MIGUEL ORLANDO ALGUERO
LA PATRIA | MANIZALES
$23,4 billones. Esta es la suma que pretende recaudar el Gobierno nacional con su nueva reforma tributaria, que radicó el jueves en el Congreso, bajo el nombre de la Ley Solidaridad Sostenible. Esta cifra es dos veces más de lo que pensaba recaudar con la pasada Ley de Crecimiento Económico.
El articulado del proyecto de ley se empezará a debatir en el Congreso de la República. LA PATRIA les presenta ochos puntos que usted debe tener en cuenta para conocer la nueva reforma.
1. Excluidos del IVA
A partir de lo estipulado en el Estatuto Tributario, en total serían alrededor de 30 bienes los que pasarían a la categoría de excluidos de IVA. Se destacan: la carne de cerdo, el pescado, los huevos, el pollo, la leche, el queso y el arroz. Estos bienes no estarán gravados con IVA, por tanto, sus productores no tendrán el derecho de recibir una compensación por el impuesto pagado en las cadenas de producción, como sucede con los bienes exentos. Eso significa que al eliminarlos de la categoría de exentos y pasar a excluidos, los insumos para la producción de estos bienes tendrán algunos sobrecostos, que estará entre el el 5% y el 10%, valor que tendrá que pagar el consumidor final.
2. IVA para servicios públicos en estratos altos
En el articulado se menciona que los servicios públicos de gas, energía y acueducto y alcantarillado estarán excluidos de IVA solamente para los usuarios de los estratos 1, 2 y 3. De esta manera, dichos servicios pasarán a ser gravados con una tarifa del 5% o del 19% para los estratos 4, 5 y 6. También, a partir del 1 de enero del 2022, los servicios postales y de mensajería empezarán a gravarse con una tarifa del 19%.
3. Días sin IVA y compensación a hogares pobres
Se mantiene la propuesta de tener tres días al año sin IVA. No estarían gravados para esas fechas: vestuarios y complementos, elementos deportivos, juguetes, electrodomésticos, computadores y equipos de telecomunicaciones, útiles escolares. El Gobierno pretende recaudar $7,3 billones por cuenta del IVA. Esto va acompañado con la propuesta de ampliar el esquema de compensación a los hogares más pobres, la devolución sería para 4,7 millones de familias, que recibirán una transferencia anticipada de $50 mil. Esta suma se actualizará cada año según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para las personas de ingresos bajos. El DNP se encargará de seleccionar los hogares beneficiarios.
4. ¿Quiénes pagarán renta?
De acuerdo con el articulado del proyecto de ley, se propone un mecanismo transicional de tres años para la nueva estructura del impuesto de renta. Para los ingresos del 2022, solo pagarán renta quienes ganen más de $50 millones anuales, es decir, $4,1 millones mensuales en promedio; para el 2023, únicamente los asalariados con ingresos mayores a $35 millones anuales, equivalente a $2,9 millones mensuales; en el 2024, lo harán quienes devenguen por encima de los $30 millones, más o menos $2,5 millones al mes.
5. Renta para empresarios
El impuesto de renta para personas jurídicas ya no disminuirá gradualmente. Ahora habrá una tarifa diferencial, en función de la renta líquida (aquella renta sobre la cual se aplica la tarifa del impuesto a la renta que corresponda según el contribuyente). De esta manera, aquellas empresas cuya renta anual sea menor a 13.370 UVT, equivalente a $500 millones, tendrán una tarifa marginal del 24%; y aquellas con renta líquida gravable anual superior a ese monto deberán pagar una tarifa marginal de 30%. El Gobierno espera tener un tratamiento tributario diferencial para las pequeñas y medianas empresas. El articulado propone una sobretasa de tres puntos porcentuales adicionales para los periodos gravables 2022 y 2023, por ejemplo, a quienes les corresponda un impuesto del 24% deberán pagar 27%.
6. Eliminación de beneficios
El proyecto propone la eliminación de los beneficios de rentas exentas de personas jurídicas a partir del 2023, con excepción de lo que se aplican a la economía naranja, que tienen derechos adquiridos. También se eliminarían beneficios como: incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano; venta de energía eléctrica generada con base en energía eólica, biomasa o residuos agrícolas, solar, geotérmica o de los mares; rentas asociadas a la vivienda de interés social y a la vivienda de interés prioritario; aprovechamiento de nuevas plantaciones forestales, incluida la guadua, el caucho y el marañón; prestación del servicio de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado; incentivo tributario a las creaciones literarias de la economía naranja; y rendimientos generados por la reserva de estabilización que constituyen las entidades administradoras de fondos de pensiones y cesantías.
7. Beneficios tributarios
El articulado presenta beneficios tributarios para la creación y promoción del empleo. Por ejemplo, para los empleadores que contraten trabajadores de ciertos grupos poblacionales, únicamente existirá la obligación de cotizar al Sistema de Riesgos Laborales, por lo tanto, estarán exentos de aportes a salud y pensiones, parafiscales, y tampoco estarán obligados a afiliarlos a cajas de compensación. Estas poblaciones son: jóvenes menores de 28 años que accedan a su primer empleo, personas en edad de pensión que no sean beneficiarias de esta; personas en situación de discapacidad; y mujeres mayores de 40 años que en los últimos 12 meses hayan estado sin contrato de trabajo.
8. Otros impuestos
Habrá impuesto a las pensiones: el articulado estipula que las pensiones obligatorias bajarán su exención de 12.000 UVT a 1.600 UVT, esto quiere decir, que deberán pagar renta las mesadas de por lo menos $60 millones anuales, igual a $5 millones mensuales. Asimismo, hubo un cambio en los fondos voluntarios y las cuentas AFC, a partir de enero del 2022 no se tratarán como renta exenta. Otro impuesto de la reforma es la propuesta para que municipios, distritos y departamentos adopten la sobretasa a la gasolina motor extra y corriente, y Acpm. Sería para la contribución nacional y será cobrada por la Nación y distribuida así: 50% para el mantenimiento de vial nacional y el otro 50% para los departamentos. Por ejemplo, la sobretasa de gasolina corriente en los municipios será de $940 y departamental, $330.
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