EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS, CALDAS EMPLAZA A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS Y A TODOS LOS QUE SE CREAN con derecho de intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA que se relaciona a continuación, para que comparezcan hacer valer sus derechos: CLASE DE PROCESO: SUCESIÓN INTESTADA. SOLICITANTE: MARINA HERNÁNDEZ OSORIO. C.C. 24.361.932. EDITH CECILIA JARAMILLO HERNÁNDEZ C.C. 24.369.488. HERNÁN DARÍO JARAMILLO HERNÁNDEZ C.C. 75.051.841. CAUSANTES: HERNÁN DE JESÚS JARAMILLO ARISTIZÁBAL C.C. 1.321.628. RADICADO: 170134089002-2019-00071-00. La publicación del edicto Emplazatorio deberá hacerse en un diario de amplía circulación nacional o local en el diario "EL TIEMPO", o "LA PATRIA" o "EL ESPECTADOR" la que se deberá llevar a cabo el día "domingo" o en CARACOL RADIO O RCN, Cadena Radial Básica, o LA RED DE LOS ANDES cuya transmisión deberá hacerse cualquier día, en el horario de las 6:00 A.M. y 11:00 P. M., tal como lo establece el artículo 108 del Código General del Proceso. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. MARÍA CAMILA VARGAS GONZÁLEZ. SECRETARIA.
23-VI-19-A87653
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE HERVEO TOLIMA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, el Trámite Notarial de Liquidación de herencia del causante: …........... JUAN DE DIOS AGUIRRE TORO. Fallecido de paso por Ibagué, el día (06) de Junio de (2003), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 2.314.075 expedida en Herveo, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Herveo, aceptado el trámite Notarial mediante Acta No. 11 de Junio (01) de (2019). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se fija en lugar visible de la Notaría a mi cargo por el mismo término de 10 días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988. Se fija este Edicto (01) del mes de Junio de (2019), siendo las 8:30 A.M. Óscar Augusto Aristizábal Buriticá. Notario Único.
23-VI-19-H72454
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA: A la persona que más adelante se identifica como emplazada, para que dentro de los quince días siguientes a la publicación de este Edicto comparezca a este Despacho, a oír notificación personal del auto que admitió la demanda en su contra y a estar en derecho dentro del proceso que seguidamente se relaciona: CLASE: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. DEMANDANTE: JUAN PABLO CASTAÑO CASTELLANOS, c.c. EMPLAZADA: ALBA LUCÍA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, c.c. 30.394.949. RADICADO: 17001-40-03-009-2019-00246-00. Se advierte a la emplazada que de no comparecer en el término legal se le nombrará CURADOR AD LÍTEM, a quien se le hará la notificación personal y con él se seguirá el proceso hasta su terminación. El secretario,
KEVIN ALEJANDRO ROJAS ECHEVERRY.
23-VI-19-A87662
PROCESO: 170013110006- 2019 - 00009 - 00
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MANIZALES
AVISA Que en sentencia proferida el 10 de junio de 2019, se declaró la INTERDICCIÓN JUDICIAL DE PERSONA EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD MENTAL - ABSOLUTA de LUIS FERNANDO VALENCIA RAMÍREZ y se designó como su GUARDADORA LEGÍTIMA a su hermana JOHANNA ANDREA VALENCIA RAMÍREZ C.C. 25.232.742 y como GUARDADOR SUPLENTE a su hermano JHON JAIRO VALENCIA RAMÍREZ CC. 10.275.183, quienes serán los encargados de seguir cuidando de su persona, así como de la administración de sus bienes y la representarán en todas sus actuaciones judiciales o extrajudiciales. Este AVISO se insertará por una vez en un diario de amplia circulación nacional como EL ESPECTADOR, LA REPÚBLICA O LA PATRIA, un día domingo. Manizales, catorce (17) de junio de dos mil diecinueve (2019). ILDA NORA GIRALDO SALAZAR. Secretaria.
23-VI-19-A87669
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
La Secretaria del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Manizales Caldas AVISA Que mediante Sentencia debidamente notificada y ejecutoriada, emitida el 30 de abril de 2019, en el proceso de INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL promovido en favor de la señora MARÍA ESPERANZA GÓMEZ DE GÓMEZ, se realizaron los siguientes ordenamientos: [....] "FALLA PRIMERO: NO ACCEDER a las pretensiones formuladas en la demanda, de conformidad con la parte considerativa de esta providencia. [...] // TERCERO: LEVANTAR LA MEDIDA DE INTERDICCIÓN PROVISORIA decretada mediante auto No. 898 del 18 de diciembre de 2017. Líbrese los oficios respectivos. // CUARTO: PUBLICAR en un diario de amplía circulación (La Patria) que la señora MARÍA ESPERANZA GÓMEZ DE GÓMEZ no tiene ninguna discapacidad mental. […]". BEATRIZ ELENA AGUIRRE ROTAVISTA. Secretaria.
23-VI-19-A87670
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE MANZANARES, CALDAS EMPLAZA Al señor EDGAR AUGUSTO TRUJILLO QUINTERO, identificado con la cédula de ciudadanía numero 75.004.371 (demandado), dentro del proceso VERBAL IMPUGNACIÓN E INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD -instaurado mediante apoderado judicial por la señora MARTHA LILIANA LLANOS HENAO, en representación del menor JUAN CAMILO TRUJILLO LLANOS, Radicado bajo el número 1743318400120190006700, para que dentro de los quince días siguientes a la publicación de este edicto, comparezca a este despacho a oír notificación personal del auto que admitió la demanda, dentro del proceso de la referencia. De conformidad con el artículo 108 del Código General del Proceso, este EDICTO será publicado por una sola vez, en un diario de amplia circulación Nacional o Local que para el caso puede ser en el diario la Patria y/o el Tiempo, un día domingo, el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de su publicación en el Listado Nacional de Personas Emplazadas. Se le advierte al EMPLAZADO que de no comparecer en el término legal concedido, se le designará curador ad lítem, a quien se le hará la notificación personal. LUZ ÁNGELA MONTOYA HERRERA. Secretaria ad-hoc.
