COLPRENSA | LA PATRIA | Medellín
Establecer que de ahora en adelante el Presidente de la República no podrá objetar actos reformatorios de la Constitución y pasar la página del suceso de la fallida reforma a la Justicia fueron algunas enseñanzas que deja el fallo del Consejo de Estado, que anuló el decreto por el cual se convocó al Congreso de la República a sesiones extras para que estudiara las objeciones del presidente, Juan Manuel Santos, en contra del fallido acto legislativo. Así lo establecieron analistas consultados.
En su momento, hace dos años, la decisión generó tanta polémica, que el presidente Santos anunció que asumía toda la responsabilidad política y jurídica por hacerlo. Sin embargo, recuerdan los analistas, el único que acogió dicha responsabilidad fue el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, quien renunció al cargo, indicando que aceptaba la responsabilidad política y el costo de la reforma.
Es de recordar que el decreto 1351 de 2012, por el cual se convocó al Congreso a sesiones extraordinarias, argumentó "que ninguna norma de la Constitución prohíbe, de manera explícita, la presentación de objeciones gubernamentales contra actos legislativos".
Ahora bien, el debate sobre la reforma a la Justicia revivió este año, luego de que la sala plena del Consejo de Estado estudió una ponencia de la magistrada María Claudia Rojas Lasso, alegando que la citación a sesiones extras fue inconstitucional y, en consecuencia, que todo lo allí sucedido no tiene validez. La magistrada le dijo a Colprensa, además, que no está expresamente conferida la facultad del presidente para objetar actos constitucionales y que "no podía hacerlo", como sucedió con la reforma a la Justicia.
Acatarán
El "superministro" de la Presidencia, Néstor Humberto Martínez, aseguró que el Gobierno acatará el fallo del Consejo de Estado sobre la fallida reforma a la Justicia, que no revivió el polémico acto legislativo, sino que mantuvo el archivo que el Congreso hizo de la iniciativa en junio de 2012.
"El Consejo de Estado, al establecer la nulidad del decreto que convocó a las sesiones extraordinarias, dijo expresamente que la nulidad regirá hacia adelante. Estamos obligados todos a acatar y cumplir el fallo", dijo el funcionario.
Lecciones
Luis Fernando Álvarez, expresidente del Consejo de Estado, indicó que esta sentencia tiene una doble lectura y que, a su juicio, es bastante compleja. "La primera: el Consejo de Estado dijo que el decreto por medio del cual el presidente convocó a sesiones extras es nulo. Pero, curiosamente, advierte que sus efectos solamente son hacia el futuro, como queriendo decir, "señor presidente lo que usted hizo hasta este momento, mal o bien, ya lo hizo, pero no lo vuelva a repetir"".
La segunda lectura, explicó el exmagistrado, es que el Consejo de Estado advirtió que Santos cometió dos errores: "convocó a sesiones extras para un tema que tiene que ver con un acto legislativo, cuando la Constitución lo prohíbe, y presentó una objeción de un acto legislativo, lo cual está prohibido".
El constitucionalista Juan Manuel Charry recordó que el tema de la Justicia es neurálgico y de muy difícil manejo, porque históricamente se ha demostrado que es muy difícil reformar a los jueces.
Santos hace dos años, en el último momento cambió de posición y pasó a criticar la reforma a la Justicia a objetarla y a lograr su archivo, sacrificando a su ministro Esguerra. Hubo un muy hábil cambio de posición del Gobierno asumiendo un costo político a través de su ministro, pero enterrando la reforma".
El exmagistrado de la Corte Constitucional, Carlos Gaviria, dijo que la decisión del Consejo de Estado deja incólume la reforma, o sea, no revive la reforma y, por tanto, tiene efectos para el futuro.
"El efecto político es que constituye una llamada de atención al Gobierno para que en el futuro no proceda de esa manera, en el sentido, de destacar que no tiene facultades para objetar reformas constitucionales". Así la responsabilidad que asumió el Presidente quedó en el papel mientras que Esguerra, al asumir la suya, dejó el cargo.
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