EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se consideren con algún derecho sobre el bien inmueble objeto materia de la demanda y que más adelante se identificará, con el fin de que comparezcan a hacerlos valer dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, dentro de la demanda VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO promovida a través de apoderado judicial por las señoras LUZ HELENA GUTIÉRREZ LÓPEZ Y MARGARITA CECILIA GUTIÉRREZ LÓPEZ en contra de FABIOLA QUINTERO DE OROZCO y demás PERSONAS INDETERMINADAS. EL BIEN MATERIA DEL PROCESO ES: BIEN INMUEBLE CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 100-82698, ubicado según el mismo, en la carrera 8 A 10-56 calles 10 y 11, consistente en un solar con casa de habitación constante de 10 varas de centro, según certificado catastro de 182 M2. Según el Certificado del IGAC, con los siguientes linderos: NORTE: CARRERA 8 EN 7.90 MTS, ORIENTE: PREDIO No. 01-00-0084-0007-000 EN 17,45 MTS, SUR: 01-00-0004-0007-000 EN 8.00 MTS, OCCIDENTE: 01-00-0004-0005-000 EN 17.50 MTS. El edicto se fijará por el término de veinte días en un lugar visible de la secretaría del Despacho y se publicará por dos veces, en el diario La Patria, de Manizales, o La República con intervalos no menores de cinco días calendario dentro del mismo término y por medio de una radiodifusora de la localidad entre las siete de la mañana y las diez de la noche. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de las personas indeterminadas; a éstas se les designará Curador Ad-Lítem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Manizales, SE FIJA EL DÍA 08 AGOS. 2013. A LAS 8:00 A.M. DIANA FERNANDA CANDAMIL ARREDONDO. Secretaria. SE DESFIJA EL DÍA ----- A LAS 6:00 P.M. DIANA FERNANDA CANDAMIL ARREDONDO. Secretaria.
13-VIII-H61060
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE HERVEO TOLIMA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite Notarial de liquidación de herencia de la causante …........ ANA GEORGINA VERGARA RODRÍGUEZ Fallecida de paso por Manizales el día (21) de Mayo de (2008), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 28.738.312, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Herveo, aceptado el trámite Notarial mediante Acta No. 14 de Agosto (8) de (2013). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación Nacional y se fija en lugar visible de la Notaría a mi cargo por el mismo término de 10 días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988. Se fija este Edicto hoy (8) del mes de Agosto de (2013), siendo las 8:00 A.M. Óscar Augusto Aristizábal Buriticá. Notario Único.
13-VIII-A75846
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona, para que se presenten dentro de los quince (15) días siguientes a la desfijación de este edicto. PROCESO: DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA -PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.
DEMANDANTE: VIRGELINA BENÍTEZ RODRÍGUEZ CC. 28814534. DEMANDADO(S): PERSONAS INDETERMINADAS. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. PERSONAS EMPLAZADAS: PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: Lote de terreno, mejorado con casa de habitación ubicado en el área urbana del municipio de Villamaría Caldas en el punto denominado la Playita, cerca a la carretera que conduce a LA FLORIDA, con ficha catastral número 01-01-00010-0170 con un área de trescientos dos metros cuadrados (302 M2) cuyos linderos son los siguientes: ##### POR UN COSTADO: CON PREDIO DE CARLOS ALBERTO QUINTERO, POR OTRO COSTADO: CON PREDIO DE HEREDEROS DE ROSA GUARÍN DE QUINTERO, POR LA PARTE DE ENCIMA: CON LA CARRILERA Y; POR LA PARTE DE ABAJO: CON LA CARRETERA DEL BORDO DEL RÍOS IIIIIIIIII Linderos tomados del título de adquisición. (Según la demandante). Ficha catastral No. 01-01-001-0170-000 matrícula inmobiliaria: 100-70051 de la Oficina Registro instrumentos Públicos de Manizales". Folio de matrícula inmobiliaria No. 100-73321 PERSONAS INDETERMINADAS: Se fija este EDICTO por el término de VEINTE (20) DÍAS en lugar visible de la Secretaría del Juzgado. Copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación en la siguiente manera: En relación a las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho en el bien, se hará por DOS (2) VECES, con intervalos no menores de CINCO (5) DIAS calendario. entre una y otra, dentro del mismo