Certificado de gases solo sirve por un año
Colprensa
Bogotá
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La vigencia del certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Gases tendrá validez sólo por un año y no dos como se hacÃa hasta el momento. El cambio obedece a la sanción de la Ley 1383 de 2010, que modificó el Código Nacional de Tránsito.Â
La norma también establece que los vehÃculos de servicio particular nuevos se someterán a dicha revisión cada dos años durante sus primeros seis años contados a partir de la fecha de su matrÃcula; mientras que las motocicletas deberán hacerlo anualmente.
"Un aspecto que se debe tener en cuenta es que los usuarios tendrán que realizar la revisión del vehÃculo antes de que se venza el certificado, toda vez que al dÃa siguiente de su expiración, se le realizará una multa al propietario del mismo", dijo Gonzalo Corredor, Presidente de la Asociación Nacional de Centros de Diagnóstico Automotor.
Corredor explicó que con esta modificación la multa se realiza automáticamente a través del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) al dueño del carro y no solo hasta que una autoridad le solicite los documentos.
Quienes no cumplan con esta norma recibirán una multa equivalente a 15 salarios mÃnimos legales diarios (257.500 pesos) y les inmovilizarán el carro.
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Aumentan sanciones
El nuevo Código de Tránsito establece como documento público el certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Gases, por lo que quienes sean sorprendidos con falsificaciones, podrán ir a la cárcel.
"Igualmente, se fijó que el Ministerio de Transporte solo podrá habilitar nuevos centros de diagnóstico automotor que hayan obtenido su respectiva acreditación por parte del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia. Esto con el fin de garantizar la calidad del servicio y asà evitar accidentes", agregó Corredor.
La Ley 1383 fue sancionada por el Presidente de la República el pasado 16 de marzo, y comenzará a regir desde el momento en que aparezca publicada en el Diario Oficial.
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Reformas
El nuevo Código de Tránsito establece:
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- La señalización y demarcación vial en el paÃs deberá ser reglamentada por el Ministerio de Transporte en un lapso de de 60 dÃas, una vez entre en vigencia la ley.
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- No se podrán recoger o dejar pasajeros en lugares distintos a los paraderos.
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- Se prohÃbe vender o comprar productos de cualquier tipo a 200 metros de distancia de semáforos, pasos peatonales, ciclovÃas y/o estacionamientos.
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- Las empresas de transporte que no controlen las infracciones a sus conductores, tendrán una multa de 100 salarios mÃnimos legales mensuales.
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También sube la velocidad
- Los lÃmites de velocidad en carretera pasarán de 80 Km/h a 120 Km/h.
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- En las vÃas rápidas de las ciudades, los lÃmites de velocidad pasarán de 60 Km/h a 80 Km/h.
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- En las zonas escolares y residenciales se mantienen los actuales lÃmites, es decir, 30 km/h.
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- Las nuevas disposiciones de la ley no cobijan ni al transporte público de pasajeros, de carga y vehÃculos escolares. Esto significa que estos automotores deberán respetar los actuales lÃmites de 60 km/h en la ciudad y 80 km/h en carreteras.
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Comentarios
HASTA CUANDO?
es muy injusto
Ésto es un atraco a mano armada...