La caída en precios de petróleo y de otros bienes básicos ha puesto de manifiesto la vulnerabilidad de la economía colombiana a choques de términos de intercambio, y la necesidad de generar las condiciones para lograr diversificar y sofisticar el aparato productivo y la canasta exportadora. A partir de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo "Todos por un Nuevo País" y de la agenda de competitividad, el gobierno nacional trabaja en la definición de cuatro políticas complementarias que contribuirán con el logro de estas metas de diversificación y sofisticación: la política de beneficios tributarios, la política de ciencia, tecnología e innovación, la política de desarrollo productivo y la agenda de cierre de brechas de capital humano.
La primera política, beneficios tributarios para innovación, redactada en el Comité Técnico Mixto de Innovación del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica y Social hace un par de semanas. La nueva política de beneficios tributarios parte de un diagnóstico de la situación de la innovación en Colombia y del uso del instrumento de beneficios tributarios. En primer lugar, el gasto en actividades de ciencia, tecnología e innovación, no supera el 0,22% del PIB en Colombia comparado con 2,4% en la OCDE; adicionalmente, la mayor parte del gasto lo financia el sector público. Menos del 25% de las empresas reportan actividades de innovación.
A pesar de tener un instrumento de beneficios tributarios, estos estaban limitados a actividades de ciencia y tecnología, excluyendo actividades de innovación. Menos de la mitad del cupo aprobado era usado, y de este, 70% era otorgado a no más de 3 empresas del sector minero-energético.
La nueva política busca dinamizar el instrumento de beneficios tributarios como catalizador de la inversión privada en actividades de innovación. La primera novedad de la política es ampliar el ámbito de aplicación del beneficio para incluir innovación en el sentido amplio según definiciones internacionalmente aceptadas. La política propone nuevas disposiciones para mejorar el acceso al beneficio por parte de mipymes y empresas en sectores diferentes.
Entre ellas, hace elegibles proyectos de innovación empresarial, reconoce unidades de innovación empresarial sin vínculos con universidades, reglamenta una opción de acceso rápido al beneficio, o "fasttrack", para una categoría de "Empresas Altamente Innovadoras". Empresas con esta certificación podrán acceder sin evaluación previa de sus proyectos al beneficio. De igual manera, y como parte de la decisión estratégica de promover la creación de parques científicos y tecnológicos, empresas que estén ubicadas o que busquen ubicarse en estos parques, también tendrán acceso en "fasttrack" al instrumento. Finalmente, el acceso de mipymes se promoverá permitiendo que las empresas sin renta líquida puedan usar su beneficio tributario en el futuro, cuando tengan renta gravable.
Este instrumento de política es un primer eslabón que se combinará con la política de ciencia, tecnología e innovación, la política de desarrollo productivo y la política de capital humano para lograr la transformación productiva requerida para dar el salto de un país de ingreso medio a un país de ingresos altos.
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