termino, esto es, de VEINTE (20) DÍAS en el Diario "La Patria" que es de amplia circulación en esta ciudad y por medio de una radiodifusora local en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m y las 10:00 p.m, esta última. Se advierte a los emplazados que transcurridos QUINCE (15) DIAS, a partir de la expiración del término de fijación de este EDICTO se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, a quienes se les designará curador Ad-Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten con posterioridad tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy, JULIO 31 DE 2013. Siendo las: OCHO DE LA MANANA (8 A.M). BEATRIZ ELENA MISAS MARINO Secretaria . Se desfija hoy,
13-VIII-H61067
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SECRETARIO DEL JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL DE RISARALDA (CALDAS) 176164089001 EMPLAZA A: VICENTE LARGO MARÍN, A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA CLARA ELISA MONTOYA Y PERSONAS INDETERMINADAS DEMANDADOS EN EL PROCESO: VERBAL NATURALEZA AGRARIO DE PERTENENCIA. RADICACIÓN: 2013-00070. DEMANDANTE: EDUARDO ANTONIO AGUDELO GRAJALES. DEMANDADOS: FRANCISCO JAVIER ESCOBAR MONTOYA,
BERNARDO DE JESÚS ESCOBAR MONTOYA, MARÍA EDILMA ESCOBAR MONTOYA, ORLANDO DE JESÚS ESCOBAR MONTOYA, GERMÁN DE JESÚS ESCOBAR MONTOYA,
MARÍA ORBILIA ESCOBAR MONTOYA, VICENTE LARGO MARÍN, HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA CLARA ELlSA MONTOYA Y PERSONAS INDETERMINADAS. Se entregan a la parte interesada copias de este edicto para su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Código General del Proceso. CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. SECRETARIO.
13-VIII-H61065
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES
Manizales, Julio 2 de 2013 OFICIO No. 1396
Acción: POPULAR
Actor: DIANA TORRES ARANGO Y OTROS
Accionado: MUNICIPIO DE MANIZALES
Vinculado: ESTABLECIMIENTOS EL DOLLAR- LA TASCA AÑEJA - BENDITOS SEAS - RETRO - Y SAN CARLOS
Radicado: 2013-00264
En cumplimiento de lo dispuesto por este Despacho dentro del presente proceso, cordialmente me permito solicitarle se sirva autorizar la publicación por ese medio de comunicación la siguiente información; Que mediante providencia del 20 de junio de 2013, se admitió la ACCIÓN POPULAR instaurada por la señora DIANA TORRES ARANGO Y OTROS en contra del MUNICIPIO DE MANIZALES por medio de la cual se pretende la protección de los derechos e intereses colectivos, a la Seguridad y Salubridad Pública. A continuación procedo a efectuar una síntesis de los hechos en que fundamenta el actor la acción: Afirma la actora que como copropietarios y residentes del Edificio Don Daniel, ubicado en la carrera 23 No. 59 - 123 del Edificio Multicentro Estrella Carrera 23 No. 59 - 70 y del Edificio Bosques del Norte Carrera 21 No. 51 - 14 se encuentran directamente expuestos a la contaminación auditiva generada por la ejecución musical con alto volumen de los equipos de sonido utilizados en los Bares EL DOLLAR, LA TASCA AÑEJA, BENDITO SEAS, RETRO Y SAN CARLOS colindantes con las habitaciones donde habitamos, a esta contaminación auditiva se suman los coros y gritos de las personas que utilizan los servicios y conciertos etc. Como pretensión solicita la actora que se protejan los derechos e intereses colectivos y del medio ambiente por la contaminación auditiva generada por la ejecución musical con alto volumen de los equipos de sonido; debido a que algunos moradores de estas residencias son personas de avanzada edad una de ellas supera la edad de 100 años; se pide y debido a la contaminación auditiva a la Alcaldía Municipal proceder a imponer los controles y sanciones que corresponda a la infracción; se ordene a dichos establecimientos su adecuación técnica para su total cerramiento e insonorización técnica como requisito indispensable para otorgar el permiso de funcionamiento; que se evite otorgar nuevos permisos para establecimientos de recreo en el sector; que se ordene la intervención administrativa inmediata de la construcción que a modo de ampliación fue realizada por los administradores, tenedores o propietarios del establecimiento Bendito Seas, y en caso de carecer de licencia se proceda a su legalización y si no es posible se ordene la demolición inmediata de las mismas. Agradezco su colaboración. DANIEL ESTEBAN RESTREPO ÁLVAREZ. Secretario.