23-VI-19-A87671
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL
RISARALDA - CALDAS
TERCER PISO ALCALDÍA MUNICIPAL TELEFAX 8557196 j01prmpalrisara@cendoj.ramajudicial.gov.co
Radicación 17616408900120190005600
EDICTO EMPLAZATORIO
LA JUEZ ÚNICA PROMISCUO MUNICIPAL DE RISARALDA, CALDAS EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS para que comparezcan al proceso VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO promovido por la señora MARÍA NOELVA VERA LÓPEZ C.C. 42021696, en contra de RAÚL ANTONIO PULGARÍN GRAJALES C.C. 4304482 Y PERSONAS INDETERMINADAS, respecto de un bien inmueble rural -lote de terreno- localizado en la vereda Alto de Arauca, municipio de Risaralda, Caldas, derivado de otro predio de mayor extensión identificado al folio de matrícula inmobiliaria N° 103-14824 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma, Caldas. Se advierte a las emplazadas que de no comparecer al proceso dentro del término indicado, se les designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la notificación, Num. 8° del art. 375 del C. G. P. Así mismo, se indica que el emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación. 07-06-2019. CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. SECRETARIO.
23-VI-19-A87672
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL RISARALDA - CALDAS
TERCER PISO ALCALDÍA MUNICIPAL TELEFAX 8557196 j01prmpalrisara@cendoj.ramajudicial.gov.co
Radicación 17616408900120190005500
EDICTO EMPLAZATORIO
LA JUEZ ÚNICA PROMISCUO MUNICIPAL DE RISARALDA, CALDAS EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS para que comparezcan al proceso VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO promovido por la señora LUZ ESTELLA PULGARÍN MUÑOZ C.C. 24852053, en contra de RAÚL ANTONIO PULGARÍN GRAJALES C.C. 4304482 Y PERSONAS INDETERMINADAS, respecto de un bien inmueble rural -lote de terreno- localizado en la vereda Alto de Arauca, municipio de Risaralda, Caldas, derivado de otro predio de mayor extensión identificado al folio de matrícula inmobiliaria N° 103-14824 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma, Caldas. Se advierte a las emplazadas que de no comparecer al proceso dentro del término indicado, se les designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la notificación, Num. 8° del art. 375 del C. G. P.. Así mismo, se indica que el emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación. 07-06-2019. CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. SECRETARIO.
23-VI-19-A87673
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A LA PERSONA QUE MÁS ADELANTE SE IDENTIFICA PARA QUE EN EL TÉRMINO DE FIJACIÓN DE ESTE EDICTO COMPAREZCA A ESTE DESPACHO A OÍR NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO QUE LIBRÓ MANDAMIENTO DE PAGO Y A ESTAR A DERECHO DENTRO DEL PROCESO QUE SEGUIDAMENTE SE RELACIONA: PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR DE MÍNIMA CUANTÍA. RADICACIÓN: 170014003011-2018-00419-00. EJECUTANTE (S): GESTIÓN DE OPORTUNIDADES S.A.S NIT. 901.041.060-6. APODERADO: DR. GERÓNIMO ARIAS GONZÁLEZ. EJECUTADO (S): ANA VERÓNICA TORRES IDÁRRAGA C.C. 1.112.771.724. EMPLAZADO: ANA VERÓNICA TORRES IDÁRRAGA C.C. 1.112.771.724. DE CONFORMIDAD CON LO REGLADO EN EL ARTÍCULO 108 DEL CGP EL EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE PUBLICADA LA INFORMACIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS EMPLAZADAS. SE ADVIERTE A LA EMPLAZADA QUE DE NO COMPARECER EN EL TÉRMINO LEGAL SE LE NOMBRARÁ CURADOR AD-LÍTEM CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN. MANIZALES, DIECISÉIS (16) DE MAYO DE 2019. NANCY BETANCUR RAIGOZA. SECRETARIA.
23-VI-19-A87675
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA: A la persona que más adelante se identifica como emplazada, para que dentro de los quince días siguientes a la publicación de éste Edicto comparezca a éste Despacho, a oír notificación personal del auto que libró mandamiento de pago en su contra y a estar en derecho dentro del proceso que seguidamente se relaciona: CLASE: EJECUTIVO DE MÍNIMA CUANTÍA. DEMANDANTE: COOPERATIVA COOPEBENEFICENCIA, NIT. 890.804.386-8. EMPLAZADO: JULIANA ALEJANDRA GÓMEZ MONTES, C.C. 1.053.798.745. RADICADO: 17001-40-03-009-2018-00010-00. Se advierte a la emplazada que de no comparecer en el término legal se le nombrará CURADOR AD LÍTEM, a quien se le hará la notificación personal y con él se seguirá el proceso hasta su terminación. EL SECRETARIO KEVIN ALEJANDRO ROJAS ECHEVERRY.
