ MÉNDEZ, con el fin de que comparezcan al proceso que seguidamente se identifica y se pongan a derecho en el mismo: PROCESO: DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO. DEMANDANTE: CARMENZA ESCOBAR SÁNCHEZ. EMPLAZADO: HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR EUGENIO MUÑOZ MÉNDEZ. DEMANDADO: HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR EUGENIO MUÑOZ MÉNDEZ. FECHA AUTO: Agosto 6 de 2019. RADICADO: 17001311000520190030900. De conformidad con los arts. 61 del C.C., 87 y 108 del C. G. del Proceso, se entregan copias del mismo para la publicación en la prensa escrita - LA PATRIA - el día domingo; o en la radio - Caracol, Todelar, RCN-, entre las 6:00 a.m. y las 11:00 p.m. Debiéndose allegar la publicación, la cual deberá comprender la permanencia del contenido del emplazamiento en la página web del respectivo medio de comunicación, durante el término del emplazamiento. Efectuada la publicación la parte interesada remitirá una comunicación solicitando a este Despacho la inclusión del emplazamiento en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, incluyendo lo dispuesto en el art. 108, ord. 5, ob. Cit. Publicado dicho registro, se entenderá surtido 15 días después de su publicación. BEATRIZ ELENA AGUIRRE ROTAVISTA. Secretaria.
25-VIII-19-H72598
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARANZAZU CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO:
REF.:
Radicado: 17-050-40-89-001-2019-00155-00.
Referencia: Proceso Declarativo de pertenencia (prescripción adquisitiva de Dominio).
Demandante: Hernando Marín Maya.
Demandado: Isabel Loaiza de Morales y Personas Indeterminadas.
El suscrito Secretario del Despacho por medio del presente edicto, EMPLAZA a la señora ISABEL LOAIZA DE MORALES, de quien se desconoce su documento de identidad y su lugar de habitación y/o de trabajo. Así mismo, SE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre bien inmueble denominado "la Florida", ubicado en la vereda el Retiro de Aranzazu, identificado con ficha catastral No. 170500000000000170031000000000 y matrícula inmobiliaria No. 118-5224 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Salamina (Caldas). Se advierte a los emplazados que si dentro del término concedido no comparecen a notificarse, se les nombrará un Curador Ad Lítem para que los represente en el proceso hasta su terminación. La publicación se hará el día domingo y por una sola vez en medio escrito de amplia circulación nacional o local (Tiempo o Patria) y la página donde se hubiere publicado el listado, será allegada al proceso por la parte interesada. (Art. 108 C G. P.).
Se expide el presente edicto, hoy veinticinco y cinco (25) de julio de dos mil diecinueve (2019). ROGELIO GÓMEZ GRAJALES. SECRETARIO.
25-VIII-19-A88282
PROCESO: 2013-00471
EDICTO
La suscrita Secretaria del Juzgado Cuarto de Familia de Manizales Caldas, notifica la SENTENCIA dictada dentro del proceso de DECLARATORIA DE PRESUNCIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO que, se adelanta en este despacho a través de apoderado por pobre por solicitud del señor MIGUEL ANTONIO ARISTIZÁBAL HERNÁNDEZ (hoy causante) como padre del presunto desaparecido y como desaparecido el señor CÉSAR AUGUSTO ARISTIZÁBAL AGUDELO identificado con la C.C. 75.066.469. EXTRACTO DE LA SENTENCIA "JUZGADO CUARTO DE FAMILIA MANIZALES - CALDAS Manizales, veintitrés (23) de junio de dos mil dieciséis. Proceso: DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO. Solicitante: MIGUEL ANTONIO ARISTIZÁBAL H. (fallecido). DESAPARECIDO: CÉSAR AUGUSTO ARISTIZÁBAL A. Radicación: 170013110004 - 2013 - 00471 - 00. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA N° 080. Se profiere SENTENCIA dentro del proceso de DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO, promovido por el señor MIGUEL ANTONIO ARISTIZÁBAL (Fallecido), y presunto desaparecido el señor CÉSAR AUGUSTO ARISTIZÁBAL AGUDELO. En mérito de lo expuesto EL JUZGADO CUARTO ADJUNTO DE FAMILIA DE MANIZALES, administrando Justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, FALLA: PRIMERO: DECLARAR LA MUERTE PRESUNTA del señor CÉSAR AUGUSTO ARISTIZÁBAL AGUDELO, quien nació en esta ciudad el día 27 de junio de 1971, de sexo masculino, casado, identificado con la C.C. No. 75.066.469 de Manizales, cuyo último domicilio fue la ciudad de Manizales. SEGUNDO: FIJAR el 12 DE AGOSTO de 2007, como día presunto de la muerte del señor CÉSAR AUGUSTO ARISTIZÁBAL AGUDELO, conforme lo dispone el numeral 6° del artículo 97 del Código Civil. TERCERO: OFICIAR al señor Registrador Nacional del Estado Civil del municipio de Manizales, comunicándole lo pertinente de este proveído, para que asiente la respectiva partida de defunción del desaparecido. CUARTO: OFICIAR a la Notaría Segunda del Círculo de esta ciudad, para que se inscriba esta decisión en el registro civil de nacimiento del señor CÉSAR AUGUSTO ARISTIZÁBAL AGUDELO. Por secretaría líbrese el respectivo oficio. QUINTO: PUBLICAR, una vez ejecutoriada, el encabezamiento y la parte resolutiva de esta providencia, en el Diario El Espectador o el Tiempo y en el Periódico La Patria, por una sola vez. SEXTO: Por tratarse de un asunto de jurisdicción voluntaria no hay lugar a condena en costas. SÉPTIMO: No hay lugar a fijación de honorarios definitivos al curador que actúa como apoderado del demandado. La presente providencia se notifica en estrados a las partes, conforme lo dispone el artículo 294 del Código General del Proceso. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El Juez, PEDRO ANTONIO MONTOYA JARAMILLO." Conforme a lo dispuesto en el art. 584 del C.G.P. se expide el presente EDICTO para su publicación en el Diario El Espectador o el Tiempo, en el periódico la Patria y en una radiodifusora de esta ciudad un día domingo y por una sola vez. LESLIE
VIVIAN CARDONA GÓMEZ. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88283
EDICTO
EL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los ACREEDORES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL conformada entre SANDRA MILENA GIRALDO OCAMPO Y JAVIER DARÍO CARMONA LÓPEZ para que hagan valer sus créditos dentro del proceso de LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL 170013110006-2019-00184-00, promovido ante este despacho judicial de mutuo acuerdo entre las partes. Cumpliendo lo dispuesto en los artículos 108 y 523 del Código General del Proceso, se fija el presente EDICTO en lugar público y visible de la secretaría del Juzgado, por el término de QUINCE (15) DÍAS, hoy veintitrés (23) de mayo de dos mil diecinueve (2019) siendo las ocho (08:00) de la mañana. Se entregan copias del mismo para su publicación en el Diario La República, El Espectador o La Patria, lo que se hará en día domingo. ILDA NORA GIRALDO SALAZAR. Secretaria.
25-VIII-19-A88290
EDICTO EMPLAZATORIO
JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL EMPLAZA A las personas que más adelante se señalan y que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA de la persona que seguidamente se identifica como causante, para que comparezcan a éste Juzgado a hacerlos valer conforme a la ley: (Art. 490 num. 3 C.G.P).
