Colprensa l LA PATRIA
Los colombianos tendremos, a partir de este primero de enero, cambios significativos en lo que a impuestos se refiere, luego de que el presidente Juan Manuel Santos sancionara la reforma tributaria aprobada por el Congreso, que se convirtió en la Ley 1819 de 2016.
Según explicó el Gobierno Nacional, en cabeza del ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, con esta reforma se pretende recaudar en el primer año cerca de 6,5 billones de pesos adicionales y para los próximos cinco años algo más de 22 billones de pesos, con el fin de cubrir el déficit del país.
Pese a la críticas, Cárdenas afirmó que la reforma sí es estructural. “Aquí se simplificó el estatuto tributario, se buscó más equidad y al mismo tiempo se dio competitividad. Hace muchísimo tiempo no se tenía una Reforma tan ambiciosa en materia tributaria”, dijo.
El presidente Santos señaló que los nuevos recursos servirán para que los programas sociales lleguen a más colombianos en los próximos años, además de que era necesaria para que Colombia pueda seguir progresando como Nación.
Las críticas a la reforma salieron desde todos los sectores, incluyendo los propios empresarios, quienes consideraron, a diferencia de Cárdenas, que “se perdió la oportunidad que habíamos esperado por dos años, de una reforma tributaria estructural para mejorar la competitividad del país”, según Bruce Mac Master, Presidente de la Andi.
Pero con todo y críticas, la realidad es que a partir de este domingo los impuestos para los colombianos tendrán cambios significativos, especialmente en todo lo que tiene que ver con el incremento del IVA del 16 % al 19 %, incrementos en los precios de los combustibles y el llamado Monotributo.
- ¿Cuándo empezará a regir la reforma tributaria?
La reforma tributaria empezará a regir a partir del próximo primero de enero de 2017, ya que por mandato constitucional, las leyes que regulen contribuciones en las que la base sea el resultado de un hecho ocurrido durante un periodo determinado, se aplican a partir de la vigencia siguiente a la ley.
En lo que tiene que ver con el IVA, que pasará de 16 % a 19 %, con el fin de evitar traumatismos la DIAN informó que a los establecimientos de comercio que venden bienes y servicios y que tengan mercancía con la tarifa anterior, tendrán hasta el 31 de enero para salir de ella. A partir del primero de febrero todos los bienes deben tener incorporada la nueva tarifa.
- ¿Cómo quedará entonces el cobró del IVA para el próximo año?
La reforma tributaria aprobó un incremento del 16 % al 19 %. La canasta básica que publica el DANE da cuenta de que el 59 % de los productos pagan la tarifa completa de este impuesto, por lo que estos son los que sentirán el cambio de los tres puntos aprobados. Entre los productos se encuentran pastas, margarinas, aceites, embutidos, cereales, productos de aseo, ropa y comidas en restaurantes.
El Gobierno estima que con el incremento de tres puntos en el IVA el recaudo para 2017 será de 6,19 billones de pesos, un año después sería de 6,87 billones de pesos, mientras que para 2020 podría llegar a 15,72 billones de pesos.
- ¿Cuáles son los productos que no tendrán IVA?
Entre los productos que no tendrán IVA se encuentran: carne, pollo, leche, queso, huevos, ganado bovino, pescado, cerdo, cuadernos, libros, animales vivos, medicamentos, educación, abonos, transporte público, aguas minerales, fertilizantes, Internet fijo para estratos 1 y 2, computadores de menos de un millón de pesos, tabletas y teléfonos de menos de 650 mil pesos y edificaciones de menos de 800 millones deducibles de renta.
- ¿Cuáles son los productos que tendrán impuesto del 5 %?
Dentro de la reforma tributaria quedó aprobado que los tampones y las toallas higiénicas no pagarán IVA del 19 % sino del 5 %, el cual también se le aplicará a las viviendas cuyo valor esté por encima de los 800 millones de pesos, pero no quedaron incluidas las viviendas de interés social.
