EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer: CLASE: VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: ROSALBA ALZATE JARAMILLO. DEMANDADOS: PERSONAS INDETERMINADAS. Bien objeto de demanda: predio ubicado en la calle 6ª No. 9-46 Bella Vista Chipre, cuya extensión es de 6 metros de frente por 12 metros de fondo y cuyos linderos son los siguientes: ### Por el costado derecho con el señor ELEAZAR USMA por el costado izquierdo y el fondo con el señor ALFONSO BURITICÁ, por el frente con propiedad del señor GUSTAVO BONILLA, por detrás con propiedad del señor ALFONSO BURITICÁ, el cual tiene cultivadas algunas matas de tomate de árbol". Se fija este edicto por el término de veinte (20) días en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado, y copia del mismo se publicará por dos (2) veces con intervalos no menores a cinco días calendario dentro del mismo término, en el diario LA PATRIA, y en la emisora LA VOZ DE LOS ANDES o RADIO RELOJ, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. La página del diario en que aparezca la publicación y una constancia autenticada del director o administrador de la emisora sobre su transmisión, se agregarán al expediente. Se advierte a los emplazados que transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del término de fijación del edicto, se entenderá surtido el emplazamiento; a quienes se les designará un curador ad lítem, y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten posteriormente tomarán el proceso en el estado en que lo encuentren. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy 28 JUL. 2014 a las ocho (8:00) de la mañana. ANDREA MILENA GARCÍA GÁLVEZ. Secretaria.
5-VIII-H63700
EDICTO NÚMERO 009
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE YACOPÍ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante ABRAHAM ULLOA, cuyo último domicilio fue en Yacopí (Cundinamarca), quien falleció en este Municipio, el día 16 de Mayo de 2004, para que se hagan presentes dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto en el periódico. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número cero cero nueve (009) de fecha veinticuatro (24) de julio de 2014, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y 3º del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy 24 de Julio de 2014 a las 7:00 A.M. LUIS FERNANDO QUINTERO FACUNDO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.
5-VIII-H63736
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO ANSERMA CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la SUCESIÓN INTESTADA E ILÍQUIDA del causante ARTURO BETANCOURT CASTAÑO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 2.526.011 expedida en Caicedonia, fallecido en el municipio de Dosquebradas, departamento de Risaralda, el veinticuatro (24) de Abril de dos mil cuatro (2004). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy dos (02) de Agosto del año dos mil catorce (2014) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
5-VIII-H63737
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO
Palacio Municipal - Piso 3. Telefax 8515230
AGUADAS - CALDAS
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE AGUADAS, CALDAS, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del proceso de SUCESIÓN INTESTADA de la causante señora EVA LÓPEZ DE JARAMILLO, fallecida en el municipio de Aguadas (Caldas), el día 26 de Noviembre de 2013, quien tuvo su último domicilio en la localidad de Aguadas, cuyo proceso se declaró abierto y radicado en este juzgado el día 9 de julio de 2014. De conformidad con lo previsto en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija este edicto en un lugar visible de la secretaría de este despacho, por el término de diez (10) días y sendas copias del mismo se entregarán a los interesados para su publicación el diario LA PATRIA que es de amplia circulación en esta localidad y ser leído en la radiodifusroa local por una sola vez entre las 7 a.m y las 10 p.m. Aguadas, julio 16 de 2014. FIJADO EN SU FECHA A LAS 8 a.m. MARCO TULIO MEJÍA GARCÍA. SECRETARIO.
5-VIII-E96759
NOTARÍA ÚNICA DE PENSILVANIA CALDAS
CALLE 3ª No 7 – 27
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PENSILVANIA – CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante, OLAVO ANTONIO GIRALDO GIRALDO C.C. 4.488.314, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Pensilvania, Caldas, quien falleció en la fecha día veinticuatro (24) del mes de septiembre del año dos mil trece (2013) en la ciudad de Manizales, fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta 011 de fecha treinta (30) de julio 2014 y se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia difusión, y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy, 31 de julio de 2014, siendo las 8:00 A.M. EL NOTARIO, Jaime Horacio Aristizábal Hoyos. NOTARIO - ÚNICO. FECHA DE DESFIJACIÓN: (Hay firma y sello).
