LA PATRIA | MANIZALES
Ocho años cumplirá un proceso en el que un hombre tumbó a una pareja en el negocio de un bus. Dos veces ha llegado el caso hasta el Tribunal Superior de Manizales, para resolver asuntos del proceso, que aún continúa.
La más reciente decisión de la Sala Penal de la Corporación fue el 15 de este mes, cuando negaron, por segunda ocasión, la preclusión o terminación anticipada del proceso.
El 24 de mayo del 2011 acudió a la Fiscalía una pareja, para denunciar a un hombre a quien le vendieron una buseta de servicio público intermunicipal, por $155 millones.
El compromiso firmado era que el comprador cancelaría la suma en un plazo de tres meses y, además, pagaría $35 millones a una cooperativa, pues este dinero hacía parte de un crédito que solicitó la pareja para adquirir el vehículo.
Incumplió el pago
Sin embargo, el comprador incumplió el trato y luego de varios intentos para llegar a un acuerdo, este se valió de artificios y engaños para hacerse con fotocopias de los
documentos de propiedad de la buseta.
De igual manera, convenció a la mujer, quien figuraba como propietaria, de firmar varios documentos y una letra de cambio por $7 millones, a la cual le agregaron un cero y quedó en $70 millones.
Este valor fue cobrado por otra mujer quien empezó a figurar como acreedora prendaria e interpuso una demanda ejecutiva contra la pareja.
Los denunciantes señalaron que no la conocían, ni le habían solicitado préstamos de dinero y menos autorizado para inscribir prenda sin tenencia a su favor sobre la buseta.
Al comprador inicial nunca lo volvieron a ver. Inclusive a la Fiscalía le tocó solicitar que fuera declarado ausente para poder imputarle cargos. Esta diligencia se hizo el 6 de abril de 2015. El cargo fue por fraude procesal.
Preclusión negada
Cuando se debía realizar la acusación, la Fiscalía solicitó la preclusión. El juzgado de conocimiento aceptó, pero las víctimas apelaron. En esa ocasión el Tribunal revocó la decisión y reasignó el proceso a otro despacho.
Se cumplió finalmente con la formulación acusación, luego se hizo la audiencia preparatoria y en la etapa de juicio oral fue la defensa la que pidió la preclusión, pues a su parecer no había delito para juzgar, con ocasión de una conciliación.
El juzgado se abstuvo de pronunciarse porque observó que se habían dado los argumentos de la primera solicitud, que ya había resuelto el Tribunal, es decir que ya era cosa juzgada.
El fraude
El Tribunal Superior aclaró que el fraude procesal se presume sobre el levantamiento de la prenda que había a favor de la cooperativa y la inscripción de similar gravamen a favor de la mujer que inició el cobro ejecutivo por $70 millones.
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