DIANA LORENA GUTIÉRREZ
LA PATRIA | MANIZALES
El pasado viernes a las 8:00 de la noche, en la carrera 25 con calle 31, hubo una colisión entre un Renault Clío y una motocicleta. Quien manejaba el carro particular es un agente de tránsito de la Alcaldía de Manizales, pero estaba en su día de descanso.
Juan Carlos Rendón, coordinador de los Agentes en la Secretaría de Tránsito Municipal, explica que al parecer el guarda hizo el pare en esa esquina, pero asomó de más la trompa de su vehículo y tumbó la moto y a su conductora cuando pasaban por el lugar. Ella sufrió lesiones leves.
Del hecho no hay croquis. Rendón y el secretario de Tránsito (e), José Abad Cárdenas, indican que no se hizo porque el guarda y la motociclista llegaron a un acuerdo.
Investigación
Rendón explica que ese día el agente de tránsito estaba fuera de servicio. "Al parecer había ingerido licor. Al llegar a la esquina de la calle 31 con carrera 25 una motociclista, que iba rápido, pasó. Esa esquina es de poca visibilidad. Cuando estaban conciliando llegó la Policía, y como en todo accidente de tránsito, cuando hay lesionados, se debe hacer la prueba de embriaguez".
Agrega que el alcosensor que se usó para la prueba requiere mucho aire. "Como él (guarda) tiene problemas respiratorios (asfixia) y la prueba no fue efectiva se hizo una orden de comparendo por el caso, se inmovilizó el vehículo y están recaudando pruebas para que el inspector determine si hay sanción. No se pudo determinar si había embriaguez".
Mientras se desarrolla la investigación, Tránsito le retiró el vehículo con el que el guarda prestaba el servicio y se le asignó a otra unidad. "Por ahora, el agente implicado no puede conducir ningún vehículo de la Secretaría de Tránsito y está haciendo informes de accidentalidad y muertes en oficina y Fiscalía, pero no labores de calle", señala Rendón.
El secretario de Tránsito (e) dice que la primera audiencia fue el pasado martes, y que al agente también le retuvieron la licencia de conducción y el vehículo que iba conduciendo. "Están pendientes otras audiencias, para que el policía que llegó al lugar del caso declare. Con esto, se garantiza el debido proceso".
Indica que no hay croquis porque hubo arreglo entre las partes, y que el agente implicado no ha tenido procesos de tránsito ni registra comparendos.
Defensa
"Este es un caso particular, porque mi cliente estuvo presto en todo momento a que le realizaran la prueba, pero el alcosensor que se utilizó estaba viejo, no contaba con las características que deben tener a partir del 2017 por orden del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Luego trajeron otro alcosensor que posiblemente servía, pero el procedimiento no fue claro. Todo se revelará una vez termine la parte probatoria", afirma Hernando Rocha Escobar, abogado defensor del guarda.
Indica que quien se encuentre en estado de embriaguez y sea abordado por un policía debe atender los requerimientos, pero debe haber un examen. "En este caso la prueba no arrojó un resultado. Hay otros mecanismos, como un examen médico en un centro hospitalario, pero en ocasiones la Policía se queda a mitad del camino, como en este caso. Hasta el momento no se puede demostrar que el agente estaba conduciendo bajo los efectos del alcohol. La prueba se realizó y no fue efectiva, por eso continuarán las audiencias".
No se menciona el nombre del guarda de tránsito porque la investigación aún no culmina.
Sanciones
La Ley 1696 del 2013 establece las sanciones para quienes conducen bajo el efecto del alcohol y otras sustancias psicoactivas. Se aplican según el grado de alcoholemia, y hay reincidencia. Para el grado cero de alcoholemia, primera vez, se suspende la licencia de conducción por un año, multa de 90 salarios mínimos legales diarios vigentes ($2'343.726 ), realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción, inmovilización del vehículo por un día hábil. La multa máxima es en el grado tres de alcoholemia y tercera vez de ocurrencia de reincidencia, al que se le cancela la licencia de conducción, debe realizar acciones comunitarias durante 90 horas para la prevención de la conducción bajo el influjo de alcohol, pagar una multa de mil 440 salarios mínimos diarios legales vigentes ($37'499.040 ) e inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.
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