LA PATRIA | MANIZALES
Hasta el 31 de diciembre el alcalde, José Octavio Cardona, tendría plazo para expedir las reglamentaciones de ocho puntos que hacen parte del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Manizales que se les vencieron los tiempos.
Hoy en segundo debate en el Concejo se debatió el darle la facultad al alcalde de extender los plazos y no se aprobó. Con 11 votos en contra, 6 a favor y dos ausentes, se hundió el proyecto.
Los concejales que votaron negativo el proyecto argumentaron que no vieron claridad jurídica sobre la ampliación de los plazos.
El alcalde, Octavio Cardona, expresó que respeta la desición:
En honorable @concemanizales ha votado negativamente la solicitud de ampliar plazo para reglamentar iniciativas del POT. Respeto absoluto por la decisión tomada. En la democracia se deben respetar las decisiones de las mayorías, no importan los resultados, importa la democracia.
— Octavio Cardona (@jcardonaleon) 24 de abril de 2019
Índice de Construcción Adicional
* Este indicador permiten transferir derechos de construcción para Bienes de Interés Cultural (BIC) y Áreas de Interés Ambiental (AIA).
* La reglamentación precisará que el predio cuente con el certificado de disponibilidad de servicios públicos de acueducto y alcantarillado expedido por la empresa prestadora del servicio.
* Aportará recursos a los fondos de compensación por adquisición de suelo, urbanización, obras de adecuación de la malla vial local; por intervención del espacio público, áreas de interés ambiental y equipamientos colectivos.
Plusvalía
* Es un impuesto que grava el aumento de valor de un inmueble durante los años de posesión hasta su transmisión, ya sea por compraventa, donación o herencia. El POT precisa que este se refiere a las acciones urbanísticas del suelo y del espacio aéreo urbano que incrementaron su aprovechamiento y generaron beneficios.
* Por ejemplo, si usted vende su casa, la plusvalía establece cuánto se ha valorizado su vivienda desde que la adquirió hasta que la vendió. Si la heredó, deberá pagar el aumento de valor que experimentó.
* Los recursos recaudados por la Administración municipal se destinarán a la defensa y fomento del desarrollo urbano y al mejoramiento del espacio público.
* Participarán de plusvalía: incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana, incorporación de suelo rural como suburbano y ejecución de obras públicas por el Municipio que generen mayor valor en los predios.
Compensación de las áreas de cesión
* Permitirá la compensación de las áreas de cesión mediante la dotación para equipamientos en licencia de urbanización o parcelación. Esta compensación no podrá ser por el 100% del área que se cede.
* Las áreas de cesión se relacionan con la adquisición de suelo para ampliar y consolidar el Sistema de Espacio Público (SEP), de suelo destinado a áreas de interés ambiental y suelos de protección para el beneficio colectivo y como espacio público, y del suelo para urbanización, construcción y adecuación del SEP.
Reubicación de industrias
* Es un incentivo para las empresas que se trasladen de su sede actual en zona urbana hasta la zona industrial o áreas suburbanas destinada para ese uso del suelo. Solo aplicará en los casos que el traslado de la industria se realice en el suelo industrial de Manizales.
* Los incentivos son:
a. Cambio de uso: a la industria se les asignan usos de suelo para mayor aprovechamiento económico.
b. Tributario: por medio de exenciones al impuesto predial, industria y comercio, y de avisos y tableros.
c. Trámites de traslado: la Secretaría de Planeación ayudará a coordinar los trámites y permisos en corto tiempo.
Espacio público y equipamientos
* Son las acciones y proyectos estratégicos para consolidar el sistema de espacio público.
* 1) Instrumentos de gestión: estas actividades se concentran en mecanismos como la carga urbanística de espacio público y áreas de cesión pública para nuevas urbanizaciones.
* 2) Planes Especiales de Actuación: son actuaciones para inventariar las demandas urbanas, consolidar acciones participativas en la que los habitantes adelantes procesos de planificación y ordenamiento de su territorio bajo.
Microzonificación sísmica
* Es un mapa general de Manizales donde se presenta las zonas, su especificación y diseño de construcción. Esta cartografía identificará los efectos locales del suelo, las características geotécnicas y geológicas de cada sitio, los registros de aclaración sísmica disponibles, los problemas asociados con los efectos sísmicos en la zona, y un mapa con recomendaciones de diseño y construcción.
Norma Geotécnica
* Esta reglamentación estipulará un inventario de las condiciones geológicas de Manizales. Presenta la información sobre los casos de suelos de protección por riesgo y en qué consisten las áreas con tratamiento geotécnico.
Protección y seguridad contra incendios
* En Manizales se consignará en la Norma de Seguridad y Protección Contra Incendios, que contiene las medidas para proteger las estructuras y a los ciudadanos.
* Estipulará las condiciones mínimas de seguridad, higiene, bienestar, vigilancia y mantenimiento de las construcciones. Indicará las medidas preventivas para la evacuación y mitigación en casos de incendio, terremoto o atentado terrorista.
Edificaciones en bahareque
* Es un manual que determinará las formas de de mantenimiento e intervención de las edificaciones construidas con bahareque en Manizales.
Estructura Ecológica de Soporte (EES)
*Es un sistema interconectado de áreas que da sustento a los procesos ecológicos en el territorio. Incluye la oferta de servicios ecosistémicos y la capacidad para el desarrollo socioeconómico y cultural de la población.
* Define cinco ámbitos para la asignación de instrumentos de gestión y financiación: áreas de conservación con declaratorias o restricciones, áreas de conservación para ampliación del dominio público, áreas de incentivo a la conservación en suelo privado, áreas de interés paisajístico y cultural, y áreas de conservación- producción en predios privados.
Publicidad exterior visual
* Es una norma que se acoge a Ley 140 de 1994. Define a este tipo de publicidad como la comunicación destinada a llamar la atención mediante elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías y signos.
* Estas son visibles desde las vías de uso o domino público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas. El Municipio especificará las distancias, longitudes y formas de uso.
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