EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
(ART. 293 Y 108 C.G.P)
EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A la (s) persona (s) que más adelante se identifica (n), para que se haga (n) presente (s) en el proceso que a continuación se referencia, y reciba (n) notificación personal del auto admisorio de la demanda.
PERSONA EMPLAZADA SINDY PAULA CHÁVEZ PASAPORTE No. I131507.
PARTE DEMANDANTE MARÍA ACENEIDA BOTERO SÁNCHEZ CC. 24.853.849.
PARTE DEMANDADO SINDY PAULA CHÁVEZ PASAPORTE No. I131507.
CLASE DE PROCESO DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL.
RADICACIÓN 17001-31-10-003-2018-00227-00.
OBJETO Notificación Auto Interlocutorio No. 422 del 9 de julio de 2018, que admite la demanda. LUZ MARINA YEPES CHISCO. SECRETARIA.
El emplazamiento debe publicarse por una (1) vez en un diario de amplia circulación local "LA PATRIA" o nacional "EL TIEMPO" durante el día domingo ó en una radiodifusora a nivel local "LA RED DE LOS ANDES" o nacional "EMISORA RCN", cualquier día entre las seis de la mañana y las once de la noche. Art. 108 del C.G.P.
12-VIII-18-C84789
EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA MANIZALES CALDAS EMPLAZA A las personas que a continuación se relacionan con el fin de que comparezcan al proceso que seguidamente se identifica y haga valer su derecho:
PROCESO: LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO.
DEMANDANTE: JOSÉ HOOVER ORTIZ VALENCIA C.C 10.220.803.
DEMANDADA: LUCÍA CARMONA GONZÁLEZ C.C 24.316.015.
EMPLAZADO: ACREEDORES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL.
FECHA AUTO: Enero 11 de 2018.
RADICADO 17001311000520170043500.
El mencionado edicto emplazatorio estará en lugar visible de la secretaria por el término de diez (10) días y sendas copias del mismo entréguese para su publicación en la prensa escrita - diario La Patria, la República o El Tiempo el día domingo - o en la radio CARACOL o TODELAR cualquier día de la semana, en los términos de los arts. 293 concordante con el art. 108 del C. G. del P, edictos que deberán ser publicados dentro del término que permanezcan fijados en secretaría. Obsérvese lo previsto por el inc. 5° del mencionado artículo respecto de la publicación del edicto en el registro nacional de personas emplazadas. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de su publicación. DARÍO ALONSO AGUIRRE PALOMINO. Secretario.
12-VIII-18-C84791
EMPLAZAMIENTO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUPÍA, CALDAS, EMPLAZA A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR ERNESTO DE JESÚS VILLADA FERNÁNDEZ C.C. 1.378.349 que crean tener derechos sobre el bien materia del proceso declarativo de PERTENENCIA por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, interpuesta por por WILLIAM DE JESÚS VILLADA MONSALVE C.C. 15.929.307 contra: Herederos indeterminados de ERNESTO DE JESÚS VILLADA FERNÁNDEZ C.C. 1.378.349 PERSONAS INDETERMINADAS. Radicado 17-777-40-89-001-2018-00186-00, para que concurran al proceso a hacer valer sus derechos sobre el siguiente bien inmueble RURAL: PREDIO DE MENOR EXTENSIÓN Vereda LA PAVA. Municipio Supía Caldas. SIN ficha catastral. SIN folio de matrícula. Área aproximada: 8 hectáreas 5.000 metros cuadrados. Linderos: ### Por el Norte, con el predio 000000210024 matrícula inmobiliaria 115-16379, denominado la sonora del señor Lacides Ladino, con el predio 000000290087000 denominado la Pava el Carbonero del señor Roberto Durán …... Por el Oriente, con el lote Nro. 3 del mismo predio 000000180078000 denominado la Pava del señor José Ladino, con el predio 000000290096000 denominado el Retiro, con el predio 000000290097000 denominado el cañaduzal...... Por el Occidente con el lote 2 del predio de mayor extensión, con el predio 000000290150000 matrícula inmobiliaria 115-4467 denominado Rosalinda y con el lote 1 del predio de mayor extensión###. PREDIO DE MAYOR EXTENSIÓN Vereda LA PAVA. Nombre EL PORVENIR DE GUADUALITO. Municipio Supía Caldas. Ficha catastral: 177770000000000290088000000000. Folio de matrícula 115-2265. Área: 12 Ha. 00 m2. Linderos: ### Por el Oriente, con Guadualito y con la Mina de Santander; por el sur, con la mina de Santander Mencionada y con la de la Loca, perteneciente a la sociedad del mismo nombre; por el Norte, con las Estancias de Ingara y el camino que sube de Obispo al Alto de Guayabal; y por el Occidente, con el camino que sube de Obispo a Supía###. El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la inscripción en el registro de personas emplazadas, surtido este, se designará Curador Ad Lítem, si nadie comparece (Art. 108 CGP). GILBERTO OSORIO VÁSQUEZ. SECRETARIO.