CAUSANTE: DIÓGENES CASTILLO C.C 1.199.469. MATILDE GONZÁLEZ DE CASTILLO C.C 25.227.071. FECHA FALLECIMIENTO: CINCO (05) DE JULIO DEL 2009. PRIMERO (01) DE DICIEMBRE DEL 2018. LUGAR DE FALLECIMIENTOS: MANIZALES, CALDAS. CLASE DE SUCESION: INTESTADA. PERSONAS EMPLAZADAS: Las que se crean con derecho a intervenir en la Sucesión. FECHA AUTO APERTURA: AGOSTO DIECISÉIS (16) DE DOS MIL DIECINUEVE (2019). ÚLTIMO DOMICILIO: MANIZALES. De conformidad con el Artículo 490 del C. General del Proceso, se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Despacho por el término legal de diez (10) días y sendas copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación en el Diario "La Patria" de esta capital y en una radiodifusora local (Radio Manizales, de Todelar o Red de los Andes) entre las siete de la mañana (7a.m.) y las diez de la noche (10.00), esta última. DIANA ESTEFANÍA GALLEGO TORRES. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88291
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL
PALACIO DE JUSTICIA
CARRERA 4 CON CALLE 13 ESQUINA
ANSERMA, CALDAS
CORREO ELECTRÓNICO: j01prmpalanserma@cendoj.ramajudicial.gov.co
Teléfono - Fax: 8532401
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE ANSERMA, CALDAS, EMPLAZA A SECUNDINO OCAMPO, HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA MARÍA AURORA OCAMPO CASTAÑEDA, HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA MARÍA ORALIA OCAMPO CASTAÑEDA y PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el inmueble a usucapir en la forma y términos establecidos en el art. 375 num. 6 y 7 ibídem, a fin de que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona: PROCESO: VERBAL - PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO DE COMUNERO-. RADICADO: 17042-4089-001-2017-00150-00. DEMANDANTE: URIEL DE JESÚS GALLEGO CLAVIJO C.C. No. 9.920.740. DEMANDADO(S): SECUNDINO OCAMPO. HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA MARÍA AURORA OCAMPO CASTAÑEDA (C.C. Nº 25.077.075). HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA MARÍA ORALIA OCAMPO CASTAÑEDA (C.C. Nº 24.856.514) GLORIA PATRICIA ÁLVAREZ OCAMPO (C.C. Nº 25.080.664) como heredera determinada de la señora MARÍA AURORA OCAMPO CASTAÑEDA en su calidad de hija legítima. DEMY JHOANNA FLÓREZ OCAMPO (C.C. Nº 57.729.159) como heredera determinada de la señora MARÍA ORALIA OCAMPO CASTAÑEDA en su calidad de hija legítima. PERSONAS INDETERMINADAS. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. PERSONAS EMPLAZADAS: SECUNDINO OCAMPO. HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA MARÍA AURORA OCAMPO CASTAÑEDA. HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA MARÍA ORALIA OCAMPO CASTAÑEDA. PERSONAS INDETERMINADAS. FECHA AUTO ADMISORIO: 12 DE DICIEMBRE DE 2017. BIEN SOBRE EL CUAL RECAE EL PREDIO OBJETO DE PERTENENCIA: INMUEBLE: FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA Nº 103-13041. CÓDIGO CATASTRAL 00-00-0005-0052-000 Predio rural denominado "LA ESPERANZA", ubicado en la Vereda La Frisolina, del Municipio de Anserma, Caldas. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: La parte actora, describe el bien a usucapir de la siguiente manera: IDENTIFICACIÓN DEL BIEN: LA PARTE ACTORA DESCRIBE EL BIEN A USUCAPIR DE LA SIGUIENE MANERA: UN INMUEBLE CON UN ÁREA DE 23.348 M2, EQUIVALENTES A 2 HECTÁREAS 3.348 M2, CUYOS LINDEROS ACTUALIZADOS SON LOS SIGUIENTES: ### DEL PUNTO 1 AL 2 AL SURORIENTE EN LONGITUD DE 82 METROS CON GLORIA MERCEDES CORREA; DEL PUNTO 2 AL 3 AL SUR EN LONGITUD DE 25 METROS CON PREDIO LAS ANTILLAS; DEL PUNTO 3 AL 4 AL SUROCCIDENTE EN LONGITUD DE 184 METROS CON PREDIO DEL SEÑOR LEONEL AGUIRRE CARDONA; DEL PUNTO 4 AL 5 AL OCCIDENTE EN 56 METROS CON EL ANTIGUO CAMINO REAL; DEL PUNTO 5 AL 6 AL NORTE EN 163 METROS CON LOS HEREDEROS DE LAS CAUSANTES MARÍA AURORA Y MARÍA ORALIA OCAMPO CASTAÑEDA Y DEL PUNTO 6 AL 1 AL NORORIENTE EN LONGITUD DE 227 METROS CON BERTULFO FORONDA###. SE ACLARA QUE EL BIEN DESCRITO HACE PARTE DE UN INMUEBLE DE MAYOR EXTENSIÓN EL CUAL SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN: "…. UN LOTE DE TERRENO RURAL, DENOMINADO "LA ESPERANZA", UBICADO EN LA VEREDA LA FRISOLINA, COMPRENSIÓN DEL MUNICIPIO DE ANSERMA, CALDAS, PREDIO EL CUAL POSEE UN ÁREA DE UNA HECTÁREA NUEVE MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (1-9200 MTS2) SEGÚN CERTIFICADO DE TRADICIÓN, DISTINGUIDO CON LA FICHA CATASTRAL NÚMERO 00-00-0005-0052-000, DETERMINADO POR LOS SIGUIENTES LINDEROS DE ACUERDO AL TÍTULO DE ADQUISICIÓN ### PARTIENDO DE UN ÁRBOL QUIEBRABARRIGO, SIGUIENDO HACIA ABAJO EN LÍNEA SEMIRRECTA LINDANDO CON PROPIEDAD DE LA SUCESIÓN DE JOSÉ ELIÉCER CIFUENTES DUQUE, HASTA ENCONTRAR LINDERO CON PREDIO DE LA SUCESIÓN DE RUBÉN OCAMPO, DONDE SE FORMA UNA ESQUINA, DE ALLÍ SIGUIENDO EN LÍNEA RECTA A ENCONTRAR LINDERO CON PROPIEDAD DE BERTULFO FORONDA DE ALLÍ SIGUIENDO EN LÍNEA SEMIRRECTA HACIA ARRIBA HASTA LLEGAR A UN ÁRBOL QUIEBRABARRIGO, DONDE EMPIEZA LINDERO CON LOS HEREDEROS MARÍA ORALIA, MARÍA GRIMANESA Y MARÍA AURORA OCAMPO CASTAÑEDA, SIGUIENDO LINDERO CON ESTAS EN LÍNEA RECTA HASTA LLEGAR A EL ÁRBOL QUIEBRABARRIGO PUNTO DE PARTIDA###. (SE ACLARA QUE EN IGAC EN EL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI APARECE UN ÁREA DE 4 HAS. 4000 M2). EL INMUEBLE SE UBICA EN LA VEREDA LA FRISOLINA DEL MUNICIPIO DE ANSERMA, CALDAS, IDENTIFICADO CON EL FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 103-13041 DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE ANSERMA, CALDAS Y CÓDIGO CATASTRAL No. 00-00-0005-0052-000 DEL MUNICIPIO DE ANSERMA, CALDAS. NOTA: La publicación se hará en un listado que se publicará por una sola vez, a través de uno de los medios de amplia circulación nacional como RCN O CARACOL RADIO, en las horas comprendidas entre las seis de la mañana (06:00 A.M.) y las once de la noche (11:00 P.M.), o en el diario LA PATRIA o EL TIEMPO solamente el día domingo. Quienes además deben publicar el contenido del emplazamiento en su página Web durante el término del mismo. (Parágrafo 2º - Art. 108 del C.G.P.). Se expide el presente edicto, hoy quince (15) de mayo de dos mil diecinueve (2019). Copia del mismo se deja a disposición de la parte interesada para su publicación reglamentaria. ANA MARÍA BASTIDAS ROSALES. SECRETARIA.