23-VI-19-A87676
EDICTO EMPLAZATORIO
El JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO DE INTERVENIR DENTRO DEL PROCESO SUCESORIO DE LOS BIENES DEJADOS POR EL CAUSANTE SANDRA MÓNICA QUINTERO VIDAL PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS COMPAREZCAN A HACERLOS VALER. CLASE DE PROCESO: SUCESIÓN INTESTADA. RADICADO: 17001-03-011-2019-00321-00. CAUSANTE: SANDRA MÓNICA QUINTERO VIDAL C.C 30.326.396. INTERESADO: JUAN ESTEBAN GÓMEZ QUINTERO menor hijo representado por su padre ANDRÉS GÓMEZ GUTIÉRREZ T.I. 1.002.653.465 - C.C. 10.285.348. FALLECIMIENTO DEL CAUSANTE: 07-06-17. FECHA APERTURA DEL PROCESO: 17-06-19. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 19 de Junio de 2019 Hora. 08:00 a.m. De conformidad con lo establecido en el artículo 490 del CGP, se fija el presente edicto en un lugar visible de la Secretaría del Despacho por el término de diez (10) días y copias de este se entregarán a la parte interesada para las publicaciones respectivas en la prensa y en la radio. NANCY BETANCUR RAIGOZA. SECRETARIA. DESFIJADO HOY_______ A LAS 6:00 P.M. NANCY BETANCUR RAIGOZA. SECRETARIA.
23-VI-19-A87679
EL SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PÁCORA (CALDAS),
EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de SUCESIÓN INTESTADA a fin de que comparezcan ante este juzgado. RADICACIÓN 175134089001-2019-00072-00. Causante ANA EVA GARCÍA VDA. DE GALLEGO - C.C. 24.358.200. Fecha de fallecimiento: Mayo 30 de 2013. Lugar de fallecimiento Pácora - Caldas. FECHA DE APERTURA: Junio 6 de 2019. Último domicilio Pácora - Caldas. Interesada: MARÍA ROMELIA GALLEGO GARCÍA. Dicho emplazamiento se efectuará por una vez en un medio escrito de amplia circulación nacional el día domingo como son los periódicos LA PATRIA O LA REPÚBLICA. Realizada la publicación, se remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere. (Artículo 108, inciso 4° del C G. del Proceso). El registro nacional de personas emplazadas publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Pácora (Caldas), Junio 13 de 2019. HERNANDO A. VILLEGAS RAMOS. Secretario.
23-VI-19-A87691
EDICTO
EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A los Acreedores de la Sociedad Conyugal que más adelante se referencia para que comparezcan a este Despacho Judicial con el fin de hacer valer sus créditos dentro del proceso. PROCESO: LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. DEMANDANTE: FRANCISCO JAVIER FLÓREZ ARROYAVE. DEMANDADO: GLORIA TERESA CASTAÑO ZAPATA. FECHA AUTO EMPLAZATORIO: DOS (2) DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE (2019). PERSONAS EMPLAZADAS: ACREEDORES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL.
FECHA FIJACIÓN EDICTO: MAYO 16 DE 2019. Para los efectos indicados en los artículos 523 y 490 del C. General del Proceso, se entregará copia del mismo a los interesados para su publicación en un diario de amplia circulación local La Patria, conforme lo ordena el artículo 108 C. General del Proceso. LESLIE VIVIAN CARDONA GÓMEZ. SECRETARIA.
23-VI-19-A87692
EL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A la(s) persona(s) que más adelante se identifica(n) como emplazada(s), para que comparezca(n) a este Despacho ubicado en el Palacio de Justicia FANNY GONZÁLEZ FRANCO", Oficina 802, a oír notificación personal en el proceso que seguidamente se relaciona: EMPLAZADO(A): JHON JAMES CUBILLOS C.C. 75.100.839. FELIPE ANDRÉS CUBILLOS C.C. 75.095.655. LUIS NORBERTO MARÍN ROMÁN C.C 1.053.823.210. CLASE: EJECUTIVO. RADICADO: 17001-40-03-006-2018-00072-00. DEMANDANTE: COOPERATIVA DE PROMOCIÓN SOCIAL- COOPSOCIAL. DEMANDADO: JHON JAMES CUBILLOS C.C 75.100.839. FELIPE ANDRÉS CUBILLOS C.C. 75.095.655. LUIS NORBERTO MARÍN ROMÁN C.C 1.053.823.210. AUTO A NOTIFICAR: LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO. FECHA: VEINTINUEVE (29) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO (2018). EL EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO TRANSCURRIDOS QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE LISTADO. SE LE ADVIERTE AL (OS) EMPLAZADO(S) QUE DE NO COMPARECER SE LE NOMBRARÁ CURADOR AD-LÍTEM CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN. JULIANA CASTAÑO BOTERO. Secretaria.
23-VI-19-A87693
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
ANSERMA-CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ANSERMA, CALDAS, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN EL ARTÍCULO 108, DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO,
EMPLAZA A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS del causante VICENTE EMILIO OSPINA, para que comparezcan a este Juzgado. Proceso: Declaración de Unión Marital de hecho y la consecuente disolución y liquidación de la sociedad patrimonial. Demandante: ANA ALEJANDRA ECHEVERRI OSPINA. Apoderado: Dr. Carlos Eduardo López Osorio. Demandados: Herederos Indeterminados de Vicente Emilio Ospina. Radicado: 17-042-31-84-001-2019-00087 (957). Clase de auto: Mediante el cual se emplaza a los herederos indeterminados. Fecha Auto: 6 de junio de 2019. El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro y de no presentarse alguna de las personas emplazadas en el término indicado, se procederá a la designación de un curador ad-lítem, si a ello hubiere lugar, y con quien se continuará el trámite del proceso. Se expide para su publicación, por una vez en el diario La República o en La Patria, que se editan a nivel nacional, en el día domingo. Anserma, Caldas, 13 de junio de 2019. JULIÁN GONZÁLEZ HOYOS. Secretario.