13-VIII-H61070
LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SUPÍA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de la herencia de la causante INÉS RENDÓN CUESTA, fallecida el 25 de mayo de 1999 en el Municipio de Riosucio Caldas, habiendo tenido su último domicilio en el Municipio de Supía Caldas, identificada con la cédula de ciudadanía No 25.052.302 Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta 14 del 09 de Agosto de 2013, se ordena la publicación del presente Edicto en el periódico en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 10 de agosto de dos mil trece (2013), a las 8:00 A.M. LA NOTARIA. JULIALBA GONZÁLEZ DE C.
13-VIII-H61071
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de Iiquidación notaria de herencia intestada del causante JORGE ARISTIZÁBAL VALENCIA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 4.320.608 cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue Manizales, fallecido en Manizales Caldas, el 05 de Junio de 2013. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 103 del 09 de Agosto del año 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días, El presente Edicto se fija hay DOCE (12) DE AGOSTO DEL DOS TRECE (2013) A LAS 08:00 AM. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZAE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES .
13-VIII-C78661
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Liquidación Sucesoral del causante RAFAEL ANTONIO ORTIZ VINASCO, identificado en vida con la cédula de ciudadanía Nro. 15.913.336 expedida en Riosucio Caldas, fallecido el 25 de diciembre de 2012 en Riosucio Caldas, municipio que fue el lugar de su domicilio y asiento principal de sus negocios, Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número DOCE (12) del 02 de Agosto de 2013, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art, 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Notario, ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 02 de agosto de 2013 - 8:00 am. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN:
13-VIII-A75854
EDICTO
EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS: EMPLAZA A todas las personas Indeterminadas que se crean con derechos sobre el siguiente bien inmueble: Manga o lote de terreno en forma de sábanas localizado en el punto denominado "EL CAMPAMENTO", jurisdicción del Municipio de Manizales. en la salida para la aldea, distinguido con ficha catastral 0-02-0013-0972-000 y folio de matrícula inmobiliaria No. 100-84798, denominado por los siguientes linderos generales: "###DE UNA CHAMBA EN EL CAMINO NUEVO QUE SIGUE PARA LA ALDEA, LINDANDO CON JESÚS VALLEJO; ESTE ABAJO A LA CAÑADA, AGÜITA ABAJO HASTA ENCONTRAR EL LINDERO CON JESÚS PALACIO; POR ÉSTE ARRIBA AL CAMINO, Y CAMINO ARRIBA AL PRIMER LINDERO###". Los linderos actuales son los siguientes: ###DE UNA CHAMBA EN EL CAMINO NUEVO QUE SIGUE PARA LA ALDEA O VILLAMARÍA, HOY ESTA CHAMBA ESTÁ (sic) COMIENZA AL LADO DE LA CARRETERA PANAMERICANA, LINDANDO CON PROPIEDAD DEL