25-VIII-19-H72601
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona: PROCESO: DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA. RADICADO: 170013103006-2019-00147-00. DEMANDANTE: HERMINZUL MUÑOZ ORTIZ, CC. 10.201.006. DEMANDADO(S): - ANDRÉS FELIPE OSORNO GÓMEZ, CC. 79.616.017. - DIANA PATRICIA SALAZAR GIRALDO, CC. 30.394.587. - PERSONAS INDETERMINADAS. No Registra. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. PERSONAS EMPLAZADAS: PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: La parte actora, describe el bien a usucapir, de la siguiente manera: BIEN INMUEBLE QUE CORRESPONDE AL DE LOS SIGUIENTES LINDEROS: ########## Partiendo de un Palo de Higuerón que está a una cuadra y media de la entrada a la vereda "el guineo" sobre la Carretera que de Manizales conduce a la Vereda Lisboa del Municipio de Neira Caldas, de este y en línea recta, de para arriba hasta un palo de aguacate, se sigue carretera arriba hasta la curva que voltea hacia la casa de la finca donde hay un palo de guayabo, de este y en línea recta hasta la quebrada lindero con la finca Bengala, se voltea a la izquierda cañada arriba hasta los tanques del nacimiento del agua donde hay un nogal grande, de este en línea recta lindero con la Balastrera, hasta la carretera que de Manizales Conduce a la Vereda Lisboa del Municipio de Neira Caldas, por esta abajo hasta el Palo de Higuerón que está a una cuadra y media de la entrada a la vereda "el guineo" de Manizales, punto de partida y encierra. #########. El inmueble descrito, hace parte de otro de mayor extensión, predio rural identificado según títulos con Matrícula Inmobiliaria Nro. 100-50536 con cédula catastral Nro. 17001000200430009000, ubicado en el Municipio de Manizales, Vereda El Faro, predio que tiene varias construcciones la mayoría de las cuales se encuentran inconclusas, sembrada con plátano, aguacate, cítricos, con un área construida de 236 metros cuadrados según títulos y un área de terreno de 44 hectáreas 110 días metros y cuyos linderos son: ##########. Tomando como punto de partida un guamo que está en un abra camino viejo de Irra, camino viejo de Irra abajo hasta un mojón que está en un abra, lidero con el señor Eliécer Castaño, quebrada abajo hasta encontrar el puente de la quebrada El Faro, Carretera a Irra, carretera arriba hasta llegar a un abra donde sale un agua, lindero con la mina de balastro, agua arriba por abra hasta llegar al punto de partida. #########. El presente edicto será publicación por una sola vez, en este caso, en el diario la Patria que es de amplia circulación en esta localidad, o en una radiodifusora de este lugar "Red de los Andes", en la forma y términos establecidos en el inciso tercero del art. 108 del Código General del Proceso. Nota: Si la publicación se hace en un medio escrito, esta se hará el domingo, en los demás casos, podrá hacerse cualquier día entre las seis (6) de la mañana y las once (11) de la noche. Efectuada la publicación, la parte interesada dará cumplimiento al inciso quinto del art. 108 citado, esto es remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas, quien publicará la información que se le remita en tal sentido y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Se advierte a las personas emplazadas que surtido el emplazamiento, se les designará curador Ad-Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso, si a ello hubiere lugar. JUAN FELIPE GIRALDO JIMÉNEZ. Secretario.
25-VIII-19-A88293
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PÁCORA (CALDAS), CITA Y EMPLAZA: A los herederos indeterminados de la Sra. ALICIA ÁNGEL DE ÁNGEL, C. C. # 24.832.879 de Pácora, al Sr. GERARDO ÁNGEL ÁNGEL, C. C. # 71.614.543 de Medellín y a las personas desconocidas e indeterminadas que crean tener derecho para intervenir en este asunto, conforme con el artículo 293 del Código General del Proceso, concordante con los artículos 108 y 375 Ibídem, para que dentro del término de la publicación del presente edicto, comparezcan a éste juzgado ubicado en la carrera 4 # 8-81 de Pácora (Caldas), a recibir notificación personal del auto admisorio N° 369 del 15 de agosto de 2019 y traslado de la demanda VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO DE PREDIO URBANO, promovida por la Sra. MARÍA NIDIA ÁNGEL ÁNGEL, C. C. # 24.836.437 de Pácora. Radicación N° 175134089001-2019-00119-00, asunto mediante el cual se hace solicitud de otorgamiento de título de propiedad por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, frente al inmueble ubicado en la calle 5 # 2-55 de Pácora, Caldas, con matrícula inmobiliaria N° 112-87, ficha catastral 175130100000000270002000000000 y se encuentra encerrado dentro de los siguientes linderos: ###POR EL FRENTE CON LA CALLE QUINTA; POR UN COSTADO CON PREDIO HOY DE LA SEÑORA MERCEDES LONDOÑO DE RAMOS; POR EL CENTRO UN MURO LINDERO CON LA OBRA SOCIAL MARTINITA ÁNGEL, Y POR EL OTRO COSTADO CON PREDIO QUE FUE DE LA CITADA DOÑA MARTINA, HOY OBRA SOCIAL LLEVA SU NOMBRE###. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de publicada la información en el registro nacional de personas emplazadas. Se previene a los aquí emplazados que si no comparecen en el término anterior se les designará curador Ad-Lítem con quien se surtirá la notificación. De conformidad con el artículo 108 del C. G. P , se entrega una copia del emplazamiento a la interesada para su publicación el día domingo por una sola vez en el Diario La Patria o La República de amplia circulación nacional. Pácora (Caldas), Agosto 20 de 2019. HERNANDO A. VILLEGAS RAMOS. Secretario.
25-VIII-19-A88294
EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS E MPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN de la persona que seguidamente se individualiza como causante, para que dentro del término de ley comparezcan a hacerlos valer: CLASE: SUCESIÓN INTESTADA. RADICADO: 17001311000120180034900. CAUSANTE: MARY ARIAS GIRALDO C.C. No. 24.250.346.
LUGAR Y FECHA DEL FALLECIMIENTO: MANIZALES, 6 DE SEPTIEMBRE DE 2014. INTERESADOS: BEATRIZ ORREGO ARIAS y OTROS. FECHA AUTO APERTURA: 24 DE SEPTIEMBRE DE 2018. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 490 del Código General del Proceso, se expide el presente EDICTO y se entrega a la parte interesada para su publicación por una sola vez en el diario La Patria o La República en su edición dominical, como lo establece el artículo 108 del mismo Código. JUSTO PASTOR GÓMEZ GIRALDO. SECRETARIO.
25-VIII-19-A88299
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL
RISARALDA - CALDAS
TERCER PISO ALCALDIA MUNICIPAL TELEFAX 8557196 j01prmpalrisara@cendoj.ramajudicial.gov.co
RADICACIÓN 17616408900120140008300
EDICTO EMPLAZATORIO
LA JUEZ ÚNICA PROMISCUO MUNICIPAL DE RISARALDA, CALDAS EMPLAZA A: JAIME ALBERTO RUIZ HINCAPIÉ C.C. 9847192. ROSA MARÍA HINCAPIÉ MORALES C.C. 24850893. PARA QUE COMPAREZCAN AL: PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR DE ÚNICA INSTANCIA. DEMANDANTE: CORPORACIÓN ACCIÓN POR CALDAS ACTUAR MICROEMPRESAS. DEMANDADOS: JAIME ALBERTO RUIZ HINCAPIÉ y ROSA MARÍA HINCAPIÉ MORALES. Se entrega a la parte interesada copia de este edicto para su publicación de conformidad con el artículo 108 del Código General del Proceso, para ser publicado, bien por escrito en el diario "LA PATRIA" o "El Espectador", el día domingo, o por emisora radial o televisiva en la región de "R.C.N." o "CARACOL" en horario entre las 6:00 A.M. y 11:00 P.M., cualquier día, tal como lo establece el articulado referido. Pasados quince (15) días después de la publicación si el emplazado no comparece a recibir notificación; se le designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la misma y se continuará el proceso. Expedido en el municipio de Risaralda, Caldas, a los tres (03) días del mes de diciembre de dos mil dieciocho (2018). CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. SECRETARIO.
25-VIII-19-A88312
RADICACIÓN: No. 2019-00196 00
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO MANIZALES CALDAS EMPLAZA: A todos los parientes de JOSÉ HERNÁN QUINTERO MARULANDA (CC. 1.215.338) señores OLGA CLEMENCIA QUINTERO AGUIRRE, JORGE ELIÉCER QUINTERO AGUIRRE, HENRY QUINTERO AGUIRRE y CEIDER QUINTERO AGUIRRE, y demás personas que se consideren con derecho al ejercicio de la guarda de aquél, para que comparezcan al Despacho y hagan valer sus derechos dentro de este proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA - DE PERSONA EN PRESUNTO ESTADO DE DISCAPACIDAD MENTAL - que promueve en este Despacho MARGOTH QUINTERO DE GIRALDO (CC. 30.288.332) (Artículo 586 del Código General del Proceso en concordancia con el 61 del Código Civil). Este AVISO permanecerá fijado en la secretaría del Juzgado y copia del mismo será publicado un día domingo en el ESPECTADOR, LA PATRIA O LA REPÚBLICA. Manizales Caldas, veinticinco (25) de junio de dos mil diecinueve (2019). ILDA NORA GIRALDO SALAZAR. Secretaria.
25-VIII-19-A88301
RADICADO 170013110006-2019-00196-00
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS AVISA Que en auto proferido por este Despacho el 20 de junio de 2019, dentro del proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA "INTERDICCIÓN JUDICIAL DE PERSONA CON DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA" promovido por MARGOTH QUINTERO DE GIRALDO identificada con CC. 30.288.332 se DECRETÓ la Interdicción Provisoria del señor JOSÉ HERNÁN QUINTERO MARULANDA con CC. 1.215.338 y se le nombró como CURADORA PROVISORIA a su hija MARGOTH QUINTERO DE GIRALDO. Este AVISO se insertará una vez por lo menos en un diario de amplia circulación nacional, como es la Patria, la República o el Espectador, un día domingo. Manizales, diez (10) de julio de dos mil diecinueve (2019). ILDA NORA GIRALDO SALAZAR. Secretaria.
