EMPLAZAMIENTOS
EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, POR MEDIO DEL PRESENTE: EMPLAZA: A JHON JAMES BERMÚDEZ, mayor de edad, natural de Manizales, Caldas, vecino de esta ciudad, identificado con la C.C. No. 1.053.766.542 expedida en Manizales, para que comparezca a este Despacho se haga presente dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria "Presunción de Muerte por Desaparecimiento", que se adelanta en este Juzgado, promovido por la señora LUZ MERY BERMÚDEZ. Igualmente, se previene a quienes tengan noticias del desaparecido, para que las comunique a este Despacho Judicial a la menor brevedad posible (CARRERA 23 No. 21-48 PISO 4, OFICINA 420, EDIFICIO PALACIO NACIONAL de esta ciudad). EXTRACTO DE LA DEMANDA: El señor JHON JAMES BERMÚDEZ, mayor de edad, tuvo su domicilio y asiento principal de sus negocios en esta ciudad, hasta el día 28 de Julio de 2004, fecha en la cual desapareció definitivamente al parecer por la acción de grupos armados ilegales en sector del lavadero de carros de la vía Panamericana de esta ciudad, desde esa fecha hasta el día de hoy ninguna noticia se ha tenido del señor JHON JAMES BERMÚDEZ, pues no ha tratado de comunicarse con su padre y demás familia por ningún medio y han transcurrido más de nueve años y a pesar de las constantes diligencias investigativas tanto oficiales como particulares, no se ha podido obtener información sobre el paradero del mencionado señor, la señora BLANCA NIDIA LOAIZA MONTOYA formuló denuncia de la desaparición ante el Grupo de N.N y desaparecidos del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación Seccional Caldas, y allí le informaron que dicha denuncia se ingresó al Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres SIRDEC del Instituto Nacional de Medicina Legal. Para los efectos de los artículos 657-2 y 318 del C. de P. Civil y 97-2 del C. Civil, se fija el presente Edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado, hoy veintisiete (27) de Junio del año dos mil catorce (2014), a las ocho (8:00 a.m.) de la mañana y se entregan copias a los interesados para su publicación por tres veces en los siguientes medios de comunicación DIARIO EL TIEMPO de la capital de la República, LA PATRIA de esta ciudad y en el DIARIO OFICIAL, el día domingo y una Radiodifusora Local cualquier día entre las seis de la mañana y las once de la noche las citadas publicaciones se deberán efectuar con un intervalo de tiempo que no sea menor de cuatro (4) meses entre una y otra publicación vencido el emplazamiento se le designará Curador Ad-lítem al desaparecido y se continuará este proceso. CLEMENCIA DEL PILAR ALZATE RAMÍREZ. SECRETARIA.
27-VII-A78174
EDICTO
EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA A todos los acreedores de la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes conformada por los señores GLORIA EUGENIA COLORADO OSORIO C.C. 24.335.312 y JORGE JULIO CARMONA GIRALDO C.C. 10.222.927, para que hagan valer sus créditos dentro de la solicitud de LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL, que se tramita en este despacho. En cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 625, numeral 3º en armonía con el Art. 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija este EDICTO en la Secretaría del Juzgado por el término de 10 días y se ordena su publicación por una sola vez en el DIARIO LA PATRIA de Manizales, un día domingo dentro del mismo término y en una radiodifusora local. FECHA Y HORA FIJACIÓN: JULIO 16 DE 2014, 8:00 A.M. CARMEN EMILIA BUITRAGO GALEANO. Secretaria. RADICADO: 2014-00312-00.
27-VII-C80086
REPÚBLICA DE COLOMBIA
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL ANSERMA - CALDAS CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de SUCESIÓN del causante FRANCISCO ANTONIO RENDÓN VALENCIA, fallecido el día 26 de julio de 2004, trámite admitido por auto del 16 de junio del 2014, interesado: MARIO DE JESÚS RENDÓN VALENCIA, radicado bajo el Nro. 2014-00064. Este edicto se fija en lugar visible de la Secretaría del Juzgado y será publicado por una vez en el diario "La Patria" de Manizales o en "El Espectador" un día domingo y por una radiodifusora local cualquier día de la semana entre las 6:00 a.m y las 11:00 p.m. Anserma Caldas, junio 25 de 2014. ROBERTO BAENA GÓMEZ. Secretario.
