Como verás hoy, contrario a mi costumbre, he tomado la determinación de tratar un tema de actualidad pues pienso que, aparte del hecho que su análisis conduce a un tema bastante complejo, a la gente del toro nos ha hecho falta dejar de lado nuestra inveterada pasividad frente los continuos ataques y atropellos que contra nosotros se cometen cada día con mayor frecuencia.
Es así como considero que la postura que tomaron las autoridades municipales al negar el permiso para celebrar la corrida de toros que propuso programar, para fines de febrero, el muy apreciado en Manizales matador de toros Guillermo Perla Ruiz, resultó no solo desafortunada sino desenfocada, por no decir contraria, a la realidad que se vive en la ciudad en materia taurina y motivó que saltara a las primeras líneas de atención un asunto bastante espinoso y que hasta hoy no ha sido dilucidado por la legislación colombiana, como lo es el de la periodicidad, en el caso que nos ocupa, con que deban darse los espectáculos taurinos para que califiquen dentro de los de autorizada programación de acuerdo a los lineamientos dados en la sentencia C-666 de la Honorable Corte Constitucional.
Transcribo el texto de la mencionada sentencia en su parte pertinente: “Que únicamente podrán desarrollarse en aquellos municipios o distritos en los que las mismas sean manifestación de una tradición regular, periódica e ininterrumpida y que por tanto su realización responda a cierta periodicidad”, obviamente refiriéndose a los espectáculos taurinos.
Analizando el texto de la sentencia podemos ver como hay cuatro puntos claves que deben ser claros para que esta pueda ser aplicada y son: la periodicidad, la tradición regular y las nociones de ininterrumpido y de periódico. Empecemos por establecer que la periodicidad es aquello que sucede o que se realiza con frecuencia, con regularidad o inclusive, acercándonos a un concepto de la física, el tiempo que transcurre entre dos acontecimientos; periódico algo que sucede a intervalos; en cuanto a ininterrumpido podemos decir que se trata de algo que es continuo y periódico y que se reitera con determinada regularidad o guarda cierto periodo para repetirse. Y por último tradición regular, que no es otra cosa que los hechos o realidades que se han sucedido (una actividad bien puede ser) a través de los tiempos, dentro de un determinado grupo social y que no han cesado.
Hasta allí creo que todos estamos conformes, pero el meollo del asunto es que si bien en los conceptos citados siempre está presente “un lapso de tiempo” yo sí quisiera saber en dónde está determinado para efectos de poder calificar la periodicidad, lo ininterrumpido, o el periodo de tiempo que debe transcurrir, de que habla la sentencia. Que yo sepa la Corte Constitucional no lo definió y menos lo ha hecho la ley positiva, en lo que se refiere a este caso concreto. Y tampoco sabemos quién está autorizado, con excepción del Congreso de la República claro está, para determinar esa “frecuencia” esa “continuidad” o ese “lapso de tiempo”.
Quienes con seguridad si no están obrando dentro del marco normativo vigente al prohibir eventos taurinos (y si me equivoco que por favor me rectifican con argumentos legalmente sustentables) son las autoridades municipales, concejos y asambleas departamentales, quienes no han sido facultadas para ello. Al contrario se les ha indicado que no deben suplantar al legislador natural. Eso es lo único claro de este embrollo.
Así que, a mi juicio mis queridos amigos, mientras el asunto no se aclare verdaderamente este tema no puede ser definido olímpicamente por cualquier funcionario y de ser así estos obrarían mal no permitiendo que se realice un espectáculo taurino en cualquier lugar del país en donde alguna vez se hayan dado “Toros” pues no hay certeza sobre cuál es el periodo de tiempo que debe existir entre un espectáculo taurino y otro para que alguna autoridad pueda impedir su realización. ¿Será que debemos desconocer la periodicidad y la “tradición regular” del mundial de foot-ball porque solo se realiza cada cuatro años. ¿O la de la Feria de Manizales que no se celebró, en dos oportunidades en años seguidos? Recibe un abrazo de tu amigo. El Fraile. El añadido no cupo hoy y se quedó entre el tintero.
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