25-VIII-19-A88302
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA Al señor CARLOS ALBEIRO MONTOYA GÓMEZ para que se presente a este despacho y es requerido en demanda de PRESUNCIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO, formulada por medio de apoderado judicial por el señor JESÚS MARÍA MONTOYA GÓMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 75.064.249 de Manizales. Igualmente se previene a quienes tengan noticias del señor CARLOS ALBEIRO MONTOYA GÓMEZ para que lo comuniquen inmediatamente a éste Despacho. EXTRACTO DE LA DEMANDA 1. Que el señor CARLOS ALBEIRO MONTOYA GÓMEZ nació en Riosucio, Caldas el 29 de agosto de 1955. 2. Que del señor CARLOS ALBEIRO MONTOYA GÓMEZ se tuvo conocimiento de su paradero por última vez para el mes de enero de 1989, cuando manifestó dirigirse hacia las instalaciones del Batallón Ayacucho. 3. Que el demandante desde la fecha de desaparición de su hermano ha efectuado todas las diligencias tendientes a su búsqueda sin resultado alguno. 4. Que la señora MARÍA NELLY MONTOYA GÓMEZ procedió a presentar denuncia ante la Fiscalía General de la Nación por la desaparición del señor CARLOS ALBEIRO MONTOYA GÓMEZ en el mes de marzo de 2014. 5. Que la Fiscalía General de la Nación procedió a notificar, el 12 de septiembre de 2017, el archivo de la investigación previa adelantada tras la desaparición del señor CARLOS ALBEIRO MONTOYA GÓMEZ. 6. Se manifiesta que se desconoce información respecto a la identificación personal del señor CARLOS ALBEIRO MONTOYA GÓMEZ, pues nunca se tuvo conocimiento de la expedición de su cédula de ciudadanía.
De conformidad con el artículo 584-1 del Código General del Proceso y en concordancia con el artículo 97-2 del Código Civil y el artículo 293 del C.G.P., se fija el presente EDICTO en la secretaría de éste despacho, para que sean publicadas dentro del término legal en el Diario El Tiempo o La República a nivel nacional y en el Diario La Patria de Manizales, igualmente en la emisora La Red de Los Andes, para lo cual se entregarán copias a las partes interesadas. Fijado hoy veintidós (22) de noviembre de dos mil dieciocho (2018) en la cartelera del Despacho a las 08:00 de la mañana. LUZ MARINA YEPES CHISCO. Secretaria.
25-VIII-19-A88311
República de Colombia
Distrito Judicial de Manizales
Manzanares, Caldas
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MANZANARES, CALDAS, EMPLAZA: A la persona que más adelante se relaciona, para que comparezca a este Juzgado ubicado en la calle 4ª No. 4-23, oficina 101, teléfono 8550314, a recibir notificación del mandamiento de pago librado en su contra dentro del proceso que igualmente se detallara: PROCESO: EJECUTIVO DE MÍNIMA CUANTÍA. DEMANDANTE: BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. DEMANDADO: JHON FREDY LÓPEZ LONDOÑO. RADICADO: 17433 4089 001 2019 00082 00. Al señor JHON FREDY LÓPEZ LONDOÑO, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.020.031, para que concurra a recibir notificación del auto del nueve (09) de abril de dos mil diecinueve (2019), mediante el cual se libró mandamiento de pago librado en su contra y a favor de la entidad demandante. Se advierte que la acreditación de la publicación del presente edicto, se remitirá ante el Registro Nacional de Personas Emplazadas, el emplazamiento quedará surtido quince (15) días después de publicada la información en dicho registro. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación de Curador Ad Lítem con quien se surtirá la notificación y se continuará con el trámite normal del proceso. Manzanares, Caldas, quince (15) de agosto de dos mil diecinueve (2019). MILENA ARIAS SERNA. Secretaria.
25-VIII-19-H72607
EMPLAZAMIENTO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE SALAMINA CALDAS, CITA Y EMPLAZA: A SOLEDAD CAMPUZANO TANGARIFE, BERTHA INÉS MARULANDA VÁSQUEZ C.C. 25.098.547, IVÁN CAMPUZANO TANGARIFE, MARÍA BELÉN CAMPUZANO TANGARIFE, VÍCTOR DANIEL CAMPUZANO TANGARIFE y demás PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el bien que más adelante se relaciona y que se pretende usucapir, de quienes se desconoce su domicilio y lugar de trabajo a fin de que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso radicado bajo el No. 17 653 40 89 002 2018 00080-00, que se indica: CLASE: Verbal de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio. DEMANDANTES: MARÍA PATRICIA PELÁEZ GALVIS Y ADRIANA PELÁEZ GALVIS. DEMANDADOS: SOLEDAD CAMPUZANO TANGARIFE, BERTHA INÉS MARULANDA VÁSQUEZ C.C. 25.098.547, TERESITA CAMPUZANO TANGARIFE, LUZ MARINA CAMPUZANO TANGARIFE, IVÁN CAMPUZANO TANGARIFE, MARÍA BELÉN CAMPUZANO TANGARIFE, VÍCTOR DANIEL CAMPUZANO TANGARIFE y demás PERSONAS INDETERMINADAS. Objeto: Notificación del auto admisorio de la demanda, de fecha 24 de julio de 2018 y recibir traslado de la misma. Bien objeto de demanda: Una porción de terreno que hace parte de otro de mayor extensión que está, ubicado en el paraje de Chambery, municipio de Salamina, departamento de Caldas, denominado LOS MANGOS, distinguido con la ficha catastral Nro. 176530100000001680001000000000, con una extensión de 8.200 metros cuadrados según registro y títulos y según catastro de 8.126 metros cuadrados A.C. 66, con matrícula inmobiliaria Nro. 118-6354 de la oficina de registro de Salamina y determinado por los siguientes linderos: ### DEL BORDE DE LA CARRETERA QUE GIRA PARA LA MERCED, DE AQUÍ POR UNA CAÑADITA ARRIBA A UN FILITO LINDERO CON TERRENO DE FABIO OCHOA, DE AQUÍ POR UNA CAÑADITA ABAJO A LA CARRETERA QUE GIRA PARA LA MERCED Y DE AQUÍ POR LA CAÑADITA ABAJO A LA CARRETERA QUE GIRA PARA LA MERCED Y DE AQUÍ POR LA CARRETERA ABAJO AL PUNTO DE PARTIDA###. Los linderos actuales del predio de mayor extensión son los siguientes: ### DEL BORDE DE LA CARRETERA QUE GIRA PARA LA MERCED, DE AQUÍ POR UNA CAÑADITA ARRIBA A UN FILITO LINDERO CON TERRENO DE FABIO OCHOA ANTES, HOY PROPIEDAD DE LA FAMILIA PELÁEZ GALVIS, DE AQUÍ POR UNA CAÑADITA ABAJO A LA CARRETERA QUE GIRA PARA LA MERCED Y DE AQUÍ POR LA CAÑADITA ABAJO A LA CARRETERA QUE GIRA PARA LA MERCED Y DE AQUÍ POR LA CARRETERA ABAJO AL PUNTO DE PARTIDA###. La porción de terreno que se pretende usucapir, tomado del de mayor extensión denominado LOS MANGOS, consiste en un lote de terreno, ubicado en el paraje de CHAMBERY, municipio de Salamina, departamento de Caldas, y que hace parte de la ficha catastral Nro. 176530100000001680001000000000 y la matrícula inmobiliaria Nro. 118-6354, lote a usucapir que consta de una extensión de 1.900 m2, como se desprende del plano que se adjunta, y mejorado en pasto, cercas, demás mejoras, usos, servicios, anexidades, determinado por los siguientes linderos: ### POR EL OESTE SEGÚN PLANO SE ACOMPAÑA PARTIENDO DEL PUNTO LINDERO 4 EN UNA LONGITUD PERIMETRAL DE 40.669 M CON PARTE DEL PREDIO DE LOS MANGOS DEL QUE ESTÁ EN POSESIÓN TERESITA CAMPUZANO, HASTA EL PUNTO LINDERO 5. POR EL NORTE DESDE EL PUNTO LINDERO 5 EN LONGITUD PERIMETRAL DE 65.64, CONLA VÍA O CARRETERA HACIA EL CASCO URBANO DE SALAMINA, HASTA EL PUNTO LINDERO 6. POR EL ESTE DESDE EL PUNTO LINDERO 6 EN UNA LONGITUD PERIMETRAL 23.139 M CON PARTE DEL LOTE LOS MANGOS POSEÍDO POR ALEX SOTO, HASTA EL PUNTO 7. POR EL SUR, DESDE EL PUNTO 7 EN UNA LONGITUD PERIMETRAL DE 62.296 M CON LA FINCA LA CALZADA, HASTA LLEGAR NUEVAMENTE AL PUNTO 4###. La publicación se hará por una sola vez en un diario de amplia circulación nacional (La Patria o la República), lo que debe hacerse en un día domingo, o en una emisora de amplia sintonía local, que podrá hacerse cualquier día entre las seis (6) a.m. y las once (11) pm. El demandante debe allegar copia informal de la página donde conste la publicación, o la constancia de la transmisión firmada por el administrador de la emisora. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado en el registro nacional de emplazado de la Rama Judicial, si los emplazados no comparecen al proceso personalmente o a través de apoderado, se le designará un CURADOR AD-LÍTEM, con quien se surtirá la notificación y se adelantará el proceso. Para los fines anteriores se expide el presente edicto hoy 30 de julio de 2019. Las copias se entregarán a la parte interesada para su publicación. La Secretaria, ALBA LUCÍA CARDONA GÓMEZ.
