EMPLAZAMIENTOS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA EMPLAZA A todos los parientes de los presuntos discapacitados Mentales señores LUZ MERY LÓPEZ MEJÍA Y ÁLVARO HUMBERTO LÓPEZ MEJÍA y demás personas que se consideren con derecho a ejercer la guarda (Art. 446 y 659 Numeral 3º Artículo 42 de la ley 1306 de 2009 y 61 del Código Civil) dentro del proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL, que se adelanta en este Despacho Judicial promovido por la señora OLGA MEJÍA DE LÓPEZ a fin de que la hagan valer. El presente edicto permanecerá en la Secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregará a la parte interesada para su publicación en el Diario La Patria de Manizales por una sola vez durante el término de fijación. Manizales, 16 de Junio de 2014. Hora: 8:00 A.M. Radicado: 2014-00238. BEATRIZ ELENA AGUIRRE ROTAVISTA. Secretaria. Rad. 2014-00238. INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL.
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EDICTO
EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A los Acreedores de la Sociedad Conyugal que más adelante se referencia para que comparezcan a este Despacho Judicial con el fin de hacer valer sus créditos dentro del proceso. PROCESO: LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. RADICADO No. 2014-00193. SOLICITANTE: MARÍA YARLEDY CARDONA ACEVEDO C.C. No. 30.404.030. DEMANDADO: JOSÉ LEONARDO YEPES CASTAÑO C.C. No. 8.433.032. FECHA AUTO EMPLAZATORIO: 29 de abril de 2014. PERSONAS EMPLAZADAS: ACREEDORES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. FECHA FIJACIÓN EDICTO: Mayo 9 de 2014. Para los efectos indicados en los artículos 625 y 589 del C. de P. Civil, se fija el presente edicto en un lugar público de la secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregará a los interesados para su publicación, conforme lo ordena el artículo 318 del C. de P. Civil esto es en el Diario La Patria y en una radiodifusora local. LESLIE VIVIAN CARDONA GÓMEZ. SECRETARIA.
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EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA CALDAS CITA Y EMPLAZA A los parientes más cercanos por la línea materna de las niñas LAURA NATALIA y LEIDY VALENTINA SÁNCHEZ, que se crean con derecho a intervenir en el proceso de "DESIGNACIÓN DE CURADOR" instaurado a través de la Comisaría de Familia del Municipio de Puerto Salgar, Cundinamarca, por la señora ANA DOLLY AMARIS CLAVIJO, el que fue admitido mediante providencia del 24 de Junio de 2014, a fin de que lo hagan valer, así mismo a las personas que estén interesados en ejercer la Guarda de las citadas menores. En cumplimiento al inciso 3º del artículo 446 del C.P.C., se fija el presente EDICTO en un lugar visible de la secretaría del juzgado, siendo las 8:00 A.M., de hoy Cuatro (04) de Julio de dos mil catorce (2014), del cual se entregan copias a la parte interesada para que realice la publicación en un periódico de amplia circulación en esta municipalidad. MARIO VÁSQUEZ ROJAS. Secretario.
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EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de los causantes cónyuges LUIS DELIO BLANDÓN OSORIO Y LIBIA CASTAÑO DE BLANDÓN, quienes se identificaran en vida con las cédulas de ciudadanía números 1.202.455 y 24.278.933 de Manizales Caldas, respectivamente, quienes tuvieran como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.743 del día 08 DE JULIO DE 2014 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 09 de JULIO de 2014.- Manizales, 08 DE JULIO de 2014. JOSÉ RUBIAN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO TITULAR. (Hay firma y sello).
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