23-VI-19-A87704
EDICTO
EL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de sucesión intestada de las personas que se relacionan a continuación como causantes para que comparezcan a hacerlos valer. CLASE DE PROCESO: SUCESIÓN INTESTADA.
CAUSANTES: FABIO NÉSTOR MONTOYA URIBE. GILMA RUBIO DE MONTOYA.
LUGAR Y FECHA DEL FALLECIMIENTO: SANTAFÉ DE BOGOTA, 25 DE ENERO DE 2000. MANIZALES, 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 490 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 108 IBÍDEM SE EXPIDE EL PRESENTE EDICTO PARA QUE LA PARTE INTERESADA EFECTÚE SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO LA PATRIA o EN LA EMISORA RCN RADIO DE ESTA CAPITAL Y EL EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE PUBLICADA LA INFORMACIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS EMPLAZADAS. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
23-VI-19-A87706
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
Manizales Caldas
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
La Secretaria del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Manizales Caldas AVISA Que mediante Sentencia debidamente notificada y ejecutoriada, emitida el 18 de junio de 2019, en el proceso de INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL promovido en favor de la señora FABIOLA OROZCO DE GRANADA, se realizaron los siguientes ordenamientos: ... FALLA PRIMERO: DECRETA LA DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA de la señora FABIOLA OROZCO DE GRANADA, mayor de edad y vecina de Manizales, Caldas identificada con cédula de ciudadanía Nro. 24.255.725 privándolo en consecuencia de la administración de sus bienes, nacida el 12 de abril de 1925, como se registra en la copia de la cédula de ciudadanía con partida de bautismo de la Parroquia la inmaculada Concepción en libro 8 folio 422 número 1185.// SEGUNDO: NOMBRAR a la señora NORENA ISABEL GRANADA OROZCO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 30.307.979 como guardadora Legítima de la señora FABIOLA OROZCO DE GRANADA y como guardador suplente a la señora LUZ MARÍA GRANADA OROZCO, identificada con cédula de ciudadanía 24.317.254, quienes serán las encargadas de seguir cuidando de la persona con discapacidad mental, quienes se posesionara para que cumpla sus funciones, igualmente se le advierte de sus deberes y obligaciones de conformidad con lo preceptuado en la ley 1306 de 2009.// TERCERO: El Juzgado se abstiene de ordenar confección de inventarios y avalúos de los bienes, al comprobarse que la discapacitada no posee propiedades.// CUARTO: ORDENAR LA INSCRIPCIÓN de este fallo en la partida de bautismo de la discapacitada mental la señora FABIOLA OROZCO DE GRANADA en el libro 8 folio 422 número 1185 de la parroquia la Inmaculada Concepción y si aparece registrada deberá inscribirse igualmente este fallo el libro de varios del estado civil de las personas y en el registro civil de nacimiento. //QUINTO: NOTIFICARSE al público por aviso la presente decisión en el diario La Patria, como dispone el numeral 8° del artículo 42 de la Ley 1306 de junio 5 de 2009, de la discapacidad mental absoluta de la señora FABIOLA OROZCO DE GRANADA. BEATRIZ ELENA AGUIRRE ROTAVISTA. Secretaria.
23-VI-19-A87702
EL JUZGADO DÉCIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA: A los HEREDEROS INDETERMINADOS DE OCTAVIO GIRALDO BETANCOURT Y HEREDEROS INDETERMINADOS DE FRANCISCO ANTONIO VÁSQUEZ MEJÍA, para que comparezca a este Despacho Judicial a oír notificación personal del auto fechado VEINTIUNO (21) DE ENERO DE 2019 por medio del cual se admitió la demanda, dentro del proceso que seguidamente se relaciona: Proceso: SERVIDUMBRE. DEMANDANTE: GRUPO ENERGÍA BOGOTÁ S.A. E.S.P. N.I.T.: 899.999.082-3. Demandado: MEJÍA HERNÁNDEZ Y CÍA S.C.A. TERESA VÁSQUEZ SALAZAR. ALEJANDRO GIRALDO AGUDELO. ANDREA GIRALDO AGUDELO. LEONARDO GIRALDO AGUDELO. CLAUDIA GIRALDO AGUDELO. ASCENETH URIBE DE FLÓREZ. RUBIELA CASTRILLÓN BETANCOURT. HERNANDO VÁSQUEZ MEJÍA. FABIO GALLEGO CARDONA. HEREDEROS INDETERMINADOS DE OCTAVIO GIRALDO BETANCOURT Y HEREDEROS INDETERMINADOS DE FRANCISCO ANTONIO VÁSQUEZ MEJÍA. Radicado: 170014003010-2018-712-00. PERSONA EMPLAZADA: HEREDEROS INDETERMINADOS DE OCTAVIO GIRALDO BETANCOURT C.C. 17.198.184 Y HEREDEROS INDETERMINADOS DE FRANCISCO ANTONIO VÁSQUEZ MEJÍA C.C. 10.214.136. La publicación del edicto Emplazatorio deberá hacerse en un diario de amplia circulación nacional o local en el diario "EL TIEMPO" o "LA PATRIA" o "EL ESPECTADOR" la que se deberá llevar a cabo el día "domingo" o en CARACOL RADIO O RCN, Cadena Radial Básica, o LA RED DE LOS ANDES cuya transmisión deberá hacerse cualquier día en el horario de las 6:00 A.M. y las 11:00 PM, tal como lo establece el artículo 108 del Código General del Proceso. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Si el emplazado no comparece se le designará CURADOR AD LÍTEM, con quien se surtirá la notificación. JORGE ALBERTO GAVIRIA RAMÍREZ. SECRETARIO.
