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La aprobación de la reforma tributaria a finales del año pasado y que empezó a regir este mes en algunos puntos tiene haciendo cuentas nuevas a los colombianos. Los cambios estarán vigentes plenamente en el 2014.
Con la reforma tributaria llegaron rebajas importantes como la disminución del IVA en varios productos como la pasta, el azúcar, el chocolate e insumos agrícolas, y en servicios como la medicina prepagada. Sin embargo, los consumidores se quejan de que aún no encuentran rebajas.
Por otro lado, el bolsillo sentirá el incremento por cuenta de esta reforma en aspectos como el arrendamiento de inmuebles comerciales los cuales empezarán a cobrar el IVA del 16% y los servicios hoteleros a los que les subieron el impuesto del 10% al 16%.
Con la orientación del profesional Jorge Iván Orozco, del Centro de Contadores Públicos de Manizales, y de un informe del Centro de Estudios Económicos de Anif, NEGOCIOS presenta los puntos principales de la reforma que afectarán el presupuesto de los colombianos.
Impuesto a personas naturales
* Se crea el Iman (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional), mecanismo adicional al sistema ordinario para declarar el impuesto de renta, en el que se incluyen a empleados y a trabajadores por cuenta propia.
* Quien tenga un sueldo de $3,6 millones y después de descontar la seguridad social, entre otros, y sus ingresos (renta gravable) sumen más de $41,5 millones anuales, tendrá que pagar solo $28.103, en 2013.
* Paga una tarifa del 5% quien tenga ingresos brutos mensuales de 10 millones de pesos; una renta gravable anual superior a $344 millones, pagará una tarifa plena del 27%.
Facilidad para declarar renta
* La reforma dispuso otro sistema para pagar renta llamado Impuesto Mínimo Simplificado (Imás), que incluso se puede declarar y pagar por internet, si tiene firma digital.
* Ese beneficio se compensa con una tabla de tarifas un poco más altas que las establecidas para el IMAN. La liquidación de los trabajadores por cuenta propia que apliquen de forma voluntaria a este mecanismo, quedará en firme después de seis meses, a partir del momento de su presentación.
* El impuesto a la renta para el 2013 se pagará como se venía haciendo hasta ahora, dado que la base gravable del mismo para ese año son los ingresos de 2012.
* A partir del 2014 se verifica si el impuesto IMAN es mayor a la tarifa que se venía pagando, en cuyo caso permanecerá como hasta ahora, siempre y cuando los ingresos sean inferiores a 6,4 millones de pesos mensuales.
Retención en la fuente
* A los trabajadores que ganen menos de $3,53 millones les queda en 0% la retención en la fuente, que hasta ahora venían pagando en una tarifa superiores De ese monto hacia arriba se incrementará gradualmente el cobro de la retención hasta el 15%. Un salario de cinco millones pasará de pagar una tarifa del 4% al 2%.
Salud y pensión se excluyen
Los asalariados, al determinar su base para la retención en la fuente, deben excluir el total de aportes a seguridad social, tanto salud como a pensión obligatoria, no hay lugar a excluir lo pagado por educación. También los aportes del empleador serán deducibles de renta. En ese sentido la reforma mantiene, con condiciones, lo planteado por el Estatuto Tributario.
Cambios en el IVA
* Antes de la reforma tributaria existían ocho tarifas de IVA que iban de 0 hasta el 35%. Ahora, este régimen se simplifica a solo tres del cero, 5% y 16%. Además se creó el Impuesto al Consumo, con gravámenes de 4%, 8% o 16%.
* Se reduce el impuesto a algunos alimentos como pasta, azúcar y chocolate del 10% al 5%, al igual que el pago en los servicios de medicina prepagada. Es decir, que un kilo de azúcar con un precio base de 1.829 pesos pagaba un IVA de 182 pesos, para un precio final de 2.012 pesos, mientras que ahora el IVA es de 91 pesos para un precio final de 1.920 pesos.
* Aunque algunos restaurantes todavía muestran en sus facturas un IVA del 16%, el nuevo Estatuto Tributario señala que ahora ese impuesto será reemplazado por un Impuesto al Consumo del 8%, para aquellos que superen ventas anuales de $105 millones. Para los que operen bajo franquicia, concesión, regalía o autorización sigue el IVA del 16% por ciento. Por lo tanto, los restaurantes cobrarán IVA o Impuesto al Consumo dependiendo de su naturaleza.
* El internet para estratos 1, 2 y 3 quedará exento de pago de IVA, lo mismo que la compra de tabletas y portátiles con un valor máximo de $1.154.163 y de $2.254.644, respectivamente.
* La reforma también distribuyó de manera distinta los impuestos a la telefonía celular, el 4% al consumo, que se adiciona al pago del 16% del IVA, es decir, el consumidor debe pagar un 20% en impuestos por el uso de los servicios de las compañías de telefonía móvil.
Servicios públicos siguen sin IVA
Quedan excluidos energía, acueducto y alcantarillado, aseo público, recolección de basuras, gas domiciliario (tubería o cilindro), teléfonos públicos y para usuarios de estratos 1 y 2, los primeros 325 minutos mensuales facturados de telefonía.
Beneficios si no se retiran pensiones antes de tiempo
La reforma aumentó de 5 a 10 años el tiempo de permanencia mínima de los ahorros y rendimientos de pensiones voluntarias para quedar exentos de la base para declarar impuesto de renta. Este beneficio no podra superar el 30% de los ingresos tributarios del contribuyente.
Ahorros para vivienda
Los ahorros en cuentas AFC (ahorro para vivienda) están exentos de impuesto de renta, siempre que no excedan el 30% del ingreso laboral, no superen los $101,9 millones, para 2013, y no los retire para otro fin antes de 10 años. Cesantías para vivienda también se excluyen de la base, si pasan de $67,1 millones y no exceden 12% del ingreso gravable ese año.
Ganancias ocasionales
* Adicionalmente, se reduce el impuesto de ganancia ocasional al 10%, que antes era del 33%. La norma también determina unas ganancias ocasionales exentas:
* Los primeros $206 millones 665 mil del valor de vivienda urbana y rural.
* Los primeros 93 millones 675 mil del valor de las asignaciones de porción conyugal o de herencia o legado.
Utilidad por venta de casa o apartamento
* Los primeros $201 millones 307 de las utilidades, condicionado a que sean consignados en una cuenta AFC, a la adquisición de otra casa, apartamento o habitación o a cancelar un crédito hipotecario vinculado con el inmueble en venta.
* Con información de Colprensa.
Impuesto de renta a sociedades
La reforma tributaria pasa el impuesto de renta del 33% al 25%, pero se crea un nuevo gravamen durante los primeros tres años del 9% sobre las utilidades (un 1% adicional a lo que se venia liquidando hasta el 2012), que a partir del año 2016 será del 8%. Esto se hace a través del CREE (Contribución Empresarial para la Equidad). "Por eso creo que resulta siendo más alto el impuesto", dijo Jorge Iván Orozco,
La frase
"Colombia está abocada a continuar presenciando una reforma tributaria cada año y medio, pues ninguna de ellas
ha logrado solucionar los problemas estructurales (bajo recaudo y excesivas “destinaciones específicas”). La
eventual finalización del auge minero-energético en 2014-2015 pronto nos estará pasando la cuenta de cobro fiscal".
Análisis de la reforma tributaria del Centro de Estudios Económicos de Anif.
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