EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
LA NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SUPÍA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de la Herencia de la causante AMANDA DE JESÚS HERNÁNDEZ CUESTA, fallecida el 19 de julio del año 2011 en Manizales Caldas, habiendo tenido su último domicilio y asiento principal de sus negocios en Supía Caldas, identificada con la cédula de ciudadanía Número No. 25.208.972. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 29 de diciembre 17 de 2013, se ordena la publicación del presente Edicto en el periódico en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 18 de diciembre de 2013 a las 8:00 A.M. LA NOTARIA JULIALBA GONZÁLEZ DE C .
24-XII-C79301
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES JULIO ARBELÁEZ SARMIENTO y MERCEDES ARANGO DE ARBELÁEZ, quienes se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 1.197.557 y 27.337.033 expedida en Manizales - Caldas. Aceptado el trámite en esta Notaría el día jueves 20 de Diciembre de 2013 mediante Acta número CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO (495). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el viernes 20 de Diciembre de 2013 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO PAULA ANDREA CORTÉS VALENCIA. NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
24-XII-A76773
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia doble e intestada de los causantes HERIBERTO JARAMILLO MOLINA E ISABEL ISAZA DE JARAMILLO, quienes de identificaban en vida con las cédulas de ciudadanía números 1´341.749 Y 24´915.031 cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecidos en Santa Rosa de Cabal, el 13 de noviembre de 1998 y 07 de mayo de 1999 respectivamente. Aceptado el tramite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 160 del 21 de noviembre del año 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y del Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTIDÓS (22) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
24-XII-A76774
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante MARÍA MELBA TABORDA DE PESCADOR, con la cédula de ciudadanía número 25.053.774 expedida en Riosucio; quien falleció en la ciudad de Manizales, el día veintitrés (23) de octubre de dos mil trece (2013); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento veintiuno (121) del día veintiuno (21) de diciembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy veintiuno (21) de diciembre el año dos mil trece (2013), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS). (Hay firma y sello).
24-XII-C79305
REMATES
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA, CALDAS AL PÚBLICO ANUNCIA Que dentro del proceso de LICENCIA JUDICIAL PARA VENTA DE BIENES DE MENORES, instaurado por intermedio de apoderado judicial por BLANCA OMAIRA LÓPEZ CRUZ en calidad de representante legal de LUIS ORLANDO, YERALDINE DAYANA, BELLA FRANCINY LÓPEZ, CÉSAR SNEIDER E IVÁN VALENTÍN POSADA LÓPEZ, se ha fijado la hora de las 8:30 a.m., del día catorce (14) de enero del año dos mil catorce (2014), para efectuar la venta en pública subasta de las cuartas partes que a continuación se detallan: “Se trata del 14.28571422857%, de propiedad de la menor YERALDÍN DAYANA LÓPEZ, el 14.28571422857%, de propiedad de la menor BELLA FRANCINY LÓPEZ, El 21.428571342855%, de propiedad del menor CÉSAR ESNEIDER POSADA LÓPEZ, y el 21.428571342855%, de propiedad del menor IVÁN VALENTÍN POSADA LÓPEZ que cada uno de los menores citados posee en común y proindiviso en el bien urbano identificado en el catastro con el No. 01-01-0173-0046-000, que mide cuatro (4) metros de frente por doce (12) de fondo, o sea una cabida aproximada de cuarenta y ocho (48) metros cuadrados, junto con la casa de habitación en Él construidas en bloques de cemento, techos de eternit, piso de cemento, cocina, servicios sanitarios, alberca, lavadero, baño, instalaciones de agua, luz eléctrica, alcantarillado y demás mejoras, dependencias y anexidades. Ubicado en la carrera 6 B No. 42- 30, urbanización Las Ferias, Municipio de La Dorada, Caldas., comprendido dentro de los siguientes linderos: por el NORTE, con la casa No. 3509, por el SUR, con la casa 3507; por el OCCIDENTE, con la vía pública y por el ORIENTE, con la casa No. 3523. Inmueble con matrícula inmobiliaria No. 106-13056 de la Oficina de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas. Los derechos de los menores en referido bien inmueble se encuentran avaluados en $ 4.260.000.00. Como base del remate se ha fijado el 100% del avalúo dado a cada derecho a rematar y postor hábil quien consigne el 40% del mismo, consignación que se hará a órdenes de este Juzgado, por intermedio del Banco Agrario de Colombia en el municipio de Puerto Salgar, Cundinamarca. La licitación tendrá una duración mínima de una hora y se dará aplicación estricta al inciso primero del Art. 527 del C.P.C., modificado por la ley 1395 de 2010 Art. 34. En dicha diligencia los interesados presentarán en sobres cerrados sus ofertas para adquirir el porcentaje de las cuotas partes a subastar. Para los efectos previstos en el artículo 55 de la Ley 794/2003 se fija el presente aviso en un lugar visible de la secretaría del Juzgado hoy veinte de diciembre de 2013, a las 8:30 de la mañana y se entregan copias para su publicación. MARIO VÁSQUEZ ROJAS. Secretario. (Hay firma).
24-XII-A76775
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