JUAN DAVID CASTAÑO
LA PATRIA | MANIZALES
Alberto Gómez Veláquez compró un lote hace cinco años en el sector del Parque Liborio en Manizales. Antes de la compra se había asesorado en la Secretaría de Planeación para tener claras las posibilidades de construir allí. Tras la demolición de una casa que había allí, él comenzaría con la obra.
"En la Secretaría me dieron el visto bueno y por eso lo compré, meses después me dijeron que allí no podía construir y no me otorgaron la licencia de construcción. La razón fue que por esta parte pasaría la Avenida Colón", explicó Gómez.
Por eso, en el momento de querer construir su vivienda o un edificio usted debe pensar en tramitar una licencia de construcción, que es una especie de autorización o aval de una curaduría urbana. Es en estas dependencias donde se llevan a cabo los procesos de estudio y expedición de dichas licencias, de acuerdo con la reglamentación vigente.
En Manizales funcionan dos curadurías, las cuales están encargadas de estudiar las solicitudes y según las normas que rigen el Plan de Ordenamiento Territorial dar autorización o no a las mismas.
Las licencias tienen una vigencia de 24 meses y son prorrogables por una sola vez por 12 meses.
Hay que resaltar que usted no necesita una licencia cuando las obras van encaminadas a mantener el inmueble con las debidas condiciones de higiene y ornato (adornos para embellecer algo).
Trámite fácil
El ingeniero Jhon Jairo Osorio García, curador Dos de Manizales, explicó que este trámite es abierto a cualquier ciudadano en ambas curadurías. Allí entregan los documentos con la información sobre lo que debe presentar, los estudios que se deben hacer y que profesionales lo orientan en ese caso.
"Se deben cumplir con las normas contempladas en el código de construcción del POT (Plan de Ordenamiento Territorial) y de las PIP (Piezas Intermedias de Planificación), que son las que regulan la posibilidad de la edificación. También se debe tener el cumplimiento con el uso del suelo establecido en el POT, expedido por el Concejo de Manizales, con esos requisitos se puede acceder a la licencia", afirmó Osorio.
El curador dijo respecto a los costos que estos son determinados por medio de una ley emitida por el Ministerio de Vivienda, son variables de acuerdo con el uso de la edificación, ubicación, estrato y tamaño de la misma.
LA PATRIA le preguntó al curador respecto a las construcciones que en su valla tienen un aviso de licencia en trámite, pero que en ellas se observa movimiento de tierras e instalación de cimientos.
"Todo aquel que comience una construcción tiene que en el inicio poner el aviso o valla con el cual se informa lo que se va a hacer en el lugar, más la radicación de la Curaduría y el objeto de la licencia en estudio. Esto con el fin de que cualquier persona que tenga interés de titularidad o con problemas de linderos reclame sus derechos. En el momento en que sea expedida se debe cambiar la valla y poner el número de expedida. Para el caso de cuando una construcción inicie con licencia en trámite será la oficina de control de la Secretaría de Planeación la que imponga sanciones", respondió el curador.
Ricardo Alberto Rincón Jiménez, profesional universitario de la Oficina de Control Urbano de la Secretaría de Planeación Municipal, explicó que cuando se radica la licencia el constructor fija la valla con el número de radicado pero que debe comenzar la construcción cuando esta ya sea aprobada.
De no ser así y se haga una construcción con licencia en trámite, la Oficina de Control Urbano tomará medidas por infracción a la norma urbanística, iniciando un proceso administrativo que conlleva a sanciones.
- ¿Qué es una licencia urbanística?
Es una autorización previa para urbanizar, parcelar, subdividir o edificar un predio. Para inmuebles existentes se requiere licencia para reforzarlo o modificarlo, ampliarlo o adecuarlo a otro uso; igualmente para el cerramiento de cualquier inmueble.
- ¿Cuáles son las clases de Licencias urbanísticas?
De urbanización.
De parcelación.
De subdivisión y sus modalidades.
De construcción y sus modalidades.
De intervención y ocupación del espacio público (su estudio y trámite corresponde a la oficina de planeación municipal o distrital).
- ¿Qué se debe hacer cuando una construcción no tiene licencia?
Se debe solicitar el reconocimiento de la construcción el cual hará las veces de licencia, sin perjuicio de las sanciones respectivas por dicha infracción urbanística.
- ¿Cuándo no se requiere licencia?
Cuando se realicen obras de mantenimiento o de reparaciones locativas de cualquier edificación, destinadas a mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato.
Recuerde
Una licencia de construcción es expedida en máximo 45 días hábiles, si hay correcciones o ajuste de documentos por presentar, este proceso podría durar de tres a cuatro meses.
En la web
En www.curaduriamanizales.com se puede informar sobre los documentos que tiene que presentar para expedir una licencia de construcción en Manizales. También se puede informar sobre el POT y las PIP.
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