Puesto de votación

Foto | Archivo | LA PATRIA La FLIP señaló que hay una serie de artículos que atentan contra la libertad de prensa como ya ocurrió en las elecciones regionales de 2019 y las generales de 2022.

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La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) criticó este martes un decreto expedido por el Ministerio del Interior porque considera que restringirá la libertad de prensa en las elecciones regionales de Colombia el próximo 29 de octubre.

"El Decreto 1702 de 2023, expedido el 19 de octubre por el Ministerio del Interior, no es compatibles con los parámetros constitucionales sobre la libertad de expresión y afecta el derecho a informar y ser informado durante las elecciones", detalló la FLIP en un comunicado.

Agregó: "Estas restricciones, días antes de las elecciones, generan confusión a las autoridades y a las y los periodistas que cubran las jornadas del próximo 29 de octubre".

El decreto, según el Ministerio del Interior, contiene las garantías electorales y de orden público en el país para las votaciones en las que se elegirán alcaldes y gobernadores, entre otros funcionarios locales.

Este documento, agregó la información del Gobierno, dicta las normas "frente a la publicidad electoral, equilibrio informativo, apoyo a sufragantes con limitaciones físicas".

Críticas de la FLIP

La FLIP señaló que hay una serie de artículos que atentan contra la libertad de prensa como ya ocurrió en las elecciones regionales de 2019 y las generales de 2022, cuando el Ministerio de Interior también limitó el ejercicio periodístico.

La Fundación destacó que el artículo 4 del Decreto indica que se prohíbe cualquier entrevista con fines políticos y electorales a través de radio, prensa y televisión, lo que consideran una restricción porque "las declaraciones de los candidatos son un asunto de interés público".

Por otro lado, el artículo 13 dice que durante la jornada electoral los medios solo podrán brindar información de orden público que previamente sea confirmada por fuentes oficiales, algo que afecta al ejercicio periodístico porque "no puede haber fuentes de información prohibidas".

Por último, el artículo 7 del Decreto prohíbe la utilización del celular y las cámaras fotográficas y de vídeo en los puestos de votación desde las 8:00 hora local hasta las 16:00 a excepción de los medios de comunicación.

Esto, considera la FLIP, "limita a que la ciudadanía ejerza su derecho a hacer veeduría del proceso electoral".

Debido a los antecedentes en anteriores elecciones, la FLIP indicó que "envió cartas al Ministerio del Interiores, al Registrador y al Presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre las preocupaciones que dejo el trabajo de las autoridades durante las jornadas electorales de 2019 y 2022", pero las entidades "nunca respondieron".

La FLIP "hace un llamado al Ministerio del Interior para que modifique el decreto y lo enmiende teniendo en cuenta los parámetros constitucionales, que garanticen los derechos a la libertad de exposición y de prensa" para que los periodistas puedan llevar a cabo sus laborares "sin temor de enfrentar obstáculos o sufrir represalias".