Julián García
LA PATRIA|Chinchiná
La Alcaldía de Chinchiná le apunta a la recategorización del Municipio. Para lograrlo el Concejo aprobó en las sesiones extra de julio la modificación de la estructura orgánica de la Administración y las nuevas funciones de las dependencias. Pretenden que el pueblo pase de la categoría 5, a la 4, a partir del próximo año.
El Proyecto 07 de la estructura orgánica lo aprobaron con 10 votos a favor y 5 en contra, con ponencia del concejal del Partido Conservador Juan David Alzate.
El administrador Público Santiago Bedoya explicó que el visto bueno del Concejo a la estructura orgánica es el primer paso para obtener mejores ingresos corrientes de la Nación y lograr mayor endeudamiento, es una oportunidad para obtener mayores recursos. Bedoya dijo que para ello, también la recategorización implica aumentar el gasto público y crear nuevas secretarías y subsecretarías.
Peros
Los concejales que se opusieron al Acuerdo 07 consideraron que este no es el momento para crear nuevas dependencias y aumentarles el sueldo a los funcionarios.
“El proyecto 07 no hace movimientos de rubros ni adiciones al presupuesto”, advirtió el concejal Alzate en la ponencia.
La ESAP ejecutó un estudio en el 2019, que arrojó la necesidad de modernizar la estructura de la planta de personal de la Alcaldía, por lo cual surtió trámite ante el Concejo la modificación de la estructura orgánica.
El Departamento Administrativo de la Función Pública les recordó este año a los municipios de categorías 5 y 6, como Chinchiná, la importancia de llevar a cabo una actualización de sus manuales de funciones, con el objetivo de modernizar la gestión. Desde el 2009 no le practican una actualización al Manual de Funciones de la Alcaldía y a la Estructura Orgánica.
Chinchiná posee 52 mil habitantes y su extensión es de 114 kilómetros cuadrados. El Presupuesto de Rentas y Gastos del 2021 está tasado en 52 mil 393 millones.
Cuarta categoría
Población: Con población comprendida entre 20 mil 1 y 30 mil habitantes.
Ingresos corrientes de libre destinación anuales: Superiores a 25 mil y hasta 30 mil salarios mínimos legales mensuales.
Crearán 9 secretarías
Gobierno, Hacienda, Desarrollo Social, Económico, Jurídica, Planeación, Infraestructura, Tránsito y Administrativa y de Talento Humano. Algunas ya existen.
Las categorías de un municipio
El Artículo 320 de la Constitución Política dispone: la “ley podrá establecer categorías de municipios de acuerdo con su población, recursos fiscales, importancia económica y situación geográfica, y señalar distinto régimen para su organización, gobierno y administración”.
Una tesis de grado para la maestría en Derecho Administrativo en la Universidad Javeriana, presentada por Justine Melissa Perea y Keyla Milena Delúquez, explica:
"En síntesis, el Artículo 320 de la Constitución tiene dos claros propósitos: en primer lugar, establecer diferentes categorías de municipios tomando para ello los criterios de población, recursos fiscales, importancia económica y situación geográfica. Por lo tanto, al incluir en la Carta la noción de categorías de municipios permitiría distinguir adecuadamente las diferencias existentes entre los 1.101 municipios. Además, al diferenciar los niveles competenciales por categorías, se podrá aliviar a los municipios menores de numerosas funciones que no pueden cumplir. Con el fin de democratizar y hacer más eficiente y racional la Administración municipal mediante una real distinción en cuanto a las peculiaridades de los municipios para el ejercicio de sus competencias esenciales.
"En segundo lugar, una vez establecidas las anteriores categorías, se debe señalar en cada una, distinto régimen en cuanto a su organización, gobierno y administración y todo esto con el fin de que exista una distribución diversificada de las competencias, en la que todos los municipios no estén igualmente obligados a cumplir las funciones homogéneamente atribuidas por la ley y se logre una racional distribución de recursos".
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