EMPLAZAMIENTOS
Ref.: Proceso Verbal de Pertenencia
Dte.: Adaimer Noreña Alzate
Apoderado: Dr. Daniel Arango Giraldo
Ddos.: Sucesores de: Carlos, Pedro Nel, Héctor, Rosa Amelia y María Elisenia Alzate Cardona y los indeterminados
Rad.: 2013-00084
EDICTO EMPLAZATORIO
El Juzgado Promiscuo Municipal de Pensilvania - Caldas, por medio del presente EMPLAZA: En el proceso de pertenencia - Prescripción Extintiva adquisitiva de dominio instaurada por ADAIMER NOREÑA ALZATE en contra de Sucesores de Carlos, Pedro Nel, Héctor, Rosa Amelia y María Elisenia Alzate Cardona y los indeterminados, se les INFORMA que se ha iniciado en este Despacho el proceso en referencia con el fin de llamar a todas las personas que se crean con derecho para intervenir en este trámite A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN. Se trata del siguiente bien inmueble: "Lote de terreno rural y todas sus mejoras existentes en él, denominado "FINCA MIRA VALLE", constante de dieciocho mil novecientos veinticinco metros cuadrados (18.925 mts.2) que equivalenten a 1.9 hectáreas, dentro del cual confluyen los lotes identificados con las matrículas inmobiliarias números: No. 114-19542, 114-19526, 114-19525, 114-19527 y 114-16034, pero que comprende una sola heredad, en la siguiente forma: ###Por el FRENTE O SUR con finca de JORGE ARIAS; Por el ORIENTE, con finca de JORGE ARIAS, por el FONDO O NORTE, con fincas de ALEJANDRO GIRALDO, ANA DE JESÚS ALZATE Y ELÍ HERNÁNDEZ; y por el OCCIDENTE, con finca de DIONEL MUÑOZ, sus coordenadas respecto de la casa de habitación existente en el predio son: al norte 05 grados, 21 minutos y 34,4 segundos, y al oeste 075 grados, 06 minutos y 04.2 segundo...". Que se ordene como consecuencia de la anterior declaración, se engloben los retenidos en uno solo y para tales efectos se ordene la inscripción de la sentencia en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta localidad, en folio nuevo y se ordene la cancelación de los folios No. 114-195542, 114-19526, 114-19525, 114-19527 y 114-16034. Se advierte a los emplazados que si dentro de dicho término no comparecen, se les nombrará Curador Ad-Lítem para que los represente en el proceso hasta su terminación. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 407 num. 6 y 7 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en un lugar visible de la Secretaría hoy, JUEVES CINCO (05) DE SEPTIEMBRE DE 2013, A LAS OCHO (8:00 A.M.), por el término de veinte (20) días y se publicará por dos veces, con intervalos no menores de cinco días, dentro del mismo término, en el Diario "LA PATRIA" de amplia circulación Nacional y en la Emisora Pensilvania Estéreo de esta localidad, entre las horas comprendidas entre las 7 de la mañana y las 10 de la noche. Pensilvania, Caldas, Septiembre 4 de 2013. OMAIRA TORO GARCÍA. SECRETARIA.
12-IX-H61256
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre el bien mueble que se pretende usucapir dentro del proceso de Pertenencia por Prescripción Ordinaria Adquisitiva de Dominio formulado por MARTHA LUCÍA GRISALES GALLO en contra de LUIS MIGUEL SÁNCHEZ COLLAZOS, MOTORAUTOS DE CALDAS Y/O ENRIQUE GÓMEZ QUINTERO, BANCO DAVIVIENDA S.A como acreedor prendario y de PERSONAS INDETERMINADAS, para que se presenten a hacerlos valer a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El bien cuya prescripción se pretende es el siguiente: "Vehículo de Placas NAH 163" con las siguientes características: CLASE AUTOMÓVIL. MARCA RENAULT. CARROCERÍA SEDAN. LÍNEA SIMBOL AUTENTIQUE. COLOR ROJO AMBAR. MODELO 2004. MOTOR A712D109980. SERIE G012844. CHASIS 9FBLBOLCF4M500647. CILINDRAJE 1400 Nro. EJES 0. PASAJEROS 5 TONELADAS: ,00. SERVICIO PARTICULAR. PROPIETARIO ACTUAL LUIS MIGUEL SÁNCHEZ COLLAZOS. CÉDULA DE CIUDADANÍA 16635893. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de los emplazados, a quienes se les designará un curador ad-lítem, quien ejercerá el cargo hasta el final del proceso. En cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días hábiles, hoy treinta (30) de Agosto de dos mil trece (2013), a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) y se publicará por dos veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario entre una y otra, dentro del mismo término en el diario La Patria y por una radiodifusora de Manizales, en horas comprendidas entre las siete de la mañana (07:00 a.m.) y las diez de la noche (10:00 p.m.). GLORIA PATRICIA ESCOBAR RAMÍREZ. Secretaria.
