La Nueva EPS acogería a los usuarios de las EPS liquidadas.

Foto I Archivo I LA PATRIA

La Nueva EPS acogería a los usuarios de las EPS liquidadas.

José Norman Salazar González*

 

La distribución de recursos y la poca claridad en la responsabilidad administrativa son factores que, aún después de radicada la reforma a la salud, preocupan a un sector de la comunidad.

Sin embargo, no todo es malo. José Norman Salazar González, director del Centro Colombiano de Derecho Médico, hace un análisis de los pros y contras del Proyecto de Ley que propone el Gobierno nacional. Salazar González resalta la intención de formalizar el vínculo laboral de profesionales y los siete tipos de redes con enfoque resolutivo como aciertos de la reforma.

 

Lo positivo

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La adopción de los Centros de Atención Primaria da un viraje al encauzar la cobertura de afiliación que hoy existe y hacer efectiva la garantía del acceso a los servicios de salud, este aspecto favorece a habitantes de áreas rurales, municipios y áreas no focalizadas en las grandes ciudades, territorios que hoy tienen fragmentada la atención básica (contributivo, subsidiado, vinculado) que en algunos casos era ilusoria la oportunidad en la atención en salud. Estos centros serán el eje para la atención básica, primaria, preventiva, y dichas instituciones pueden ser públicas, privadas o mixtas; este aspecto significa que quienes estamos en las grandes ciudades: poco nos afectará este cambio inicial. La reforma incluye los determinantes sociales que influyen en la salud a los cuales se le imprime alta importancia y materializa lo establecido en la Ley 1751 del 2015 para que la salud no se circunscriba solo a la persona sino también se extienda a factores externos que influyen en nuestra vida.

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Se eliminan barreras económicas para acceder a servicios de salud (copagos, cuotas moderadoras) y se empodera al médico en su autonomía a efectos de incrementar su capacidad de tomar decisiones enfocadas en la atención de pacientes y no en criterios administrativos que limiten el ejercicio profesional, se tendría una autorregulación a través de un comité. Como plan de choque y mientras dure la transición se apalanca transitoriamente en la Nueva EPS como salvavidas para reestablecer la atención en salud de entidades que hoy están ad portas de liquidar (Asmesalud, Capitalsalud, Saviasalud, etc).

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La intención de formalizar el vínculo laboral de profesionales y personal de la salud mediante un régimen laboral especial, la gran mayoría ingresarían bajo modalidades que corrigen el irregular sistema de contratos de prestación de servicios. Se crean los equipos médicos interdisciplinarios territoriales (EMIT) para la atención de pacientes en zonas de población más dispersa y vulnerable. Se constituye el Consejo Nacional de salud como órgano rector y se da un impulso a un sistema público único integrado de información en salud.
 

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Se crearán siete tipos de redes con enfoque resolutivo como forma de atender a los afiliados al Sistema de Salud (atención primaria resolutiva, servicios especializados ambulatorios, servicios de hospitalización, urgencias médicas ambulatorias, rehabilitación, laboratorios y apoyo en vigilancia en salud pública, servicios diagnósticos, farmacéuticos y de tecnologías de salud).

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Se eliminan las prelaciones en las atenciones en salud, en otras palabras, se eliminan los planes complementarios que permitía unas atenciones preferenciales en el aseguramiento básico: a costa del pago de unos dineros adicionales.

 

Lo negativo

Riesgos financieros

Hay debilidad en la definición de quien asume, evalúa y controla la estructura de riesgos financieros administrativos y de salud en la atención de la población, máxime con las variaciones de la pirámide poblacional que poseemos.
 

Racionalización de la plata

Debilidad en definir el sistema de auditoría que se requiere a efectos de racionalizar los recursos. Al quitar las actuales funciones a las EPS las deja desmotivadas para dar continuidad a plenitud de los actuales servicios.

 

Red de servicios

Hay creación de entidades nuevas a nivel nacional, regional y territorios que se conformarán por particularidades demográficas y de red de servicios. Además, una tendencia a marchitar las actuales EPS que no tendrán camino diferente a cambiar su misión empresarial y esta estrategia generará muchas dificultades con origen en la desmotivación de cumplir actuales funciones en medio de un panorama de muerte inminente como entidades que estaban acostumbradas a ejercer una función básica en el sistema; las nuevas funciones para las EPS serían crear y administrar Centros de Atención Primaria, administrar el sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes y efectuar auditorías.
 

Niveles de atención

Las funciones transitorias de la Nueva EPS van a generar traumatismos en su población afiliada. No se establece quién es el articulador de los diferentes niveles de atención, de los diferentes territorios que garanticen la continuidad del servicio en la movilidad temporal o definitiva de los ciudadanos, lo que hoy se llama portabilidad.

 

Por subregionales

La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) que hoy es una sola entidad se fragmentará en siete subregionales (Eje Cafetero se integrará con Antioquia y Chocó)

Rutas de atención

Se pierde el avance que se había logrado en la definición y puesta en práctica de las rutas de atención integral que en algunas EPS funcionaban bien y en consolidación. Se pretende revivir la recertificación de los trabajadores de la salud, norma que en el pasado fue declarada inconstitucional por la Corte Constitucional.

Lo presupuestal

No se incluye ningún lineamiento de orden presupuestal que permita definir los costos de la reforma y en especial el manejo de la creciente deuda que hoy poseen las EPS activas con las clínicas y hospitales del país.

A la espera

Se genera mucha incertidumbre durante un periodo de transición de dos años en donde muy seguramente las quejas, reclamos y tutelas no habrán de disminuir.

 

Contexto por tener en cuenta

La propuesta de reforma se debe tramitar íntegramente hasta el 15 de marzo; es usual que de la Ley surjan, con posterioridad, innumerables decretos y resoluciones que discriminan los diferentes aspectos enunciados y que orienten toda la operación del sistema.

 

*José Norman Salazar González, director del Centro Colombiano de Derecho Médico.

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