Durante los días 30 de septiembre, 1 y 2 de octubre últimos, se realizó en la histórica población de Paipa el XXI Encuentro de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, el que contó, como ya es tradicional desde el 2006, con la participación de los tres niveles que ahora la conforman: Consejo de Estado, Tribunales y Juzgados Administrativos. Han transcurrido más de 23 años de haberse realizado el primer certamen en la misma municipalidad que lo fue en 1993, pionera de este tipo de eventos en la justicia. A esa primera cita asistieron un poco más de 120 funcionarios (para entonces no existían los juzgados administrativos); a la última concurrieron alrededor de 500; recibieron placa de reconocimiento quienes, además, participaron en ambas reuniones.
El reciente encuentro tuvo como rótulo “Hablan las regiones”, dando preferencialmente oportunidad a tribunales y juzgados de expresar sus experiencias y posiciones jurídicas en torno a la aplicación judicial del nuevo Código de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), en ocasiones confrontadas con criterios jurisprudenciales del Consejo de Estado, normativa que estableció el proceso oral y por audiencias en la jurisdicción mencionada, que ha reducido en forma ostensible los tiempos procesales.
Puntos polémicos relacionados con el desarrollo del proceso judicial contencioso administrativo suscitaron todo el interés de los participantes, los que fueron desarrollados a través de paneles en los que intervinieron esencialmente funcionarios de la provincia quienes expusieron sus puntos de vista y prácticas procesales, cuyas conclusiones fueron sometidas al veredicto del pleno congregado en el auditorio, cuyos participantes, haciendo uso de control remoto, optaban por una de las respuestas presentadas sobre cada ítem; todas arrojaron una mayoría porcentual, aunque en varias hubo empate ‘técnico’, surgiendo de allí tendencias en la interpretación de las normas. Este modelo, que fue estrenado en el encuentro realizado en el 2011 en Manizales, volvió a despertar manifestaciones de elogio.
Algunos ejemplos de respuestas mayoritarias, que en modo alguno afectarán la independencia de los jueces al adoptar sus decisiones, pues se hizo a título ilustrativo, son: La reforma a la demanda se presenta dentro de los 10 días siguientes al vencimiento del término de traslado para su contestación, 74%; no es posible ordenar corregir la contestación de la demanda ni rechazar aquella por falta de corrección, 76%; no se incentiva la acumulación de pretensiones de pluralidad de demandantes en una sola demanda, ni de procesos, porque estadísticamente se contabilizan como una sola actuación, 74%; la formulación de excepciones previas no requiere escrito independiente, 100%; no es posible aplicar el Código General del
Proceso para condenar en costas en trámites distintos a los que expresamente regula el Código de lo Contencioso Administrativo, 68%; puede hacerse “fijación del litigio” aunque el demandado no haya contestado la demanda, 97%; debe convocarse a audiencia de pruebas aunque éstas sean solo documentales, 66%, nunca se convoca 20%, solo se convoca si son complejas, 14%; sobre la expedición de la sentencia en audiencia inicial, el 58% indicó que cuando el proceso es de puro derecho y no hay que practicar pruebas, oye alegaciones y la profiere en la misma audiencia, el 16% solo escucha las alegaciones, da el sentido del fallo y posteriormente emite en forma escrita la sentencia, el 15% ordena presentación de alegaciones por escrito y luego emite sentencia en forma escrita, y el 11% escucha alegaciones y luego dicta sentencia también escrita; la sentencia dictada en audiencia se notifica en estrados, 86% de los votos, el 14% dijo que se hace dentro de los 3 días siguientes a su expedición a través de buzón electrónico.
Un tema de singular importancia fue presentado: “Justicia, Transparencia y Rendición de cuentas de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo”, modelo único en el mundo que implementa el Consejo de Estado el que se espera sea replicado por tribunales y juzgados de todo el país; así mismo se hizo un balance de los tres años de vigencia del Código. A su turno, intervinieron el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la ESAP, en tanto que el Ministro de Justicia explicó pormenores del proyecto de reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1996) para adecuarla a la reciente reforma constitucional. La clausura del certamen estuvo a cargo del Presidente de la República quien hizo una férrea defensa del proceso de paz.
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