Las bicicletas con un precio inferior a 1,5 millones también pagarán un IVA del 5 %, debido al incentivo del uso de las bicicletas, mientras que la situación cambia para bicicletas con precios superiores, que ya están gravadas con el 19 %.
- ¿Qué pasará con los celulares y el tema de tecnología?
En el tema de tecnología se dieron algunos cambios. Allí los teléfonos celulares con precios inferiores a 640.000 pesos quedaron exentos de IVA, así como los planes de datos inferiores a 45.000 pesos. Los que superen esa cifra tendrán que pagar el tributo al consumo, que será del 4 %.
A ellos se suma todo el tema de computadores de escritorio y portátiles, quienes también quedaron incluidos dentro del IVA, pero solo si su valor comercial supera los 1,5 millones de pesos.
- ¿Qué pasará con los combustibles en el país?
En la reforma tributaria se creó el 'Impuesto Verde', con el fin de apalancar compromisos adquiridos del país en materia ambiental. Se aprobó un impuesto a los combustibles fósiles para el consumo nacional, por lo que la gasolina subirá 135 pesos por galón, el acpm se incrementará en 152 pesos por galón, el gas natural elevará su precio en 29 pesos por metro cúbico y el gas propano lo hará en 95 pesos.
- ¿En qué consiste el impuesto a los cigarrillos?
La reforma tributaria que sancionó el presidente Juan Manuel Santos aprobó un aumento en la cajetilla de los cigarrillos de 700 pesos para 2017 y otros 700 pesos para 2018. Esto quiere decir que si la cajetilla costaba 1800 pesos este año, para el próximo pasará a costar 2500 pesos, con lo que se pretende desestimular su consumo.
- ¿Cuáles son las personas naturales que pagarán el impuesto de renta?
La reforma tributaria estimó que el actual esquema se mantiene vigente sin mayores cambios, por lo que las personas que tengan ingresos mensuales superiores a los 3.471.183 pesos lo seguirán haciendo para el próximo año. Hoy en día existen cerca de 2.479.147 declarantes.
Allí también se estipuló que las personas naturales pagarán impuestos de 5 % para dividendos entre los 17,8 y 29,6 millones de pesos, y de 10 % para quienes reciben un monto superior a los 29,7 millones de pesos.
- ¿Y para las empresas?
Las personas jurídicas pasarán de pagar el impuesto a la riqueza, el CREE, la sobretasa CREE y el impuesto de renta a solo pagar el impuesto de renta, el cual bajará de manera gradual de 40 % a 33 % en 2019. Además, las rentas exentas del impuesto de renta, pero que hoy pagan CREE, continuarán gravadas con una tarifa preferencial del 9 % en materia de renta.
En la tributaria también se contemplaron incentivos en materia de renta para generar empleo y desarrollo económico en las zonas afectadas por el conflicto armado. Las micro y pequeñas empresas no pagarán impuesto de renta en el periodo comprendido entre el 2017 y el 2021. 2022-2024 el 25 % de la tarifa general. Para empresas medianas y grandes pagaran el 50 % de la tarifa general hasta el 2021.
- ¿En qué consiste el monotributo?
La reforma contempló que el monotributo está orientado a formalizar cerca de 300.000 tenderos, pero solo aplicará para personas naturales, quienes se beneficiarían con un ahorro a la vejez y cobertura en materia de riesgos laborales. Allí se aprobó que estos pequeños negocios paguen de manera conjunta el IVA y el impuesto de renta, equivalente al 1 % de sus ingresos.
En ese sentido, quedó estipulado que las personas con ingresos de 41.654.220 de pesos pagarán 40.000 pesos. Entre 62.481.300 y 83.308.400 pesos pagarán 60.000 pesos y entre 83.308.400 y 104.135.500 pesos tendrán que pagar 80.000 pesos.
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