27-VII-C80093
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE AGUADAS, CALDAS, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del proceso de SUCESIÓN INTESTADA del causante señor JOSÉ DANIEL SERNA SUAZA, fallecido en el municipio de Manizales (Caldas), el día 27 de Octubre de 2013, quien tuvo su último domicilio en la localidad de Pácora, cuyo proceso se declaró abierto y radicado en este juzgado el día 17 de julio de 2014. De conformidad con lo previsto en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija este edicto en un lugar visible de la secretaría de este despacho, por el término de diez (10) días y sendas copias del mismo se entregarán a los interesados para su publicación el diario LA PATRIA que es de amplia circulación en esta localidad y ser leído en la radiodifusora local por una sola vez, entre las 7 a.m y las 10 p.m. Aguadas, julio 22 de 2014. FIJADO EN SU FECHA A LAS 8 a.m. MARCO TULIO MEJÍA GARCÍA. SECRETARIO.
27-VII-H63685
REPÚBLICA DE COLOMBIA
EDICTO
JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA, CALDAS, EMPLAZA A la señora NIDIA YANETH PUENTES VERGARA, quien recibirá notificación personal del auto del día 2 de JULIO del año en curso mediante el cual se admitió la demanda de DIVORCIO presentada por el señor NORBERTO HUEPA CAICEDO, en su contra. El emplazamiento se hará por medio de uno de los diarios "LA PATRIA" DE MANIZALES, o el "ESPECTADOR" en la ciudad de Bogotá, de amplia circulación nacional, con la inclusión de la información pertinente en un listado que se publicará por una sola vez el día domingo (Art. 318 del C.P. Civil). La Dorada, julio nueve (9) de dos mil catorce (2014). ALBERTO RÍOS CULMAN. SECRETARIO.
27-VII-H63690
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL NEIRA - CALDAS
EDICTO NOTIFICATORIO
POR DIEZ DÍAS
A todos los que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de sucesión doble e intestada de mínima cuantía de los causantes HIGINIO DE JESÚS OSPINA BETANCOURT y MARÍA LEONILDE OSPINA DE OSPINA, quienes fallecieron el 24 de Enero de 2007 y 14 de Enero de 2009, en este municipio, siendo igualmente éste el último domicilio y asiento principal de sus negocios, radicado en este Despacho mediante auto de fecha (11 de Julio de 2014). Para los efectos del Artículo 589 del C. de P. Civil, en concordancia con el Art. 318 ibídem, fijo en la secretaría del Juzgado el presente edicto por el término de diez (10) días y copia del mismo dejo a disposición de los interesados para su publicación por una vez, en el diario La Patria de la ciudad de Manizales Caldas, el día Domingo y en la Radio Difusora local de este Municipio. Neira Caldas, 11 de Julio de 2014. MILENA ARIAS SERNA. Secretaria.