5-VIII-A78242
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante MARÍA o MARÍA CANDELARIA LONDOÑO DE CASTAÑO, poseedora de la cédula de ciudadanía número 24.787.989 de Manizales, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de sus negocios fue MANIZALES, fallecida en el municipio de MANIZALES – CALDAS, el día 02 de Agosto de 2012. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 103 DEL 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
5-VIII-A78248
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante ANA ó ANA DEL CARMEN ÁNGEL VIUDA DE GARZÓN, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 24.255.183, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de sus negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en la ciudad de Manizales, el día 29 DE ABRIL DE 2008. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 104 DEL 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
5-VIII-A78249
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS) EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante RAQUEL RAMÍREZ DE HOYOS, quien se identificaba con cédula de ciudadanía número 24.255.048 expedida en Manizales; quien falleció en la ciudad de Manizales, el día veintiséis (26) de septiembre de dos mil doce (2012), siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número sesenta y siete (067) del día cuatro (04) de agosto de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de amplia circulación en la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy cuatro (04) de agosto del año dos mil catorce (2014), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARÍA ELISA RESTREPO ZULUAGA. NOTARIA PRIMERA ENCARGADA. MANIZALES (CALDAS). (Hay firma y sello).
5-VIII-A78250
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO (E) SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MANUEL RAMÍREZ GÓMEZ y SILVIA GÓMEZ TORO, quienes se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 4.554.816 y 25.091.724, aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes 04 de Agosto de 2014, mediante Acta número TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (358). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Lunes 04 de Agosto de 2014 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO SEGUNDO (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
5-VIII-A78251
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAUSANTE EUGENIA RENDÓN DE LONDOÑO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.833.179. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Viernes 1º de Agosto de 2014, mediante Acta número DIEZ (10). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Sábado 2 de Agosto de 2014 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO
CÉSAR JAIME RÍOS VALENCIA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS.
(Hay firma y sello)
5-VIII-A78252
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE CALDAS
NOTARIA ÚNICA LA DORADA
TEL. 8576867
EDICTO
El suscrito Notario Único del Círculo de La Dorada Caldas EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL DE HERENCIA de la señora TERESA SALDAÑA ARIAS, identificada con la cédula de ciudadanía 24.711.410, fallecida el 03 de mayo del año 1997 en el Municipio de La Dorada Caldas, para que comparezcan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. El trámite de liquidación fue aceptado en esta Notaría mediante ACTA NÚMERO 039 del 01 de agosto del año Dos Mil Catorce (2014).------Se ordena la publicación de este Edicto en un diario de amplia Circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días .------------El presente Edicto, se fija en un lugar visible de la Notaría a las 8:00 AM del día dos (02) de agosto del año Dos Mil Catorce (2014).- - - EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO.
(Hay firma y sello).
5-VIII-A78253
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE CALDAS
NOTARÍA ÚNICA LA DORADA
TEL. 8576867
EDICTO
El suscrito Notario Único del Círculo de La Dorada Caldas EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL DE HERENCIA de LUIS ALEJANDRO ROJO CAMERO, identificado con la Tarjeta de Identidad No. 790121-08821, fallecido el 26 de junio del año 1995 en el Municipio de La Dorada Caldas, para que comparezcan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. El trámite de liquidación fue aceptado en esta Notaría mediante ACTA NÚMERO 040 del 01 de agosto del año Dos Mil Catorce (2014).------Se ordena la publicación de este Edicto en un diario de amplia Circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días .------------------------El presente Edicto, se fija en un lugar visible de la Notaría a las 8:00 AM del día dos (02) de agosto del año Dos Mil Catorce (2014).- - - EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO. (Hay firma y sello).-
