EQUIPO PÚBLICO
LA PATRIA | MANIZALES
En una novela se ha convertido la demanda que busca anular la elección del gobernador de Caldas, Guido Echeverri Piedrahíta, por la que ya el Consejo de Estado (CE) decidió suspenderlo temporalmente, mientras su Sala Electoral define de fondo.
Primer capítulo (10 de marzo). Se supo que la consejera Lucy Jeannette Bermúdez presentó ponencia a la demanda del abogado Miguel Antonio Cuesta Monroy. Esto se supo primero por redes sociales.
Segundo cap. (mediados de marzo). El CE comisionó al Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Caldas para notificar al Gobernador.
Tercer cap. (31 de marzo). Echeverri Piedrahíta, en su apartamento, firmó la notificación de la demanda y de la suspensión.
Cuarto cap. (5 de abril). El expresidente de la Corte Constitucional y defensor del gobernador, Humberto Antonio Sierra Porto, presentó ante el CE recurso de reposición. Está en trámite, igual que recursos radicados por políticos que avalaron al gobernador y de terceros que buscan parar estas decisiones.
Quinto cap. El abogado Alejandro Franco Castaño difundió ayer que el CE le admitió una recusación. Pretende que el consejero Alberto Yepes Barreiro, de la Sala Electoral, no integre el grupo de magistrados que estudiarán los recursos y la demanda.
El recusante
Según Franco Castaño, el magistrado Yepes Barreiro participó de la primera demanda de nulidad electoral del gobernador en el 2013 y falló en segunda instancia en ese proceso. "Pretende seguir conociendo de un proceso donde él ya tuvo la oportunidad de pronunciarse. Además, si se revisa la aclaración de voto que efectuó en este proceso del 2016 es prácticamente la sentencia de la nulidad electoral si la leemos de manera cuidadosa", dijo.
Explicó que una aclaración de voto es de mínimo cuatro hojas y la de Yepes Barreiro consta de 24 páginas. "A él se le recusa por dos motivos claros según la ley: haber conocido del proceso en la instancia anterior y por haber opinado y dado concepto en el proceso actual".
"La recusación pasó al despacho de la magistrada y ella debe remitírselo a Yepes Barreiro y, de acuerdo con el Artículo 145 del Código General del Proceso, la nulidad electoral en contra del gobernador queda suspendida hasta que se resuelva la recusación, pues la ley es clara y dice que siempre que se deba resolver una recusación el proceso se suspende todo", dijo.
El demandante
El abogado Miguel Antonio Cuesta Monroy le afirmó ayer a LA PATRIA: “Los que deciden son los magistrados, incluso si el magistrado Yepes está impedido para continuar, el proceso no cambia. Inmediatamente la Sala escoge de la lista de conjueces a otra persona para reemplazarlo, y continúa el negocio”.
Dijo que el pasado miércoles presentó un memorial a la Sección Quinta del CE recordándoles a los magistrados que las medidas cautelares son de aplicación inmediata, es decir la suspensión provisional del cargo, como lo solicitó en la demanda; independiente de los recursos que interpongan.
Solicitó que se desconozca la calidad de quienes están pidiendo reposición, porque según él, solo se pudo haber pedido dentro de los tres días siguientes al auto, y la mayoría están por fuera de este tiempo.
Qué pasaría
Si la recusación sale a favor de Guido o el magistrado se declara impedido el paso siguiente es:
*La Sala debe recomponerse y es su decisión si se nombra un conjuez del CE.
*Si los integrantes de la Sección Quinta lo consideran, la Sala podría seguir sesionando no con cuatro, sino con tres magistrados.
Los términos
Según Franco Castaño, la ley no establece un término específico. Sin embargo, sí habla de que los procesos electorales deben tramitarse con celeridad. De ser así, más o menos en 20 días o un mes se resolverían el impedimento y la recusación.
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