25-VIII-19-H72606
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite de Liquidación Notarial de la sucesión intestada de los causantes JOSÉ RAÚL QUINTERO LARGO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.540.736 de Riosucio Caldas y MARÍA SERAFINA DÍAZ BETANCUR, identificada con la cédula de ciudadanía No. 25.047.200 de Riosucio Caldas, fallecidos el primero en Riosucio Caldas, el 02 de enero de 2014 y la segunda el 04 de julio de 2018 en Rionegro Antioquia, siendo para ambos, el municipio de Riosucio Caldas, el lugar de su domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número CATORCE (14) del 21 de Agosto de 2019, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3º del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Notario, ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 21 de agosto de 2019 - 8:00 a.m. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN:
25-VIII-19-H72605
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite de Liquidación Notarial de la sucesión intestada del causante EFRAÍN BARAHONA GIL, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.592.372, fallecido el 18 de junio de 2005 en Riosucio Caldas, municipio que fue el lugar de su domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número QUINCE (15) del 21 de Agosto de 2019, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3º del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Notario, ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 21 de agosto de 2019 - 8:00 a.m. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN:
25-VIII-19-H72604
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: LUIS ANCÍZAR RIVERA LÓPEZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.155.737 expedida en La Dorada, fallecido el tres (03) de septiembre del año 2017 en el municipio de Norcasia, departamento de Caldas, debidamente registrada ante la Registraduría de La Dorada, tal como lo acredita con el correspondiente registro civil de defunción con Indicativo Serial número 05833572 de fecha 11 de julio de 2019, siendo el municipio de Norcasia el lugar de su último domicilio y el municipio de Samaná donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 014 del veintitrés (23) de agosto de 2019. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 24 de agosto de 2019, a las 7:30 a.m. El Notario, HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy –-- de –-- de 2019 a las 6:00 p.m. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ.
25-VIII-19-H72603
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: JOSÉ ALCIDES CLAVIJO LÓPEZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.395.032 expedida en Samaná, fallecido el primero (1º) de enero del año 2013 en el municipio de Samaná, debidamente registrada ante la Notaría Única del Círculo de Samaná, tal como lo acredita con el correspondiente registro civil de defunción con Indicativo Serial número 1770660 de fecha 02 de enero de 2013, siendo éste el lugar de su último domicilio y el municipio de Samaná donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 013 del veintidós (22) de agosto de 2019. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 23 de agosto de 2019, a las 7:30 a.m. El Notario, HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy –-- de –-- de 2019 a las 6:00 p.m. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ.
25-VIII-19-H72602
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO
ANSERMA - CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión intestada e ilíquida del causante señor GONZALO LONDOÑO LONDOÑO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.228.716 expedida en Anserma, fallecido en el municipio de Anserma, departamento de Caldas, el día siete (07) de Mayo dos mil diecinueve (2019). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy catorce (14) de Agosto del año dos mil diecinueve (2019) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA. Notaria Única del Círculo.
25-VIII-19-H72610
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A: La persona que más adelante se identifica, para que comparezca a este Despacho Judicial a notificarse personalmente del auto fechado QUINCE (15) DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE (2019), que libró mandamiento de pago en su contra dentro del proceso que seguidamente se relaciona y que ha sido propuesto en su contra: PROCEDENTE: JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL. CLASE: EJECUTIVO. DEMANDANTE: COOPETEC. DEMANDADOS: RODOLFO CONDE BULLA Y NÉSTOR VIRGILIO CONDE BULLA. C.C.: 17.118.878 Y 19.190.693. RADICADO: 17001-40-03005-2019-00406-00. PERSONAS EMPLAZADAS: RODOLFO CONDE BULLA Y NÉSTOR VIRGILIO CONDE BULLA. C.C.: 17.118.878 Y 19.190.693. Se advierte a las personas emplazadas que de no comparecer, se les designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la notificación de conformidad con lo expuesto por el artículo 293 del Código General del Proceso. Atentamente, ANA MARÍA HURTADO LÓPEZ. SECRETARIA AD HOC.
25-VIII-19-H72608
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL
AGUADAS CALDAS
LISTADO DEL ARTÍCULO 108 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO
PROCESO: SUCESIÓN INTESTADA.
RADICACIÓN: 17013408900120190012400.
CAUSANTE: CELINA VALENCIA DE CORRALES. CÉDULA NÚMERO: 22.092.715.
OFICINA: JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL.
CIUDAD: AGUADAS CALDAS.
EMPLAZADAS: JOSÉ ASDRÚBAL CORRALES VALENCIA, ADRIANA GÓMEZ CORRALES, ÁNGEL MARÍA CORRALES VALENCIA Y TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR EN EL TRÁMITE SUCESORAL.
FINALIDAD: SE LES EMPLAZA, PARA QUE COMPAREZCAN A HACER VALER SUS DERECHOS DENTRO DEL PROCESO SUCESORIO SIMPLE E INTESTADO DE LA CAUSANTE CELINA VALNCIA DE CORRALES. Se expide este listado para realizar su publicación en el diario LA PATRIA o en LA REPÚBLICA en día DOMINGO o en las emisoras CARACOL o RCN, en las horas comprendidas entre las 6:00 a.m. y las 11:00 p.m. LUIS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ. SECRETARIO.
25-VIII-19-H72609
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL
RISARALDA - CALDAS
TERCER PISO ALCALDIA MUNICIPAL
TELEFAX 8557196
j01prmpalrisara@cendoj.ramajudicial.gov.co
Radicación 17616408900120190006000
EDICTO EMPLAZATORIO
LA JUEZ ÚNICA PROMISCUO MUNICIPAL DE RISARALDA, CALDAS EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS para que comparezcan al proceso VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO promovido por me permito comunicarle que este Juzgado por auto de la fecha, dictado dentro de la demanda VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO promovido por la señora MARÍA BELÉN ROMÁN DE MEJÍA 25036228, en contra de JESÚS ARNOBIS MEJÍA TABORDA, HUGO ALEXÁNDER MEJÍA NÚÑEZ, GABRIEL ÁNGEL MEJÍA PULGARÍN y GABRIEL ANDRÉS MEJÍA Y PERSONAS INDETERMINADAS, respecto de un bien inmueble rural localizado en la vereda La Quiebra en el municipio de Risaralda, Caldas, denominado "La Julia", identificado al folio de matrícula inmobiliaria N° 103-11856 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma, Caldas, admitió la misma y dispuso la inscripción de la demanda. Allí se incluyó como litis consortes cuasinecesarios a JESÚS MARÍA GIL, MARÍA EMMA LÓPEZ OROZCO Y GILDARDO GIL BETANCUR, quienes al parecer fallecieron. Para los fines contemplados en el artículo 375 del C. G. del Proceso, se le hace saber sobre la existencia de la demanda, para que, si lo consideran pertinente, hagan las manifestaciones a que hubiere lugar en el ámbito de sus funciones. Se advierte a las emplazadas que de no comparecer al proceso dentro del término indicado, se les designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la notificación. Num. 8° del art. 375 del C. G. P.. Así mismo, se indica que el emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación. CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. Secretario.