5-VIII-A78254
REMATES
CHINCHINÁ - CALDAS
Palacio Municipal 5o. Piso Tel.: 8505970
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE CHINCHINÁ, CALDAS, ANUNCIA: Que dentro del proceso que a continuación se detalla se llevará a cabo la diligencia de REMATE del bien debidamente embargado, secuestrado y avaluado, que igualmente se describen: PROCESO: EJECUTIVO MIXTO. COD. JUZGADO: 17-174-203-1001. RADICADO: 17174-31-03-001-2012-00188-00. DEMANDANTE: BBVA S.A. COLOMBIA NIT. 8600030201. DEMANDADO: MISAEL ARROYAVE RAMÍREZ C.C. 15.903.917. FECHA DE REMATE: 27 DE AGOSTO DE 2014. HORA: 10 A.M. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL CUARENTA POR CIENTO (40%) DEL AVALÚO. POSTURA: 70% DEL AVALÚO. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-184726. DESCRIPCIÓN DEL BIEN A REMATAR: Un apartamento dúplex residencial identificado con el número tres (3), junto con todas sus mejoras, anexidades y los derechos correspondientes a los bienes y áreas comunes, situado en los niveles tercero y cuarto del "EDIFICIO SAN'T MELLIS", en la carrera 7 No. 9-68/72, del área urbana del Municipio de Chinchiná, inmueble con un área total de 203.18 metros cuadrados, aproximadamente, coeficiente de propiedad 40%; NIVEL TERCER o PISO TERCERO: nivel +6.18 mts. Tiene un área de 98.53 mts2 junto con el NIVEL CUARTO forman un apartamento dúplex y alinderado así: ###Por el Norte, en 9.05 metros con propiedad de Mario Gutiérrez Arango; por el Sur, en 9.05 metros con la carrera 7º; por el Oriente, en 11.00 metros con propiedad de Rubelio Gallego; por el Occidente en 11.00 metros con propiedad de Estella Parra y Hernando Archuri; por el NADIR, en 101.667 metros cuadrados con losa aligerada en concreto con Metaldec, con su respectivo cielo raso en yiplax que lo separa del nivel dos o apartamento, número dos y por el CENIT, con losa aligerada en concreto con Metalde, con su respectivo cielo raso en yiplax en 107.7341 metros cuadrados, hace parte del Apartamento dúplex relacionado en el nivel tres y forman una sola unidad privada. Se comunica con el nivel tres o piso tercero a través de unas escaleras en rectas y se ingresa al mismo, a través del nivel tres o piso tercero; y se determina por los linderos siguientes. Por el Norte, en 8.95 metros con la carrera 7º, por el Oriente, en 11.95 metros con propiedad de Rubelio Gallego; por el Occidente, en 11.95 metros con propiedad de Estella Parra y Hernando Archuri por el NADIR, con losa aligerada en concreto con Metaldec y su respectivo cielo raso en yiplax en 107.7341 metros cuadrados y por el CENIT, con el techo de la edificación en eternit con perfiles y cielo raso en icopor y barras de aluminio en 117.18 metros cuadrados. AVALÚO: doscientos cuarenta y tres millones ochocientos dieciséis mil PESOS ($243.816.000.oo). Así mismo se reservan copias del mismo para el interesado realice su publicación en un diario de amplia circulación en esta ciudad y en una emisora local, por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate. Fijado, hoy once (11) de julio de dos mil catorce (2014). MARÍA IBETH GALLEGO VANEGAS. Secretaria.
5-VIII-I4131
RAMA JUDICIAL
JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO
PEREIRA - RISARALDA
PALACIO DE JUSTICIA OF. 407. TELÉFONO 314 7771
EJECUTIVO HIPOTECARIO 2008-00107-00
EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE PEREIRA, RISARALDA AVISA Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO instaurado por la sociedad INVERSIONES ANSA LTDA con Nit. 800240804-6, en contra de Idalba Salazar Castañeda, con C.C. 34055860 y Juan David Pinzón Franco c.c. 1088295745 como sucesor procesal de José Carlos Pinzón Duque, se ha señalado el día 16 de Septiembre del año 2014 a las 9:00 a.m., aclarando que la venta en pública subasta de tales bienes, se hace como cuerpo cierto y no obstante, se indican sus linderos y sus áreas conforme a los documentos que aparecen en el expediente así: Según la Escritura Pública No. 301 del 23 de enero de 2007, trata de: "PRIMER INMUEBLE: UNA FINCA RURAL