23-VI-19-A87707
EL SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PÁCORA (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de SUCESIÓN INTESTADA a fin de que comparezcan ante este juzgado. RADICACIÓN 175134089001-2019-00056-00. Causante: RAFAEL ANTONIO MARULANDA OCAMPO C.C. # 3.611.943 y ANA LUISA o MARÍA LUISA CARDONA DE MARULANDA, C.C. # 22.094.061. Fecha de fallecimiento. Abril 3 de 1987 y 6 de septiembre de 1997. Lugar de fallecimiento Pácora y Manizales. FECHA DE APERTURA. Junio 12 de 2019. Último domicilio Pácora - Caldas. Interesados los Sres. LUIS MARÍA, JESÚS ANTONIO, LUIS BERNARDO, ÁNGEL JOSÉ, GILDARDO y LUZ AMPARO MARULANDA CARDONA. Dicho emplazamiento se efectuará por una vez en un medio escrito de amplia circulación nacional el día domingo como son los periódicos LA PATRIA O LA REPÚBLICA. Realizada la publicación, se remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere (Artículo 108, inciso 4º del C. G. del Proceso). El registro nacional de personas emplazadas publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Pácora, (Caldas), Junio 19 de 2019. HERNANDO A. VILLEGAS RAMOS. Secretario.
23-VI-19-H72462
EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho al ejercicio de la guarda de la señora EMMA BOTERO GÓMEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 24.256.178, para que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL DE PERSONA CON DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA radicado bajo el número 17001311000120190021200, que tramita en su favor el señor EDUARDO VILLEGAS BOTERO. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 586 numeral 3 del C. General del Proceso, se expide el presente EDICTO y se entrega a la parte interesada para su publicación por una sola vez en el diario La Patria o La República en su edición dominical. Manizales, 19 de junio de 2019. JUSTO PASTOR GÓMEZ GIRALDO. SECRETARIO.
23-VI-19-H72456
EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS AVISA: Que en auto del día 6 de junio del presente año, proferido dentro del proceso que se cita a continuación, se DECRETÓ LA INTERDICCIÓN PROVISORIA DE PERSONA EN PRESUNTA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD MENTAL de la señora EMMA BOTERO GÓMEZ, titular de la cédula de ciudadanía No. 24.256.178, y se le designó como CURADOR PROVISORIO a su sobrino JUAN CARLOS BOTERO GÓMEZ: PROCESO: INTERDICCIÓN JUDICIAL DE PERSONA CON DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA. RADICADO: 17001311000120190021200. SOLICITANTE: EDUARDO VILLEGAS BOTERO. PERSONA EN PRESUNTA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD MENTAL: EMMA BOTERO GÓMEZ. Para dar cumplimiento a lo previsto en el numeral 7 del artículo 586 del C. G. del Proceso, se expide el presente AVISO y se entrega a la interesada para su publicación en el Diario La Patria o La República, que son de amplia circulación nacional. Manizales, 19 de junio de 2019. JUSTO PASTOR GÓMEZ GIRALDO. SECRETARIO.
23-VI-19-H72457
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES CALDAS. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada de la causante: NHORA CASTILLO DE RAMÍREZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 24.271.770, fallecida en el Municipio de Manizales Caldas, el 7 DE ENERO DE 2019, siendo la ciudad de Manizales Caldas, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 60 DEL 21 DE JUNIO DEL 2019, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, OTILIA RIVERA GONZÁLEZ. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO MANIZALES CALDAS. El presente Edicto se fija hoy VEINTIUNO (21) DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE (2019) A LAS 08:00 A.M. HORAS. OTILIA RIVERA GONZÁLEZ. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO MANIZALES CALDAS.
23-VI-19-A87712
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Doble e Intestada de los causantes ABEL ANTONIO MUÑOZ CALDERÓN Y DIOSELINA ZULUAGA DE MUÑOZ, quienes en vida se identificaron con las cedulas de ciudadanía No 4.303.147 y 24.262.453, quienes fallecieron en la ciudad de Manizales, los días siete (07) de noviembre de año dos mil dieciocho (2018) y once (11) de octubre del año (2012) respectivamente, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número CIENTO UNO (101) del día Dieciocho (18) de Junio de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija el Diecinueve (19) de Junio del año dos mil diecinueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: JULIO (03) DE 2019 Hora: 6.30 PM.
23-VI-19-A87713
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS),
EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión Testada del causante GUILLERMO MEZA BOHÓRQUEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No 1.203.377, quien falleció en la localidad de Manizales, el día veinticuatro (24) de octubre del año dos mil dieciocho (2018); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número NOVENTA Y CUATRO (94) del día trece (13) de junio del año en curso, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3°del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija el día catorce (14) de junio del año dos mil diecinueve (2019), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- JOSÉ RIQUELME TRIANA LEZAMA. NOTARIO PRIMERO (E). FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: JUNIO (28) DE 2019 Hora: 6:30.
23-VI-19-A87714
EL JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A: A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el bien inmueble que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlo valer dentro del proceso que seguidamente se referencia. PROCESO: VERBAL DE PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: JUAN RAMÓN OROZCO VILLA C.C. 16.135.002. APODERADO: JAIRO ANDRÉS TORO TORO. DEMANDADO: ELIÉCER OROZCO SALAZAR. PERSONAS INDETERMINADAS. C.C 75.072.637. RADICADO: 17001-4003-005-2019-0174-00. FOLIO DE MATRÍCULA DEL INMUEBLE OBJETO DEL PROCESO: Se trata de un Predio de menor extensión que hace parte del predio identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 100-112452.
