COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
Después de las quejas por demoras en la promulgación de la Ley Estatutaria de Reforma a la Salud, que fue avalada a finales del año pasado por la Corte Constitucional, finalmente el presidente, Juan Manuel Santos, la sancionó ayer. La demora se debió a una discusión jurídica sobre el procedimiento que se tenía que adelantar para que el Congreso corrigiera un error textual y luego pasara a la Presidencia.
“¡Es un día muy importante para los colombianos! Porque con la Ley Estatutaria que sancionamos se acaban varias cosas: El paseo de la muerte, las excusas para interrumpir tratamientos a los pacientes y los abusos en precios de medicamentos”, dijo el mandatario.
Al establecerse la salud como un derecho fundamental, a ninguna persona se le podrá negar la atención médica de urgencia. Este es un puntos importante que contempla la ley, al igual que un mayor control de precios sobre los medicamentos, el blindaje al mecanismo de la tutela y la consagración de la autonomía médica.
Con lo anterior serán los médicos y no las EPS los que decidan sobre qué tratamientos o medicamentos son necesarios en la atención a los pacientes.
Aunque el Gobierno explica que desde ahora se verán los beneficios de la ley con la atención obligatoria de urgencias, el Ministerio de Salud tendrá dos años para crear las reglas que le permitan definir cómo será la entrada de nuevos tratamientos al Plan de Beneficios.
En ese sentido, el presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), Jaime Arias, consideró optimista la intención del Gobierno al sancionar la ley, pero advierte que en esos 24 meses cuando entre en vigencia la totalidad de la ley, se requerirán recursos adicionales hasta por 10 billones de pesos.
1. La Ley Estatutaria facilitará que se mejore el acceso a los servicios de salud, se eliminen las autorizaciones para las atenciones de urgencias, se fortalezca el control de precios a los medicamentos y se avance más rápido en la incorporación de nuevas tecnologías.
2. Al establecerse que la salud es un derecho fundamental, a ninguna persona se le podrá negar la atención médica de urgencia para la protección de su salud y su vida. Según el Gobierno Nacional, se acabaran los mal llamados paseos de la muerte.
3. Al reconocer la autonomía médica, la Ley Estatutaria pide a los profesionales de la salud que hagan su trabajo con autorregulación, ética, racionalidad y evidencia científica, razón por la que ellos decidirán qué tratamientos requieren sus pacientes para restablecer su estado de salud y no las EPS.
4. El Ministerio de Salud y Protección Social definirá unas reglas para decidir qué tratamientos no serán pagados por el sistema de salud, sino por las personas interesadas en acceder a ellos, como por ejemplo los que tengan un fin cosmético o suntuario; los que no tengan evidencia sobre su seguridad, eficacia y efectividad clínica; aquellos que no estén autorizados para su uso en el país; los que sean experimentales; o aquellos que tengan que ser prestados en el exterior.
5. Con la ley se acelerará la inclusión de nuevos tratamientos, pero el Estado tendrá que decir más rápido si se trata de tecnologías que tienen o no tienen suficiente validez científica.
6. La Ley Estatutaria confirma la atribución del Estado para ejercer inspección, vigilancia y control al sector farmacéutico.
7. Fortalece la política de control de precios de los medicamentos, por lo que el Gobierno continuará trabajando para que en Colombia haya medicinas baratas.
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