12-IX-H61257
EDICTO EMPLAZATORIO
Fijación: 20 días
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ANSERMA, CALDAS, EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho sobre el bien inmueble de que trata la demanda VERBAL DE PERTENENCIA -Vivienda de Interés Social-, radicada al No. 2013-0082, instaurado por ROCÍO GUAPACHA BAÑOL, contra las emplazadas, para que en tiempo oportuno lo hagan valer. El bien inmueble de que trata la demanda es: Un lote de terreno ubicado en la zona urbana del municipio de Anserma, Caldas, ubicado en el sector de la variante de la carretera central que de Anserma, conduce a la ciudad de Riosucio, que tiene una cabida de 10 metros de frente por 10 metros de centro o fondo, y el cual se encuentra determinado por los siguientes linderos: ### Por el frente con la variante que de la ciudad de Anserma, Caldas, conduce a la ciudad de Riosucio, Caldas. Por un costado con BLANCA OLIVA BEDOYA, Por el otro costado con ANA OBANDO y Por el centro o fondo con propiedad de la parroquia del Carmen###. Identificado con la ficha catastral No. 01-00-0001-0001-004. Se advierte a las personas emplazadas, que transcurridos quince días hábiles, siguientes a la expiración del término de emplazamiento, sin que comparezcan a hacer valer sus derechos, se entenderá surtido el mismo, y se les designará un curador ad lítem, quien ejercerá el cargo hasta terminar el proceso. Para los fines legales, se fija el presente edicto en la Secretaría del Juzgado, por un término de 20 días, y el mismo deberá ser publicado en el diario La Patria, por dos ocasiones dentro de ese término, con intervalos no menores de cinco días calendario y en una emisora local por igual número de veces y con idénticos intervalos en horario comprendido entre las 07:00 y las 22:00 horas. Fecha Fijación: Septiembre 05 de 2013 Hora: 8:00 A.M. Fecha Desfijación: Octubre 02 de 2013. Hora: 6:00 P.M. ÁNGELA IVONNE GONZÁLEZ LONDOÑO. Secretaria.
12-IX-H61262
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE FRESNO, TOLIMA ESPERANZA BOHÓRQUEZ CUARTAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de los causantes JOSÉ ALCIBES VALENCIA PARRA Y MARÍA CECILIA ARCILA DE VALENCIA, quien se identificaran en vida con las cédulas de ciudadanía Nos. 5.915.093 y 28.734.239 de Fresno, quienes tuvieran como domicilio el Municipio de Fresno Tolima. La Notaría aceptó el trámite Notarial, el día 03 de septiembre de 2013, mediante Acta No. 004 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del Edicto en la cartelera de la Secretaría por término de diez (10) días, a partir del 04 de septiembre de 2013. Actúa como apoderado de los interesados, el Doctor ALBERTO CÁRDENAS GONZÁLEZ. Para constancia firmo el 03 de septiembre de 2013. ESPERANZA BOHÓRQUEZ CUARTAS - NOTARIA ÚNICA DE FRESNO. ESTE EDICTO SE FIJA EL 04 DE SEPTIEMBRE DE 2013 07:00 A.M. ESPERANZA BOHÓRQUEZ CUARTAS NOTARIA ÚNICA DE FRESNO. ESTE EDICTO SE DESFIJA EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2013 06:00 P.M. ESPERANZA BOHÓRQUEZ CUARTAS - NOTARIA ÚNICA DE FRESNO.
12-IX-H61263
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión testada y ab-intestado del causante GABRIEL JAIME PARRA HERNÁNDEZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.202.135, fallecido en la ciudad de Manizales (Caldas), el día veintidós (22) de julio del año dos mil trece (2013), siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número ochenta y tres (#083) del nueve (09) de septiembre del año dos mil trece (2013), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de amplia circulación en Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy nueve (09) de septiembre del año dos mil trece (2013), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS).