12-VIII-18-H71423
EMPLAZAMIENTO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUPÍA, CALDAS, EMPLAZA A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR LÁZARO OSPINA LONDOÑO C.C. 1.304.246 que crean tener derechos sobre el bien materia del proceso declarativo de PERTENENCIA por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, interpuesta por LUIS FERNANDO CASTAÑO OSPINA C.C. 15.925.656 contra: Herederos indeterminados de LÁZARO OSPINA LONDOÑO C.C. 1.304.246 PERSONAS INDETERMINADAS. Radicado 17-777-40-89-001-2018-00148-00, para que concurran al proceso a hacer valer sus derechos sobre el siguiente bien inmueble URBANO. Matrícula inmobiliaria 115-12089. Dirección: Carrera 7 No. 37-48. Municipio Supía Caldas. Linderos: # Por el frente con la carrera 2; por el Oriente con la quebrada de Rapao, por el Norte con casa y solar de Luis Felipe Rincón C.; y por el Sur con casa y solar del señor Claudio Valencia#. (Escritura 94 de julio 2 de 1960). El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la inscripción en el registro de personas emplazadas, surtido este, se designará Curador Ad Lítem si nadie comparece (Art. 108 CGP). GILBERTO OSORIO VÁSQUEZ. SECRETARIO.
12-VIII-18-H71422
RAMA JURISDICCIONAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES
Manizales, 26 de julio de 2018
LISTADO DE EMPLAZAMIENTO
Proceso: EJECUTIVO SINGULAR.
Radicado: 17001400300120180019000.
Demandante: MAURICIO RAMÍREZ ÁLVAREZ C.C. 1053808605
Demandado(a): LUZ DARY MURILLO CASTAÑO C.C. 25.233.217. SENAIDA SUÁREZ MENDIETA C.C. 30.404.640.
EMPLAZADO: SENAIDA SUÁREZ MENDIETA C.C. 30.404.640.
PROVIDENCIA A NOTIFICAR: MANDAMIENTO DE PAGO del 18 de abril de 2018.
El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de la publicación de los datos en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Se le advierte al emplazado que, si no comparece dentro del término señalado, se le designará Curador Ad lítem, con quien se surtirá la notificación. SANDRA LUCÍA PALACIOS CEBALLOS. Secretaria.
12-VIII-18-C84793
EMPLAZAMIENTO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUPÍA, CALDAS, EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que crean tener derechos sobre el bien materia del proceso declarativo de PERTENENCIA por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, interpuesto por MERCEDES DÍAZ DE MAFLA C.C. 25.042.314 contra PERSONAS INDETERMINADAS. Radicado: 17-777-40-89-001-2014-00018-00. Para que concurran al proceso a hacer valer sus derechos sobre el bien inmueble RURAL ubicado en la vereda Mudarra, municipio de Supía Caldas; con una extensión de 2.000 M2, determinado por los siguientes linderos: ///Por el Norte con el predio con ficha catastral No. 00-00-0022-0178-000, por el oriente predio con ficha catastral No. 00-00-0022-0384-000 carrera a Supía, Sur predio con ficha catastral No. 00-00-0022-021-00, por el occidente predio con ficha catastral No. 00-00-0022-0210-000///. El emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la inscripción en el registro de personas emplazadas, surtido este, se designará Curador Ad Lítem si nadie comparece. (art 108 CGP), GILBERTO OSORIO VÁSQUEZ. SECRETARIO.
12-VIII-18-C84795
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA EMPLAZA A todos los parientes del presunto DISCAPACITADO MENTAL señor JUAN CAMILO DUQUE LÓPEZ y demás personas que se consideren con derecho a ejercer la guarda (Art. 446 y 659 Numeral 3° Artículo 42 de la ley 1306 de 2009 y 61 del Código Civil) a fin de que lo hagan valer, en el proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL adelantado en este Despacho Judicial por la Defensoría de Familia del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR I.C.B.F de la ciudad de Manizales. El presente edicto permanecerá en la Secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregará a la parte interesada para su publicación en el Diario La Patria de Manizales por una sola vez durante el término de fijación. Edicto que se publicará conforme a los lineamientos dispuestos por el art. 108 del C. G. del P. DARÍO ALONSO AGUIRRE PALOMINO. Secretario.
12-VIII-18-C84798
Ejecutivo Singular
Demandante: Fabio de Jesús Carvajal Jaramillo.
Demandado: Carlos Enrique Duque Rendón,
Rad.: 2018-0053.
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ANSERMA - CALDAS CITA Y EMPLAZA Al señor CARLOS ENRIQUE DUQUE RENDÓN, identificado con la C.C. 75.040.850 para que comparezca personalmente o por conducto de apoderado a este Despacho Judicial, para notificarse del auto fechado veintisiete (27) de abril de dos mil dieciocho (2018), mediante el cual este despacho libró mandamiento de pago dentro del proceso ejecutivo singular, promovido por el señor FABIO DE JESÚS CARVAJAL JARAMILLO, a través de apoderado judicial, en contra suya. Radicado 2018-00053. Se entregarán copias a la parte interesada para su publicación en un diario de amplia circulación en el sitio donde resida o se crea que resida la persona emplazada en este caso "La Patria" o "La República" un día Domingo o en una radiodifusora local, cualquier día de la semana entre las seis (6) de la mañana y las once (11) de la noche; circunstancia que debe certificar el director de la emisora respectiva. Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, el cual se hará por el despacho una vez allegada la constancia de publicación del aviso emplazatorio. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación Curador Ad-Lítem si a ello hubiere lugar con quien se surtirá la notificación y se continuará el curso del proceso. Julio 30 de 2018. ROBERTO BAENA GÓMEZ. SECRETARIO.
12-VIII-18-H71427
Ejecutivo Singular
Demandante: Fabio de Jesús Carvajal Jaramillo y Otra.
Demandado: Carlos Enrique Duque Rendón,
Rad.: 2018-00066.