SEÑOR JESÚS VALLEJO, HOY DE PROPIEDAD DE HERNANDO JARAMILLO & CÍA LTDA; POR TODA LA CHAMBA HACIA ABAJO A LA CAÑADA, AGÜITA ABAJO HASTA ENCONTRAR EL LINDERO CON EL SEÑOR JESÚS PALACIO, HOY PROPIEDAD DE JAIME SALAZAR, POR ESTE ARRIBA AL CAMINO QUE ANTES CONDUCÍA A LA ALDEA O MUNICIPIO DE VILLAMARÍA, Y CAMINO ARRIBA AL PRIMER LINDERO, LINDANDO CON LOS SUCESORES DE MANUEL LÓPEZ, HOY PROPIEDAD DE GUSTAVO MEJÍA ESTRADA###. Para que los hagan valer dentro del proceso VERBAL DE SANEAMIENTO DE PEQUEÑA PROPIEDAD RURAL POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO- promovido por GLORIA INÉS LÓPEZ JARAMILLO en contra de LEONIDAS LÓPEZ CIFUENTES, MARÍA MÉLIDA LÓPEZ JARAMILLO, LUIS ALBERTO LÓPEZ JARAMILLO, LUIS FERNANDO LÓPEZ JARAMILLO, JORGE IVÁN LÓPEZ ROJAS (HEREDERO DETERMINADO DEL SEÑOR JORGE ISAAC LÓPEZ CIFUENTES), los HEREDEROS INDETERMINAOOS de las siguientes personas: PEDRO ELÍAS LÓPEZ CIFUENTES, JORGE O JORGE ISAAC LÓPEZ CIFUENTES, MARÍA JESÚS LÓPEZ CIFUENTES, MARÍA MERCEDES LÓPEZ CIFUENTES, ANA ISABEL LÓPEZ CIFUENTES, MANUEL ANTONIO LÓPEZ CIFUENTES, JOSÉ JESÉS LÓPEZ JARAMILLO, RIGOBERTO LÓPEZ CIFUENTES, LUIS EDUARDO LÓPEZ CIFUENTES y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS, a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Se les previene que se les designará Curador Ad-Lítem si no comparecen en oportunidad. Para los fines legales indicados en el artículo 8 del Decreto 508 de 1974, se fija el presente Edicto Emplazatorio en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de quince (15) días y copias del mismo se suministran a la parte interesada para su publicación reglamentaria. Fijación: viernes nueve (9) de Agosto de dos mil trece (2013), a las 8 a.m. MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA. Secretaria. DESFIJACIÓN: …. MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA. Secretaria.
13-VIII-C78858
LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES JOSÉ RODRIGO RIVERA ORTIZ y FABIOLA OSORIO DE RIVERA, quienes se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 1.323.663 y 24.284.983 expedidas en Manizales - Caldas, Aceptado el tramite en esta Notaría el día Lunes 12 de Agosto de 2013, mediante acta número DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO (274). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Lunes 12 de Agosto de 2013 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. LA NOTARIA PAULA ANDREA CORTÉS VALENCIA. NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
13-VIII-A75858
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión del causante LUIS ALFREDO OROZCO LONDOÑO, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 15.901.068 EXPEDIDA EN CHINCHINÁ CALDAS, quien tuviera como domicilio el municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.638 del día 09 de AGOSTO de 2013 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 10 de AGOSTO de 2013. Manizales, 09 DE AGOSTO de 2013. JOSÉ RUBIÁN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO TITULAR.