25-VIII-19-A88303
LISTADO DE PERSONAS EMPLAZADAS
JUZGADO QUE REQUIERE: CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES.
PERSONAS EMPLAZADAS: DORALBA RAMÍREZ SÁNCHEZ (C.C. 24.363.929)
CLASE DE PROCESO: DECLARATIVO VERBAL DE PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN.
DEMANDANTE: MARIELA RAMÍREZ SÁNCHEZ 24.366.274.
DEMANDADO: DORALBA RAMÍREZ SÁNCHEZ C.C. 24.363.929.
RADICADO: 17001400300420180078300.
PROVIDENCIA: AUTO ADMITE LA DEMANDA.
ÁNGELA MARÍA TAMAYO JARAMILLO. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88304
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A: A la señora BLANCA CAROLINA GONZÁLEZ Y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlo valer dentro del proceso que seguidamente se referencia. PROCEDENTE: JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL. CLASE: PERTENENCIA. DEMANDANTE: ESTEFANÍA LEONEL GRISALES C.C: 1.053.837.552. APODERADO: DANIEL FELIPE CAMARGO VALENCIA. DEMANDADOS: BLANCA CAROLINA GONZÁLEZ, BANCO DE OCCIDENTE Y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS. C.C Y NIT 52.494.725 y 890.300.279-4. RADICADO: 1700140030052017-0073700. VEHÍCULO: DKU 552. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. Se le advierte a las personas emplazadas que, una vez efectuada la presente publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas, el cual publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro, vencidos los cuales, y si no comparecen, se entenderá surtido el emplazamiento y se procederá a designárseles curador ad-lítem, el cual los representará en el proceso de la referencia. Atentamente, VANESSA SALAZAR URUEÑA. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88305
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A: Al señor TULIO MONTOYA VÉLEZ, para que comparezca a este Despacho Judicial a notificarse personalmente del auto fechado VEINTIUNO (21) DE AGOSTO DE DOS MIL DIECINUEVE (2019), por medio del cual se admitió la demanda en su contra dentro del proceso que seguidamente se relaciona: PROCEDENTE: JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL. PROCESO: PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE LA OBLIGACIÓN EJECUTIVA Y DEL GRAVAMEN HIPOTECARIO. DEMANDANTE : LEONARDO DÍAZ PELÁEZ C.C: 10.282.085. APODERADO: GUSTAVO ADOLFO GÓMEZ CARDONA. DEMANDADO: TULIO MONTOYA VÉLEZ C.C: 1.212.899. RADICADO: 17001-40-03-005-2019-00489-00. REFERENCIA: COMUNICACIÓN EXISTENCIA DE PROCESO. Fecha del auto de admisión de la demanda: 21 de agosto de 2019. Predio sobre el cual recae el gravamen hipotecario: Bien inmueble ubicado en la "CALLE 26 CRUCE CON LA CARRERA 21", de esta ciudad, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 100-103199. Se le advierte a la persona emplazada que, una vez efectuada la presente publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas, el cual publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro, vencidos los cuales, y si no comparece, se entenderá surtido el emplazamiento y se procederá a designarse curador ad-lítem, el cual lo representará en el proceso de la referencia, de conformidad con lo expuesto por el artículo 293 del Código General del Proceso. VANESSA SALAZAR URUEÑA. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88306
LISTADO DE PERSONAS EMPLAZADAS
JUZGADO QUE REQUIERE: CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES.
PERSONA EMPLAZADA: CRISTIAN ANDRÉS FONTALVO LÓPEZ C.C. 1.053.810.794.
CLASE DE PROCESO: EJECUTIVO DE ÚNICA INSTANCIA.
DEMANDANTE: BANCO DE OCCIDENTE.
DEMANDADO: CRISTIAN ANDRÉS FONTALVO LÓPEZ.
RADICADO: 17001400300420180082500.
PROVIDENCIA: AUTO QUE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO.
ÁNGELA MARÍA TAMAYO JARAMILLO. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88314
EL JUZGADO DÉCIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA: A la señora ADELAIDA RODRÍGUEZ SOLINAS, para que comparezca a este Despacho Judicial a oír notificación personal del auto fechado el día trece (13) de junio de dos mil diecinueve (2019) por medio del cual se libró mandamiento ejecutivo a favor de la parte demandante y en contra de la parte demandada, dentro del proceso que seguidamente se relaciona:
Proceso: EJECUTIVO SINGULAR. Demandante: CENTRAL DE INVERSIONES S.A. Demandados: ANDRÉS FELIPE VARGAS RODRÍGUEZ. ADELAIDA RODRÍGUEZ SOLINAS C.C (1.054.986.382) - (24.620.204). Radicado: 170014003010-2019-00314-00.
PERSONA EMPLAZADA: ADELAIDA RODRÍGUEZ SOLINAS. La publicación del edicto Emplazatorio deberá hacerse en un diario de amplía circulación nacional o local en el diario "EL TIEMPO", o "LA PATRIA" o "EL ESPECTADOR" la que se deberá llevar a cabo el día "domingo" o en CARACOL RADIO O RCN, Cadena Radial Básica, o LA RED DE LOS ANDES cuya transmisión deberá hacerse cualquier día, en el horario de las 6:00 A.M. y 11:00 P. M., tal como lo establece el artículo 108 del Código General del Proceso.
El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Si el emplazado no comparece se le designará CURADOR AD-LÍTEM con quien se surtirá la notificación.
MARÍA PAULINA MANRIQUE VELÁSQUEZ. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88315
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A: La persona que más adelante se identifica, para que comparezca a este Despacho Judicial a notificarse personalmente del auto fechado DIECISIETE (17) DE ENERO DE DOS MIL DIECINUEVE (2019), que libró mandamiento de pago en su contra dentro del proceso que seguidamente se relaciona y que ha sido propuesto en su contra: PROCEDENTE: JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL. CLASE: EJECUTIVO. DEMANDANTE: BANCOLOMBIA S.A. DEMANDADOS: JORGE ANTONIO OSORIO SÁNCHEZ C.C: 1.060.648.755. RADICADO: 17001-40-03005-2018-00836-00. PERSONAS EMPLAZADAS JORGE ANTONIO OSORIO SÁNCHEZ C.C: 1.060.648.755. Se advierte a las personas emplazadas que de no comparecer, se les designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la notificación de conformidad con lo expuesto por el artículo 293 del Código General del Proceso. Atentamente, VANESSA SALAZAR URUEÑA. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88317
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de los causantes cónyuges HERNEY GUARÍN VALENCIA Y ESTHER JULIA JURADO DE GUARÍN, quienes se identificaran en vida con las cédulas de ciudadanía números 1.209.389 y 24.262.150 de Manizales Caldas, respectivamente, quienes tuvieran como domicilio el Municipio de Manizales departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 2.122 del día 23 DE AGOSTO DE 2019 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 26 DE AGOSTO DE 2019.- Manizales, 23 DE AGOSTO DE 2019. EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.
25-VIII-19-A88318
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MARMATO, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas naturales y/o jurídicas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación de éste Edicto, en el periódico y en la emisora correspondiente, en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia del causante LUIS FERNANDO QUIRAMA VELÁSQUEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 4.446.369 siendo el Municipio de Marmato, Caldas, su último domicilio y asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Aceptado el trámite en ésta Notaría mediante el Acta número 014 de 13 del mes de Agosto del año 2019, para los fines indicados en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría y se ordena su respectiva publicación. PABLO EDUARDO CARDONA VÉLEZ. Notario Único.
25-VIII-19-A88321
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MARMATO, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas naturales y/o jurídicas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación de éste Edicto, en el periódico y en la emisora correspondiente, en el trámite Notarial del Liquidación de Herencia de los causantes JOSÉ ALFONSO GARCÍA BECERRA y ARGEMIRA ORTIZ DE GARCÍA, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 1.304.689 y 24.741.417 siendo el Municipio de Marmato, Caldas, su último domicilio y asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Aceptado el trámite en ésta Notaría mediante el Acta número 013 de 13 del mes de Agosto del año 2019, para los fines indicados en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría y se ordena su respectiva publicación. PABLO EDUARDO CARDONA VÉLEZ. Notario Único.