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ANSERMA - CALDAS CITA Y EMPLAZA A los señores CARLOS ENRIQUE DUQUE RENDÓN, identificado con la C.C. 75.040.850 y STEPHANY DUQUE CARVAJAL identificada con la C.C. 10.016.013.617, para que comparezcan personalmente o por conducto de apoderados a este Despacho Judicial, para notificarse del auto fechado el ocho (8) de junio de dos mil dieciocho (2018), mediante el cual este despacho admitió la demanda Verbal de Simulación Absoluta, promovido por el señor FABIO DE JESÚS CARVAJAL JARAMILLO, a través de apoderado judicial, en contra suya. Radicado 2018-00066. Se entregarán copias a la parte interesada para su publicación en un diario de amplia circulación en el sitio donde resida o se crea que resida la persona emplazada en este caso "La Patria" o "La República" un día Domingo o en una radiodifusora local, cualquier día de la semana entre las seis (6) de la mañana y las once (11) de la noche; circunstancia que debe certificar el director de la emisora respectiva. Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, el cual se hará por el despacho una vez allegada la constancia de publicación del aviso emplazatorio. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación Curador Ad-Lítem si a ello hubiere lugar con quien se surtirá la notificación y se continuará el curso del proceso. Julio 30 de 2018. ROBERTO BAENA GÓMEZ. SECRETARIO.
12-VIII-18-H71428
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer:
CLASE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: DIANA SHIRLEY MARTÍNEZ MÁRQUEZ. DEMANDADO: JHON JAIRO PUERTA BUITRAGO. PERSONAS INDETERMINADAS. RADICADO: 17001400300720170091700. BIEN OBJETO DE DEMANDA: predio urbano ubicado en la calle 52 K 6 D No. 52-09 Urbanización El Solferino del municipio de Manizales, con área aproximada de 60 metros cuadrados según el certificado catastral expedido por el IGAC, distinguido con el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-46486 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales y ficha catastral No. 01-03-00-00-0882-0021-0-00-00-0000 y comprendido dentro de los siguientes linderos: Por el sureste en 10 metros con lote Nro. 3; por el noroeste en 10 metros con el lote No. 1; Por el suroeste en 6 metros con la k 6 D; Por el noreste en 6 metros con el lote No. 13. El edicto emplazatorio deberá ser publicado en el periódico LA PATRIA el día domingo o en la emisora RCN cualquier día entre las 6:00 de la mañana y las 11:00 de la noche. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de la comunicación de que trata el inciso 5 del artículo 108 del C,G.P., en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, (Inciso 6, art. 108 del C.G.P.). Se advierte a los emplazados que de no comparecer, se les nombrará CURADOR AD - LÍTEM, con quién se surtirá la notificación. Manizales, Caldas, Abril 26 de 2018. MARIBEL BARRERA GAMBOA. Secretaria.
12-VIII-18-C84807
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS, CALDAS EMPLAZA A LA SEÑORA TERESA LÓPEZ DE OCAMPO quien figura como demandada dentro del proceso que relaciona a continuación para que comparezca a hacer valer sus derechos: CLASE DE PROCESO: DECLARACIÓN DE PERTENENCIA. DEMANDANTE: TERESA DE JESÚS OCAMPO DE CASTAÑO C.C. 24.362.251. DEMANDADOS: TERESA LÓPEZ DE OCAMPO Y DEMÁS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS. RADICADO: 170134089002-2017-000039-00. La publicación del edicto Emplazatorio deberá hacerse en un diario de amplia circulación nacional o local en el diario "EL TIEMPO" o "LA PATRIA" o "EL ESPECTADOR" la que se deberá llevar a cabo el día "domingo" o en CARACOL RADIO O RCN, Cadena Radial Básica, o LA RED DE LOS ANDES cuya transmisión deberá hacerse cualquier día, en el horario de las 6:00 A.M. y 11:00 P.M., tal como lo establece el artículo 108 del Código General del Proceso. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos QUINCE (15) DÍAS después de la publicación del listado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. MARÍA CAMILA VARGAS GONZÁLEZ. SECRETARIA.
12-VIII-18-H71432
EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA MANIZALES CALDAS EMPLAZA A las personas que a continuación se relacionan con el fin de que comparezcan al proceso que seguidamente se identifica y haga valer su derecho: PROCESO: LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. DEMANDANTE: JOSÉ HORACIO GALLEGO ATEHORTÚA. DEMANDADA: ALBA LUCÍA PIMIENTA DE GALLEGO. EMPLAZADO: ACREEDORES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. FECHA AUTO: Julio 9 de 2018. RADICADO 17001311000520180022800. El mencionado edicto emplazatorio estará en lugar visible de la secretaría por el término de diez (10) días y sendas copias del mismo entréguese para su publicación en la prensa escrita - diario La Patria, la República o El Tiempo el día domingo - o en la radio CARACOL o TODELAR cualquier día de la semana, en los términos de los arts. 293 concordante con el art. 108 del C. G. del P, edictos que deberán ser publicados dentro del término que permanezcan fijados en secretaría. Obsérvese lo previsto por el inc. 5° del mencionado artículo respecto de la publicación del edicto en el registro nacional de personas emplazadas. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de su publicación. DARÍO ALONSO AGUIRRE PALOMINO. Secretario.