TERRITORIAL denominada "LA ALEMANIA", ubicada en jurisdicción del municipio de Belalcázar, Caldas, en el paraje del mismo nombre, constante según el título de seis hectáreas ocho mil metros cuadrados² (6-8000) y según catastro de tres hectáreas ocho mil seiscientos metros cuadrados² (3-8600), mejorada con casa helda con cultivos de café y plátano con monte y rastrojo, y se determina por los siguientes linderos según el título de adquisición: Del camino viejo del madroño de este de para arriba hasta encontrar la carretera que va a la paloma, esta abajo hasta encontrar la quebrada, lindero con Ramón Henao, quebrada abajo hasta donde cae la quebrada de los Arietes, esta arriba hasta el nacimiento, del nacimiento siguiendo por la orilla del monte lindero con Elías Arango, hasta un mojón de piedra, de aquí, siguiendo derecho hasta el camino del madroño lindero con el vendedor, punto de partida. FICHA CATASTRAL No. 00-02-006-0039". "SEGUNDO INMUEBLE: UN LOTE DE TERRENO, con una cabida superficiaria de seis y media hectáreas, ubicado en jurisdicción del municipio de Belalcázar, Caldas, en el paraje de Verdún, y está determinado por los siguientes linderos: Partiendo de un árbol quiebrabarrigos lindero con el comprador Juan Ramón Gutiérrez, siguiendo de travesía por un surco de quiebrabarrigos hasta salir a la carretera que de Belalcázar conduce al Madroño y lindero con el mismo señor Gutiérrez, se cruza dicha carretera y siguiendo el mismo surco de quiebrabarrigos y de para abajo y en línea recta hasta caer de nuevo a una carretera que conduce a la Paloma donde se encuentra una cruceta se sigue de travesía por esta carretera y de travesía hacia el Occidente hasta encontrar de nuevo la carretera que del Madroño conduce a Belalcázar conduce a la Virginia y frente La Fonda Alemania cruza la carretera hasta donde se encuentra un árbol de mango, de aquí de para abajo lindero con el mismo Heriberto Salazar en una extensión de 30.00 metros donde se encuentra un árbol quiebrabarrigo se deja el lindero con el señor Salazar siguiendo en diagonal y lindando con la señora Rosalía Zapata hasta encontrar un mojón quiebrabarrigos, haciendo esquina, de aquí de para arriba, en una extensión de 17.00 metros hasta encontrar de nuevo la carretera que de Belalcázar conduce a la Virginia donde la carretera hace una curva, se cruza la carretera donde empieza de nuevo las carreteras que hacen parte de esta venta, se sigue la carretera que de para abajo en dirección de La Virginia hasta encontrar un mojón al frente de una obra de la carretera de este mojón hacia el oriente, y de para arriba hasta encontrar un quiebrabarrigo al pie de un zanjón aquí desvía en dirección al mojón, punto de partida. FICHA CATASTRAL No. 00-02-0006-0036". "TERCER INMUEBLE: UNA FINCA RURAL TERRITORIAL, denominada "LA SIRENA", ubicada en la vereda de La Paloma, jurisdicción del municipio de Belalcázar, Departamento de Caldas, con una extensión superficiaria aproximada según el título de siete (7) hectáreas, y según catastro de nueve hectáreas seis mil metros cuadrados (9 Has-6000 M2), mejorado con cultivos de café, plátano, casa de habitación, aguas propias y del acueducto, luz eléctrica de la Chec, con todas sus demás mejoras y anexidades, dependencias e instalaciones, servidumbres activas y pasivas y se determina por los siguientes linderos, de conformidad con el título de adquisición: De un mojón de piedra que está a la orilla de una mata de piñuela lindero con la calle La Paloma, y propiedad de Jesús María Peláez Ch., se sigue de para abajo en línea recta hasta llegar a una mata de guadua, de aquí y de travesía hasta otro amagamiento, de un alumbrado hacia arriba hasta llegar a una mata de guadua, y de travesía al pie de un guadual hasta otro mojón de piedra que está en la orilla de un potrero del mismo Peláez se sigue para arriba hasta un árbol doncel que está a la orilla del cafetal de Ramón Henao, sigue lindando de para arriba hasta un potrero del mismo Henao, siguiendo de aquí hacia arriba hasta llevar al camino que conduce a la Paloma y camino abajo hasta el mojón que hay en una mata de piñuela, punto de partida. FICHA CATASTRAL No. 00-02-0010-0005. "CUARTO INMUEBLE UNA FINCA RURAL TERRITORIAL, ubicada en la jurisdicción del municipio de Belalcázar, Caldas, en el paraje de Alemania o La Paloma, denominada EL GÓLGOTA, con una cabida superficiaria de seis hectáreas y según catastro de cuatro