25-VIII-19-A88322
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL SUPÍA, CALDAS EMPLAZA A: Las PERSONAS INDETERMINADAS, para que comparezcan a este Despacho Judicial a notificarse personalmente del auto fechado DIEZ (10) DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE (2019), que la demanda para tramitar proceso de PERTENENCIA por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio promovida por SANDRA MILENA SIERRA CASTAÑO, contra MARTHA LIGIA, BENJAMÍN, CESAR AUGUSTO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ, JAIME ALBERTO SÁNCHEZ RIVERA, JHON EDUAR SÁNCHEZ HENAO, ROBINELSON GARCÍA RAMÍREZ, NELSON AUGUSTO GUEVARA SÁNCHEZ y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS, y concurran al proceso a hacer valer sus derechos sobre un bien de menor extensión cuya dimensión es de 12 metros de frente y 18 metros de fondo, mejorado con casa de habitación y un kiosco, en el municipio de Supía, Caldas, alinderados de manera general así: Por un costado hacia el oriente ósea por la parte de atrás, linda con el rÍo Cauca, por el otro costado hacia el sur linda con la propiedad del señor ROBERTO ANTONIO SÁNCHEZ y con terrenos de propiedad de la nación, por el otro costado hacia el occidente ósea por el frente linda con la carretera que conduce a Medellín Antioquia y otro costado hacia el norte linda con propiedad de la señora MARIELA CASTAÑO y JORGE CARDONA GÓMEZ. El predio antes descrito hace parte de una de mayor extensión identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 115-4228 y ficha catastral 177770000000000260018000000000 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio Caldas, y a estar a derecho dentro del proceso que seguidamente se relaciona y que ha sido propuesto en su contra: PROCEDENTE JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL SUPÍA, CALDAS. CLASE PERTENENCIA. DEMANDANTE SANDRA MILENA SIERRA CASTAÑO. DEMANDADO MARTHA LIGIA SÁNCHEZ GUTIÉRREZ CC. 25.052.217. BENJAMÍN SÁNCHEZ GUTIÉRREZ. CÉSAR AUGUSTO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ. DORALBA SÁNCHEZ GUTIÉRREZ CC. 25.058.106. JAIME ALBERTO SÁNCHEZ RIVERA CC. 4.546.596. JHON EDUAR SÁNCHEZ HENAO CC. 15.923.175. ROBINELSON GARCÍA RAMÍREZ CC. 15.918.292. NELSON AUGUSTO GUEVARA DÍAZ CC. 15.919.811. RADICADO 17777-40-89-001-2019-00205-00. PERSONAS EMPLAZADAS: PERSONA INDETERMINADAS. Se advierte al emplazado que de no comparecer surtido el término de QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado en el Registro Nacional de Personas emplazadas, se le designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la notificación de conformidad con lo expuesto por el artículo 108 del Código General del Proceso, en concordancia con el artículo 293 ídem.
GILBERTO OSORIO VÁSQUEZ. SECRETARIO.
25-VIII-19-A88320
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SECRETARÍA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS, CALDAS EMPLAZA A la señora MARÍA ARACELLY JARAMILLO GIRALDO identificada con la cédula de ciudadanía número 24.362.447 para que intervenga dentro del proceso que se relaciona a continuación y comparezca a hacer valer sus derechos: CLASE DE PROCESO: DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR LA PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: ÓSCAR ANTONIO GIRALDO LÓPEZ C.C. 4.337.550. DEMANDADOS: ROGELIO JARAMILLO GIRALDO Y OTROS Y DEMÁS HEREDEROS INDETERMINADOS DE ROSALIA GIRALDO DE JARAMILLO C.C. No. 24.356.941 Y DEMÁS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS. RADICADO: 170134089002-2018-00021-00. La publicación del edicto Emplazatorio deberá hacerse en un diario de amplia circulación nacional o local en el diario "EL TIEMPO", o "LA PATRIA" o "EL ESPECTADOR" la que se deberá llevar a cabo el día "domingo'. o en CARACOL RADIO O RCN, Cadena Radial Básica, o LA RED DE LOS ANDES cuya transmisión deberá hacerse cualquier día, en el horario de las 6:00 A.M. y 11:00 P. M., tal como lo establece el artículo 108 del Código General del Proceso.
El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. MARÍA CAMILA VARGAS GONZÁLEZ. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88319
REMATES
Rama Judicial del Poder Público
Oficina de apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Manizales
REPÚBLICA DE COLOMBIA
AVISO DE REMATE
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400300620180075400. PROCESO: Ejecutivo con Título Hipotecario. DEMANDANTE: LUZ DARY - RIVERA HOYOS. NIT/CÉDULA: 24328295. DEMANDADOS: CRISTIAN FERNANDO - VALENCIA HERNÁNDEZ y NATALIA - VALENCIA HERNÁNDEZ. NIT/CÉDULA: 1053780892 - 1125779641. FECHA DEL REMATE: septiembre 17 de 2019. HORA: 3:00 P.M. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALUO DEL BIEN: 1. Oficina 207: Treinta y ocho millones doscientos sesenta y dos mil pesos ($38.262.000,00) M/cte. 2. Oficina 208: Treinta y siete millones seiscientos veintitrés mil pesos ($37.623.000,00) M/cte. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 1. Oficina 207 folio 100-131774. 2. Oficina 208 folio 100-131775. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: 1. Se trata de las oficinas 207 y 208 que hacen parte del Ed. Kingston P. Horizontal, situado en la calle 21 No. 20-25 jurisdicción de este municipio y cuyos linderos y demás especificaciones se encuentran detallados en la escritura de hipoteca y diligencia de secuestro. SECUESTRE: ORLANDO FRANCO GUTIÉRREZ (FRANCOPROYECTOS) Tel 8737014, Cel 321 738 2497. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012041800. Los interesados podrán hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o Llegado el día y la hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. CordiaImente,
ANDRÉS GRAJALES DELGADO. Secretario. 32462 Fecha Registro: 2019-08-16.
25-VIII-19-A88280
República de Colombia
Distrito Judicial de Manizales
Manzanares, Caldas
REMATE
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MANZANARES CALDAS, AVISA Que dentro del proceso que a continuación se relaciona se llevará a cabo diligencia de remate: PROCESO: Ejecutivo con Garantía Real -Hipoteca-. DEMANDANTE: Banco Davivienda S.A. DEMANDADOS: Sandra Milena Aguirre Ospina. RADICADO DE PROCESO: 17433408900120170020700. FECHA DE REMATE: 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019. HORA: 2:00 p.m. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL 40% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTURA: 70%. AVALÚO: $58.590.000.00 M/CTE. DURACIÓN: UNA HORA. SECUESTRE: FRANCOPROYECTOS E.U (JHON JAIRO DUQUE ARIAS). Dirección: Carrera 24 Nro. 22-36 Of. 502 Tel: 8932547. Cel: 3108883338-3217382497. DESCRIPCIÓN DEL BIEN: Un lote de terreno con casa de habitación, ubicado en este municipio, en la zona urbana, con dirección calle 6D E 4C 28 Urbanización Milenio III Manzana 35, Lote 20, identificado con folio de matrícula N° 108-10486 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la localidad, con ficha catastral número 010000001120018000000000, con 60,00 M2 y comprendido dentro de los siguientes linderos: ### POR EL FRENTE: en seis metros (6,00 mts.) con vía pública. NORTE: en diez metros (10,00 mts) con el lote número 19, de esta manzana. SUR: en diez metros (10,00 mts) con el lote número 21, de esta manzana. ESTE: en seis metros (6,00 mts) con el lote número 8, de esta manzana y urbanización .###. Manzanares, Caldas, 14 de agosto de 2019. MILENA ARIAS SERNA. Secretaria.
25-VIII-19-A88309
CARTEL DE REMATE
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE LA DORADA, CALDAS. ANUNCIA Que dentro del proceso EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL que promovido por el BANCOLOMBIA, S.A., en contra del señor SANDRA ISABEL RIVERA VELÁSQUEZ, se llevará a cabo el REMATE de los bienes inmuebles embargados, secuestrados y avaluados que más adelante se indicarán. FECHA Y HORA: 26 DE SEPTIEMBRE DE 2019. HORA: 3:00 P.M. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL AVALÚO. PREDIO: Inmueble urbano, cabida aproximada de 393,62 m2. UBICACIÓN: Predio Urbano, ubicado en la Carrera 11 No. 11 A -43 La Dorada, Caldas. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 106-3338 DE LA OFICINA DE REGISTRO DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE LA DORADA, CALDAS. AVALÚO DEL BIEN: $509.893.300. RADICADO: 17-380-31-03-002-2017-00546-00. SECUESTRE RAMIRO QUINTERO MEDINA. CELULAR: 312-2456147. DIRECCIÓN: Diagonal 16 No. 5-130 Barrio Tres Esquina Puerto Salgar. SE ADVIERTE A LOS INTERESADOS EN HACER POSTURA QUE DEBERÁN PRESENTAR SUS OFERTAS EN SOBRE CERRADO, DICHO SOBRE DEBERÁ CONTENER ADEMÁS DE LA OFERTA SUSCRITA POR EL INTERESADO, EL DEPÓSITO PARA HACER POSTURA. La Dorada, Caldas, 07 de junio de 2019. La Secretaria, MARICELLY PRIMO ECHEVERRÍA.
