Vanessa Sánchez
LA PATRIA | Manizales
Gustavo Adolfo Heredia, de 26 años, no ha cerrado el capítulo por el accidente que sufrió en enero del 2015 cuando iba hacia su trabajo. Él no recibe desde hace ocho meses el pago de sus incapacidades, a pesar de tener una tutela que falló a favor de él.
El suceso ocurrió el 15 de febrero a las 6:15 de la mañana por el sector de Villa Pilar, cuando chocó en su moto contra un taxi. Sufrió fractura de tibia y peroné en 29 partes y cuatro fracturas más en el fémur izquierdo. Lo trasladaron al Hospital de Caldas donde permaneció hospitalizado durante 23 días y luego le dieron de alta.
En enero del año pasado recibió una cirugía por una infección ósea (osteomielitis) y en mayo le practicaron un nuevo procedimiento para retirar 15 centímetros de hueso infectado. Relata que desde esa época no recibe el pago, a pesar de que Salud Total le pagó los primeros seis meses de incapacidad y su administradora de pensiones Porvenir se hizo cargo de los pagos al año siguiente.
“Me practicaron la primera evaluación para la pensión por discapacidad y la calificación salió en 23,4% y estoy en exámenes para la segunda calificación. Mi meta es seguir trabajando y aliviarme rápido. Me dijeron que me iban a extraer el tutor en tres meses para ver cómo quedo”.
Gustavo Adolfo agrega que permanece solo en su casa y se defiende por sus propios medios. “Esta semana me llegó el fallo en segunda instancia del juzgado Quinto Penal del Circuito de Manizales y están a mi favor. No sé qué más hacer para que me paguen porque de mi dinero dependen mi esposa y mi hija. En este momento vivo de lo que mi mamá me puede regalar”, concluye.
Salud Total aseguró que conoce el caso y evalúa la solicitud hecha por LA PATRIA. Advirtió que pronunciará en el momento que tenga una respuesta clara y se contactará con el afiliado para darle cumplimiento a su petición.
Para el pago de sus incapacidad
El médico y abogado José Norman Salazar señala que los primeros seis meses de incapacidad, todas las EPS deben responder por el pago de las mismas y luego la administradora de pensiones o de riesgos laborales debe efectuar el pago mensual hasta que haya calificación por pensión por invalidez o le definan su situación.
Sin embargo, cuando se cumplen los 540 días y el médico de la EPS sigue ordenando incapacidades y reconoce que el paciente necesita tratamiento adicional, la EPS debe hacerse cargo de sus siguientes salarios.
Salazar agrega que es muy común que situaciones como la de Gustavo Heredia se repitan a diario, porque pasado el tiempo se tiren la pelota entre entidades para responder por los pagos.
“Las EPS dicen que ya no van a pagar y las ARL o administradoras de pensiones tampoco se quieren hacer cargos y en ese punto es donde hay dificultades. La dilación tiene que ver porque de por medio hay intereses económicos”.
El experto aseguró que la primera obligación la tiene el empleador y consiste en pagar las incapacidades y después recobrarle a la EPS, en este caso a Salud Total. No obstante, las empresas se curan en salud, pues la EPS normalmente glosa ese pago y a futuro no se lo reconoce a la empresa.
¿Cómo reclamar?
1. Debido a que este tipo de situaciones es muy frecuente pida la valoración de la Administradora de Riesgos Laborales o de pensiones a los 120 días de incapacidad, para que efectúe la evaluación de pérdida de capacidades. Así adelanta terreno.
2. En caso de que ya haya dejado pasar el tiempo y no le respondan, interponga una tutela contra la EPS y la ARL o el fondo de pensiones para que el fallo del juez vincule a ambas entidades.
3. Si la tutela no fue efectiva, escriba una carta al juez explicando nuevamente el incumplimiento. La ley tiene hasta 10 días para hacer valer este incidente de desacato.
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