La globalización no ha sido un fenómeno exclusivamente económico y de intercambio comercial entre las naciones. Es un fenómeno que ha penetrado todas las dimensiones de la vida en sociedad, en todos los rincones del mundo, con sus cosas buenas y malas.
El Derecho Penal ha tenido dos desarrollos muy importantes en los últimos treinta años, dentro de esta lógica mundial: el primero es la Jurisdicción Penal Internacional representada en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, la cual tiene como objetivo impedir que las peores violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario queden impunes. Las atroces guerras civiles africanas y las criminales dictaduras de ese continente fueron la principal inspiración para crear esta jurisdicción global. El principio básico es que no importa dónde se cometa un crimen que ofenda a la conciencia humana, este debe ser sancionado. Si el Estado en el cual ocurre ha colapsado o es el perpetrador del crimen, entonces la comunidad internacional tiene el derecho de juzgar a los delincuentes. El segundo desarrollo ha sido la Justicia Transicional, la cual implica la aplicación temporal y excepcional de un cuerpo de principios novedosos del Derecho Penal que tienen como objetivo lograr la paz de un Estado que ha estado en guerra y que a través de un acuerdo los contendores quieren dejar atrás, esto sin permitir que los crímenes cometidos queden en el olvido y sin sanción alguna. Pareciera que la Jurisdicción Penal Internacional y la Justicia Transicional estuvieran en contradicción, pero no es así. Son dos caras de la misma moneda, que requieren un afinado y delicado balance para que cumplan sus objetivos armónicamente.
La Jurisdicción Especial para la Paz - JEP, que empieza a tomar cuerpo tímida y lentamente, es una de las columnas básicas del acuerdo entre el Gobierno nacional y las Farc, suscrito hace exactamente un año y que permitió ponerle fin a una guerra de más de medio siglo, la más larga de nuestra vida republicana. La JEP hace parte de un capítulo más amplio y es el que trata todo lo relativo a las víctimas. Esta justicia transicional busca lograr ese delicado y sensible equilibrio entre el derecho a la paz de una sociedad y el derecho a la justicia de esa misma sociedad, y muy especialmente de las víctimas.
La JEP tiene la tarea de establecer los graves delitos y crímenes que se cometieron con ocasión del conflicto Estado-Farc y sancionar a sus responsables. Los castigos son de tres tipos: una restricción geográfica a la movilidad de la mano de un trabajo de reparación a las víctimas de 2 a 5 años para quienes hagan un relato completo de sus graves delitos antes de que se les inicie juicio, una pena de prisión de 5 a 8 años para quien acepte su responsabilidad una vez se le abra juicio, y de hasta 20 años para quien no acepte su responsabilidad y sea vencido en juicio.
Sectores de oposición radical a lo que ha sido el proceso de paz y su acuerdo han dirigido toda su energía por estos días contra la instalación de la JEP como componente lógico del postconflicto. La reciente designación de los magistrados ha sido objeto de un virulento ataque y algunos políticos irresponsables los han calificado como los magistrados de las Farc, o al sistema como la justicia para la impunidad de los terroristas. Nada más falso y temerario. Si bien la escogencia de los magistrados fue novedosa, los criterios para su selección fueron adecuados y aquellos llegan por sus méritos y conocimientos. Los feroces críticos han querido mermar su solvencia profesional o poner en duda su ejercicio imparcial de la magistratura, pero no existe una sola evidencia que los haga indignos de la tarea que van a emprender. Nombres como los de Yesid Reyes, Rodolfo Arango, Caterina Heyck y Eduardo Cifuentes, son prenda de garantía de que habrá un ejercicio pulcro, inteligente y acertado de esta magistratura.
En manos de los magistrados de la JEP está que se asiente el sentimiento de justicia cumplida en los acuerdos de paz. Entre más se demore su implementación mayor el riesgo, ahí sí, de impunidad. Esta jurisdicción sancionará a guerrilleros, militares y civiles que tengan graves responsabilidades en el conflicto armado y al mismo tiempo, les otorgará ciertos beneficios que hacen posible la paz. Esta Justicia Especial para la Paz aplica el principio de Justicia Transicional buscando su armonía con el principio de Jurisdicción Universal, tal como se indicó al inicio de esta columna.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015