12-VIII-18-C84810
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Manizales
Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Salamina Caldas
EDICTO
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE SALAMINA, CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien inmueble ubicado en el área rural del municipio de Salamina (Caldas), paraje de Curubital denominado El Porvenir, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 118-12644, para efectos de que se hagan presentes dentro del proceso DECLARATIVO DE PERTENENCIA (Prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio -Bien inmueble rural), radicado bajo el No. 17-653-40-89-001-2018-00058-00, admitido en este despacho el día 25 de julio de 2018, promovido por el señor JOHANY ANDRÉS GRAJALES HERRERA identificado con C.C 15.962.954 quien actúa a través de apoderada; instaurado en contra de SOCIEDAD GIRALDO HOYOS E HIJOS Y CÍA COMANDITA SIMPLE NIT No. 800198797-3 y matrícula 60747, representada por la señora GLORIA CECILIA CARMONA ARIAS quien funge como liquidadora. Se dispone la notificación de las personas enunciadas en la forma prevista en el artículo 108 del C.G.P., haciendo entrega a la parte interesada de copia del edicto emplazatorio para su publicación en un diario de amplia circulación nacional (EL TIEMPO o LA PATRIA), en un día domingo. Una vez surtida la publicación e inscrito en el Aplicativo Justicia XXI Web, deberán los emplazados comparecer en el término de quince (15) días ante este despacho judicial, ubicado en la calle 5 No. 7-39 Piso 3, Palacio de Justicia de Salamina, Caldas, a recibir notificación personal del auto que admitió la demanda; advirtiendo a los mismos, que si no se presentan dentro del término indicado, se les designará CURADOR AD-LÍTEM con quien se surtirá dicha notificación. OMAR MAURICIO GARCÍA AGUIRRE. Secretario.
12-VIII-18-C84811
JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA: Al señor JESÚS GIRALDO CASTRILLÓN, identificado con cédula de ciudadanía 4.449.417, para que comparezca a este Despacho Judicial a oír notificación personal del auto fechado el 17 de noviembre de 2017, mediante el cual se libró mandamiento de pago en su contra, dentro del siguiente proceso: RADICADO 2017-00906. PROCESO EJECUTIVO. DEMANDANTE COOPERATIVA MULTIACTIVA PARA EL PROGRESO Y DESARROLLO FAMILIAR -COOPRODEFAM NIT. 900.647.843-4. DEMANDADOS JESÚS GIRALDO CASTRILLÓN C.C. 4.449.417. YHONIER GIRALDO BETANCUR C.C. 75.003.759. El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días, después de la publicación del listado. Se advierte a la persona emplazada que de no comparecer se le designará curador ad-lítem, con quien se surtirá la notificación. El presente se expide hoy veinticinco (25) de mayo de dos mil dieciocho (2018). ISABEL RAMÍREZ LONDOÑO. Secretaria.
12-VIII-18-C84812
EDICTO
EL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE CHINCHINÁ CALDAS Emplaza a todos los que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA de la causante JULIETA RONDÓN COTACIO, abierto y radicado en este Juzgado bajo el número 2018-00121-00; esto con el propósito de que comparezcan y se hagan parte en este. PARTE DEMANDANTE: MARÍA CRISTINA COTACIO MARTÍNEZ en calidad de curadora legítima de la menor Sofía Rondón Cotacio.
Para los efectos de los arts. 490 y 108 del Código General del Proceso, publíquese. ALEJANDRO GARCÍA GUTIÉRREZ. Secretario del Despacho.
12-VIII-18-I4804
LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE CHINCHINA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días siguientes a la Publicación de este edicto en el periódico, en el trámite de liquidación sucesión notarial del causante JUAN DE JESÚS SÁNCHEZ OROZCO, quien se identificaba con la cédula número 1.390.000 cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Chinchiná, fallecido el 28 de mayo de 2013. Aceptado el trámite se ordena la publicación del edicto en el periódico La Patria y en la emisora local cumpliendo con el artículo 3°. Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy 17 de julio de 2018 siendo las 8.00 A.M.. LUZ MARINA VALENCIA PELÁEZ. NOTARIA PRIMERA CHINCHINÁ.
12-VIII-18-I4806
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARANZAZU CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO:
REF: Radicado: 17-050-40-89-001-2018-00105-00
Referencia: Declarativo de pertenencia (prescripción adquisitiva de Dominio). Demandante: Blanca Miriam Zuluaga Giraldo. C.C Nro. 24.432.271.
Demandados: Herederos determinados e indeterminados de Francisco José Zuluaga Gómez. C.C Nro. 1.234.371.
El suscrito Secretario del Despacho por medio del presente edicto, EMPLAZA a LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR FRANCISCO JOSÉ ZULUAGA GÓMEZ y, A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre la porción de terreno, ubicado en el área urbana del municipio de Aranzazu, en la carrera 7 con calle 12, salida hacia la Paila, identificado con ficha catastral No. 17-0500100000000580001000000000 y matrícula inmobiliaria No. 118-17549 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Salamina (Caldas). Se advierte a los emplazados que si dentro del término concedido no comparecen a notificarse, se les nombrará un Curador Ad Lítem para que los represente en el proceso hasta su terminación. La publicación se hará el día domingo y por una sola vez en medio escrito de amplia circulación nacional o local (Tiempo o Patria) y la página donde se hubiere publicado el listado, será allegada al proceso por la parte interesada. (Art. 108 C. G. P.).
Se expide presente edicto, hoy uno (01) de agosto de dos mil dieciocho (2018).- ROGELIO GÓMEZ GRAJALES. SECRETARIO.