25-VIII-19-A88308
REMATE
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MANZANARES CALDAS, AVISA Que dentro del proceso que a continuación se relaciona se llevará a cabo diligencia de remate: PROCESO Ejecutivo. DEMANDANTE: Banco Davivienda S.A. DEMANDADOS: Luz Piedad Franco Tangarife y Luis Evelio Pineda Bustamante. RADICADO DE PROCESO: 17433408900120120013300. FECHA DE REMATE: 24 de septiembre de 2019. HORA: 09:00 a.m. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL 40% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTURA: 70%. AVALÚO: $18.000.000.00 M/CTE. DURACIÓN: UNA HORA. SECUESTRE: FRANCOPROYECTOS E.U (ORLANDO FRANCO GUTIÉRREZ). Dirección: Carrera 24 Nro. 22-36 Of. 502 Tel: 8737014. Celular: 3108883338- DESCRIPCIÓN DEL BIEN: Un lote de terreno ubicado en el municipio de Manzanares, Caldas, vereda Santa Bárbara, denominado "el Zanjón" de una cabida. aproximada de tres hectáreas (3,00 has), con casa de habitación, cultivos de café, plátano, beneficiaderos, con todas sus demás mejoras anexidades, usos, costumbres y servidumbres, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 108-13411 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manzanares, Caldas y ficha catastral No. 17433 00 01 00 00 0013 0131 0 00 00 0000 y comprendido dentro de los siguientes linderos: ### partiendo de la entrada de este predio se sigue por un caminito hasta el patio de la casa de propiedad de Luis Herney Pineda Bustamante, por el borde del patio de esta casa se sigue por un caminito de travesía hasta un zanjón, zanjón abajo lindero con predio de Luis Herney Pineda Bustamante a la quebrada de Santa Bárbara, quebrada arriba hasta un zanjón o vagón lindero con propiedad de Alcides Henao, se sigue por el zanjón o vagón arriba lindero con propiedad del mismo Henao hasta llegar al lindero con propiedad de Gabriel Rivera, de aquí se sigue de travesía por unas palmas rojas hasta llegar al punto de partida. Manzanares, Caldas, 08 de agosto de 2019. MILENA ARIAS SERNA. Secretaria.
25-VIII-19-A88310
CARTEL DE REMATE
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, ANUNCIA: Que dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo la diligencia de remate del bien embargado, secuestrado y avaluado:
PROCESO EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL. DEMANDANTE BANCOLOMBIA S.A. NIT. 890.903.938-8. DEMANDADOS ALEJANDRO SÁNCHEZ ACEVEDO Y OLGA LUCÍA ACEVEDO CORREA C.C. 1.060.646.809 y 30.294.254. FECHA DE REMATE: ONCE DE SEPTIEMBRE DEL 2019. HORA 10:00 A.M.
BASE DEL REMATE 70% DEL AVALÚO TOTAL. AVALÚO TOTAL CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL PESOS M/C ($179.928.000.00).
POSTOR HÁBIL QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL MISMO AVALÚO.
DURACIÓN UNA HORA. AVALÚO Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES QUE SE SUBASTAN: FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA No: 100-201510. LOTE DE TERRENO CON CASA DE HABITACIÓN, UBICADA EN EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA CALDAS EN LA CALLE 13 A No. 8B- 09, MANZANA 12 CASA 6 DE LA URBANIZACIÓN EL MIRADOR DE LAS LOMAS. SECUESTRE: DANIELA FRANCO FRANCO. designado por FRANCOPROYECTOS E.U. DIRECCIÓN: CARRERA 24 No 22-02 OFICINA 303 MANIZALES -CALDAS. TEL. 8932547. CEL. 3217382497. RADICACIÓN PROCESO: 17001-3103-001-2017-00112-00. Se advierte a las partes y a los interesados, que la diligencia de remate y adjudicación será llevada a cabo de conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 452 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO. BEATRIZ ELENA LONDOÑO CARDONA. Secretaria.
25-VIII-19-A88316
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JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL
Palacio de justicia FANNY GONZÁLEZ FRANCO
CARRERA 23 No 21-48 PISO 7 OFICINA 705
TELÉFONO 8879650 EXT 11356
MANIZALES CALDAS
EMPLAZAMIENTO CONFORME EL ARTÍCULO 318 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL MODIFICADO POR EL D.E. 2282 DE 1989, ART. 1°, MOD. 147 Y POR LA LEY 794 DE 2003, ART. 30.
EMPLAZADO
MARCO EFRÉN CELIS ALBARRACÍN C.C. 3.365.622
PROCESO
EJECUTIVO
DEMANDANTE
JOSÉ IVÁN NIETO CASTRO
DEMANDADO
MARCO EFRÉN CELIS ALBARRACÍN
RADICADO Y PROVIDENCIA
170014003012-2018-00752-00
AUTO QUE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO (30 DE NOVIEMBRE DE 2018).
El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado. Si la (s) persona (s) emplazada (s) no comparece (n) se le (s) designará CURADOR AD LÍTEM con quien se surtirá la notificación. NATALIA ANDREA RAMÍREZ MONTES. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88279
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL - SAMANÁ CALDAS
EMPLAZAMIENTO DE QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSONALMENTE
ARTÍCULO 293 EN CONC.: 108 DEL C.G. DEL PROCESO
PROCESOS FIJADOS EN LISTA PARA PUBLICACIÓN DOMINICAL EN MEDIO ESCRITO DIARIOS EL TIEMPO - EL ESPECTADOR LA PATRIA
RADICACIÓN
2019-00077-00
PROCESO
EJECUTIVO SINGULAR DE MÍMIMA CUANTÍA
DEMANDANTE
BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A.
DEMANDADOS
MELQUISEDEC ANTONIO ORTIZ QUICENO
PERSONAS EMPLAZADAS
MELQUISEDEC ANTONIO ORTIZ QUICENO
OBJETO
NOTIFICAR AUTO No. 307 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO.
JUZGADO
PROMISCUO MUNICIPAL DE SAMANÁ, CALDAS
Para que comparezcan a notificarse personalmente, dentro del término de los quince (15) días siguientes a la publicación de este listado del auto No. 307 del 11 da Junio de 2019. Si no comparecen se le designará CURADOR AD LÍTEM, con quien so continuará el proceso hasta su terminación.
ALBA LIDA GIRLADO PÉREZ. SECRETARIA.
25-VIII-19-A88313
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL - SAMANÁ CALDAS
EMPLAZAMIENTO DE QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSONALMENTE
ARTÍCULO 490 DEL C. G. DEL PROCESO
PROCESOS FIJADOS EN LISTA PARA PUBLICACIÓN DOMINICAL EN MEDIO ESCRITO DIARIOS EL TIEMPO - EL ESPECTADOR - LA PATRIA
RADICACIÓN
2019-00126-00
NATURALEZA DEL PROCESO
SUCESIÓN INTESTADA
SOLICITANTE
LUZ MARINA RESTREPO OSPINA, NICOLÁS ANTONIO RESTREPO OSPINA, DIEGO FERNANDO RESTREPO LÓPEZ Y VANESSA RESTREPO LÓPEZ.
CAUSANTES
ISMAEL ANTONIO RESTREPO TANGARIFE Y ELENA AGUIRRE DE RESTREPO
PERSONA EMPLAZADA
PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO SUCESORAL.
OBJETO
NOTIFICAR AUTO No. 464 DEL 20 DE AGOSTO DE 2019 DECLARA ABIERTO PROCESO DE SUCESIÓN
JUZGADO
PROMISCUO MUNICIPAL DE SAMANÁ CALDAS.
Esta información será incluida en el REGISTRO NACIONAL DE APERTURA DE PROCESOS DE SUCESIÓN. ALBA LIDA GIRALDO PÉREZ. SECRETARIA.
25-VIII-19-H72611
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