Prescripción alegada: Extraordinaria adquisitiva de dominio. Fecha del auto de admisión de la demanda: 6 de mayo 2019. Bien objeto de usucapión es el lote de terreno con casa de habitación, con un área de 65.47 M2 que hace parte del predio de mayor extensión identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 100-112452, alinderado así: Por el noroccidente en distancia 6.54 metros con el predio de mayor extensión 100-112452, se gira a la derecha por el nororiente en distancia de 3.86 metros con predio de mayor extensión 100-112452, se gira a la derecha por el suroriente en distancia de 5.49 metros con predio de nomenclatura carrera 14 no. 14-34, se gira a la izquierda por el sur en distancia de 2.06 metros con predio de nomenclatura carrera 14 No. 14-34, se gira a la derecha por el suroriente distancia de 9.03 metros con cerco lindero del predio con nomenclatura carrera 14 No. 14-34, se gira a la derecha por el suroriente en distancia de 5.06 metros con escuela las Américas, se gira a la derecha por el noroccidente en distancia 8.08 metros con el predio de mayor extensión 100-112452, se gira a la izquierda en distancia de 2.20 metros al punto de partida. Se le advierte a las personas emplazadas que, una vez efectuada la presente publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas, el cual publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro, vencidos los cuales, y si no comparecen, se entenderá surtido el emplazamiento y se procederá a designárseles curador ad-lítem, el cual los representará en el proceso de la referencia. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación de curador ad lítem, si a ello hubiere lugar. VANESSA SALAZAR URUEÑA. SECRETARIA.
23-VI-19-A87708
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de los causantes MARÍA DEL CARMEN CASTRO GALEANO y/o MARÍA CARMEN CASTRO DE BETANCUR y JOSÉ NEFTALI BETANCUR VALENCIA, quienes se identificaban en vida con las cédulas de ciudadanía números 24.361.701 y 4.333.723, fallecieron en el Municipio de Pácora y Manizales, el nueve (09) de abril del año mil novecientos noventa y cinco (1995) y treinta (30) de octubre del año dos mil catorce (2014) respectivamente, tal y como se acredita con los registros civiles de defunción inscritos en la Registraduría Municipal del Estado Civil de Pácora (Caldas) y en la Notaría Quinta del Círculo de Manizales (Caldas) bajo los indicativos seriales números 2073032 y 07424008, (siendo Aguadas - Caldas, su último domicilio, el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejaron sus bienes relictos). Aceptado el trámite en esta Notaría el día trece (13) de junio del año dos mil diecinueve (2019) mediante Acta número nueve (09). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el trece (13) de junio del año dos mil diecinueve (2019) siendo las tres de la tarde (3:00 p.m.) y se ordena su respectiva publicación. LA NOTARIA LUZ ADRIANA MARTÍNEZ CARMONA. NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS.
23-VI-19-A87709
EDICTO
EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA de la persona que seguidamente se identifica como causante, para que comparezcan a este despacho dentro del término de ley a hacerlos valer: CAUSANTE JOAQUÍN EMILIO RESTREPO CONTRERAS. FECHA Y LUGAR DE FALLECIMIENTO DICIEMBRE 19 DE 2018, MANIZALES. ÚLTIMO DOMICILIO: MANIZALES - CALDAS. FECHA AUTO DECLARA ABIERTO EL PROCESO: JUNIO 10 DE 2019. FECHA FIJACIÓN EDICTO: JUNIO 18 DE 2019, 8:00 A.M. De conformidad con lo establecido en el artículo 490 del Código General del Proceso, se expide el presente EDICTO y se entrega a la parte interesada para su publicación, por una sola vez, en el diario La Patria o la República en su edición dominical, como lo establece el artículo 108 del mismo Código. SANDRA MILENA VALENCIA RÍOS. Secretaria.
23-VI-19-A87711
Auto Interlocutorio No. 580
Radicado: 2019-00212
Proceso: Declaración de Interdicción de Persona por discapacidad mental absoluta. Solicitante: LEONOR GUZMÁN AGUILAR.
Presunta interdicta: BÁRBARA GUZMÁN AGUILAR.
EDICTO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA, CALDAS EMPLAZA A todos los parientes de la señora BÁRBARA GUZMÁN AGUILAR que se crean con derecho en el ejercicio de la guarda. El emplazamiento se hará por medio "La Patria" de Manizales, con la inclusión de la información pertinente en un listado que se publicará por una sola vez el día domingo, en los términos del artículo 108 del C.G.P. se allegará copia informal de la página donde se publique el listado La Dorada, Caldas; junio 18 de 2019. CLAUDIA MICHEL MARTÍNEZ QUICENO. Secretaria.
23-VI-19-A87710
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
ANSERMA - CALDAS
AVISO
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ANSERMA, CALDAS NOTIFICA Que mediante auto interlocutorio No. 087 de fecha 19 de marzo de 2019, se decretó la INTERDICCIÓN PROVISORIA de JUAN PABLO MARTÍNEZ RINCÓN, mayor de edad y vecino de este municipio, por lo que no tiene la libre administración de sus bienes, y se le designó como CURADORA PROVISORIA a la señora ERICA MARCELA RINCÓN RESTREPO. Para los fines indicados, y en cumplimiento a lo ordenado en la Regla 7ª del artículo 586 del C. General del Proceso, se entrega copia de este aviso al interesado, para que se inserte en el diario La República, o La Patria que se editan en la ciudad de Bogotá y Manizales. Anserma, Caldas, 11 de abril de 2019. JULIÁN GONZÁLEZ HOYOS. Secretario.
