EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
Fijación: 20 días
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ANSERMA - CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien inmueble de que trata la demanda VERBAL DE PERTENENCIA DE VEHÍCULO, promovida por OLGA LUCÍA PINEDA GALLO en frente de FANNY QUINTERO CARDOZO. Se trata de un vehículo motocicleta marca Yamaha, de servicio particular, con placas VSJ57A, color amarilla y negra, línea XT 225D, modelo 2003, servicio particular, un pasajero, motor G309E-00-1648, chasis 9FKDG04XC31001648. Se advierte a las personas emplazadas, que transcurridos 15 días hábiles siguientes a la expiración del término del emplazamiento, sin que comparezcan a hacer valer sus derechos, se entenderá surtido el mismo, y se les designará curador ad lítem, quien ejercerá el cargo hasta terminar el proceso. Para los fines legales, se fija el presente edicto en la cartelera del Despacho, por un término de 20 días, copia de éste se publicará en el diario La Patria, El Colombiano o La República, por dos ocasiones, dentro de ese término, con intervalos no menores de cinco días calendario, y en una emisora local, por igual número de veces y con idénticos intervalos, en horario comprendido entre las 07:00 y las 22:00 horas. Fecha Fijación. Junio 07 de 2012. Hora: 8:00 A.M. Fecha Desfijación: Julio 09 de 2012. Hora: 6.00 P.M. ÁNGELA IVONNE GONZÁLEZ LONDOÑO. SECRETARIA.
28-VI-H57326
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO - CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho sobre el inmueble objeto del proceso materia de prescripción que más adelante se identificará, con el fin de que comparezcan a hacerlos valer a más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, dentro del proceso verbal de declaración de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, instaurado por PEDRO ARTURO DÍAZ MORALES, contra PERSONAS INDETERMINADAS. DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: "Un predio situado en el corregimiento de Bonafont, del municipio de Riosucio, con la siguiente cabida y linderos "Un lote de terreno, mejorado con casa de habitación, ubicado en la carrera 3 No. 4-39, calle 5 No. 4-72 del área urbana del corregimiento de Bonafont, jurisdicción del municipio de Riosucio, departamento de Caldas, según certificado de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos; de acuerdo con la escritura pública No. 482 de octubre del 2010 y certificado de Planeación y Obras Públicas del municipio de Riosucio la nomenclatura es C5 4-72 y K 5 4-37, con un área de 139 metros cuyos linderos y dimensiones, según la misma escritura pública son los siguientes: "Por el oriente, en extensión de 8.60 metros con la calle 5; por el Occidente, con propiedad del señor Francisco Antonio Ladino, con la carrera quinta (5) en extensión de 15.80 metros; por el Norte, con propiedad de Eliseo Guapacha, hoy de sus herederos, en extensión de 15.80 metros". TRADICIÓN: Dicho inmueble posee la ficha catastral 020000130006000 y el folio de matrícula inmobiliaria No. 115-0010813 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio. TÉRMINO DE FIJACIÓN: Veinte días. FORMA: Fijado en lugar visible de la secretaría del juzgado, hoy miércoles trece (13) de junio de dos mil doce (2012) a las ocho de la mañana. PUBLICACIÓN: Por dos veces con intervalos no menores de cinco días calendario dentro del mismo término, en el diario La Patria y/o La República de Manizales y en la emisora local, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. ADVERTENCIA: Transcurridos quince días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de las PERSONAS INDETERMINADAS, a quienes se les designará un Curador Ad - Lítem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Las personas que concurran al proceso en virtud del emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los quince días siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten posteriormente, tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Lo anterior de conformidad con el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil. El Secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
21-VI-A72922
EDICTO:
EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el siguiente bien inmueble: Un lote de terreno urbano, con casa de habitación, ubicado en el Municipio de Filadelfia, Caldas, sector de Cipirra, cuya dirección es la Carrera 10 Nro. 8-32 Estadio, que mide 6.70 Metros de frente por 11.80 Metros de fondo y que hace parte del predio de mayor extensión identificado con la ficha catastral Nro. 010000370004000 y matrícula inmobiliaria Nro. 110-0009979 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Neira, Caldas, cuyos linderos actuales en menor extensión y demás especificaciones son los siguientes: ### Por el Nor Oriente con el predio de Rafael Largo con una extensión de 6,70 Metros; por el Sur Oriente con el predio de Senobia Grajales con una extensión de 11.80 Metros; Por el Sur Occidente con el predio de Aseneth Largo con una extensión de 6,70 Metros; Nor Occidente con la vía pública que conduce al estadio municipal de Filadelfia, Caldas, en una extensión de 11,80 Metros###; para que los hagan valer dentro del proceso VERBAL DE PERTENENCIA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL, instaurado por la señora MARÍA LUZMILA LARGO OROZCO, en contra de LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE LAS CAUSANTES MARÍA JESÚS QUINTERO MUÑOZ y MERCEDES LARGO Y PERSONAS INDETERMINADAS, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Se les previene que se les designará Curador Ad-Lítem si no comparecen en oportunidad. Para los fines legales indicados en el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente Edicto Emplazatorio en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días y copias del mismo se suministran a la parte interesada para su publicación reglamentaria. Fijación: Miércoles treinta (30) de mayo de dos mil doce (2012), a las 8 a.m. MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA. Secretaria. Desfijación: ------. MAGDALENA GÓMEZ ZULUAGA. Secretaria.
28-VI-E92780
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada del causante PABLO ALBERTO GONZÁLEZ GAITÁN, C.C. No. 10.214.696, quien tuvo su último domicilio en la ciudad de Manizales para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 020 del veintisiete (27) de Junio del año dos mil doce (2012). Se ordenaron las publicaciones de ley. Para constancia firmo en Manizales, a los veintisiete (27) días del mes de Junio de dos mil doce (2012). JAIRO VILLEGAS ARANGO. NOTARIO QUINTO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: Junio 28 de 2012 hora 8:00 a.m. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: Julio 11 de 2012 Hora: 6:30 p.m.
28-VI-C76659
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS CALDAS, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso sucesorio simple e intestado del causante JOSÉ ISNEY LÓPEZ RAMÍREZ, fallecido en este Municipio el día 11 de Marzo de 2003, de donde fue vecino y dejó sus bienes, para que los hagan valer dentro del término de ley. El proceso sucesorio se declaró iniciado en este Despacho Judicial, por medio de proveído calendado el 19 de junio de 2012. De conformidad con el artículo 589 del Estatuto de Procedimiento Civil se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría por el término de 10 días y copias del mismo le serán entregadas al interesado para que realice las publicaciones, tanto en un diario de amplia circulación en esta localidad como la emisora que funciona en Aguadas Caldas. Aguadas Caldas, Junio 22 de 2012. LUIS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ. SECRETARIO.
28-VI-H57328
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE AGUADAS, CALDAS, EMPLAZA: A todos los acreedores de la SOCIEDAD CONYUGAL, conformada por los señores JHON JAIRO GIRALDO ARIAS y ANA MARÍA BALBÍN GÓMEZ, para que hagan valer sus créditos dentro de la LIQUIDACIÓN de la misma sociedad que se tramita en esta dependencia judicial, a continuación del proceso de DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL. De conformidad con los artículos 625 y 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija este edicto en lugar visible de la secretaría de este despacho, por el término de diez (10) días y sendas copias se entregarán a los interesados para su publicación en el diario LA PATRIA, de amplia circulación en esta localidad y ser leído en la radiodifusora local por una sola vez entre las 7 a.m. y las 10 p.m.. AGUADAS, JUNIO 22 DE 2012. FIJADO EN SU FECHA A LAS 8 a.m. MARCO TULIO MEJÍA GARCÍA. SECRETARIO.
28-VI-H57327
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