EFE | LA PATRIA | BOGOTÁ
La Corte Constitucional ratificó ayer las normas vigentes para el aborto y que recogen tres causales: malformación del feto que haga inviable su vida, que el embarazo constituya un riesgo para la salud de la mujer y la violación, sin límite de tiempo.
De este modo, la corte rechazó los argumentos de la magistrada Cristina Pardo quien propuso que el aborto solo debía plantearse antes de la semana 24 de gestación.
La decisión se tomó luego de que la Corte acogiera la tutela de una mujer de 33 años, que con 26 semanas de embarazo solicitó a su EPS que se le realizara el procedimiento debido a que su bebé venía con una serie de irregularidades, petición que fue negada en tres centros hospitalarios de Bogotá.
La mujer al ver la negativa interpuso una acción de tutela y la jueza 36 penal municipal de Bogotá que, como medida provisional y sin fallar de fondo el caso, autorizó la interrupción voluntaria del embarazo, por lo que el aborto se llevó a cabo al día siguiente.
En este sentido, el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Alejandro Linares, explicó que el tribunal tomó la decisión de ratificar la decisión del 2006.
En una decisión del 10 de mayo del 2006 la Corte Constitucional despenalizó esta práctica en los casos de violación sexual, grave malformación del feto o peligro de muerte para la mujer.
“A los médicos es a los que les corresponde decidir sobre estás causales y la Corte exhortó al Congreso de la República para que ejerza su libertad de configuración legislativa en materia de aborto y en particular, sí así lo considera, para que regule el tema de los plazos, por lo pronto la Corte se mantiene en sus decisión”, dijo Linares.
Además, pidió que se eliminen "las barreras administrativas" de las mujeres que piden acceder a la interrupción voluntaria del embarazo.
Para el magistrado José Fernando Reyes Cuartas, en este momento existe todo tipo de barreras y de trabas para que las mujeres soliciten el acceso al servicio de interrumpir voluntariamente el embarazo, “teniendo que acudir a la acción de tutela para lograr que se garantice su derecho a la atención debida con consecuencias irreversibles que obligan a que se practiquen de forma indebida con grave peligro para su salud”.
En este caso, agregó que se evidencia un incumplimiento de los compromisos internacionales que asumió el Estado Colombiano, por lo que es necesario garantizar el derecho de las mujeres a decidir de manera autónoma en la práctica del aborto en los casos permitidos.
Al hilo del caso, diferentes organizaciones de derechos humanos y de mujeres habían pedido a la Corte Constitucional no poner "más obstáculos" al aborto en esa decisión.
Amnistía Internacional presentó en julio una opinión ante la Corte Constitucional para que el Estado colombiano se ajuste a los estándares internacionales de derechos humanos y proteja de manera integral el derecho al aborto legal y seguro.
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