EMPLAZAMIENTOS
ALCALDÍA MUNICIPAL
CHINCHINÁ - CALDAS
AVISO
El Alcalde Municipal de Chinchiná Caldas hace saber: Que la señora LUISA FERNANDA VALENCIA TABARES identificada con la cédula de ciudadanía Número 1.054.990.751 allegó solicitud de titulación de un bien fiscal ocupado con vivienda de interés social, sobre el bien inmueble ubicado en la Carrera 21E No. 7-20, de propiedad del Municipio de Chinchiná - sobre el cual se encuentra construida una casa de habitación, cuyo Código Catastral actualizado es 01-00-0463-0013-000 y folio de Matrícula Inmobiliaria de mayor extensión No. 100-104672 asignado por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Manizales, con un área de 60 m2, CUYOS LINDEROS son Partiendo del mojón 1. Intersección del andén de la carrera 21e y la vivienda 78-21. Parte en dirección Norte en una distancia de 10.0 metros hasta encontrar el mojón número 2. Mojón número 2. Intersección con el lindero del paramento y la vivienda carrera 21e 7-21. Se continúa en dirección Oeste y en una distancia de 6.0 m encontramos el mojón número 3. Mojón número 3. Intersección de la vivienda posterior y la vivienda de la carrera 21e número 7-19. Se continúa en una distancia de 10.0 m en dirección Sur hasta encontrar el mojón número 4. Mojón número 4. Intersección de la vivienda carrera 21e número 7-19 y la vía carrera 21e, se continúa en dirección Este en una distancia de 6.0 m hasta encontrar el mojón número 1. Mojón número 1 punto de partida del anterior alinderamiento. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la ley 1001 de 2005, reglamentado por el Decreto 4825 de 2011 que establece: "Las entidades públicas del orden nacional cederán a título gratuito los terrenos de su propiedad que sean bienes fiscales y que hayan sido ocupados ilegalmente para vivienda de interés social, siempre y cuando la ocupación ilegal haya ocurrido con anterioridad al treinta (30) de noviembre de 2001. La cesión gratuita se efectuará mediante resolución administrativa a favor de los ocupantes, la cual constituirá título de dominio y una vez inscrita en la Oficina de Instrumentos Públicos, será plena prueba de la propiedad.". En ese sentido el Municipio de Chinchiná, hace un llamado a todas las personas que eventualmente puedan tener algún derecho sobre el bien inmueble que se pretende ceder a título gratuito, con el fin de que se presenten, ante la Alcaldía de Chinchiná (Caldas), dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación del presente aviso, para que ejerzan sus derechos. SERGIO LÓPEZ ARIAS. Alcalde Municipal - Chinchiná Caldas.
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EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante ROMELIA ARBOLEDA DE MARTÍNEZ o ROMELIA ARBOLEDA SOTO, poseedora de la cédula de ciudadanía número 24.832.550, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en ESPAÑA, en la ciudad de ZARAGOZA, el día 06 de Octubre de 2017. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 08 DEL 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2018, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, OTILIA RIVERA GONZÁLEZ. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
12-II-18-A85218
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de la causante MARÍA DIONELLY CARDONA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.708.444 expedida en La Dorada, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el ocho (08) de Febrero de dos mil dieciocho (2018), mediante Acta número CINCUENTA Y SIETE (57). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día viernes, nueve (09) de Febrero de dos mil dieciocho (2018), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
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