En un bolentín de prensa de Confamiliares se informó que mendiante el Decreto 0721 de 2013 reglamenta la afiliación de los trabajadores del servicio doméstico al Sistema de Compensación Familiar, lo
cual permite que esta población se beneficie de los diferentes servicios y programas que ofrecen las Cajas de Compensación y por ende se
contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de sus familias.
Según lo anterior, los empleadores del servicio doméstico deberán afiliarse, en este caso a Confamiliares, y proceder a afiliar a sus
trabajadores. El costo de la afiliación es el equivalente al 4% sobre el salario que devenga el trabajador; es decir, si el empleado gana un
salario mínimo mensual legal vigente, tendrá que pagar alrededor de $24.000, a través de la planilla integrada de liquidación de aportes, PILA.
Teniendo en cuenta que esta población normalmente recibe un salario mínimo, el acceso a los diferentes servicios y programas de
Confamiliares, en los mismo términos que se aplica para la generalidad de los trabajadores afiliados, será la posibilidad de contribuir con la
satisfacción de diferentes necesidades de la familia, aportando con ello a la calidad de vida del grupo familiar afiliado y a sus sueños de
bienestar.
Importante
La Normatividad de la afiliación del empleado doméstico corresponde con la Ley 1595 de 2012, Decreto 721 de 2013. Es importante tener en
cuenta que el aporte de los empleadores se realiza con base en el salario devengado por el trabajador. El ingreso base de cotización no podrá
ser inferior a 1 Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
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