hectáreas 9.000 metros, mejorado con plantaciones de café y plátano, árboles frutales, servicios de agua y energía, casa de habitación y casa helda, y está determinada por los siguientes linderos: POR EL NORTE, con la carretera que conduce a la vereda de La Paloma, de aquí sigue para arriba por un surco de quiebrabarrigo hasta encontrar la carretera que conduce a la vereda El Madroño, de aquí pasando por la misma carretera y volteando en línea recta en lindero con predios de los Trujillo C. Hermanos hasta encontrar la raíz de un quiebrabarrigo, de aquí de para arriba en lindero con predio del señor Jorge Vásquez hasta encontrar nuevamente la carretera que conduce a la vereda el Madroño, de aquí sigue carretera arriba en una extensión más o menos de una cuadra de aquí voltea de para abajo en lindero con predio del mismo Jorge Vásquez, de aquí sigue de travesía por el camino de Cascarillo hasta encontrar un filo que está clavado en un quiebrabarrigo, de aquí sigue de para arriba hasta encontrar nuevamente la carretera que conduce al Madroño y de aquí por la misma carretera y siguiendo de para arriba hasta llegar a un camino viejo en lindero con propiedad de los mismos Trujillos C. Hermanos, de aquí voltea de para abajo con los mismos Trujillos C. Hermanos en una extensión de una cuadra y media más o menos de aquí voltea nuevamente y hacia el Oriente por un surco de quiebrabarrigo, hasta llegar a la carretera de La Paloma, punto de partida. FICHA CATASTRAL No. 00-02-0010-001". Según los certificados catastrales obrantes a folios 174 al 177 de este cuaderno se trata de los siguientes predios: PREDIO 1. ÁREA DE TERRENO: 10 Ha. 0M2. ÁREA CONSTRUIDA: 0.0 m2. NÚMERO PREDIAL: 00-02-00-00-0006-0036. NÚMERO PREDIAL ANTERIOR: 00-02-0006-0036-000. MATRÍCULA: 103 8641. DIRECCIÓN: Lo. DEPARTAMENTO 17-CALDAS. TOTAL PROPIETARIOS: 2. MUNICIPIO: BELALCÁZAR. PREDIO 2. ÁREA DE TERRENO: 6 Ha. 3.750M2. ÁREA CONSTRUIDA: 0.0 m2. NÚMERO PREDIAL: 00-02-00-00-0006-0039. NÚMERO PREDIAL ANTERIOR: 00-02-0006-0039-000. MATRÍCULA: 103 2894. DIRECCIÓN: LA ALEMANIA. DEPARTAMENTO 17-CALDAS. TOTAL PROPIETARIOS: 1. MUNICIPIO: BELALCÁZAR. PREDIO 3. ÁREA DE TERRENO: 5 Ha. 9.000M2. ÁREA CONSTRUIDA: 87.0 m2. NÚMERO PREDIAL: 00-02-00-00-0010-0001. NÚMERO PREDIAL ANTERIOR: 00-02-0010-0001-000. MATRÍCULA: 103 203. DIRECCIÓN: EL GÓLGOTA. DEPARTAMENTO 17-CALDAS. TOTAL PROPIETARIOS: 2. MUNICIPIO: BELALCÁZAR. PREDIO 4. ÁREA DE TERRENO: 9 Ha. 6.000 m2. ÁREA CONSTRUIDA: 177.0 m2. NÚMERO PREDIAL: 00-02-00-00-0010-0005. NÚMERO PREDIAL ANTERIOR: 00-02-0010-0005-000. MATRÍCULA: 103 754. DIRECCIÓN: La Sirena. DEPARTAMENTO 17-CALDAS. TOTAL PROPIETARIOS: 1. MUNICIPIO: BELALCÁZAR. Dichos bienes fueron avaluados así: 1. El con M.I. 103-8641 en SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($61.800.000). 2. El con M.I. 103-2894 en TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS MIL QUINIENTOS PESOS ($36.700.500). 3. El con M.I. 103-203 en CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS ($44.074.500). 4. El M.I. 103-754 en CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS ($54.897.000). El secuestre es el señor LUIS EVELIO LÓPEZ RAMÍREZ, quien se localiza en la manzana 6, casa 11, urbanización Balcones de Villa del Prado, Pereira. La base de la licitación será del setenta por ciento (70%) del avalúo dado al bien y postor hábil quien previamente consigne a órdenes de este Despacho Judicial el 40% del mismo. La licitación tendrá una duración mínima de una hora. En dicho lapso, los postores deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas para adquirir el bien, el cual deberá contener, además de ella, el depósito previsto en el parágrafo anterior, cuando fuere necesario. Asimismo, se advierte a los postores que deben enterarse al momento de la subasta sobre las deudas que tengan los inmuebles objeto del proceso, tanto de impuestos, servicios públicos, o según sea el caso, de gasto de administración. Para los fines establecidos en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, se elabora el presente aviso de remate, hoy 27 de junio de 2014. Copia del mismo se entrega al interesado para su publicación conforme a lo dispuesto en el artículo 525-4 del C.P.C., la que deberá hacerse en un diario de amplia circulación en la región y en una radiodifusora local. CÉSAR AUGUSTO GRACIA LONDOÑO. Secretario.
5-VIII-H63741
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