23-VI-19-H72461
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
ANSERMA - CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ANSERMA, CALDAS, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN LOS ARTÍCULOS 108 ídem y 586-3, DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO. EMPLAZA A quienes se crean con derecho al ejercicio de la guarda del proceso que a continuación se relaciona. Proceso: Interdicción Judicial. Demandante: Erica Marcela Rincón Restrepo. Presunto Interdicto: Juan Pablo Martínez Rincón. Radicado: No. 17-042-31-84-001-2019-00040 (1425). Clase de auto: Mediante el cual se emplaza a los que se crean con derecho a ejercer la guarda del presunto interdicto. Fecha Auto: 19 de marzo de 2019. El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro y de no presentarse alguna de las personas emplazadas en el término indicado, se continuará con el trámite del proceso. Se expide para su publicación, por una vez en el diario La República o en La Patria, que se editan en la ciudad de Bogotá y de Manizales respectivamente, en el día domingo. Anserma, Caldas, 10 de abril de 2019. JULIÁN GONZÁLEZ HOYOS. Secretario.
23-VI-19-H72460
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL
AGUADAS CALDAS
LISTADO DEL ARTÍCULO 108 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO
PROCESO: REIVINDICATORIO.
RADICACIÓN: 17013408900120190006900.
DEMANDANTE: JOSÉ SEDIEL CANDAMIL VALENCIA. CÉDULA NÚMERO: 75.047.852.
DEMANDADA: AMPARO ALZATE LÓPEZ. CÉDULA NÚMERO: 24.365.677.
OFICINA: JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL.
CIUDAD: AGUADAS CALDAS.
EMPLAZADA: AMPARO ALZATE LÓPEZ. CÉDULA NÚMERO: 24.365.677.
FINALIDAD: DEBE COMPARECER; A FIN DE NOTIFICARLE EL AUTO FECHADO EL 20 DE MAYO DE 2019, POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITIÓ LA DEMANDA Y HAGA VALER SUS DERECHOS.
Se expide este listado para realizar su publicación en el diario LA PATRIA o en LA REPÚBLICA en día DOMINGO, o en las emisoras CARACOL o RCN, en las horas comprendidas entre las 6:00 a.m. y las 11:00 p.m. LUIS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ. SECRETARIO.
23-VI-19-H72459
REMATES
Rama Judicial del Poder Público
Oficina de apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Manizales
REPÚBLICA DE COLOMBIA
AVISO DE REMATE
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400300820170038100. PROCESO: Ejecutivo Singular. DEMANDANTE: JAIME MARÍA - ARBELÁEZ GARCÉS. NIT/CÉDULA: 27810. DEMANDADOS: CAROLINA - VARGAS VILLAMIL. NIT/CÉDULA: 52213812. FECHA DEL REMATE: JULIO 17 DE 2019. HORA: 10 A.M. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO DEL BIEN: OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($855.000.000). MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-38461. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: LOTE DE TERRENO COMPUESTO POR DOS LOTES CONTIGUOS DENOMINADO SANTA ELENA (ANTES EL GRITO), UBICADO EN LA VEREDA BAJO TABLAZO DE MANIZALES. LAS DEMÁS ESPECIFICACIONES ESTÁN DETALLADAS EN LA DILIGENCIA DE SECUESTRO Y CERTIFICADO DE TRADICIÓN. SECUESTRE: EMPRESA FRANCO PROYECTOS (JHON JAIRO DUQUE A.). Carrera 24 No 22 - 36 OF 502. TEL 873 7014 - 321 7382497. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012041800. Los interesados podrán hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o Llegado el día y la hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. EL DÍA DOMINGO. Cordialmente, ANDRÉS GRAJALES DELGADO. Secretario. 31000 Fecha de Registro: 2019-06-12.
23-VI-19-A87357
AVISO DE REMATE
EL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL VILLAMARÍA CALDAS HACE SABER Que en el proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO promovido por FABIO IVÁN GONZÁLEZ ARIAS y JHON JAIRO RIVERA GIRALDO, en contra de YESID RAMÍREZ CARO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 17.168.604, rad. 178734089001-2016-00372-00, se ha fijado el día JUEVES 08 DE AGOSTO DE 2019 A LAS 09:00 DE LA MAÑANA, para llevar a cabo la diligencia de REMATE del siguiente bien inmueble: El bien salido a licitación, FUE ADQUIRIDO por el señor YESID RAMÍREZ CANO, así: el 25% de la nuda propiedad por compraventa hecha a la señora Rosalba Rendón de Pérez mediante escritura pública No. 630 del 7 de marzo de 1998 de la Notaría Quinta de Manizales, y el otro 75% lo adquirió del señor Fernando Pérez, mediante escritura pública No. 351 del 7 de mayo de 1999 de la Notaría Quinta de Manizales, consistente en: - UN PREDIO RURAL, LOTE DE TERRENO CON CASA DE HABITACIÓN, LOCALIZADO EN EL PARAJE LA PALMERA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA - CALDAS, DE CONFORMIDAD CON LA ESCRITURA No. 2.681 DEL 12 DE JUNIO DE 2012 OTORGADA EN LA NOTARÍA CUARTA DEL CÍRCULO DE MANIZALES, CUYOS LINDEROS SON: /// DE UN MOJÓN DE PIEDRA QUE ESTÁ EN UN ALTICO LINDERO CON ANTONIO USMA, LÍNEA RECTA AL DESEMBOQUE DE UNA CHAMBA, CHAMBA ABAJO UNA CAÑADA EN LINDERO CON TOMÁS RENDÓN, CAÑADA ARRIBA A SU PRIMER LINDERO///. Inmueble identificado con la ficha catastral número 00-01-0025-0041-000 y matrícula inmobiliaria número 100-84119, de propiedad del señor YESID RAMÍREZ CARO identificado con la cédula de ciudadanía No. 27.168.604. AVALÚO INMUEBLE, TENIENDO EN CUENTA QUE SE ESTÁ RAMATANDO EL 100% DEL MISMO: $17.816.000. La base de la licitación será oferta válida la que cubra el 70% del avalúo dado al bien inmueble denotado y postor hábil quien consigne previamente el 40% del avalúo de dicho bien, en la cuenta correspondiente de depósitos judiciales de este Juzgado. SECUESTRE: CRISTIAN CAMILO RIVERA CANDAMIL (FRANCO PROYECTOS E.U.). DIRECCIÓN: CRA. 24 No. 22-36 OF. 502 ED. Sociedad Caldense de Ingenieros. TELÉFONO: 8737014-3217382497. Dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 450 del CGP y para su publicación conforme a lo preceptuado en dicha norma, se libra y se fija este aviso en la cartelera del juzgado, hoy 10 de junio de 2019. MARIANA MONTOYA CASTAÑO. SECRETARIA.
