EMPLAZAMIENTOS
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO
ANSERMA CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la SUCESIÓN DOBLE, INTESTADA E ILÍQUIDA de los causantes CARLOS ENRIQUE GUERRA PINEDA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.373.128 expedida en Quinchía, fallecido en el municipio de Quinchía, departamento del Risaralda, el nueve (09) de Octubre de mil novecientos noventa (1990), e INÉS EMILIA VILLEGAS RIVERA o VILLEGAS DE GUERRA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.379.425 expedida en Anserma, fallecida en el municipio de Anserma, departamento de Caldas, el veinticuatro (24) de Septiembre de mil novecientos ochenta y uno (1981). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy dieciocho (18) de Julio del año dos mil diecisiete (2017) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
22-IX-17-H70283
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante MARTHA LUCÍA FORONDA VALENCIA, con cédula de ciudadanía número 30.283.695, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día veintiuno (21) de junio de dos mil nueve (2009), siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento veinte (120) del día diez y ocho (18) de septiembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy diez y ocho (18) de septiembre del año dos mil diez y siete (2017), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).
22-IX-17-C84176
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de los causantes EDILMA o MARÍA EDILMA ARIAS DE HENAO y JOSÉ ABELARDO HENAO FRANCO, con cédulas de ciudadanía números 24.779.631 y 4.338.596, quienes fallecieron en la ciudad de Manizales, los días veintidós (22) de mayo de dos mil diez y seis (2016) y tres (03) de agosto de dos mil diez y siete (2017), siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento veintiuno (121) del día diez y ocho (18) de septiembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy diez y ocho (18) de septiembre del año dos mil diez y siete (2017), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).
22-IX-17-C84177
EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS, AVISA Que en sentencia proferida por este despacho el 7 de septiembre de 2017, se DECLARÓ la interdicción judicial definitiva por discapacidad mental absoluta del señor FABIO ESTEBAN PABÓN ARBOLEDA, privándolo en consecuencia de la administración de sus bienes y, se le designó como CURADORA LEGÍTIMA del discapacitado a la señora MARIELA DEL CARMEN ARBOLEDA QUICENO. Para los efectos previstos en el numeral 7° del artículo 586 del Código General del Proceso, se expide el presente AVISO y se entrega al interesado para su publicación en el Diario La Patria, que es de amplia circulación nacional. Manizales, septiembre 8 de 2017. SANDRA MILENA VALENCIA RÍOS. SECRETARIA.
22-IX-17-C84178
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Sucesión Doble e Intestada de los causantes HORACIO VARGAS CORREA Y AMANDA VÁSQUEZ DE VARGAS quienes se identificaban con la cédula de ciudadanía números 4.562.014 y 25.092.584 y quienes fallecieran en el Municipio de Salamina Caldas los días 17 de Julio de 1985 y 18 de Diciembre de 2014, cuyo asiento principal era el Municipio de Salamina Caldas y donde dejara los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 18 del 14 de Septiembre de 2017, se ordena publica el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy Quince (15) días del mes de Septiembre del año dos mil Diecisiete (2017) a las 8.00 A.M. MARÍA ESNEDA VALENCIA GIL. NOTARIO ÚNICO ENCARGADO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
22-IX-17-C84179
EL SUCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA, DE RIOSUCIO CALDAS, EMPLAZA: A la desaparecida GLORIA INÉS GAÑÁN, identificada con la cédula de ciudadanía número 25.059.403 expedida en Riosucio, Caldas, de quien se ignora su dirección, vecindad, domicilio actual, lugar de trabajo, se encuentra ausente, se desconoce su paradero y fue vista por última vez el día 26 de Octubre de 1988 en la Vereda Pasmí del Resguardo Indígena de San Lorenzo de Riosucio, Caldas, donde tuvo su último domicilio; para que comparezca ante este Despacho ubicado en el primer piso del Palacio de Justicia “ENRIQUE ALEJANDRO BECERRA FRANCO”, Avenida Fundadores, por sí o mediante apoderado a recibir notificación del auto admisorio de la demanda fechado 13 de Febrero de 2017, dentro del proceso de DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTIVA POR DESAPARECIMIENTO promovido a través de apoderado judicial, por la señora MARÍA ALBERTINA GAÑÁN BLANDÓN, radicado bajo el número 2017-00015-00. Se previene a todas aquellas personas que tengan noticias o conozcan el paradero de la señora GLORIA INÉS GAÑÁN para que lo informen a este despacho judicial, ubicado en la carrera 5 No. 12-117 de Riosucio, Caldas. Surtidos los emplazamientos sin la comparecencia del emplazado, se le designará curador ad lítem, con quien se surtirá la notificación y se seguirá el proceso hasta que comparezca al Despacho o hasta la terminación. Lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 583-2 del Código General del Proceso. Se expide en Riosucio, Caldas, a los veinte (20) días del mes de Febrero de dos mil diecisiete (2017). OLGA LUCÍA SOTO GIL. Secretaria (E.).
22-IX-17-H70284
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