EMPLAZAMIENTOS
EL JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE PEREIRA AVISA: A LA COMUNIDAD EN GENERAL Que mediante providencia proferida el diecisiete (17) de julio de dos mil dieciocho (2018), se ordenó dar trámite a la Acción Popular radicada bajo el número 2018-00052, instaurada por JUAN CARLOS SARMIENTO RODRÍGUEZ en contra del MUNICIPIO DE PEREIRA, con miras a lograr la protección del derecho colectivo al goce de un ambiente sano, al goce del espacio público, a la libre circulación y disfrute de un ambiente sano, consagrados en el artículo 4° literal a), d), g) y m) de la Ley 472 de 1998 (fI. 7), los cuales estima están siendo vulnerados, por la falta de pavimentación de la vía que rodea el centro de convenciones "EXPOFUTURO". Para los fines pertinentes se transcribe la parte resolutiva de la providencia en mención: 1. "Admitir la demanda. 2. Notificar personalmente este auto al señor Alcalde del Municipio de Pereira, mediante mensaje dirigido al buzón electrónico para notificaciones judiciales. 3. Notificar personalmente este auto a la señora Agente del Ministerio Público asignada a este Despacho, mediante mensaje dirigido al buzón electrónico para notificaciones judiciales. 4. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 472 de 1998, el aviso correspondiente se publicará por cualquier mecanismo eficaz conforme el amparo de pobreza solicitado por el accionante. 5. La autoridad pública accionada y la vinculada disponen de un término de diez (10) días hábiles, a partir del día siguiente de la notificación de este auto, para contestar la demanda y solicitar pruebas, si a bien lo tiene. 6. Infórmese a la demandada que la decisión será proferida dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento de traslado (artículo 22 Ley 472/98), sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 28 y 33 de la referida ley. 7. De conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 13 de la Ley 472 de 1998 notifíquese personalmente del presente auto al Defensor Regional del Pueblo". NOTIFÍQUESE, JUAN GUILLERMO ÁNGEL TREJOS, Juez. DIANA MARCELA CELEDÓN ALARCÓN. Secretaria.
19-IX-18-A86549
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE GUÁTICA RISARALDA HACE SABER: Emplaza a todas las personas que se creen con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesorial del causante JOSÉ RICARDO DÍAZ URIBE, fallecido, en el Municipio de Risaralda Caldas el día catorce (14) de Marzo de dos mil tres (2003) registrada su muerte en el serial número 2837000 de 2003 de la Notaría Única de Risaralda Caldas, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.550.312 de Risaralda Caldas, y quien tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Guática Risaralda. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta No. 024 de fecha Once (11) de Septiembre de dos mil dieciocho (2018). Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por un término de diez días. El presente edicto se fija hoy Doce (12) de Septiembre de dos mil dieciocho (2018) a las 8 a.m. EL NOTARIO PÚBLICO, FERNANDO PINO GARCÍA.
19-IX-18-A86550
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE E INTESTADA de los causantes LAURA ROSA GÓMEZ DE ZULUAGA y MARCO ZULUAGA ZULUAGA, quien se identificaban con la cédula de ciudadanía números 24.427.702 y 1.236.680, respectivamente, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día martes, dieciocho (18) de Septiembre de dos mil dieciocho (2018), mediante Acta número CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES (483). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día martes, dieciocho (18) de Septiembre de dos mil dieciocho (2018), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-IX-18-A86551
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que quieran oponerse a la constitución del patrimonio de familia inembargable por ser lesivo de sus derechos como acreedores de los constituyentes, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente Edicto; en el trámite Notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE, sobre el siguiente inmueble: UN LOTE DE TERRENO IDENTIFICADO COMO LOTE No. 20 DE LA MANZANA 8, UBICADO EN LA CALLE 47 D No. 12C-32, DEL MUNICIPIO DE MANIZALES - DEPARTAMENTO DE CALDAS. Inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 100-91090 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Manizales y con la ficha catastral número 0103000006250020000000000 y cuyos linderos se encuentran determinados en la escritura pública Auto número 1029 del 08 de Noviembre de 2016 proferido por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito Manizales, trámite iniciado por el señor CÉSAR AUGUSTO CASTILLO CORREA, mayor de edad, vecino de Manizales, de estado civil CASADO CON SOCIEDAD CONYUGAL VIGENTE, identificado con la cédula de ciudadanía numero 75.078.252 expedida en Manizales. Para los fines indicados en el artículo 5° del Decreto 2817 de 2006 se fija el presente Edicto por el término de quince (15) días hábiles en un lugar visible de la Notaría a los DIEZ (10) días del mes de Septiembre del año dos mil dieciocho (2018) siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) Y se ordena su respectiva publicación. JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-IX-18-A86552
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión intestada de la causante MARTHA LIBIA BUITRAGO ARIAS, quien en vida se identificaba Con la cédula de ciudadanía número 24.861.440, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día veintiuno (21) de febrero del año dos mil dieciocho (2018); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número Ciento treinta y nueve (139) del día diecisiete (17) de septiembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto se fija hoy Dieciocho (18) de septiembre del año dos mil diez y ocho (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO PRIMERO DE MANIZALES. FECHA DE DESFIJACIÓN: OCTUBRE, PRIMERO (01) DEL AÑO 2018.
19-IX-18-C84982
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