23-VI-19-H72455
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Segundo Promiscuo Municipal La Dorada - Caldas
AVISO DE REMATE
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA DORADA CALDAS ANUNCIA Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo el remate del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado ubicado en la carrera 2E No. 47 a 32 urbanización Villa Esperanza, lote No. 12, manzana Doble Q de La Dorada, Caldas, con matrícula inmobiliaria número 106-23646, y que se describe seguidamente: PROCESO: EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL. DEMANDANTE: BANCOLOMBIA SA. NIT No. 8909039388. DEMANDADO: JOSÉ EDGAR RENDÓN CARDONA. C.C. No. 10.180.625. RADICACIÓN: 17380-4089-002-2017-00108-00. PROPIETARIO: JOSÉ EDGAR RENDON CARDONA. FECHA Y HORA: 23 DE JULIO DE 2019 A LAS 9:00 A.M. BASE DE REMATE: SETENTA POR CIENTO (70%) $84.630.000. POSTURA HÁBIL: EL CUARENTA (40%) POR CIENTO DEL AVALÚO. $48.360.000. DURACIÓN DEL REMATE: UNA (1) HORA. PREDIO A REMATAR: PREDIO CARRERA 2e No. 47 A 32 URBANIZACIÓN VILLA ESPERANZA. LOTE No. 12, MANZANA DOBLE Q. AVALÚO: $120.900.000. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 106-23646. SECUESTRE: RAMIRO QUINTERO MEDINA. DIRECCIÓN SECUESTRE: DIAGONAL 16 NÚMERO 5-60 PUERTO SALDAR, CUNDINAMARCA. Cel. 312-2456147. DESCRIPCIÓN DEL PREDIO A REMATAR: El bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado consistente en: Un lote de terreno junto con su casa de habitación en él construida, ubicado en la carrera 2E No. 47 A 32 urbanización Villa Esperanza, lote No. 12, manzana Doble Q de La Dorada, Caldas, con una cabida aproximada de 126.30 metros cuadrados, con servicios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, gas natural y demás mejoras, usos y costumbres y servidumbres, identificado con matrícula inmobiliaria No. 106-23646. Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, se libra el presente AVISO DE REMATE, hoy veintisiete (27) de mayo de dos mil diecinueve (2019), y se entrega para su publicación por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de esta ciudad (La Patria, el Tiempo o la República) o, en otro medio masivo de comunicación radial como una radiodifusora local de ubicación del predio, como lo dispone el Artículo 450 del C. General del Proceso. Una copia informal de la página del diario o la constancia de otro medio masivo de comunicación sobre su transmisión se agregarán al expediente antes de dar inicio a la subasta, junto con el certificado de tradición y libertad del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la subasta. Atentamente, NATALIA ARROYAVE LONDONO. SECRETARIA.
23-VI-19-A87701
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE SALAMINA- CALDAS ANUNCIA Que dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo la diligencia de remate de los bienes embargados, secuestrados y avaluados. PROCESO: EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL. DEMANDANTE: BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. (NIT. 800.037.800-8). DEMANDADO: JOSÉ ELVER ROJAS CASTILLO C.C. 10.289.478. RADICADO: 176533112001201800095-00. FECHA Y HORA: 10/07/2019 - HORA 02:00 P.M. POSTURA: LA QUE CUBRA EL 70%. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL 40% DEL AVALÚO. DURACION: 1 (una) hora. CUENTA JUZGADO: 176532031001.
DESCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE: BIEN INMUEBLE DENOMINADO EL RETIRO UBICADO EN EL ÁREA RURAL DEL MUNICIPIO DE SALAMINA - CALDAS, VEREDA EL RETIRO EN EL CORREGIMIENTO DE SAN FÉLIX, MEJORADO CON CASA DE HABITACIÓN, Y PASTOS, DE UNA EXTENSIÓN SUPERFICIARIA DE 56 HECTÁREAS.
NÚMERO DE MATRÍCULA: 118-521. FICHA CATASTRAL: 176530003000000020013000000000. AVALÚO BIEN: $515.678.000. SECUESTRE: ROBERTO LOAIZA TÉLLEZ. DIRECCIÓN: Barrio Aranjuez Cra 41 No. 72-135 Manizales, Cds. TELÉFONO: 3128322567 Tel. 8784220. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 450 y 452 del C.G.P, se fija el presente CARTEL DE REMATE en la secretaría de este Despacho hoy veintitrés (23) de mayo dos mil diecinueve de (2019). DIANA EUGENIA BARTOLO LARGO. Secretaria.
23-VI-19-A87698
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