EMPLAZAMIENTOS
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO - CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el inmueble objeto del proceso materia de prescripción que más adelante se identificará, con el fin de que comparezcan a hacerlos valer a más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, dentro del proceso verbal agrario de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, instaurado por JORGE EDUARDO MEDINA CARVAJAL, contra PERSONAS INDETERMINADAS. DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: "Un lote de terreno rural mejorado con cultivos de pasto rastrojo y montaña de una extensión de 450 Hectáreas, situado en la vereda de río arriba parte alta del municipio de Riosucio, Caldas, denominado LA SOLEDAD, cuyos linderos son los siguientes suministrados por las partes ### Por la cabecera con la quebrada Risaralda, por un costado con la cordillera de San Antonio, por el otro costado con baldíos del municipio de Riosucio, Caldas, por el pie con el filo de Charco Negro###. Dichos linderos son los actualizados, ya que según folio de matrícula inmobiliaria 115-19805 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la localidad eran### Empezando del río arroyohondo, siguiendo por una cuchilla arriba, hasta encontrar la cuchilla mayor de Paramillo, siguiendo éste arriba hasta encontrar el lindero con Eugenio Zapata, siguiendo de para abajo y siempre lindando con el mismo Zapata, hasta caer a la quebrada denominada Lindero, quebrada abajo hasta desembocar en el río Arroyohondo, ésta abajo hasta el primer lindero punto de partida". TRADICIÓN: Dicho inmueble posee el folio de matrícula inmobiliaria No. 115-19805 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio, Caldas. TÉRMINO DE FIJACIÓN: Veinte días. FORMA: Fijado en lugar visible de la secretaría del juzgado, hoy miércoles cinco (5) de diciembre de dos mil doce (2012) a las ocho de la mañana. PUBLICACIÓN: Por dos veces con intervalos no menores de cinco días calendario dentro del mismo término, en el diario La Patria de Manizales y en la emisora local, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. ADVERTENCIA: Transcurridos quince días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de las PERSONAS INDETERMINADAS, a quienes se les designará un Curador Ad-Lítem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Las personas que concurran al proceso en virtud del emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los quince días siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten posteriormente, tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Lo anterior de conformidad con el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil. El Secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
21-XII-C77509
EDICTO
EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los parientes del señor MIGUEL ÁNGEL GARCÍA con C. de C. No. 15895378 y demás personas que se consideren con derecho a ejercer la guarda de los mismos (Art. 446 del C. de P. Civil) dentro del proceso de INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA que se adelanta en este despacho, donde es demandante la señora GILMA HURTADO DE GARCÍA, con C. de C. No. 24.850.415, a fin de que la hagan valer dentro de este proceso. El presente edicto permanecerá en la secretaría del Despacho por el término de cinco (5) días y copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publicación en el Diario La Patria de Manizales, por una sola vez. Manizales, Diciembre 5 de 2012. Hora: 8:00 a.m. Radicado: 2012-00599. LESLIE VIVIAN CARDONA GÓMEZ. SECRETARIA.
21-XII-C77551
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de la causante MARÍA VALVANERA o BALBANERA PELÁEZ DE HOYOS, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 25.066.093 expedida en Riosucio Caldas, fallecida el 19 de Septiembre de 2009 en Pereira Risaralda, siendo el municipio de Riosucio, el lugar de su domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número TREINTA Y CINCO (35) del 11 de Diciembre de 2012, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o. del Decreto 902 de 1988, ordénase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Notario, ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 11 de Diciembre de 2012 8:00 A.M. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN:
21-XII-A74278
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de(el)(la)(los) causante(s) JUAN CARLOS ZULUAGA LÓPEZ, quien(es) se identificaba(s) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 10.239.540 expedida(s) en MANIZALES, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y donde dejó(aron) sus bienes relictos. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Jueves (20) de Diciembre de 2012, mediante Acta número QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO (555). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Jueves, 20 de diciembre de 2012 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO Titular JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO Titular DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
21-XII-A74280
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