LA PATRIA | MANIZALES
El señor, de 80 años, tocaba a niñas de su vereda. Les ofrecía dinero para comprar su silencio. Fue condenado a 12 años de prisión por el Juzgado Penal del Circuito de Riosucio, pero debido a su gravísimo y delicado estado de salud, se le concedió la prisión domiciliaria, previo dictamen de Medicina Legal, que dijo que su detención intramural no es compatible con su vida.
Se trata de Laureano Tapasco, natural de Riosucio, acusado por el delito de actos sexuales abusivos con menor de 14 años. Las víctimas fueron tres niñas, a quienes las llevaba a su casa en la vereda Panesso, donde vivía solo. Alguien lo descubrió y lo denunció en noviembre del 2012. En audiencia, en el 2013, no aceptó los cargos, pero lo enviaron a la cárcel.
Durante el juicio se explicó que el condenado tocó en varias ocasiones a las tres menores para satisfacer sus apetitos sexuales, y les dio dinero para comprar su silencio y abonar terreno en las futuras conductas, que se volvieron recurrentes, pues las víctimas recayeron una y otra vez hasta ser descubiertas por sus madres sustitutas, quienes denunciaron el caso ante la autoridad.
"Para el Juzgado no es un invento o una historia irreal de las niñas, pues se comunicaban unas con otras para visitar la residencia del acusado, quien les daba pollo y huevos fritos, les entregaba monedas y con ello lograba su pederasta propósito", se explicó en la audiencia.
En entrevistas, las afectadas contaron que Tapasco les tocaba la vagina y los senos, y les daba entre $2 mil y $10 mil. Luego les mostraba el pene. Medicina Legal reportó lesiones y posible manipulación de las vaginas de dos de las tres niñas. A otra le bajaba su ropa interior. Les decía que a la que aguantara más dejándose tocar, le daba más dinero. Además, que fueran en falda para hacerlas subir a un árbol de naranjas y mirarlas.
La valoración de Medicina Legal establece que el sentenciado sufre enfermedad pulmonar obstructiva crónica, hipertensión arterial crónica controlada, sospecha de párkinson, mareo y desvanecimiento. Usa oxígeno. La domiciliaria se le otorga con base en el Artículo 314, numeral 4, del Código de Procedimiento Penal.
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