12-VIII-18-A86370
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE HERVEO TOLIMA, ubicado en la Calle Cuarta número 7-36 piso primero, por medio del presente EDICTO EMPLAZA A todas aquellas personas que se crean con algún derecho para que dentro del término de Veinte (20) días y cinco (05) días más, después de publicado el edicto, comparezcan por sí o por medio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda N° 150 de fecha julio 10 de 2018, dictado dentro del proceso de pertenencia - radicación N° 733474089-001-2018-00042-00-, para adquirir por prescripción extraordinaria de dominio el siguiente bien inmueble rural: "predio rural de menor extensión que hace parte de uno de mayorr extensión denominado LA PESEBRERA, ubicado en la vereda torre seis, jurisdicción del Municipio de Herveo, departamento del Tolima, identificado con matrícula inmobiliaria N° 359-16895 de una cabida aproximada de 6 hectáreas, distinguido catastralmente con la ficha N° 000100070052000 y determinado por los siguientes linderos según consta en la escritura pública N° 1392 del 05 de marzo de 2018 así: Partiendo de una puerta lindero con el Ancianato san Vicente, baja por la cerca de encontrar el lindero con propiedad de Sigifredo Morales a buscar una quebrada lindero con Julio Buriticá, sigue quebrada abajo lindando hoy con Gustavo Helí Galeano hasta el borde de una peñas grandes, transversal por el borde de las perlas a encontrar lindero hoy con Hernando Giraldo, sube por el cerco lindando con el mismo Giraldo Galeano hasta encontrar lindero con propiedad de Leidy Johana Garzón Correa, de ahí transversal buscando la propiedad del Señor Libardo Morales López lindero con el Ancianato, punto de partida. Los anteriores linderos hacen parte del predio de mayor extensión; ha promovido el Señor JESÚS ANTONIO HERNÁNDEZ GARCÍA identificado con cédula de ciudadanía N° 5.925.927, a través de apoderado judicial quien se encuentra a derecho en el proceso. Se le advierte a los EMPLAZADOS que si dentro de dicho término no comparecen, se les nombrará un CURADOR AD LÍTEM con quien se surtirá la notificación y continuará el proceso hasta su terminación. Para los efectos de los artículos 293 y 375 del C.G.P. se fija el presente edicto en un lugar público de la Secretaría, por el término legal de Veinte (20) días, hoy julio (17) de 2018, a la hora de las 8 a.m. y se expide copia a la parte interesada para la publicación respectiva en el diario La República, La Patria y/o cualquier otro periódico de amplia circulación nacional, por así establecerlo el numeral 6° del artículo 375 del nuevo Código General del Proceso. HERNÁN DARÍO LÓPEZ ARCILA. Secretario.
11-VIII-18-A86372
NOTARÍA ÚNICA
Del Círculo de Manzanares Caldas
EDICTO
El Notario Único del Círculo de Manzanares Caldas, CITA y EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intestada de los señores ALBERTO ANTONIO HERRERA LOAIZA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.303,127 expedida en Manzanares (Caldas) y MARÍA DIOSELINA MARÍN DE HERRERA, identificada con la cédula de ciudadanía número 24.723 414 expedida en Manzanares (Caldas) fallecidos en Manizales (Caldas), el 16 de marzo de 2018 y 27 de julio de 2013, respectivamente y cuyo último domicilio fue el municipio de Manzanares (Caldas). El trámite fue admitido mediante Acta número 0010 de fecha 9 de agosto de 2018. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 del 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3° y 4º del Decreto 1729 de 1989.
CARLOS HÉCTOR MOSQUERA CASTILLO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.
11-VIII-18-A86373
JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL
MANIZALES - CALDAS
LISTADO DE EMPLAZAMIENTO
RADICADO 17001-40-03-003-2018-00422-00.
NATURALEZA DEL PROCESO SUCESIÓN.
PARTE DEMANDANTE LILIANA MARÍA RINCÓN OSPINA C.C. 30.326.935. CLAUDIA PATRICIA TORRES OSPINA C.C. 30.317.304. LUZ MARINA TORRES OSPINA C.C. 30.307.576. JUDITH MARCELA TORRES OSPINA C.C. 30.339.486. ELIZABETH TORRES OSPINA C.C. 30.397.659.
CAUSANTE DANIEL OSPINA GONZÁLEZ.
AUTO QUE SE NOTIFICA AUTO QUE DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN DEL 06 DE AGOSTO DE 2018.
PERSONAS EMPLAZADAS HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE DANIEL OSPINA GONZÁLEZ que se crean con derecho para intervenir en este proceso.
ÁNGELA BIBIANA BUITRAGO OROZCO. SECRETARIA.
