JUAN PABLO GÓMEZ OROZCO
COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
La audiencia pública convocada por la Corte Constitucional para la libertad de expresión en las plataformas digitales se cumplió ayer.
Juristas, académicos, representantes de empresas de tecnología, periodistas y escritores expusieron sus puntos de vista ante el alto tribunal que debe decidir sobre tres casos en los que demandantes alegan que su buen nombre se afectó por publicaciones en redes sociales.
Un caso es el que tiene como protagonista al acordeonero Rafael Ricardo y al compositor Rafael Manjarrez. Ricardo ha publicado videos en sus cuentas personales de redes sociales en los que se refiere a Manjarrez como “pícaro, bandido y mafioso”, por, según cuenta, irregularidades durante su paso por la Sociedad de Autores y Compositores (Sayco).
Manjarrez, recordado por ser el autor de canciones como Señora y Bendita duda que grabó Rafael Ricardo con Otto Serge, se ha defendido diciendo que se trata de injurias y que las acusaciones del acordeonero no tienen asidero.
En sentido similar, Ricardo Gómez Durán, en representación de Sayco, sostuvo ante los magistrados de la Corte que los comentarios que Ricardo ha divulgado son “ataques desmedidos y dolosos que atentan contra Sayco y que ha venido comprometiendo su gestión comercial. Nos encontramos indefensos en las redes sociales”.
Otra tutela que originó la diligencia pública tiene su origen en Bucaramanga donde ciudadanos, al parecer, fueron víctimas de estafa de una mujer identificada como Sylvia Margarita Amaya y le dedicaron escritos a través de Facebook con los que buscaban advertir “de las maniobras engañosas” de la mujer.
Los comentarios se difundieron rápidamente y aparecieron más personas que los replicaron y compartieron. Por ello, Amaya instauró una denuncia argumentando que se le vulneraron sus derechos al buen nombre y a la honra.
La discusión se tejió sobre quién debe ser el responsable de los contenidos creados, publicados y difundidos en las redes sociales. Dos de los gigantes de internet, Facebook y Google, fueron invitados a la audiencia y sus voceros coincidieron en que es el usuario el que debe asumir las consecuencias de lo que se difunde.
El autor, el responsable
Lorenzo Villegas Carrasquilla, representante judicial de Google Colombia, enfatizó en que los administradores de plataformas no deben ser los responsables de los contenidos que se suben a la red a través de herramientas como Youtube o un blog. En su ponencia, Villegas manifestó que es competencia de los jueces determinar la legalidad o ilegalidad de los contenidos publicados.
“En los casos que involucran a Youtube o Blogger, Google actúa como administrador de esas plataformas en el sentido de que no crea o edita el contenido ni ejerce un control previo sobre el mismo. Google provee herramientas para que los usuarios creen su contenido”, precisó.
Recordó, además, que en ponencias anteriores, la Corte Constitucional ha reiterado que los intermediarios de internet no son los responsables por los escritos de los usuarios y que imponer obligaciones de bloqueo o remoción de contenido equivale a censura previa.
“Estamos convencidos – dice Villegas – que estas reglas, derivadas de la jurisprudencia son aplicables a administradores de plataformas, que al igual que los buscadores, no son autores de contenidos ya que no crean ni editan de manera previa”.
Luis Alfredo Barragán, vocero de Facebook, indicó que el autor de la publicación es el “responsable de su propio discurso, ya que el intermediario solo proporciona la plataforma”.
Ante el estrado, Barragán destacó que en esa red social hay millones de publicaciones a diario en las que se comparten momentos familiares, búsqueda de negocios, mensajes, imágenes y videos, por lo que consideró que es de suma importancia que sus usuarios se sientan libres de compartir esos contenidos.
“La seguridad y confianza son esenciales para crear comunidad, por eso Facebook se toma muy en serio el rol de mantener el abuso en su plataforma. Los términos de servicios precisan que los usuarios no pueden usar la plataforma para compartir contenido que viole sus políticas”, explicó.
Sin embargo, manifestó que esas políticas no pretenden sustituir a las leyes vigentes, sino que son reglas para que los usuarios tengan un mínimo de convivencia al hacer parte de esa red social.
Joe Barata, invitado por la Corte en su calidad de experto internacional en libertad de expresión y regulación de medios, indicó que es competencia única y exclusiva de los jueces determinar si un contenido es o no difamatorio.
“No se puede dejar esa decisión en actores privados”, dice Barata al hacer referencia que no son las plataformas quienes deben decidir cuándo una publicación es ofensiva. “Como regla general, el responsable es quien difunde el contenido, es el dueño editorial de la publicación”, apuntó.
¿Conductas penales?
Para el penalista Mauricio Pava, conjuez de la Corte Suprema de Justicia, no se requiere crear nuevos delitos ni aumentar las penas para quienes a través de las redes sociales se dediquen a cometer o promover actos delictivos. A su consideración: “El populismo penal no evita delitos en las redes. El reto para investigadores y jueces es impedir que la justicia demore en atender a la víctima y hallar a los responsables”.
Su ponencia se escuchó después de que el fiscal general, Néstor Humberto Martínez Neira, anunció que su despacho emitirá una directriz dirigida a los fiscales delegados que analizan estos temas para combatir conductas delictivas como injuria, calumnia, hostigamiento, instigación a delinquir y pornografía infantil, entre otros.
Martínez Neira cerró su intervención hablando de las famosas ‘bodegas’ que emplean a personas que desde las redes sociales se dedican a defender posturas y atacar a quienes están en contra de determinadas ideologías.
“Son operadores que apelan a la creación de cuentas falsas y son empresas que se dedican a difundir información falsa con la finalidad de afectar a un oponente político desde el anonimato. Esas informaciones son deshonrosas per se, estos excesos son ilícitos y pueden ser objeto de tratamiento penal”, describió.
Con estos elementos la Corte deberá decidir cuál será el mejor camino para sancionar a aquellos que usan las redes sociales para difamar, calumniar e injuriar.
Vladdo, columnista y caricaturista
La ofensa suele ser algo muy relativo. Si digo algo que puede ser ofensivo para los uribistas es una cosa maravillosa para los chavistas y sucede al revés.
Pedro Vaca, director de la Flip
El anonimato es una opción dentro del ejercicio de libertad de expresión. El derecho al desahogo existe.
Catalina Botero, exrelatora sobre libertad de expresión de la CIDH
No es el juez constitucional el que corrige el tono con el que las personas hablan (…) Los intermediarios de internet no se les puede exigir un monitoreo previo.
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