Comienza hoy a regir la llamada Ley de Garantías Electorales que restringe la contratación pública y prohíbe a gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades territoriales ejecutar recursos públicos durante los cuatro meses anteriores a cualquier elección. Se toma como referencia el calendario electoral en el que se establece que el próximo 11 de marzo del 2018 tendremos en Colombia elecciones de senadores y representantes a la Cámara. Las restricciones que comienzan hoy se refieren específicamente a convenios interadministrativos que cubrirán a las entidades del orden territorial y nacionales descentralizadas.
La medida también empezará a regir para todas las entidades del Estado a partir del 27 de enero del 2018, y se extenderá hasta mediados del próximo año, debido a que también habrá elecciones presidenciales. De hecho, hasta el día que el nuevo presidente sea elegido no se podrán ejecutar recursos públicos de ninguna naturaleza en ninguna entidad estatal, y queda cerrada toda posibilidad de contrataciones directas. Esto significa que sí se podrán realizar licitaciones y concursos, y contratación abreviada y de mínima cuantía, pero en la realidad eso no tiene mayor aplicación, debido a que quienes no cumplan pueden ser sancionados por la Procuraduría.
Si bien el espíritu de la norma es sano, la verdad es que estas restricciones entorpecen de manera seria el normal funcionamiento de la Administración Pública, y genera un efecto perverso que se evidencia en las avalanchas contractuales previas y posteriores a su ejecución. En este sentido Colombia Compra Eficiente tiene documentado el comportamiento de la contratación antes y durante la aplicación de la pasada Ley de Garantías y encontró que, en el primer semestre del 2014, la contratación directa fue de $21 billones, en 238.339 contratos. Eso reflejó aumentos en el volumen de las contrataciones una vez terminada la vigencia de la ley. Entre junio y julio del 2014 hubo un incremento del 58% en el valor contratado, y el número de contratos pasó de 30 mil a 39 mil después de terminada la Ley de Garantías.
Tal situación podría terminar riñendo con la transparencia que promulga la norma y provocando efectos malsanos en el erario. Aunque se ha insistido en que se debe planificar la contratación, no son muchos los avances en este sentido. Es verdad que ese es un propósito que debe perseguirse en cada momento, pero también es cierto que la Ley de Garantías frena en muchos casos la posibilidad de adelantar obras de desarrollo, y no deja de representar un bache que influye en la parálisis de la administración pública.
Hay que recordar que esta norma, correspondiente a la Ley 996 del 2005, surgió al lado de la legislación que permitió en ese momento la reelección del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez, como una manera de buscar algún grado de equidad entre los aspirantes al primer cargo de la República, y evitar que el candidato-presidente pudiera ayudarse en su campaña con recursos del Estado. Es prudente pensar que al haberse eliminado la reelección presidencial en el país esta Ley de Garantías ya no tiene sentido y debería eliminarse, o por lo menos hacerla menos restrictiva. Para nadie es un secreto que la inversión estatal es una gran dinamizadora de la economía, y que es absurdo mantener este tipo de frenos al flujo de recursos, cuando podrían hacerse otro tipo de controles al buen uso de los dineros públicos.
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