11-VIII-18-A86368
EDICTO EMPLAZATORIO
JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES EMPLAZA A PERSONAS INDETERMINAS PARA QUE EN EL TÉRMINO DE FIJACIÓN DE ESTE EDICTO COMPAREZCAN A ESTE DESPACHO A OÍR NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO QUE ADMITIÓ LA DEMANDA, Y A ESTAR A DERECHO DENTRO DEL PROCESO QUE SEGUIDAMENTE SE RELACIONA: PROCESO: VERBAL - DE PERTENENCIA. DEMANDANTES: GIRALDO ARCESIO CASTILLO ORTEGA. CÉDULA: 10.267.196. APODERADO: CARLOS ALBERTO LÓPEZ LÓPEZ. DEMANDADOS: HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DEL CAUSANTE HUMBERTO ARANGO ESCOBAR FRANCISCO JAVIER ARANGO JARAMILLO. GLORIA ARANGO JARAMILLO. LUZ MARÍA ARANGO JARAMILLO, MARÍA VICTORIA ARANGO JARAMILLO. MARÍA EMILIA JARAMILLO DE ARANGO Y demás "PERSONAS INDETERMINADAS". RADICADO: 17001-40-03-011-2018-00123-00. EMPLAZADOS: FRANCISCO JAVIER ARANGO JARAMILLO. GLORIA ARANGO JARAMILLO. LUZ MARÍA ARANGO JARAMILLO. MARÍA VICTORIA ARANGO JARAMILLO. MARÍA EMILIA JARAMILLO DE ARANGO. TRÁMITE: PROCESO: VERBAL (PERTENENCIA). FOLIO DE MATRÍCULA: 100-100552. PROPIETARIO: HUMBERTO ARANGO ESCOBAR. FRANCISCO JAVIER ARANGO JARAMILLO. GLORIA ARANGO JARAMILLO. LUZ MARÍA ARANGO JARAMILLO. MARÍA VICTORIA ARANGO JARAMILLO. MARÍA EMILIA JARAMILLO DE ARANGO. DE CONFORMIDAD CON LO REGLADO EN EL ARTÍCULO 108 DEL CGP. EL EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE PUBLICADA LA INFORMACIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS EMPLAZADAS. SE ADVIERTE A LOS EMPLAZADOS QUE DE NO COMPARECER EN EL TÉRMINO LEGAL SE LES NOMBRARÁ CURADOR AD-LÍTEM CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN. MANIZALES, CUATRO (4) DE ABRIL DE 2018. NANCY BETANCUR RAIGOZA. SECRETARIA.
12-VIII-18-C84813
EDICTO EMPLAZATORIO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todos los acreedores que tengan créditos con títulos de ejecución contra los señores JHON FREDY MARULANDA AGUDELO y JORGE EDWIN SALGADO SERNA identificados con cédula de ciudadanía No. 16.074.461 y No. 75.074.152 respectivamente, para que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación de sus demandas, dentro de los cinco (5) días siguientes dentro del proceso que seguido se indica: CLASE DE PROCESO EJECUTIVO. RADICADO: 170013103006-2018-00033-00. DEMANDANTE: CÉSAR AUGUSTO SALAZAR LÓPEZ. APODERADO: JOSÉ GILDARDO DUQUE GARCÍA. DEMANDADO: JHON FREDY MARULANDA AGUDELO. JORGE EDWIN SALGADO SERNA. El edicto se publicará por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación nacional, ya sea en cualquiera de estos diarios: "El Espectador", o "La Patria", el cual se publicará un día DOMINGO. La parte interesada allegará al proceso copia informal de la página del diario en donde se hubiere publicado el listado. La publicación debe comprender la permanencia del contenido del emplazamiento en la página web del respectivo medio de comunicación, durante el término del emplazamiento (parágrafo 2 art. 108 C.G.P.). Efectuada la publicación, la parte interesada dará cumplimiento a lo ordenado en el inciso quinto del art. 108 ibídem. Esto es, remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas, incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el Juzgado. Adviértase que el emplazamiento se entenderá surtido, transcurridos quince (15) días después de la publicación de la información por parte del Registro Nacional de Personas Emplazados. FABIÁN HINCAPIÉ SALAZAR. Secretario.
12-VIII-18-A86369
RADICACIÓN: No. 170013110006-2018-00253-00
EL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS AVISA A todos los parientes del presunto interdicto GUILLERMO LEÓN VALENCIA GALLEGO, identificado con cédula de ciudadanía No. 4.418.417; señores MARÍA MERCEDES VALENCIA MURILLO, RAMÓN ELÍAS VALENCIA GALLEGO, y demás personas que se consideren con derecho a ejercer su guarda, para que comparezcan al Juzgado y hagan valer sus derechos dentro de este proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA - INTERDICCIÓN DE PERSONA EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA - Promovido en este despacho a través de apoderado de confianza por el señor JOSÉ IVÁN VALENCIA MURILLO (Artículo 586 del Código General del Proceso en concordancia con el artículo 61 del Código Civil). Este AVISO permanecerá fijado en la secretaría del Juzgado y copia del mismo será publicado en el DIARIO EL ESPECTADOR o LA REPÚBLICA o LA PATRIA, el día domingo. Manizales, dieciocho (18) de julio de dos mil dieciocho (2018).
ANGÉLICA MARÍA VALBUENA HERNÁNDEZ. Secretaria.
12-VIII-18-A86375
REMATES
República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Segundo Promiscuo Municipal
La Dorada - Caldas
AVISO DE REMATE
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA DORADA CALDAS ANUNCIA Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo el remate del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado ubicado en la carrera 2E No. 47 a 32 urbanización Villa Esperanza, lote No. 12, manzana Doble Q de La Dorada, Caldas, con matrícula inmobiliaria número 106-23646, y que se describe seguidamente: PROCESO EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL. DEMANDANTE BANCOLOMBIA SA. NIT No. 8909039388. DEMANDADO JOSÉ EDGAR RENDÓN CARDONA. C.C. No. 10.180.625.
