COLPRENSA | LA PATRIA
El Consejo Nacional Electoral (CNE) fijó los montos bajo los cuales se deben regir los partidos y movimientos políticos que participen en las elecciones de autoridades locales el próximo 25 de octubre.
Según lo expedido por el CNE, los aspirantes a las gobernaciones del país podrán tener gastos de campaña entre los $913 millones y $3.552 millones, analizando el censo de cada territorio. Por su parte, los candidatos a alcaldías tienen un tope que va desde $94 a $3.449 millones, también dependiendo del censo electoral.
La reposición de votos para las colectividades que participen de la contienda está determinada en $3.012 por cada voto válido depositado en las urnas para asambleas y gobernaciones. En el caso de las alcaldías y concejos, el valor de la reposición por cada voto válido será de $1.815.
En las consultas internas que se realizarán el próximo 19 de abril, se determinó que el valor de la reposición será de $1.459.
El organismo electoral también señaló que los montos de multa para quienes estén incurriendo en irregularidades como publicidad fuera del tiempo reglamentario, según lo establecido, sino cumplen con la ley podrán pagar multas que van desde $11.076.998 y $110.769.978 millones.
Sólo hasta tres meses antes de las elecciones que se desarrollarán el próximo 25 de octubre, los candidatos podrán hacer publicidad política. El 25 de junio iniciará formalmente la inscripción de los aspirantes.
Topes por censo electoral en departamentos
- Departamentos donde el censo electoral es superior a cuatro millones uno (4.000.001), la suma es de $3.552.280.5302
- Censo electoral entre tres millones uno (3.000.001) y cuatro millones (4.000.000), la suma es de $3.456.442.632.
- Censo Electoral entre un millón quinientos mil uno (1.500.001) y tres millones (3.000.000), la suma es de $3.432.385.385
- Censo Electoral entre ochocientos ochenta y cinco mil uno (885.001) y un millón quinientos mil (1.500.000), la suma es de $1.751.791.712.
- Censo electoral entre seiscientos noventa mil uno (690.001) y ochocientos ochenta y cinco mil (885.000), la suma es de $1.467.306.761.
- Censo electoral entre cuatrocientos mil uno (400.001) y seiscientos noventa mil (690.000), la suma es de $1.465.864.234.
- Censo electoral entre doscientos mil uno (200.001) y cuatrocientos mil (400.000), la suma es de $1.100.163. 241.
- Censo electoral igual o inferior a doscientos mil habitantes (200.000), la suma es de $913.487.420.
Distritos y municipios
- Censo electoral igual o superior a cinco millones uno ( 5.000.001), la suma es de $3.449.505.411.
- Censo electoral entre un millón uno (1.000.001) y cinco millones (5.000.000), la suma es de $1.726.086.150.
- Censo electoral entre quinientos mil uno (500.001) y un millón (1.000.000), la suma es de $1.617.936.803.
- Censo electoral entre doscientos cincuenta mil uno (250.001) y quinientos mil (500.000), la suma es de $1.221.958.853.
- Censo electoral entre cien mil uno (100.001) y doscientos cincuenta mil (150.000), la suma es de $1.080.672.789.
- Censo electoral entre cincuenta mil uno (50.001) y cien mil (100.000), la suma es de $541.087.905.
- Censo electoral entre veinticinco mil uno (25.001) y cincuenta mil (50.000), la suma es de $180.362.635.
- Censo electoral inferior entre 25.000 ciudadanos, la suma es de $94.690.384.
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