EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DE CÍRCULO DE VITERBO, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir, EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESORAL DE FRANCISCO EDUARDO y/o EDUARDO CASTAÑO BERMÚDEZ identificado con la cédula de ciudadanía número, un millón doscientos sesenta y cuatro mil trece (1.264.013) de Belén de Umbría. RITA CECILIA MOLINA DE CASTAÑO identificada con la cédula de ciudadanía número, veinticuatro millones quinientos cuarenta y dos mil doscientos noventa y uno (24.542.291) expedida en Belén de Umbría. Podrán hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, los señores FRANCISCO EDUARDO y/o EDUARDO CASTAÑO BERMÚDEZ y RITA CECILIA MOLINA DE CASTAÑO tenían el asiento principal de sus negocios y residencia en el Municipio de Viterbo, Caldas, sus fallecimientos se produjeron en el Municipio de Belén de Umbría, Risaralda, los días 06, de Abril, de 1998 y 25, de Marzo, de 2018, respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta No. 025, de fecha 26, de Diciembre, de 2018, se ordena la publicación de este EDICTO en el periódico CORRESPONDIENTE, y en la radiodifusora LOCAL, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del decreto 902, de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días. JAIME GIRALDO HERNÁNDEZ. NOTARIO.
6-I-19-H71854
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DE CÍRCULO DE VITERBO, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir, EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESORAL DE JUAN RAMÓN CIFUENTES BERMÚDEZ identificado con la cédula de ciudadanía número, un millón cuatrocientos veintiún mil ciento setenta y seis (1.421.176) de Viterbo, y MARÍA VIRGELINA OSPINA DE CIFUENTES identificada con la cédula de ciudadanía número, veinticinco millones doscientos cuarenta mil seiscientos treinta (25.240.630) expedida en Viterbo. Podrán hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, los señores JUAN RAMÓN CIFUENTES BERMÚDEZ y MARÍA VIRGELINA OSPINA DE CIFUENTES tenían el asiento principal de sus negocios y residencia en el Municipio de Viterbo, Caldas, sus fallecimientos se produjeron en el Municipio de Viterbo, Caldas, el día 10, de Mayo, de 1993, y en el Municipio de Pereira, Risaralda, el día 29, de Enero, de 2008. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta No. 023, de fecha 12, de Diciembre, de 2018, se ordena la publicación de este EDICTO en el periódico CORRESPONDIENTE, y en la radiodifusora LOCAL, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3° del decreto 902, de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días. JAIME GIRALDO HERNÁNDEZ. NOTARIO.
6-I-19-H71853
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO TITULAR DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión intestada del causante LUIS EDUARDO CARDONA CARDONA, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 10.247.346 DE MANIZALES CALDAS, quien tuviera como domicilio y asiento principal de sus negocios, el Municipio de Manizales departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 12 del día 03 de Enero de 2019 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 04 de Enero de 2019.- Manizales, 03 DE ENERO DE 2019.- EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.
6-I-19-A86876
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO DE VICTORIA CALDAS
Municipio Victoria
Luis Alonso Uribe García
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO EMPLAZA A todas las personas que se creen con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes de su publicación, en periódico de amplia circulación, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del señor: BERNARDO ANTONIO PATIÑO VALENCIA, quien en vida portaba la cédula de ciudadanía número: 4.500.655 de Pereira; cuyo domicilio fue la ciudad de Victoria Caldas, y el asiento principal de sus negocios fue este Municipio, quien falleciera el 12 de Septiembre de 2015, en la ciudad de Bogotá D.C., aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta # 022 del 29 de Diciembre de 2018, se ordena la publicación de este EDICTO en el periódico LA PATRIA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 29 de Diciembre de 2018 a las 8:00 A.M. LUIS ALONSO URIBE GARCÍA. NOTARIO ÚNICO.
6-I-19-H71848
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SUPÍA, CALDAS A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO, en el periódico EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA DEL CAUSANTE BERNARDO QUICENO SERNA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 14.959.078, cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue en este municipio de Supía, Caldas; fallecido el día 25 del mes de Octubre de 2007 en Santa Rosa de Medellín Antioquia. Aceptado el trámite, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora LOCAL, cumpliendo con el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy veintiséis (26) del mes de Diciembre de dos mil dieciocho (2018), siendo las ocho de la mañana (8:00 AM.). WAGNER ZULUAGA PINEDA. NOTARIO ÚNICO.