27-VII-H63662
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante CARLOS ARTURO CEBALLOS VALENCIA, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 1.386.894, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en el municipio de Pereira, el 11 DE NOVIEMBRE DE 2012. Aceptado el trámite respectivo en esta NotarÍa, mediante ACTA NUMERO 90 DEL 21 DE JULIO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la NotarÍa por el término de Diez (10) días. La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
27-VII-A78181
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada de la causante MARÍA ESTHER ACEVEDO CARDONA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.759.353, cuyo último domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en Manizales - Caldas, el 12 de diciembre de 1997, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 100 del 25 de julio de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTICINCO (25) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO
DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
27-VII-A78183
REMATES
JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO
CHINCHINÁ - CALDAS
Palacio Municipal 5o. Piso, Tel.: 8505970
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE CHINCHINÁ, CALDAS, ANUNCIA: Que dentro del proceso que a continuación se detalla se llevará a cabo la diligencia de REMTE del bien debidamente embargado, secuestrado y avaluado, que igualmente se describe: PROCESO: EJECUTIVO MIXTO "Rad. 2008-00062" ACUMULADAS. DEMANDANTE: DAVIVIENDA S.A. DEMANDADO: SERGIO LUIS VALDÉS, JULIANA TORO VALDÉS, MARÍA YANED VALDÉS GIRALDO Y LA COMPAÑÍA CAFETERA SAN LUIS S.A., REPRESENTADA POR SU LIQUIDADOR SR. GUILLERMO ÁLVAREZ ARIAS. FECHA DE REMATE: AGOSTO 14 DE 2014. HORA: DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.). POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL CUARENTA POR CIENTO (40%) DEL AVALÚO. POSTURA: 70% DEL AVALÚO. DESCRIPCIÓN DEL BIEN A REMATAR: Un solar con casa de habitación, ubicada en el área urbana del Municipio de Chinchiná en la Calle 15 No. 3-37 barrio "El Edén", distinguido con la ficha catastral No. 01-000-1410-0020-000. Matrícula inmobiliaria No. 100-2850. LINDEROS: ### Por el frente al OCCIDENTE en extensión de 20 Mts con la calle 15; por el centro al ORIENTE en extensión de 20 Mts con el lote de la urbanización El Edén; por el NORTE en extensión de 30 mts con el lote No. 10 de propiedad de RODOLFO ÁNGEL FADUL, por el SUR en extensión de 30 Mts con lote de la urbanización El Edén###. Secuestre Sra. María Inés Cifuentes Nieto. AVALÚO: TRESCIENTOS SETENTA MILLONES VEINTE MIL PESOS ($370.020.000.oo). Fijado, hoy 26 de junio de 2014. MARÍA IBETH GALLEGO VANEGAS. Secretaria.
27-VII-H63695
OTROS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
La Suscrita Secretaria del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Manizales Caldas, AVISA Que mediante Sentencia No. 198 de fecha Dieciséis (16) de Junio de dos mil Catorce (2014) se dispuso: "Primero: Decretar por discapacidad mental absoluta, la Interdicción Judicial del señor JUAN CARLOS BETANCUR LÓPEZ persona mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con la C.C. 9.977.200 privándolo en consecuencia de la administración de sus bienes.//Segundo: Nombrar a la señora OLGA LUCÍA LÓPEZ DE BETANCUR mayor y vecina de Manizales, identificada con la C.C. 30.276.660 como CURADORA LEGÍTIMA del señor JUAN CARLOS BETANCUR LÓPEZ a quien se le posesionará para que pueda ejercer el cargo, haciéndole saber que este se extiende tanto a la persona como a los bienes de la discapacitada. Igualmente se le advertirá de los deberes y responsabilidades que asume de conformidad con la Ley 1306 de 2009, artículo 6 último, inciso 52, 88, 91 a 94, 103, 104 y 107 y demás normas concordantes.// Tercero: Abstenerse de ordenar la confección del inventario y avalúo de los bienes de la discapacitada, por lo dicho en la parte considerativa. // Cuarto: Oficiar a Notaría Tercera del Círculo de Manizales, Caldas, para que proceda a hacer las anotaciones respectivas en el registro civil del señor JUAN CARLOS BETANCUR LÓPEZ.///Quinto: Publicar la presente decisión por aviso en un diario de amplia circulación nacional, esto es, el diario La Patria o en La República de Bogotá, como dispone el numeral 8º del artículo 42 de la Ley 1306 de junio 5 de 2009. //Sexto: NOTIFICAR en forma personal esta decisión a la Procuradora Judicial en Asuntos de Familia y a la Defensora de Familia para lo de sus cargos.//Séptimo: OFICIAR a la Secretaría de Salud de la ciudad, con el fin de que inscriba el presente fallo en el libro de AVECINDAMIENTO, para lo cual se informará la dirección del discapacitado.// Octavo: REVISAR la interdicción decretada en los términos indicados en el artículo 29 de la Ley 1306 de 2009//. NOTIFÍQUESE// GUILLERMO LEÓN AGUILAR GONZÁLEZ// Juez". El presente AVISO se insertará una vez por lo menos en un diario de amplia circulación nacional, esto es, el diario La Patria o en La República de Bogotá, como dispone el numeral 8º del artículo 42 de la Ley 1306 de junio 5 de 2009. Beatriz Elena Aguirre Rotavista. Secretaria. INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL. RAD. 2014-00094.
27-VII-A78152
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