EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE e INTESTADA de los causantes CARLOS ENRIQUE OSORIO RÍOS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.221.949 expedida en Aguadas y MARÍA LIBIA RAMÍREZ DE OSORIO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.834.725 expedida en Pácora, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día jueves, tres (03) de Mayo de dos mil dieciocho (2018), mediante Acta número CIENTO CINCUENTA Y CUATRO (154). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día jueves, treinta (30) de julio de dos mil dieciocho (2018), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A) DIANA CATALINA SERNA BEDOYA. NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
31-VII-18-C84741
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de la causante GLORIA AMPARO ROJAS DE GIRALDO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.323.479, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día jueves, treinta (30) de julio de dos mil dieciocho (2018), mediante Acta número TRESCIENTOS VEINTINUEVE (329). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día lunes, treinta (30) de julio de dos mil dieciocho (2018), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. LA NOTARIA (E), DIANA CATALINA SERNA BEDOYA (E) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
31-VII-18-C87742
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE E INTESTADA de los causantes, LUIS EVELIO ARISTIZÁBAL ZULUAGA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 228.056 expedida en Anserma, y falleció el día 07 de Junio de 1995 y PASTORA URREGO DE ARISTIZÁBAL y/o GONZÁLEZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.379.418 expedida en Anserma y falleció el día 16 de Mayo de 2006, ambos en la ciudad de Manizales, siendo esta ciudad el lugar de su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Miércoles, DOS (02) de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), mediante Acta número CIENTO CINCUENTA Y TRES (153). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día TREINTA (30) de JULIO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A) DIANA CATALINA SERNA BEDOYA. NOTARIA SEGUNDOA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
31-VII-18-C84743
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de los causantes cónyuges ALEJANDRO SÁNCHEZ VARGAS Y MARÍA LUCRECIA ARIAS DE SÁNCHEZ, quienes se identificaran en vida con las cédulas de ciudadanía números 4.306.556 y 24.254.696 de Manizales Caldas, respectivamente, quienes tuvieran como domicilio el Municipio de Manizales departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 2016 del día 30 DE JULIO DE 2018 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 31 DE JULIO DE 2018.- Manizales, 30 DE JULIO DE 2018. EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.
31-VII-18-C84744
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión de los causantes cónyuges LUIS CARLOS OSORIO CARDONA Y CARMEN ROSA VANEGAS DE OSORIO, quienes se identificaran en vida con las cédulas de ciudadanía números 2.590.312 de Palmira Valle y 28.733.770 de Fresno Tolima, respectivamente, quienes tuvieran como domicilio el Municipio de Manizales departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 2015 del día 30 DE JULIO DE 2018 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 31 DE JULIO DE 2018.- Manizales, 30 DE JULIO DE 2018. EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.
31-VII-18-C84745
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