La sentencia de 212 páginas condena a Colombia por unanimidad por la desaparición de 10 personas, esto al encontrar demostrado que se dio un modus operandi tendiente a la desaparición forzada de personas consideradas como sospechosas de participar en la toma del Palacio de Justicia o colaborar con el M-19.
De acuerdo con la CorteIDH “los sospechosos eran separados de los demás rehenes, conducidos a instituciones militares, en algunos casos torturados y/o desaparecidos”. En ese sentido, declaró responsable internacionalmente al Estado de Colombia por ciertas violaciones de derechos humanos cometidas en el marco de estos sucesos.
En específico, la Corte encontró responsable al Estado por las desapariciones forzadas de siete empleados de la cafetería del Palacio de Justicia (Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo Figueroa, Luz Mary Portela León), de dos visitantes del Palacio de Justicia (Lucy Amparo Oviedo Bonilla y Gloria Anzola de Lanao) y de una guerrillera del M-19 (Irma Franco Pineda).
Igualmente, encontró responsable al Estado por la desaparición forzada y posterior ejecución extrajudicial del magistrado auxiliar Carlos Horacio Urán Rojas.
La condena también se profiere por las “detenciones arbitrarias e ilegales y torturas o tratos crueles y degradantes sufridos, respectivamente, por Yolanda Santodomingo Albericci, Eduardo Matson Ospino, Orlando Quijano y José Vicente Rubiano Galvis, quienes fueron considerados sospechosos de colaborar con el M-19 en el marco de estos hechos”.
Y, finalmente, por “la falta de esclarecimiento judicial de los hechos y la violación del derecho a la integridad personal de los familiares de las víctimas, y el incumplimiento de su deber de prevención frente al riesgo en que se encontraban los ocupantes del Palacio de Justicia y que era conocido por el Estado”.
No responsable...
Por otra parte, la Corte consideró que el Estado no era responsable por las desapariciones forzadas de Ana Rosa Castiblanco Torres y Norma Constanza Esguerra, aún cuando sí era responsable de haber incumplido su deber de garantizar el derecho a la vida de ambas víctimas, por la falta de determinación de su paradero por 16 años en el caso de la señora Castiblanco Torres y, hasta la actualidad, en el caso de la señora Esguerra Forero.
Órdenes
En la sentencia, la CorteIDH dice que el Estado debe llevar a cabo en un plazo razonable, investigaciones amplias, sistemáticas y minuciosas que sean necesarias para establecer la verdad de los hechos, así como de determinar qué fue lo que pasó en el caso del exmagistrado Urán, calificado de ejecución extrajudicial.
Igualmente, se debe investigar las detenciones y torturas o tratos crueles y degradantes sufridos, respectivamente, por Yolanda Santodomingo Albericci, Eduardo Matson Ospino, José Vicente Rubiano Galvis y Orlando Quijano. Lo mismo se deberá hacer en los casos de Norma Constanza Esguerra Forero y Ana Rosa Castiblanco.
Igualmente, se ordena hacer una búsqueda rigurosa de once personas que permanecen desaparecidas, dar tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico a las víctimas que así lo soliciten, hacer un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y un documental audiovisual.
Indemnizaciones
A pesar que el Estado Colombiano esperaba un fallo condenatorio, no esperaba que el mismo ordenara indemnizaciones a los familiares de las víctimas ya que la Justicia interna ya las ha ordenado en varios casos.
La CorteIDH valoró dicha labor de la justicia colombiana, sí ordenó el pago de indemnizaciones respecto de cuatro víctimas que no recibieron reparación alguna por daño material.
Así, se ordenó pagar 45 mil dólares a Cristina del Pilar Guarín Cortés; 38 mil dólares para Bernardo Beltrán Hernández; 35 mil dólares a favor de Luz Mary Portela León; y 5 mil dólares “a favor de Irma Franco Pineda, por concepto de indemnización por daño material”.
Igualmente, por el caso de tortura, trato cruel y degradante, se ordenó pagar 10 mil dólares a favor de Yolanda Santodomingo Albericci, Orlando Quijano, Eduardo Matson Ospino y José Vicente Rubiano Galvis. En este caso, también se ordenó el pago de 40 mil dólares para cada uno de ellos por las violaciones sufridas y las consecuencias que sufrieron luego del hecho y, finalmente, 15 mil dólares para cada uno de sus familiares.
La CorteIDH condenó a Colombia a pagar 100 mil dólares a favor de las 11 desaparecidos (incluye al exmagistrado Urán), así como 80 mil dólares para madres, padres, hijas e hijos, cónyuges, compañeros y compañeras permanentes de cada uno y 40 mil dólares por los hermanos y hermanas de dichas víctimas.
Esto “ya que se han comprobado las afectaciones a la integridad personal de éstos, sufridas como consecuencia de los hechos del presente caso, así como de sus esfuerzos para la búsqueda del paradero de sus seres queridos y de justicia”.
A su vez, la Corte fijó la indemnización de 80 mil dólares a favor de Norma Constanza Esguerra Forero, 70 mil para Ana Rosa Castiblanco Torres y 20 mil a favor de cada uno de los familiares de estas dos víctimas.
Finalmente, la Corte ordenó pagar por concepto de costas 61 mil dólares por los gastos en que incurrieron los representantes de las víctimas en el proceso.
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