13-VIII-C78659
REMATES
AVISO DE REMATE
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ANSERMA, CALDAS AVISA Que se ha señalado la hora de las NUEVE y TREINTA (9y30) de la MAÑANA, del VEINTIDÓS (22) del presente mes y año del año en curso, para que dentro del proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA -Venta de Bien de un incapaz- instaurado por GLORIA NANCY PÉREZ ACEVEDO se lleve a cabo el remate de un lote de terreno mejorado con casa de habitación de propiedad de la fallecida MARY DE JESÚS ACEVEDO CARMONA, ubicado en el área urbana de este Municipio en la Carrera 3ª Nro. 14-15, e inscrito bajo la matrícula inmobiliaria No. 103-14396 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta población, el cual se encuentra debidamente determinado por su ubicación y linderos.- El bien fue avaluado en la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES PESOS MCTE ($75.000.000.oo), según dictamen pericial y será postura admisible el que cubra el ciento por ciento del avalúo y postor hábil, quien previamente consigne el CUARENTA por ciento (40%) del mismo.- La Iicitación empezará a la hora señalada y no se cerrará sino después de transcurridas dos horas a lo menos.
Para los fines indicados en el artículo 55 de la Ley 794 de 2003, que modificó el Art, 525 del C. de P. Civil se ordena fijar el presente AVISO en lugar visible de la secretaría del Despacho y el que contendrá las especificaciones que cita dicha norma. Entréguese copia a la parte interesada para publicarla por una sola vez, con antelación no inferior a DIEZ (10) días a la fecha señalada para el remate, en el diario LA PATRIA que se edita en la ciudad de Manizales y se publique en alguna de las radiodifusoras que funcionan en esta ciudad.-
El presente AVISO, a los DOS (2) días del mes de agosto de dos mil trece (2013), siendo las ocho (8) de la mañana. JULIÁN GONZÁLEZ HOYOS. Secretario.
13-VIII-H61066
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA, CALDAS, AVISA Que en el proceso de LICENCIA JUDICIAL PARA VENTA DE BIENES DE MENORES, RADICADO 2012-00290-00 seguido a través de apoderado judicial por los señores MARGOTH DE JESÚS GALEANO RÚA y RIGOBERTO HERRERA VÁSQUEZ, quien actúa en representación de los menores LUIS DIEGO y DIANA MARGOTH HERRERA GALEANO, por auto del 30 de julio del año en curso se ha señalado la hora de las 10:00 A.M. del día 29 de agosto del presente año, para llevar a cabo la venta en pública subasta de los derechos o cuotas partes que en proporción a las dos quintas partes (2/5), pertenece a los menores mencionados, en común y pro indiviso con los señores ELÍAS MEDINA RIAÑO, MARGOTH DE JESÚS GALEANO RÚA y NEFERTARY GALEANO, según consta en la escritura pública No. 1328, del 19 de octubre de 2002 otorgada en la Notaría Única de La Dorada Caldas, sobre el lote de terreno con casa de habitación con todas sus mejoras dependencias, anexidades, con cabida de 48 metros cuadrados, ubicado en la Carrera 7 Nro. 42-42 del barrio Las Ferias del perímetro urbano del municipio de La Dorada, distinguido como casa Nro. 2969 de la Manzana 61 de la misma urbanización; hoy carrera 6B Nro. 42-42, con matrícula No. 106-13326 de la Oficina de Registro de II.PP, de La Dorada. La licitación empezará a la hora indicada, momento en que los interesados presentarán sus ofertas en sobre cerrado, para ser abierto una hora después y se hará la respectiva adjudicación (Art. 34 de la Ley 1395/2010 que modificó el artículo 527 del C.P.C.). Será postura admisible la que cubra el 100% del avalúo dado a dichas cuotas o derechos, cuyo monto fue de DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE. (2.854.000), y postor hábil quien consigne previamente el 40% del mismo. De conformidad con el artículo 525 del C. P. Civil, el presente AVISO se publicará por una sola vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada par el remate, en un diario de amplia circulación en el lugar y en una radiodifusora local. Deberá allegarse certificado de tradición y libertad del inmueble, actualizado, expedido dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha prevista para el remate. La Dorada, agosto 12 de 2013. ALBERTO RÍOS CULMAN. SECRETARIO.
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