EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante MARÍA TERESA o TERESA DÁVILA, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 24.282.596, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en la ciudad de Manizales, el 06 DE FEBRERO DE 2013, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 47 DEL 03 DE MAYO DEL AÑO 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-A75221
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante MARÍA ISAURA o ISAURA AGUIRRE DE CIFUENTES, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 24.273.345, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en la ciudad de Manizales, el 26 DE JUNIO DE 2008. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 46 DEL 03 DE MAYO DEL AÑO 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-A75222
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante LUIS ALBERTO GARCÍA ARBELÁEZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 4.317.133, cuyo último domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Manizales - Caldas, el 16 de febrero de 1994, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 49 del 06 de mayo del año 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy SIETE (07) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-A75223
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada de la causante SARA RITA ARBELÁEZ DE GARCÍA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.282.451, cuyo último domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Manizales - Caldas, el 21 de julio de 2006, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 48 del 06 de mayo del año 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy SIETE (07) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-A75224
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada del causante JESÚS MARÍA VALENCIA LÓPEZ, C.C. No. 4.309.574, quien tuvo su último domicilio en la ciudad de Manizales, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 007 del seis (06) de Mayo de dos mil trece (2013). Se ordenaron las publicaciones de ley. Para constancia firmo en Manizales, a los seis (06) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013). JAIRO VILLEGAS ARANGO. NOTARIO QUINTO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: Mayo 07 de 2013 Hora 8:00 a.m. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: Mayo 20 de 2013 Hora: 6:30 P.M..
8-V-C78190
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia testada del causante ÓSCAR CASTAÑO NICHOLLS, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 17.019.818, cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Bogotá D.C., el 23 de diciembre de 2011, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 50 del 06 de mayo del año 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy SIETE (07) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-V-A75230
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAUSANTE LUCILA RESTREPO HINCAPIÉ, aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes 06 de mayo de 2013, mediante acta número CIENTO TREINTA Y CUATRO (134). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, se fija el presente edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día martes 07 de mayo de 2013 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
7-V-A75231
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de(el)(la)(los) causante(s) RAFAEL ANTONIO GALINDO ALBA, quien(es) se identificaba(n) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 17.052.009 expedida en Bogotá D.C., siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y donde dejó(aron) su bienes. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes, 6 de Mayo de 2013, mediante acta número CIENTO TREINTA Y TRES (133). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, se fija el presente edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Lunes, 6 de mayo de 2013 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A) JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
7-V-A75232
REMATES
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA, CALDAS, AVISA Que en el proceso de LICENCIA JUDICIAL PARA VENTA DE BIENES DE MENORES, RADICADO 2012-00341-00 seguido por los señores REY ALFONSO GÓMEZ SANTOS y MARÍA ANGÉLICA RAMÍREZ MORALES, quienes actúan en representación de los menores YESSICA ALEXANDRA Y DIEGO ALFONSO GÓMEZ RAMÍREZ, por auto del 23 de abril del año en curso, se ha señalado la hora de las 9:30 A.M., del día 24 de mayo del año en curso, para llevar a cabo la venta en pública subasta de los derechos o cuotas partes que en proporción a un 50% pertenece a los menores mencionados sobre el inmueble que se describe así: Un lote de terreno y la construcción en él edificada y demás mejoras y dependencias, ubicado en la Calle 52 Nro. 1 B-93 del barrio Los Andes, del Perímetro urbano de la ciudad de La Dorada, Departamento de Caldas, con una extensión superficiaria de CIENTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS (152,00 M2), identificado con la ficha catastral Nro. 01-00-0315-0002-000 y el Folio de matrícula inmobiliaria Número 106-8243, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Dorada-Caldas, bien en pro indiviso con los señores REY ALFONSO GÓMEZ SANTOS y MARÍA ANGÉLICA RAMÍREZ MORALES propietarios del otro 50% y que se determina por los siguientes linderos generales: ### POR EL NORTE, con la vía pública; en extensión de ocho (8) metros. POR EL SUR: en extensión de ocho (8) Metros con el Lote No. 12 de la misma Manzana... POR EL ORIENTE: En extensión de diecinueve (19) metros con el lote Nro. 16 de la misma manzana... POR EL OCCIDENTE: En extensión de Diecinueve (19) Metros con el Lote No. 16 de la misma manzana###. La licitación empezará a la hora indicada, y una hora después de su iniciación se abrirán los sobres contentivos de las ofertas y se hará la adjudicación (Art. 34 de la Ley 1395/2010 que modificó el artículo 527 del C.P.C.). Será postura admisible la que cubra el 100% del avalúo dado a dichas cuotas partes, cuyo monto fue de VEINTIÚN MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS ($21.400.000), y postor hábil quien consigne previamente el 40% del mismo. De conformidad con el artículo 525 del C. P. Civil, el presente AVISO se publicará por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un diario de amplia circulación en el lugar y en una radiodifusora local. Deberá allegarse certificado de tradición y libertad del inmueble, actualizado, expedido dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha prevista para el remate. La Dorada, mayo 6 de 2013. ALBERTO RÍOS CULMAN. SECRETARIO.
8-V-H60243
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