RADICACIÓN 17380-4089-002-2017-00108-00. PROPIETARIO JOSÉ EDGAR RENDÓN CARDONA. FECHA Y HORA AGOSTO 29 DE 2018 A LAS 9:00 A M. BASE DE REMATE SETENTA POR CIENTO (70%). POSTURA HÁBIL EL CUARENTA (40%) POR CIENTO DEL AVALÚO. DURACIÓN DEL REMATE UNA (1) HORA. PREDIO A REMATAR: PREDIO URBANO. CARRERA 2E No. 47 A 32 URBANIZACIÓN VILLA ESPERANZA, LOTE No. 12, MANZANA DOBLE Q. AVALÚO: $120.900.000. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 106-23646. SECUESTRE: RAMIRO QUINTERO MEDINA. DIRECCIÓN DEL SECUESTRE: DIAGONAL 16 NÚMERO 5-60 PUERTO SALGAR, CUNDINAMARCA. Cel. 312-2456147.
DESCRIPCIÓN DEL BIEN A REMATAR: El bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado consistente en: Un lote de terreno junto con su casa de habitación en él construida, ubicado en la carrera 2E No. 47 A 32 urbanización Villa Esperanza, lote No. 12, manzana Doble Q de La Dorada, Caldas, con una cabida aproximada de 126.30 metros cuadrados, con servicios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, gas natural y demás mejoras, usos y costumbres y servidumbres, identificado con matrícula inmobiliaria No. 106-23646. Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, se libra el presente AVISO DE REMATE, hoy veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciocho (2018), y se entrega para su publicación por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de esta ciudad (La Patria, el Tiempo o la República) o, en otro medio masivo de comunicación radial como una radiodifusora local de ubicación del predio, como lo dispone el Artículo 450 del C. General del Proceso. Una copia informal de la página del diario o la constancia de otro medio masivo de comunicación sobre su transmisión se agregarán al expediente antes de dar inicio a la subasta, junto con el certificado de tradición y libertad del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la subasta. NATALIA ARROYAVE LONDOÑO. SECRETARIA.
12-VIII-18-C84806
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO CALDAS AVISA: Que en el proceso divisorio agrario de venta del bien común, instaurado por ANA GLORIA CANO TREJOS (C.C. 25'058.046), FABIÁN DE JESÚS CANO TREJOS (C.C. 4'541.862), CRUZANA CANO TREJOS DE SUÁREZ (C.C. 25'055.509), GRACIELA CANO TREJOS (25'054.770), ANA TILDE CANO TREJOS (25'075.738), AURORA CANO TREJOS (C.C. 25'053.126), contra LUIS GONZAGA CANO TREJOS (C.C. 4'540.904) Y MARÍA ARNOBIA RAMÍREZ TREJOS (C.C. 25'052.210), se ha señalado la hora de las nueve de la mañana (9 a.m.), del día viernes catorce (14) de septiembre de dos mil dieciocho (2018), con el fin de llevar a cabo la venta en pública subasta de los bienes inmuebles perseguidos en este proceso, a saber: BIENES A REMATAR: A.- Lote de terreno de 5 hectáreas más o menos, pero según catastro con extensión de 16.5000 Has., ubicado en la vereda Los Chancos, municipio de Riosucio, denominado "LENINGRADO", mejorado con pasto común, alinderado así: ##Por el Norte, con propiedad de herederos de Juan Cancio Taba; por el Sur, con propiedad de Daniel Taba; dividido este lindero por la quebrada de Ninfas y por el Occidente de propiedad de Salomón Taba##. Inmueble con folio de matrícula inmobiliaria 115-0009125 y ficha catastral 00-01-010-0087-000, avaluado pericialmente en la suma de CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($132'000.000.00) m.l. B.- Lote de terreno denominado "LENINGRADO", ubicado en la vereda Los Chancos municipio de Riosucio, también conocido el inmueble con el nombre "DE LA TARDE" mejorado con casa de habitación, potreros y rastrojeras, con una extensión según catastro de 48 hectáreas y alinderado así: ###De la confluencia de dos aguas, lindero con los TABAS, este arriba a encontrar una chamba; siguiendo ésta hasta la puerta cogiendo un amagamiento aguas abajo hasta encontrar el lindero con MARTÍN PESCADOR, hasta el lindero con VICENTE PESCADOR; este por un alambrado arriba hasta la cuchilla, de aquí por el borde de una montaña hasta un canalón y aguas abajo hasta el primer lindero### Inmueble con folio de matrícula 115-0009527, ficha catastral 00-01-010-00-86-000, avaluado pericialmente en la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($368'000.000.00) m.l. C.- Lote de terreno denominado "LA NUBIA", de una extensión aproximada de 15.2500 Hectáreas y 83 Mts2 según catastro, y según certificado de tradición 28.600 Mts2; ubicado en la vereda El Salado, comprensión del municipio de Riosucio, mejorado con casa de habitación, y alinderado así: ###Del puente del Salado, lindero con JESÚS GÓMEZ, siguiendo la carretera que conduce a Riosucio hasta encontrar la propiedad de PEDRO SÁNCHEZ; de aquí por el borde de una barranca hasta subir el filo lindero con LUIS PESCADOR, siguiendo este lindero filo arriba hasta encontrar la propiedad de RAMÓN RAIGOSA; siguiendo el filo arriba hasta encontrar la propiedad de TIBERIO Y GONZAGA CANO TREJOS, y de este lindero abajo hasta encontrar el puente del Salado, primer lindero punto de partida###. Inmueble con folio de matrícula inmobiliaria 