Si está afiliado o cotizando para pensión o pensionado por un Fondo Privado de pensiones puede trasladarse a Colpensiones y mejorar su ingreso y calidad de vida. Giraldo Abogados & Asociados lo asesora. Legal.
Muchas personas se trasladaron a los Fondos Privados de pensionescon la idea de que el valor de su pensión sería más alta en el fondo privado que en el ISS o en la Caja o Fondo Público en el que se encontraban. Sin embargo hoy estan encontrando en muchos casos, que el valor de la pensión en Colpensiones de no haberse trasladado al fondo privado resulta mucho mayor que en el fondo privado, pero cuando solicitan su regreso a Colpensiones, le informan que ya no se puenden devolver por faltarles 10 años o menos para la edad de pensión. Que hacer?
Existe una alternativa jurídica con la que se puede recuperar el régimen que tenía y devolverse a Colpensiones, cumpliendo con unos requisitos. Giraldo Abogados, empresa constituida desde el 2005, que cuenta con 10 oficinas en 7 Departamentos del país y miles de procesos adelantados en diferentes temas en su portafolio jurídico, lo asesora en este trámite. Su misión: Recuperar el régimen pensional más favorable.
¡Estaban desinformados!
Los afiliados no conocían en su caso particular, las ventajas y desventajas de trasladarse al Fondo Privado de Pensiones. Aún así, sin información veraz, técnica, adecuada y suficiente para tomar la decisión más importante de su vida, se trasladaron y hoy sufren las consecuencias. La buena noticia es que se puede anular judicialmente su traslado.
Dése la oportunidad de que Giraldo Abogados & Asociados estudie su caso a través de una consulta gratuita.
Informes
Las oficinas de Giraldo Abogados y Asociados en Manizalesestán la Carrera 24 # 22 - 02 Local 5 Edificio Plaza Centro Teléfono: 8804771. Celular: 3174408330
Para mayor información, visite la página web www.giraldoabogados.com
¡EL MAGISTERIO TIENE DERECHOS!
Muchos profesores creen que la pensión se encuentra bien liquidada. Sin embargo cuando revisamos la misma, encontramos que la Fiduprevisora no incluyó en ella todos los factores salariales como por ejemplo la prima de navidad, la prima de vacaciones, la prima de servicios y otros. Si quiere aumentar el valor de la pensión, debe demandar con Giraldo Abogados ante los jueces administrativos.
Se requiere copia de la resolución que otorgó la pensión y de la reliquidación si hubo, y un certificado salarial de los dos años anteriores al estatus de pensionado.
Frente a las Cesantías parciales o definitivas, cuando se solicitan, existe una obligación legal de ser canceladas a tiempo dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha de la petición. Sin embargo, se están demorando 9 meses y más, en pagarlas. No cancelar las cesantías a tiempo, genera a favor del docente un día de salario por cada día de retraso en el pago de las mismas, sanción que en muchos casos supera el valor de las cesantías solicitadas.
Se requiere que nos allegue copia de la resolución que otorgó las cesantías, solicitud de las mismas (si se tiene), el recibo de pago y un certificado de salarios del año de solicitud de las cesantías.
¡Sí se puede!
Giraldo Abogados & Asociados ha logrado que miles de docentes obtengan una decisión favorable reconociéndoles la sanción por mora en el pago de las cesantías y reliquidándoles la pensión por factores salariales.
¡Honorarios sobre resultados positivos!
Informes
Las oficinas de Giraldo Abogados y Asociados en Manizales están la Carrera 24 # 22 - 02 Local 5 Edificio Plaza Centro Teléfono: 8804771. Celular: 3174408330
Para mayor información, visite la página web www.giraldoabogados.com
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