Foto|LA PATRIA  José Fernando Mancera apeló de la sentencia que recibió.

Foto|LA PATRIA José Fernando Mancera apeló de la sentencia que recibió.

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LA PATRIA | MANIZALES

La condena para el abogado y excandidato a la Alcaldía de Manizales José Fernando Mancera Tabares es de 32 meses, con suspensión condicional de la pena (libre, con compromisos).

Como se recordará, inicialmente fue judicializado por violencia intrafamiliar agravada, lo absolvieron por ese delito, pero en su reemplazo lo condenaron por lesiones personales.

La decisión fue apelada por el abogado del político y será el Tribunal Superior de Manizales quien defina su situación jurídica, en segunda instancia. A continuación detalles del caso

 

La agresión, según el ente acusador

1. La Fiscalía narró que los hechos son del 11 de junio del 2020, sobre las 9:25 de la noche, en la carrera 28D Nº. 71-04, del barrio Palermo, de Manizales, donde estaban dos mujeres y un hombre.

2. Al sitio arribó el hoy condenado, excompañero sentimental de una de las damas presentes en el lugar. "La víctima estaba en la terraza del inmueble, cuando observó junto con su amiga que Mancera Tabares se bajó de un carro. Ellas se dirigieron al primer piso y allí el victimario, sin motivo alguno, se acercó y empezó a golpearla, maltratarla verbalmente y psicológicamente".

3. "La Policía llegó a la casa y retiró a Mancera Tabares. La denunciante indicó que tuvo una convivencia con el acusado desde el 2011 hasta el 2019. Anotó que fue reiterativo el ciclo de violencia del acusado hacia ella".

4. Como consecuencia de las lesiones generadas ese día recibió atención médica en la Clínica Versalles y posteriormente la valoró Medicina Legal, que le dio incapacidad provisional 4 días.

5. "En esa ocasión la jaló del cabello, la encuelló y le generó una lesión en el cuarto dedo de la mano izquierda. Las agresiones verbales y psicológicas consistieron en que le indicó que era una perra hp. y que la iba a matar".

6. "Para el día de los hechos no convivían juntos. Sin embargo, las agresiones se produjeron dentro del contexto de la unidad familiar, pues pese a que terminaron la relación sentimental aquel insistía en que regresaran, ejercía esos actos de dominación, poder y subyugación en contra de la víctima, pues la acechaba, perseguía, amenazaba y le mandaba mensajes intimidatorios", añadió el ente acusador.

 

Dijo la víctima

  • -La víctima contó que los maltratos empezaron después del año que se dio cuenta de una infidelidad. "Todo el tiempo de la relación, cuando estaba borracho o tomado, ocurrían problemas maltrato, me hacía daño, me humillaba,
  • me trataba mal y amenazaba con sacarme de la casa. Me iba e intentaba dejarlo, pero me buscaba, a los 20 días o al mes y volvíamos otra vez a los malos tratos y así se fue una gran cantidad de años esperando que cambiara. No podía dejar el vehículo estacionado porque lo dañaba y hacia escándalos en mi familia".
  • -"Cuando empezaron las audiencias él me hizo de todo, me dañaba los bienes y me mandaba fotos con mujeres, sabía en qué situaciones humillarme y que me iba a hacer quedar como una loca o enferma, no sé qué pretendía con eso".
  • “Decía qué me iba a quemar la casa, empezaba a pasar borracho con la camioneta a altas horas de la noche. En una comisaría se abrió un proceso contra él, pero su familia era amiga de las empleadas y por eso no avanzaban nada los procesos".
  • -"Una vez me pegó, tengo una cortada en la mano, en la campaña de José Luis Correa. La Policía me sacaba de la casa cuando se hacían escándalos en vez de sacarlo a él".


Del Juzgado

  • -"De lo dicho, para el despacho está claro que se demostró que el encartado le hizo un escándalo a la víctima en el cual se realizaron agravios de carácter verbal y psicológico, utilizando palabras soeces como perra, prostituta, vagabunda, pero en momento alguno se pudo establecer que el agravio físico lo hubiese realizado el encartado o al menos si ocurrió fue en su actuar defensivo contra el grupo que lo atacaba, del cual hacia parte la víctima".
  • -"Se trató de un desencuentro entre dos personas que habían conformado una familia por vínculos naturales y que un año después de separados uno de ellos ejecutó ataques verbales a la víctima generándose una perturbación psíquica a la misma".
  • -No existe prueba que pueda demostrar que el encartado siguió a la víctima toda la semana en que ocurrieron los hechos. La pareja se separa en junio del 2019 y lo cierto es que una vez eso ocurre, no existe prueba de un acoso constante realizado de manera sistemática por el encartado, para demostrar la existencia de un contexto de discriminación o dominación".
  • -"Los audios aportados por la víctima al despacho no se encuentran idóneos para establecer la veracidad de una conversación, por cuanto fueron presentados sin determinar cuándo fueron registrados, desconociéndose el contexto y, al parecer, se realizaron después de la ocurrencia de los hechos".

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