6-I-19-H71852
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SUPÍA, CALDAS A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO, en el periódico EN EL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN SUCESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA DE LA CAUSANTE MARÍA MAGNOLIA CARDONA GAVIRIA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 25.212.604, cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue en este municipio de Supía, Caldas; fallecida el día 11 del mes de Febrero de 2011 en la ciudad de Manizales Caldas. Aceptado el trámite, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora LOCAL, cumpliendo con el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría por término de (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy veintiséis (26) del mes de Diciembre de dos mil dieciocho (2018), siendo las ocho de la mañana (8:00 AM.). WAGNER ZULUAGA PINEDA. NOTARIO ÚNICO.
6-I-19-H71859
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO (E) DEL CÍRCULO DE PUERTO SALGAR CUNDINAMARCA
EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) primeros días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el Trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión intestada del causante JOSÉ VICENTE DUQUE Q.E.P.D. quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 354.330 expedida en Puerto Salgar, Cundinamarca, fallecido en la localidad de Puerto Salgar, Cundinamarca, el día 11 de Junio del 2018, siendo el municipio de Puerto Salgar, Cundinamarca, su último domicilio y el asiento principal de sus negocios y a quien le sobreviven 2 hijos de nombre JACQUELINE DUQUE ROJAS y YONY DUQUE ROJAS. Aceptado el presente trámite notarial, mediante el acta número 17 de fecha 21 de Diciembre de 2018, se ordena la publicación de este Edicto, en un lugar visible de esta Notaría, en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, o en su defecto en una de las que funcionan en la ciudad de La Dorada, Caldas, dando así cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 3 del Decreto 902 de 1988. El presente Edicto, se fija el día veintidós (22) del mes de Diciembre de dos mil dieciocho (2018) a las 7:00 A.M.
El Notario (e), JUAN PABLO CORTÉS RAMOS.
6-I-19-H71855
Auto Sustanciación: 1336.
Proceso: LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL.
Demandantes: ANTONIO JOSÉ LÓPEZ CASTAÑEDA y MARÍA GLADYS QUINTERO DE LÓPEZ.
Rad. 2018-00334
EDICTO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA, CALDAS, EMPLAZA A los acreedores de la SOCIEDAD CONYUGAL conformada por ANTONIO JOSÉ LÓPEZ CASTAÑEDA (C.C. 4.425.942) y MARÍA GLADYS QUINTERO CASTAÑEDA (C.C. 30.289.528), para que hagan valer sus créditos dentro del proceso de LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL que bajo radicado 2018-00334 se lleva a cabo en el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA; CALDAS.
El emplazamiento se hará por medio del diario "LA PATRIA" de Manizales o "LA REPÚBLICA" de la ciudad de Bogotá, con la inclusión de la información pertinente en un listado que se publicará por una sola vez el día domingo en los términos del artículo 108 del C.G.P y se allegará copia informal de la página donde se publique el listado. Se entenderá surtido el emplazamiento quince (15) días después de publicada la información en el Registro Nacional de personas Emplazadas. La Dorada, Caldas, diciembre veinticuatro (24) de dos mil dieciocho (2018). JUAN PABLO FRANCO OCAMPO. Secretario.