115-0002551, ficha catastral 00-01-010-0667-000, avaluado en la suma de SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($63'500.000.00) m.l. TRADICIÓN: Las personas indicadas en la parte inicial del aviso adquirieron los inmuebles en la sucesión de su señor padre JESÚS SALVADOR CANO VÁSQUEZ, tramitada en el Juzgado Promiscuo de Familia de Riosucio Cds., protocolizada mediante escritura pública No. 453 del 16 de julio de 1996 de la Notaría Única de Riosucio, mediante escritura pública No. 381 del 27 de junio de 2007 de la misma Notaría de Riosucio Cds., el señor LUIS GONZAGA CANO TREJOS, compra cuota o derecho en común y proindiviso a MARÍA ARNOBIA RAMÍREZ TREJOS, y a través de escritura pública No. 388 del 20 de agosto de 2013 de la Notaría de Riosucio Cds., el señor LUIS GONZAGA CANO TREJOS, compra derechos de cuota a CRUZANA CANO DE SUÁREZ Y FABIÁN DE JESÚS CANO TREJOS. El secuestre es el señor CARLOS ARTURO BETANCUR HOYOS, quien se localiza en la carrera 7a No. 12 - 21, teléfono cel. 3122359773 de Riosucio Caldas. BASE DEL REMATE: En la licitación que tendrá la duración prevista en el artículo 452 del C. General del Proceso, será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo dado a los bienes, y podrá ser postor quien previamente consigne a órdenes de este juzgado en la cuenta de depósitos judiciales que se lleva en el Banco Agrario de Colombia local, el cuarenta por ciento (40%) del mismo avalúo. Se advierte además, a quien le sean adjudicados los bienes, que para proceder a su aprobación, debe consignar a favor de la nación Consejo Superior de la Judicatura, el cinco por ciento (5%) del valor del remate; ley 11 de 1987, modificado por el art. 12 de la Ley 1743 del 26-dic-2014. De conformidad con lo establecido por el artículo 450 del C. General del Proceso, se elabora el presente aviso hoy 25 de julio de 2018 y se entrega a la parte interesada para su publicación por una vez, en el diario La Patria de Manizales, de amplia circulación en esta localidad. RADICACIÓN: 17-614-31-12-001-1997-00029-01, to. 9., fl. 20 / El secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
12-VIII-18-H71425
Rama Judicial del Poder Público
Oficina de apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Manizales
AVISO DE REMATE
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA:
Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400300520160017900. PROCESO: Ejecutivo Singular. DEMANDANTE: EDIFICIO B.C.H. PROPIEDAD HORIZONTAL. NIT/CÉDULA: 890.803.881-8. DEMANDADOS: SIMÓN ALEJANDRO - HOYOS SALAZAR. NIT/CÉDULA: 1.053.791.731. FECHA DEL REMATE: OCTUBRE 02 DE 2018. HORA: 10:00 a.m. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO DEL BIEN: TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS ($35.325.000).
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-24377 (50%). DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: CUOTA PARTE de la oficina 1101, del Edificio B.C.H., ubicado en la Calle 23 No. 21-45 de Manizales. Las demás especificaciones están detalladas en la diligencia de secuestro y Certificado de tradición. SECUESTRE FRANCO PROYECTOS EU. (JHON JAIRO DUQUE ARIAS. CARRERA 24 No 22- 36 OF 502 de Manizales. Tels. 8737014 - 321 7382497. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012041800. Los interesados podrán hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o Llegado el día y la hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. EL DIA DOMINGO. Cordialmente, ANDRÉS GRAJALES DELGADO. Secretario. 24239 Fecha Registro: 2018-08-08.
12-VIII-18-A86366
RAMA JUDICIAL
JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO
FRESNO - TOLIMA
AVISO DE REMATE
PROCESO: DIVISORIO - VENTA DE BIEN COMÚN- RADICACIÓN: 73 283 31 13 001 2015 00093 00.
EJECUTANTE: ANGÉLICA ATEHORTÚA GONZÁLEZ c.c. # 65.815.743 de Fresno.
EJECUTADOS: DELASKAR OSORIO MEJÍA c.c. # 93.419.579 de Fresno. RAMIRO OSORIO MEJÍA c.c. # 93.415.937 de Fresno.
FECHA DE REMATE: 28 DE AGOSTO DE 2018. HORA: 10:00 A.M.
SECUESTRE: CONSUELO PINEDA INFANTE. Calle 3 # 8-17 de Fresno Tolima. Teléfono 3113503850.
BIENES A REMATAR: Inmueble urbano ubicado en el municipio de Fresno-Tolima, entre calle 4 carreras 7 y 8, 7-12-14-18, identificado con Matrícula Inmobiliaria No. 359-3377 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Fresno, Tolima, con un área del lote de terreno de 168.56 metros cuadrados y área construida de 295.12 metros del predio, que tiene uso mixto comercial y residencial, se trata de una casa de dos plantas, en la primera planta una cafetería y en la segunda una vivienda. AVALÚO DEL INMUEBLE: TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS ($367.000.000) moneda corriente. BASE DE LA LICITACIÓN: El 100% del avalúo dado al bien a rematar. PORCENTAJE PARA LICITAR: El 40% sobre el avalúo. (Oferta en sobre cerrado). DURACIÓN DEL REMATE: Mínimo (1) hora. FECHA DE FIJACIÓN: Veinticinco (25) de Julio de dos mil dieciocho (2018). ANDREA PAOLA MENDOZA HOYOS. Secretaria.
12-VIII-18-H71433
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015