12-IX-C78819
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de(el)(la)(los) causante(s) MARÍA NANCY GARCÍA MEJÍA, quien(es) se identificaba(n) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 65.728.092 expedida(s) en Ibagué, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y donde dejó(aron) sus bienes. Aceptado el trámite en esta Notaria el día Miércoles, 11 de Septiembre de 2013, mediante Acta numero TRESCIENTOS VEINTIOCHO (328). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 del 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Miércoles, 11 de Septiembre de 2013 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
12-IX-A76066
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante EVELIA GUTIÉRREZ PINZÓN, con cédula de ciudadanía número 24.255.204 expedida en Manizales, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día once (11) de enero de dos mil trece (2013), siendo éste su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ochenta y cuatro (084) del día once (11) de septiembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy once (11) de septiembre del año dos mil trece (2013), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).-. (Hay firma y sello).
12-IX-A76068
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante LEONOR FRANCO DE OSORIO, con cédula de ciudadanía número 24.263.697 expedida en Manizales, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día doce (12) de mayo de dos mil trece (2013), siendo éste su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ochenta y tres (083) del día once (11) de septiembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy once (11) de septiembre del año dos mil trece (2013), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).-. (Hay firma y sello).
12-IX-A76069
REMATES
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ANSERMA, CALDAS AVISA: Que ha señalado la hora de las 4:30 de la tarde del 02 de octubre de 2013, para que dentro del proceso ejecutivo singular, instaurado por HERNÁN GONZÁLEZ MEJÍA, contra GABRIELA GONZÁLEZ DE CANO, tenga lugar la diligencia de REMATE de los siguientes bienes: Se trata de dos lotes de terreno que conforman la finca denominada La Miranda, ubicados en la vereda La Ciénaga, jurisdicción del municipio de Risaralda, Caldas, en la vía que conduce al municipio de San José, a saber. Un primer lote de aproximadamente seis cuadras más o menos, mejorado con café, plátano, casa de habitación, secaderos de café, máquina despulpadora y una moto bomba para el servicio del agua, cuyos linderos: # # # De un mojón que se clavará a cuatro varas más abajo del tanque de la motobomba, en lindero con predio de Dolores Grajales, se sigue línea recta lindando con terreno de los señores Maximiliano y Clara Rosa Villada, hasta un mojón que se clavará en el borde de un plan, de allí de travesía a la raíz de un cedro árbol, donde se clavará otro mojón de piedra siguiendo la travesía lindando siempre con Maximiliano y Clara Rosa Villada, hasta lindar con terreno de Juan Antonio Villada, donde hay un pequeño derrumbe de allí línea recta lindando con terreno de Jesús Antonio Villada, al camino que de esta población conduce al municipio de San José, siguiendo el camino con dirección a esta población hasta lindar con terreno de Dolores Grajales y de allí para abajo lindando con la misma al punto de partida # # #. Folio de matrícula inmobiliaria No. 103-0003817. Un segundo lote: Una finca de una extensión superficiaria de 28 cuadras más o menos con café, plátano, casa de habitación, rastrojeras, alinderados así: # # # De un mojón de piedra colocado en el lindero con Enrique Cano, se sigue de para abajo, lindando con propiedad de Jesús Antonio Villada hasta caer a una cañada, a encontrar lindero con propiedad de Abel Ríos, se sigue lindando con este predio y de travesía hasta encontrar lindero con propiedad de Fidel Ríos se sigue para arriba lindando con Ríos y con propiedad de Enrique Cano, Joaquín Emilio Londoño y Dolores Soto hasta encontrar nuevamente lindero con Enrique Cano, siguiendo de travesía lindando con este último predio hasta encontrar el mojón punto de partida # # #. Folio de matrícula inmobiliaria No. 103-0003818.
AVALÚO PERICIAL DADO AL BIEN $106.600.000,00. La licitación empezará a la hora indicada y no cerrará sino hasta después de transcurrida una (1) hora por lo menos. Será postura admisible la que cubra el 70 del avalúo y postor hábil, quien previamente consigne el 40 del mismo. Para los fines legales, se fija el presente aviso en lugar del Despacho visible al público. Se entregarán copias a la parte interesada para publicar en el diario La Patria de Manizales y en una radioemisora local, por una sola vez y con anterioridad no inferior a 10 días de la fecha indicada. Anserma, Caldas, Septiembre 05 de 2013. ÁNGELA IVONNE GONZÁLEZ LONDOÑO. SECRETARIA. (Hay firma).
12-IX-A76065
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015