6-I-19-H71856
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral doble e intestada de los causantes ISRAEL O ISRAEL ANTONIO MESA, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 1.321.528 Y ESPERANZA O MARÍA ESPERANZA CASTRILLÓN HERNÁNDEZ O DE MESA, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 21.416.193, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) (s) en Manizales, los días 28 DE JUNIO DE 2018 y el 31 DE ENERO DE 2012, respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 121 DEL 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy DOS (02) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019) A LAS 08:00 A.M. HORAS. La Notaria, OTILIA RIVERA GONZÁLEZ. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
6-I-19-H71850
REMATES
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO CALDAS AVISA: Que en la ejecución de condenas y costas seguida en el proceso ordinario laboral de primera instancia de ADRIANA MARÍA JARAMILLO (C.C. 30.413.653), contra SANDRA MILENA RUIZ TRUJILLO (C.C. 30.411.457), se ha señalado la hora de las nueve de la mañana (9 a.m.), del día viernes ocho (8) de febrero de dos mil diecinueve (2019), con el fin de llevar a cabo la venta en pública subasta de los bienes inmuebles perseguidos en este proceso, a saber: BIENES A REMATAR: A. "Lote de terreno con un área de 68 m2 cuyos linderos y demás especificaciones obran en la escritura 172, 2016/04/06, notaría única de Riosucio artículo 8 parágrafo 1 de la ley 1579 de 2012. LINDEROS: ###Por el NORTE, con propiedad del señor Carlos Argemiro Reyes Reyes, en una extensión de 11.40 metros lineales, por el oriente, con la carrera 12 A en una extensión de 6 metros lineales, por el sur con el lote No. 2 de la señora Sandra Milena Ruiz Trujillo, en una extensión de 11.40 metros lineales y por el Occidente, con propiedad de la señora Francy Stella Bolívar Morales, en una extensión de 6 metros lineales###, ubicado en carrera 12A Sector El Pie del Llano de Riosucio Cds., Inmueble con folio de matrícula inmobiliaria 115-20665 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio Cds., avaluado pericialmente en la suma de DIECINUEVE MILLONES CUARENTA MIL PESOS ($19.040.000.oo) m.l. TRADICIÓN: Propiedad adquirida por la señora SANDRA MILENA RUIZ TRUJILLO, mediante escritura pública de compraventa No. 172 del 6 - 4 - 2016 de la Notaría Única de Riosucio Cds. B. "Lote de terreno con un área de 68 m2 cuyos linderos y demás especificaciones obran en la escritura 172, 2016/04/06, notaría única de Riosucio artículo 8 parágrafo 1 de la ley 1579 de 2012. LINDEROS: ###Por el Norte, lote número uno de la señora Sandra Milena Ruiz Trujillo, en una extensión de 11.40 metros lineales, por el oriente, con la carrera 12 A en una extensión de 6 metros lineales, por el Sur, con el lote No. 3 y por el Occidente, con propiedad de Edwin Alejandro Torres Rodríguez, en una extensión de 6 metros lineales###, ubicado en carrera 12A Sector El Pie del Llano de Riosucio Cds. Inmueble con folio de matrícula inmobiliaria 115-20666 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio Cds., avaluado pericialmente en la suma de DIECINUEVE MILLONES CUARENTA MIL PESOS ($19.040.000.oo) m.l. TRADICIÓN: Propiedad adquirida por la señora SANDRA MILENA RUIZ TRUJILLO, mediante escritura pública de compraventa No. 172 del 6 - 4 - 2016 de la Notaría Única de Riosucio Cds. El secuestre es el señor JHON JAIRO OCHOA HURTADO, designado por FRANCO PROYECTOS, quien se localiza en la carrera 24 No. 22-36, teléfono cel. 3108883338 y 8737014, Edificio Caldense de Ingenieros en Manizales. BASE DEL REMATE: En la licitación que tendrá la duración prevista en el artículo 452 del C. General del Proceso, será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo dado a los bienes, y podrá ser postor quien previamente consigne a órdenes de este juzgado en la cuenta de depósitos judiciales que se lleva en el Banco Agrario de Colombia local, el cuarenta por ciento (40%) del mismo avalúo. Se advierte además, a quien le sean adjudicados los bienes, que para proceder a su aprobación, debe consignar a favor de la nación Consejo Superior de la Judicatura, el cinco por ciento (5%) del valor del remate, ley 11 de 1987, modificado por el art. 12 de la Ley 1743 del 26 de diciembre de 2014. De conformidad con lo establecido por el artículo 540 del C. General del Proceso, se elabora el presente AVISO hoy 26 de noviembre de 2018, y se entrega a la parte interesada para su publicación por una vez en el diario La Patria de Manizales, de amplia circulación en esta localidad. RADICACIÓN: 17-614-31-12-001-2017-00082-00, to. 9, fl. 17/. El secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
6-I-19-H71831
