Colprensa/Q'HUBO
Desde el pasado lunes las empleadas domésticas cuentan con un nuevo beneficio. El ministro de Trabajo, Rafael Pardo, afirmó que el decreto 0721 de abril 15 de 2013 determina que a este tipo de empleados se les debe afiliar al Sistema de Compensación Familiar.
El aporte a las cajas se calculará con base en el salario devengado por el trabajador, el cual no podrá ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente, y el pago se hará a través de la planilla integrada de liquidación de aportes.
También podrán acceder a todos los beneficios y derechos que reconoce el Sistema de Subsidio Familiar, siempre y cuando cumpla con los distintos requisitos exigidos, entre ellos laborar al menos 96 horas de trabajo al mes.
Algunas dicen "no"
Pese a la normativa, las empresas locales que se encargan de velar por la formalización del oficio aseguran que en este mercado continúan las condiciones de empleo desfavorables para las trabajadoras de servicio doméstico.
“Continuamente tenemos que generar conciencia para que el empleador acceda a pagar un salario integral con prestaciones como salud, pensión y riesgos profesionales. En muchos casos ni siquiera se reconoce el pago de salud. Las empleadas son conscientes de que una vez se contratan pierden los beneficios del Sisbén o ARS, y se quedan sin los subsidios de salud y alimentación que también se extienden a los hijos, y se ven casos en donde ellas mismas llegan a acuerdos con el empleador para que el pago no sea integral y puedan conservar los subsidios”, aseguró Jennifer Vargas, gerente de Soluciones, agencia de empleos domésticos y empresariales.
Trabajo decente
Anteriormente, ya que la familia no es considerada como una unidad productiva o empresa, los empleadores no estaban obligados a pagar aportes parafiscales, dentro de lo que se contempla el 4% para el subsidio de las cajas de compensación familiar. Sin embargo, por disposición del decreto los trabajadores domésticos deben afiliarse a una caja de compensación familiar.
“Los trabajadores domésticos podrán disfrutar de condiciones de trabajo decente y de empleo equitativo, asegurando que dichos trabajadores disfruten de condiciones favorables respecto a la protección de la seguridad social, incluyendo lo relativo a la maternidad”, explicó el ministro Pardo.
Casos específicos que se benefician con la norma
1. Trabajo por menos de un mes: los empleadores realizarán el pago de los aportes al Sistema de Compensación Familiar conforme a las reglas generales. En el caso de establecerse el mecanismo de cotización por semanas, se aplicará para este tipo de trabajadores las disposiciones que en él se contengan.
2. Afiliación cuando existen varios empleadores: será afiliado en la Caja de Compensación Familiar escogida por el primer empleador que realice la afiliación.
Lo que debe pagar
- 22 mil 700 pesos aproximadamente es el valor de los aportes a las cajas de compensación familiar, si su empleada gana un salario mínimo mensual. Esto equivale al 4% del sueldo.
- 68 mil pesos es el valor de la cotización por pensión que debe pagar el empleador. Este equivale al 12% del sueldo.
- 48 mil 200 pesos es el valor de la cotización de servicios de salud por parte del empleador. Este equivale al 8% del salario.
Dato
Actualmente algunas empresas y empleadores les pagan a las empleadas domésticas los aportes de parafiscales, en los cuales se paga 4% del sueldo a las cajas de compensación, 3% al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) y el 2% al Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).
Esta norma cambiará a partir del 1 de junio. El empleador no deberá pagar aportes a ICBF y Sena, si el empleado devenga menos de 10 salarios mínimos mensuales vigentes.
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