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO CALDAS AVISA: Que en el proceso ejecutivo de mayor cuantía con título hipotecario, instaurado por LUIS GONZAGA DE JESÚS HENAO OSSA (C.C.71.991.431), contra ALDEMAR SALINAS IBAGUÉ (C.C. 75.073.960) y DIANA CECILIA FLÓREZ VALENCIA (C.C. 43.869.771), se ha señalado la hora de las nueve de la mañana (9 a.m.), del veinticinco (25) deenero de dos mil diecinueve (2019), con el fin de llevar a cabo la venta en pública subasta de los bienes inmuebles perseguidos en este proceso, a saber: BIENES A REMATAR: A. "Lote de terreno con casa de habitación, ubicado en la calle 13 A No. 2 - 33, vereda El Obispo, del municipio de Supía Cds., con una cabida de 2.250 metros cuadrados, mejorado con casa de habitación en material, cubierta con tejas de barro, y otra construcción aledaña a ésta, compuesta por dos alcobas, servicios luz, agua y piscina, de la señora Lilia Castro de Cartagena, antes María de los Ángeles Ramírez, por el Norte: con la misma Lilia Castro de Cartagena, de aquí en línea recta a buscar el lindero con el vendedor en 50 metros, por el Occidente; con el mismo vendedor hasta encontrar la carretera de la concentración, de esta carretera hacia arriba a encontrar el punto de partida###, TRADICIÓN:Según anotación No. 18 del folio de matrícula inmobiliaria No. 115-6624, Dicho inmueble fue adquirido por el demandado SALINAS IBAGUÉ, por compraventa realizada mediante escritura pública No. 303 del 4/9/2010 de la Notaría de Supía Cds., dicho bien Posee el folio de matrícula inmobiliaria número 115-6624 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio Caldas, y fue avaluado pericialmente en la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTRÉS MIL PESOS ($657.223.000.oo) m.l., el secuestre es el señor ALBERTO RIVERA GIRALDO, localizable en la calle 9 No. 8 - 23 teléfono 8823424, Barrio Chipre de Manizales. BASE DEL REMATE: En la licitación que tendrá la duración prevista en el artículo 452 del C. General del Proceso, será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo dado al bien, y podrá ser postor quien previamente consigne a órdenes de este juzgado en la cuenta de depósitos judiciales que se lleva en el Banco Agrario de Colombia local, el cuarenta por ciento (40%) del mismo avalúo. Se advierte además, a quien le sean adjudicados los bienes, que para proceder a su aprobación, debe consignar a favor de la nación Consejo Superior de la Judicatura, el cinco por ciento (5%) del valor del remate, ley 11 de 1987, modificado por el art. 12 de la Ley 1743 del 26-dic-2014. De conformidad con lo establecido por el artículo 450 del C. General del Proceso, se elabora el presente AVISO hoy 31 de octubre de 2018, y se entrega a la parte interesada para su publicación por una vez en el diario La Patria de Manizales, de amplia circulación en esta localidad. RADICACIÓN: 17-614-31-12-001-2016-00129-00, to. 11 fl. 418/. El secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
6-I-19-H71846
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS (CALDAS), AVISA Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO instaurado por el señor Carlos Arturo Peláez Castaño, (Hoy cesionaria la señora MARÍA DEL CARMEN ALZATE DE DÍAZ en contra de los señores Jesús María Díaz Alzate, Olga Lucía Díaz Alzate, Cornelia Díaz Alzate, Martha Cecilia Díaz Alzate, Rosa María Díaz de Torres, Mercedes Díaz Alzate, María Romelia Díaz de Flórez, María Judith Díaz Alzate, Gabriela Díaz Alzate y Herederos Indeterminados del causante Jaime Díaz Ocampo, se ha señalado el día 01 de Febrero de 2019, a las 09:00 a.m. como fecha y hora, para realizar la diligencia de REMATE del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado, respectivamente. Presenta radicación número 17013408900120080003700. El bien inmueble objeto del REMATE tiene folio de matrícula inmobiliaria número 102-0001669 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Aguadas, en el que se encuentran debidamente insertos sus linderos y demás especificaciones. Dicho bien inmueble presenta un avalúo de $93.304.500.oo. El secuestre es el señor ROBERTO LOAIZA TÉLLEZ, cedulado con el número 10.232.962, poseedor del teléfono celular 3128322567 y se localiza en la Carrera 41, número 72-135, Barrio Aranjuez, de Manizales Caldas y está facultado para mostrar el inmueble objeto del remate. Será postor admisible, la que cubra el 70% del avalúo, o sea la suma de $65.313.150.oo, y postor hábil quien previamente consigne el 40% de dicho avalúo o sea la suma de $37.321.800.oo, en la cuenta de depósitos judiciales, que al respecto posee este Despacho Judicial, en el Banco Agrario de Colombia S.A., agencia de Aguadas Caldas. El presente CARTEL DE REMATE, deberá ser publicado por la parte interesada en el diario La Patria o El Espectador, en día DOMINGO con antelación no inferior a los diez días a la fecha señalada para la diligencia del remate. Aguadas, Caldas, Diciembre 18 de 2018. LUIS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ. SECRETARIO.
6-I-19-H71849
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